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Permiso de lactancia: Todas las respuestas

Publicado el · Experto Laboral Online

Permiso-de-lactancia

Como sucede algunas veces, detrás del titular y la inexacta explicación posterior (dicha noticia no era una novedad tampoco), se debe profundizar fuera de la noticia para hacer un análisis legal acertado. A continuación, listo las dudas más habituales sobre este permiso, uno de los que más dudas genera a los padres y madres después del nacimiento del hijo.

Hace unos días, salió en prensa el siguiente titular:
“Los padres podrán disfrutar del permiso de lactancia aunque la madre no trabaje”

¿Qué es el permiso de lactancia?

Es un permiso regulado por el artículo 34.7 del Estatuto de los Trabajadores (mejorable por convenio colectivo) que da derecho a una hora de ausencia del trabajo (fraccionable en dos medias horas) en caso de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento, para la lactancia del menor hasta que éste cumpla nueve meses. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples.

¿Cuánto dura?

La ley habla de tres posibilidades, pero es una materia en la que los convenios colectivos regulan muchas otras posibilidades, habrá que revisar el convenio antes de decir o hacer nada, es muy importante. Volvamos a la ley:

– 1 hora de ausencia del trabajo que se podrá dividir en dos fracciones (dos medias horas).

– Reducción de jornada en media hora.

– Acumulación en jornadas completas.

¿Cuánto cobro mientras dure el permiso de lactancia?

Exactamente lo mismo que si estuvieras trabajando, siempre que sean conceptos salariales.

¿Pueden ser las dos medias horas de ausencia la primera y la última media hora de la jornada de trabajo?

No, porque si se utilizan esas franjas horarias se entiende que se está reduciendo jornada, salvo que el convenio colectivo establezca alguna mejora.

En caso de optar por la acumulación en jornadas completas, ¿Cómo se calcula?

Muchos convenios colectivos ya establecen un nº de días sin necesidad de cálculo. En ausencia de mención específica, se deben coger todos los días laborables (sin festivos, ni vacaciones) desde la reincorporación al trabajo hasta el día antes que el bebé cumpla 9 meses, contar 1 hora cada día, y pasar esas horas a días según la jornada que tengas (normalmente, pero no siempre, 8 horas diarias si trabajas a tiempo completo). Aunque parezca anticuado, lo mejor es coger un calendario y contar de uno en uno, no acumulando horas de festividades ni de días en los que no trabajas.

Y si no acumulo en jornadas completas, ¿Cuál es mi mejor opción?

Para no partir en exceso la jornada, pienso que lo mejor es (si trabajas a jornada completa) coger la última media hora antes del descanso del mediodía y la primera media hora de la tarde.

En mi empresa me han dicho que se acumula media hora, no una hora. ¿Es correcto?

No. Algunos convenios no mencionan específicamente que sea 1 hora diaria para acumular, pero sentencias recientes del TSJ de Catalunya así lo han interpretado.

¿Quién fija el período de disfrute del permiso?

Siempre el empleado/a. En caso de discrepancia con la empresa, debe interponerse demanda ante el Juzgado Social.

¿Solamente puede pedir el permiso de lactancia la madre?

No, es un derecho de todos los trabajadores. Hay diversas posibilidades:

– Si los dos padres trabajan, solamente uno puede disfrutarlo.

– Si un padre es autónomo y otro empleado por cuenta ajena, este último podrá pedirlo sin problemas, independientemente del sexo. Además, por importe a cobrar y papeleo a realizar es también lo más aconsejable.

– Si ninguno de los dos trabaja, no se cobra. Es una prestación que exige estar en alta en algún régimen de la Seguridad Social.

No doy el pecho, sino biberón. ¿Tengo derecho al permiso?

Sí, no tiene nada que ver que optes por lactancia natural o artificial.

He pedido reducción de jornada por cuidado de hijo. ¿Puedo pedir a la vez la hora de ausencia del permiso de lactancia?

Sí. La diferencia es que el permiso de lactancia es retribuido, pero la reducción de jornada no. Si acumulas, pídelo a posteriori del permiso.

Tengo pensado pedir una excedencia por cuidado de hijo de tres meses. ¿Lo hago antes o después del permiso de lactancia?

