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Permiso de lactancia: Todas las respuestas

Publicado el · Experto Laboral Online

Permiso-de-lactancia

Como sucede algunas veces, detrás del titular y la inexacta explicación posterior (dicha noticia no era una novedad tampoco), se debe profundizar fuera de la noticia para hacer un análisis legal acertado. A continuación, listo las dudas más habituales sobre este permiso, uno de los que más dudas genera a los padres y madres después del nacimiento del hijo.

Hace unos días, salió en prensa el siguiente titular:
“Los padres podrán disfrutar del permiso de lactancia aunque la madre no trabaje”

¿Qué es el permiso de lactancia?

Es un permiso regulado por el artículo 34.7 del Estatuto de los Trabajadores (mejorable por convenio colectivo) que da derecho a una hora de ausencia del trabajo (fraccionable en dos medias horas) en caso de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento, para la lactancia del menor hasta que éste cumpla nueve meses. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples.

¿Cuánto dura?

La ley habla de tres posibilidades, pero es una materia en la que los convenios colectivos regulan muchas otras posibilidades, habrá que revisar el convenio antes de decir o hacer nada, es muy importante. Volvamos a la ley:

– 1 hora de ausencia del trabajo que se podrá dividir en dos fracciones (dos medias horas).

– Reducción de jornada en media hora.

– Acumulación en jornadas completas.

¿Cuánto cobro mientras dure el permiso de lactancia?

Exactamente lo mismo que si estuvieras trabajando, siempre que sean conceptos salariales.

¿Pueden ser las dos medias horas de ausencia la primera y la última media hora de la jornada de trabajo?

No, porque si se utilizan esas franjas horarias se entiende que se está reduciendo jornada, salvo que el convenio colectivo establezca alguna mejora.

En caso de optar por la acumulación en jornadas completas, ¿Cómo se calcula?

Muchos convenios colectivos ya establecen un nº de días sin necesidad de cálculo. En ausencia de mención específica, se deben coger todos los días laborables (sin festivos, ni vacaciones) desde la reincorporación al trabajo hasta el día antes que el bebé cumpla 9 meses, contar 1 hora cada día, y pasar esas horas a días según la jornada que tengas (normalmente, pero no siempre, 8 horas diarias si trabajas a tiempo completo). Aunque parezca anticuado, lo mejor es coger un calendario y contar de uno en uno, no acumulando horas de festividades ni de días en los que no trabajas.

Y si no acumulo en jornadas completas, ¿Cuál es mi mejor opción?

Para no partir en exceso la jornada, pienso que lo mejor es (si trabajas a jornada completa) coger la última media hora antes del descanso del mediodía y la primera media hora de la tarde.

En mi empresa me han dicho que se acumula media hora, no una hora. ¿Es correcto?

No. Algunos convenios no mencionan específicamente que sea 1 hora diaria para acumular, pero sentencias recientes del TSJ de Catalunya así lo han interpretado.

¿Quién fija el período de disfrute del permiso?

Siempre el empleado/a. En caso de discrepancia con la empresa, debe interponerse demanda ante el Juzgado Social.

¿Solamente puede pedir el permiso de lactancia la madre?

No, es un derecho de todos los trabajadores. Hay diversas posibilidades:

– Si los dos padres trabajan, solamente uno puede disfrutarlo.

– Si un padre es autónomo y otro empleado por cuenta ajena, este último podrá pedirlo sin problemas, independientemente del sexo. Además, por importe a cobrar y papeleo a realizar es también lo más aconsejable.

– Si ninguno de los dos trabaja, no se cobra. Es una prestación que exige estar en alta en algún régimen de la Seguridad Social.

No doy el pecho, sino biberón. ¿Tengo derecho al permiso?

Sí, no tiene nada que ver que optes por lactancia natural o artificial.

He pedido reducción de jornada por cuidado de hijo. ¿Puedo pedir a la vez la hora de ausencia del permiso de lactancia?

Sí. La diferencia es que el permiso de lactancia es retribuido, pero la reducción de jornada no. Si acumulas, pídelo a posteriori del permiso.