Recomiendo hacerlo después de disfrutar el permiso, ya que en caso contrario, desde tu reincorporación hasta que el bebé cumpla 9 meses, habrá menos días laborables en los que acumular horas.

También hay que tener en cuenta que si disfrutas el permiso de lactancia entero acumulado, y justo al finalizarlo solicitas la excedencia, es posible que en tu última nómina te resten el permiso disfrutado en exceso, ya que la empresa lo habrá calculado pensando que estarías en alta hasta que el bebé cumpliera 9 meses y no ha sido así al final.

Mi jefe me ha dicho que no puedo coger seguido el permiso de lactancia y las vacaciones, que después de tanto tiempo sin venir, si hago esto me podría despedir. ¿Es cierto?

No. El derecho a la lactancia está especialmente protegido, y cualquier medida empresarial basada en tu condición de madre se considerará despido nulo y readmisión automática.

Al reincorporarme, hay riesgo para mi salud o la de mi hijo aún lactante derivado del trabajo. ¿Qué puedo hacer?

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (artículo 9) estipula que:

– La empresa debe adaptar las condiciones o el tiempo de trabajo para que desaparezca el riesgo.

– Si no es posible o no desaparece el riesgo, debe asignar a la trabajadora un puesto diferente compatible con su situación, dentro de su grupo profesional o categoría equivalente mientras persista el riesgo.

– Si tampoco ello fuera posible, la trabajadora puede ser destinada a un puesto no correspondiente a su grupo o categoría equivalente, conservando su salario normal.

– Si el cambio es del todo imposible, se le dará a la trabajadora una baja por riesgo durante la lactancia natural de hijos menores de 9 meses. El parte médico deberá ser facilitado por el médico y la trabajadora tiene derecho a percibir una prestación económica de la Seguridad Social, equivalente al 100% de la base reguladora.

970 comentarios

  1. Hola,
    Mientras disfrutaba de mi permiso de lactancia tuve que ser operada, me ingresaron 3 días y por tanto cogi la baja, estando de permiso de lactancia.
    Ahora que me van a dar el alta, sigo teniendo derecho a los días de lactancia que perdi por la baja? o los pierdo?

  2. Buenos días. Voy a coger la baja por lactancia y me he reducido la jornada a 12 horas semanales distribuidas como yo quiera de lunes a viernes. Cómo se calcula eso?

  3. Buenas tardes,
    Mi jornada laboral actual es de 33 horas semanales, estoy con una jornada reducida por el cuidado de un menor que actualmente tiene 3 años. Este año 2017 he vuelto a ser madre y el 2 de Junio me debo incorporar al trabajo.Me gustaría saber cuantos días de vacaciones me corresponden hasta el 2 de junio y si me pertenecen días de lactancia …cuantos´días serian con mi jornada reducida por cuidado de un menor…MUCHAS GRACIAS..

    1. La reducción de jornada no afecta los días de descanso, es decir, tendrás los mismos días de descanso que un trabajador a tiempo completo. Cuando solicites la acumulación de las vacaciones, puedes solicitar las vacaciones anuales que marque tu convenio o contrato de trabajo, es decir, no estás limitada a disfrutar únicamente las vacaciones que has generado hasta el 2 de junio. Para un cálculo exacto será necesario revisar documentación, por ello te aconsejamos que te pongas en contacto con nuestro equipo de expertos jurídicos en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com.

  4. Buenas noches
    Mi mujer me va a dejar el permiso de lactancia acumulado. A partir de cuándo lo tengo que disfrutar?A partir del día siguiente a que ella termine su permiso de maternidad? Ella termina su maternidad el 13 de junio.
    Muchas gracias
    Un saludo

    1. Puedes disfrutarlo de forma simultánea o sucesiva al permiso de maternidad, es decir, a la vez o inmediatamente después de la finalización del mismo.