Tengo pensado pedir una excedencia por cuidado de hijo de tres meses. ¿Lo hago antes o después del permiso de lactancia?

Recomiendo hacerlo después de disfrutar el permiso, ya que en caso contrario, desde tu reincorporación hasta que el bebé cumpla 9 meses, habrá menos días laborables en los que acumular horas.

También hay que tener en cuenta que si disfrutas el permiso de lactancia entero acumulado, y justo al finalizarlo solicitas la excedencia, es posible que en tu última nómina te resten el permiso disfrutado en exceso, ya que la empresa lo habrá calculado pensando que estarías en alta hasta que el bebé cumpliera 9 meses y no ha sido así al final.

Mi jefe me ha dicho que no puedo coger seguido el permiso de lactancia y las vacaciones, que después de tanto tiempo sin venir, si hago esto me podría despedir. ¿Es cierto?

No. El derecho a la lactancia está especialmente protegido, y cualquier medida empresarial basada en tu condición de madre se considerará despido nulo y readmisión automática.

Al reincorporarme, hay riesgo para mi salud o la de mi hijo aún lactante derivado del trabajo. ¿Qué puedo hacer?

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (artículo 9) estipula que:

– La empresa debe adaptar las condiciones o el tiempo de trabajo para que desaparezca el riesgo.

– Si no es posible o no desaparece el riesgo, debe asignar a la trabajadora un puesto diferente compatible con su situación, dentro de su grupo profesional o categoría equivalente mientras persista el riesgo.

– Si tampoco ello fuera posible, la trabajadora puede ser destinada a un puesto no correspondiente a su grupo o categoría equivalente, conservando su salario normal.

– Si el cambio es del todo imposible, se le dará a la trabajadora una baja por riesgo durante la lactancia natural de hijos menores de 9 meses. El parte médico deberá ser facilitado por el médico y la trabajadora tiene derecho a percibir una prestación económica de la Seguridad Social, equivalente al 100% de la base reguladora.

970 comentarios

  1. buenas tardes!! soy higienista dental y estoy de baja por maternidad. Debo reincorporarme al puesto de trabajo el 8 de junio, pero mi idea es la siguiente:
    1. Coger los dias de actancia acumulada (sin convenio, mii trabajo se rige por estatuto de trabajadores). No se exactamente los dias que me corresponden. ¿Me puedes ayudar?
    2. Pedir excedencia de los dias que necesite (30 o 40 dias), para enlazar con las vacaciones, que serian todo el mes de agosto (que cierra la empresa) para ya incorporarme al trabajo en septiembre.
    ¿Lo ves correcto? ¿Hay otra forma para hacer que e convenga mas?
    Gracias

    1. Para un cálculo individualizado de la lactancia ruego utilices el servicio de consultas de la web.

      1. Hola se me acaba maternidad,el 1.06 incorporandome el 2 .mi bebe nacio el 10,2 y quiero unir las horas en dias …no cuento festivos,ni sabado ni domingos pq trabajo de lunes a viernes y tampoco los festivos lo q me delo divido en 6 horas q es lo q trabajo? Me da 113 dias lo divido 6 y me da 18.8333 o sea me corresponden 18 dias? Gracias

  2. Buenas tardes!!
    Os expongo mi caso. Debo reincorporarme al trabajo el dia 8 de junio transcurridos los 4 meses de baja por maternidad. Mi idea inicial es coger el permiso de lactancia acumulado (estatuto de los trabajadores, ya que no tengo convenio especifico para mi puesto de trabajo). Una de mis dudas es cuantos dias me corresponderian. Mi empresa cierra el mes de agosto completo, por lo que queria coger excedencia de 30 o 40 dias (desde que finalice permiso de lactancia hasta el comienzo de las vacaciones) para asi reincorporarme el 1 de septiembre. ¿Me podeis indicar la mejor manera de hacerlo? Gracias

    1. Ojo porque si no hay convenio, la empresa no tiene obligación de darte la lactancia acumulada… Para cálculos individualizados de la lactancia ruego utilizar el servicio de consultas de la web.