      1. Holaa buenas tardes…
        mi baja de maternidad finaliza el 4 de junio.. quiero coger las vacaciones que me pertenecen hasta ese mes y una excedencia de 6 meses.. cuantos dias de permiso de lactancia m pertenecen…?15 ? Esque quiero coger todo seguido

        1. Antes de nada se tendría que revisar el Convenio porque no siempre es posible acumular. En segundo lugar, como ya explicamos en el artículo «si disfrutas el permiso de lactancia entero acumulado, y justo al finalizarlo solicitas la excedencia, es posible que en tu última nómina te resten el permiso disfrutado en exceso, ya que la empresa lo habrá calculado pensando que estarías en alta hasta que el bebé cumpliera 9 meses y no ha sido así al final». Así que te aconsejamos que te pongas en contacto con un experto laboral, por nuestra parte te facilitamos el contacto de nuestro equipo de expertos jurídicos, que estarán dispuestos a ayudarte, en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com

      2. Hola:
        Mi mujer acabo el permiso de maternidad el 14 de Marzo y me cede el permiso de lactancia que según mi convenio son 10 días naturales interrumpidos,mi pregunta ¿es obligatorio el que lo tuviera que haber disfrutado inmediatamente una vez acabo su permiso de maternidad o puedo aún poder disfrutarlo antes de que el bebe cumpla los 9 meses?cumpliría 9 meses el 22 de Agosto¿estoy aún a tiempo?
        Gracias

        1. Sí que puedes solicitarlo y sí que estás a tiempo. La norma no exige que sea disfrutado inmediatamente después, sino que únicamente tiene en cuenta la edad del menor (9 meses). Evidentemente si en vez de acumular el permiso, lo hubieras disfrutado de 1 hora al día de ausencia la tardanza en la solicitud habría jugado en vuestra contra. Por nuestra parte te recomendamos que te pongas en contacto con nuestro equipo de expertos jurídicos en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com

  5. Buenas tardes.
    Tengo un contrato «por obra y servicio» en la enseñanza concertada que finaliza el 30 de junio 2017. Empece mi baja por maternidad el día 18 de abril 2017. Mi intención sería coger mis 6 semanas obligatorias de baja por maternidad y ceder las 10 semanas restantes a mi marido. Mi pregunta es si es posible usar mi permiso de lactancia directamente después de mis 6 semanas de maternidad o si solo se puede usar una vez finalizadas las 16 semanas del permiso. Porque en este caso, ya me encontraría fuera de contrato y perdería los 30 días de lactancia que establece mi convenio. Gracias de antemano por su ayuda.

    1. Sí es posible ceder las 10 semanas de maternidad a tu marido. Por lo tanto tu pareja tendrá las 4 semanas del permiso de paternidad y las 6 semanas de maternidad. Por otra parte, el permiso de lactancia se puede disfrutar de forma acumulada o no según convenio, pero podrías disfrutarlo inmediatamente a tu reincorporación. En otras palabras, no tienes que esperar a que finalice el permiso de maternidad cedido.

  6. Buenos días,
    Mi situación es la siguiente. Estoy disfrutando el permiso de lactancia media hora al final de la jornada. Mi hija acaba de cumplir los 7 meses. Me han informado que me trasladan de ciudad, puedo aceptarlo y mudarme o rescindir el contrato con una indemnización de 20 días por año trabajado. He decidido rescindir el contrato, pero mis dudas son las siguientes: ¿al rescindir el contrato me tienen que pagar lo que me queda de permiso de lactancia?, de no ser asi ¿estos dos meses que me quedan de disfrutar el permiso de lactancia no podría disfrutarlos el padre, que tambien esta trabajando, pero en otra empresa? es decir, ¿podría completar lo que queda de permiso de lactacia él o lo perdemos?

    1. No, no se indemnizan los días que faltan de reducción de jornada en la rescisión del contrato. Es posible que lo solicite el otro progenitor, pero ese tiempo deberá estar dedicado al menor y no a realizar otras actividades.

  7. Quiero pedir el permiso acumulado de lactancia y me gustaría calcular los días que me corresponden. Siguiendo las indicaciones de su artículo, según el Estatuto de los trabajadores hay que calcular los días hasta que el bebé cumpla los 9 meses pero mi convenio, el de la Prensa Diaria, fija en su artículo 45. II que «Los trabajadores por lactancia de un hijo menor de 12 meses tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo.»

    Me pregunto qué convenio debo seguir en este caso, si tengo que contar hasta los 9 o hastas los 12 meses.

    Muchísimas gracias por su ayuda.

    1. De acuerdo con lo que nos indicas tu convenio colectivo mejora la previsión genérica del Estatuto de los trabajadores. Así que debes de computar los días teniendo en cuenta la previsión de los 12 meses fijados en el Convenio.