  3. Hola, estoy en unas listas por lo que trabajo esporádicamente como funcionaria interina en una administración pública. Estando de baja por maternidad, me han llamado para una interidad por lo que he tenido que renunciar a mi baja para no perder el contrato. En cuanto me he icorporado al trabajo he solicitado la lactancia acumulada. Al incorporarme al trabajo antes de terminar las 16 semanas en mi calculo me salen 161 horas, sin embargo desde esta administración se remiten a la resolución del 12 marzo de 2008 sobre la función publica y solo me conceden 150 horas.Dos cuestiones: 1.Puedo reclamar de algún modo a esta admistración por no respetar mi maternidad y verme obligada a renunciar a ella para poder coger el contrato 2. ¿Son correctas las 150h cuando yo me he icorporado al trabajo dos semanas antes de finalizar mi maternidad antes? ¿Puedo reclamarlo?
    Muchas gracias.

  4. Buenas tardes. A mi entender la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo se refiere a una causa distinta a la que se cita, pues el mismo es referido a un padre que trabaja y a su esposa que lo hace por cuenta propia, por lo que ambos tienen la imposibilidad de atender al cuidado del bebé. Cosa distinta es el caso de que la madre no trabaje ni por cuenta propia ni por cuenta ajena, pues en este caso si podría atender a su hijo, no siendo necesario el permiso en el trabajo. Así pues, la reciente redacción dada en el ET, posterior a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo, no modifica este término cuando expresa «este permiso constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres, pero sólo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambos trabajen», por lo que podría llegar a interpretarse que sigue siendo condición indispensable que ambos progenitores trabajen e incluso llegar a entenderse que ahora también para que lo disfrute la mujer, no habiendo ya desigualdad de trato. Por otro lado, y aquí viene mi pregunta, en caso de concederse el permiso de lactancia a un padre cuya mujer no trabaja, ¿Cuándo comenzaría el disfrute del mismo? Habrá de tenerse en cuenta que no ha existido en este caso permiso de maternidad, ya que la mujer no genera dicho permiso al no estar dada de alta como trabajadora por cuenta ajena, y a cuyo término se entiende que comienza el permiso de lactancia hasta que el hijo cumple 9 meses.
    Muchas gracias.

    1. Tu razonamiento es bastante acertado… Pero por suerte o por desgracia no hay jurisprudencia nacional al respecto, por lo que lo que te diga puede ser cierto o no. En mi opinión, al no haber permiso de maternidad, yo entiendo que se podría intentar acumular desde el día del nacimiento… Pero vamos, que estoy casi seguro que la empresa dirá que nanay y tocará pleitear…

  5. Hola, mi hermana es autónoma y su marido funcionario, entonces él puede pedir el permiso de lactancia?? a quién lo debe pedir ?? Gracias

  6. Buenas tardes.

    Quisiera saber si tengo derecho a coger los días de lactancia que le corresponden a mi mujer. La situación es la siguiente:
    – Nuestro hijo nació el 20 de enero, y entonces ella no estaba trabajando
    – Hace una semana (28 abril) mi mujer consiguió un trabajo en Inglaterra, y yo solicité una excedencia para cuidado de mi hijo para poder acompañarla.

    El periodo de excedencia que he solicitado acaba esta semana, y he solicitado a mi empresa el disfrute de los días de lactancia, pero me han dicho que han de inciciarse al final de la baja de mi mujer, pero eso nunca ha sucedico.

    Tengo derecho a esos días?

    Muchas gracias.

  7. hola mi empresa a decidido darme la lactancia junta osea 14 dias naturales, y con festivos y domingos incluidos, eso es legal? yo trabajo en una fruteria y no estoy muy de acuerdo pero ellos dicen que es así..