  8. Buenas tardes, mi hijo nació el 17 de Agosto y me he cogido el permiso de lactancia hasta que tenga 9 meses ¿qué día me tengo que incorporar al trabajo, el 17 o el 18 de Agosto? Gracias.

    1. El permiso de lactancia se puede disfrutar de forma acumulada o bien te permite ausentarte una hora al día hasta que el menor cumpla nueve meses. Entonces si optas por la segunda opción el día que el menor cumpla nueves meses finalizará el permiso de lactancia.

  9. Buenas.
    Tras mi baja de paternidad me he reincorporado al trabajo y quiero disfrutar del permiso de lactancia. Cuándo puedo empezar a coger esa hora?En la empresa me dicen que hasta que mi mujer no termine la baja de maternidad no puedo.

    1. Para poder contestar a esta pregunta con certeza sería necesario revisar si tu Convenio colectivo contiene algún requisito adicional para su solicitud. El permiso como regla general está pensado en una hora diaria hasta que el menor cumpla nueve meses, no hay incompatibilidad con la maternidad. No obstante, te aconsejamos que te pongas en contacto con nuestro equipo de expertos jurídicos, para obtener una respuesta más concreta a tus circunstancias, en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com. Gracias

  10. Hola, gracias de antemano por su atención, tengo una pregunta: actualmente estoy de baja por maternidad y le he cedido dos semanas a mi marido. Mi contrato de trabajo termina el 22 de junio, fecha en la que acaba mi baja por maternidad también. Mi marido debe volver a trabajar el dia 25 de Mayo. ¿Cuando mi marido vuelva al trabajo podria solicitar el permiso de lactancia que segun su convenio es de 20 días o existiria algun problema​ al estar yo de baja de maternidad?

    Gracias y un saludo.

    1. Primero las semanas que has cedido de maternidad a tu marido las puede disfrutar de forma simultánea o sucesiva, es decir, mientras tú estás de baja de maternidad o bien cuando la finalices. Segundo no hay problema para que el progenitor que trabaja solicite la acumulación del permiso de lactancia.

  11. Buenas tardes ¿si disfrutas la hora de lactancia no puedes disfrutar tu periodo de descanso de 20 minutos por una jornada superior a 6 horas?

    1. Se trata de dos conceptos distintos y compatibles. Si disfrutas de un hora de ausencia diaria justificada por lactancia, ello no impide que también tengas derecho al descanso de 20 minutos.

  12. Buenas tardes.
    Me gustaria que me asesoren,mi hija nacii el 24/3/2017 se me termina la baja de maternidad el 13 de julio y quisiera compactar las horas de lactancia.
    De acumulacion de horas es de 1 hora al dia.
    Tngo q sumar desde q termino la baja de maternidad hasta q cumple 9 meses.
    Q seria del 13 de julio ,el 13 no lo cuento .
    Al 24 de diciembre q hace 9 meses.
    Me salen 139 horas ,descuento 6 horas de dias festivos.
    Se me quedan en 133horas.
    Si yo trabajo de lunes a sabado y hago 20 horas semanales.
    Seria 20 horas semanales dividido entre 6 dias de trabajo de lunes a sabado .
    Me da 3.3 horas.
    133 horas acumuladas entre 3.3 horas al dia
    Igual a 40 dias laborables de permiso de lactancia .
    Es correcto? Soy ayudante tecnico veterinario,pero en mi contrato pone auxiliar tecnico veterinario y cotizo en el grupo 7.
    No encuentro el convenio.
    Gracias de antemano

    1. El primer paso es examinar el convenio ya que la acumulación de días puede estar mejorada, o no hasta no contemplarla. Para este tipo de preguntas más técnicas os recomendamos que os contactéis con expertos laborales. Por nuestra parte te recomendamos que te pongas en contacto con nuestro equipo de expertos jurídicos, en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com

  13. hola !! mi pareja dara a luz a primeros de agosto y cogera su baja por maternidad que le dura justo hasta fin de contrato 31 octubre ( fechas aprox. dependiendo del parto). Yo cogere el mes que me pertenece por paternidad.¿ Es posible que yo solicite la lactancia acumulada y la disfrute acto seguido de mi permiso de paternidad , al estar ella de baja??¿ o mas tarde? ¿al terminar ella la maternidad y acabar contrato podria yo disfrutarla al ser el unico que trabaja ?

    Gracias , un saludo y muy buen forro

    1. Sí en ambos casos, pero antes de nada sería necesario examinar el convenio colectivo, ya que no en todos se recoge la opción de disfrute de la lactancia de forma acumulada.

  14. Hola he sido madre y quiero acumularme la lactancia, el tema es el siguiente, tengo un contrato de 20 horas semanales, repartidas en tres días, (lunes, miércoles y jueves).
    ¿Como se calcularía?
    Gracias

  15. Hola.
    Mi mujer es fija-discontinua. Es profe y trabaja normalmente todo el año menos agosto (mas o menos), el curso escolar. Ahora esta de permiso de maternidad y las 14 semanas se acaban justo 4 dias antes de reincorporarse al nuevo curso. Tendría derecho a las horas/dias agrupados correspondientes de lactancia?

    1. El permiso de maternidad es de 16 semanas. Sí que tendría derecho a acumular la lactancia, si el convenio colectivo de aplicación no indicara lo contrario. Por nuestra parte, te recomendamos que te pongas en contacto con nuestro equipo de expertos jurídicos, en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com

  16. Hola, trabajo en una escuela infantil, y desde el 12 de abril estoy disfrutando de la baja de maternidad. Yo trabajo a media jornada 4 horas y me gustaria acceder al permiso de lactancia acumulando días. Quería saber a cuántos días tengo derecho puesto que trabajo a media jornada. En mi convenio he leido que 20 días, pero no se especifica el tipo de jornada, por tanto se deduce que es para todas las jornadas igual?. Gracias por su atención.

  17. Hola. En el periodo de disfrute de mi permiso de lactancia el medico me dio la baja por enfermedad comun. Se paran los dias de permiso? Los puedo recuperar cuando coja el alta laboral?
    Gracias

    1. Para poder ofrecerte una respuesta te aconsejamos siempre que contactes con un experto laboral. Desde este servicio y con los datos que nos has indicado, entendemos que no puedes recuperar ese tiempo cuando cojas el alta, ya que la finalidad del permiso de lactancia es permitir a uno de los progenitores ausentarse una hora de su puesto de trabajo hasta que el menor cumpla nueve meses.

  18. Hola, mi mujer trabaja en comercio de lunes a sabado. Le han confirmado que el periodo de lactancia junto, los 15 dias, tienen que ser seguidos, es decir, cuentan los domingos. Es esto legal? No son laborables? Es mas, trabajando menos de 8 horas al dia, no deberian ser mas?

    1. En el Convenio colectivo indicará los días del periodo de lactancia acumulada son hábiles o naturales. Si son naturales la forma de calcular de la empresa sería correcta. Para poder responder a esta pregunta te recomendamos que contactes con nuestro equipo de expertos jurídicos, con el cual podrás contactar, en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com.

  19. Buenos días, he tenido mellizos hace aproximadamente 5 meses. Este jueves, 19 de julio, debería incorporarme después de mi baja maternal. He consultado con la asesoría de la empresa para cogerme la lactancia acumulada y me comentan que por ser dos me tocan 22 días pero que hasta el 26 de noviembre ( que seria cuando hicieran 9 meses) no puedo coger vacaciones. Actualmente tengo los 21 días que me tocan por año. Mi pregunta es para poder alargar más la estancia con mis hijos, ¿podría cogerme primero días de vacaciones y después la lactancia acumulada? Si lo hago así, ¿los días de permiso por lactancia disminuyen?

    Espero que puedan ayudarme.

    Gracias.

    1. No, de hecho normalmente se realiza un comunicado indicando todos los conceptos y la fecha resultante de reincorporación.

  20. Hola, he tenido gemelos y tengo una jornada de 20 horas semanales repartidas en 6 días a las semanas. ¿Al cogerme la lactancia acumulada se cuentan 2 horas diarias independientemente del número de horas que ponga en la jornada? Porque entonces me sale un cálculo de 238 horas acumuladas, lo que serían 12 semanas de permiso de lactancia ¿Sería correcto? Muchas gracias.

    1. Para ofrecerte una respuesta con el tiempo exacto correcto de duración de la lactancia acumulada sería necesario revisar el Convenio colectivo de aplicación. Por ello te aconsejamos que contactes con nuestro equipo de expertos jurídicos en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com