  8. Una amiga mia trabaja para una empresa limpiando portales. Trabaja unos dias 2 horas, otros dias 6… Va a tener un hijo y no sabe si tiene derecho al permiso de lactancia y como lo tendria que aplicar: el dia que trabaja dos horas media hora y el dia que trabaja cuatro horas 1 hora?
    Muchas gracias

    1. Para un cálculo concreto de lactancia ruego utilizar el servicio de consulta de pago de la web

  9. hola, mi duda es la siguiente:
    voy a cogerme una reduccion de jornada de 4h por cuidado de hijo, me puedo coger tambien la hora de lactancia?
    en caso afirmativo , trabajaria 3 h o tendria coger una reduccion de jormada de 5 horas.
    y podria coger esa hora de lactancia en la ultima hora de mi jornada?

  10. Buenas tardes, tengo la siguiente duda. Fui mamá en febrero y me debo incorporar a mi trabajo ahora en junio. Trabajo en una agencia de publicidad. Mi asesor me ha calculado las horas y me corresponden 14 días. Dice que tengo derecho a 1 hora al día de lactancia. En cambio la asesoría de la empresa dice que si me cojo todas las horas seguidas esa hora se convierte en media hora y que me corresponden 6,1 días… no entiendo nada, pero no dan su brazo a torcer… dicen que eso es así y que mi asesor lo ha calculado mal… Me podéis ayudar? Muchas gracias!

      1. Y en esta situación que puedo hacer al respecto? La asesoría de la empresa me ha enviado este documento para que ambas partes intentemos llegar a un acuerdo…

        PERMISO POR LACTANCIA:

        1º.-) Tomo nota de su voluntad de acumular en jornadas completas el permiso por lactancia y le manifiesto disconformidad a los 14 días laborables y 1 hora que le contabilizan en su correo.

        2º.-) Le informo que dado que el Convenio Colectivo no establece nada distinto sobre este permiso a lo que regula el E.T. y que no existe pacto colectivo al respecto, en virtud del párrafo segundo del citado Art. 37.4 entre ambas partes debemos de alcanzar un acuerdo, emplazándola a que nos indique día y hora para celebrar reunión, por lo conclusión de que es una hora y no media la que se acumula no tiene fundamento de Derecho, considerando que es media hora la que se acumula para este permiso y en consecuencia serían 49 horas y media que equivalen a 7 días laborables y media hora del octavo día laborable, y la incorporación sería el 12.06.2015. Esta consideración es la que se aplica cuando, como es el caso, no existe regulación en el Convenio, ni acuerdo entre las partes.

        3º.-) También le informo que es preceptivo que nos indique por escrito que el otro progenitor no va a ejercer este derecho, tal y como regula el párrafo tercero del citado Art. 37.4, lo que no ha cumplido.

        Lo que se le comunica a Vd. a todos los efectos oportunos.

  11. hola, he sido mama el pasado 28 de marzo y soy autónomo. Tengo derecho a solicitar el permiso por lactancia? De ser posible, hay que hacer la solicitud a la Seguridad Social o a la Mutua? Muchas gracias

  12. Yo estoy de baja por enfermedad común, y estoy a esperas de operarme después de dar a luz, si estoy de baja por esta situación mi marido se podría coger la baja por paternidad?

  13. Hola, soy becaria y estoy embarazada. Durante el permiso por maternidad se me ttermina la beca. En cuanto termine la beca mi jefe me quiere contratar. He perguntado por el permiso de lactancia y desde rrhh dicen que no podría disfrutarlo ya que el nacimiento se producirá fuera del contrato. ¿ es correcto? ¿O basta con ser trabajador y demostrar que el hijo es menor de 9 meses? Muchas gracias por su ayuda.

    1. La verdad es que la normativa no especifica nada o no existe jurisprudencia. Yo entiendo que al suceder el hecho causante fuera del contrato no tienes derecho… aunque si alguien me dice lo contrario quizás tega razón… lo siento.

  14. Si la lactancia la quiere coger el padre y la madre no trabaja a partir de cuando se puede coger la hora?

  15. En principio si a mi se me acaba el permiso de materinidad el 21 de diciembre y no estoy interesada en coger la lactancia porque me coincide con mis vacaciones de navidad, las puede coger mi pareja? A partir de cuando tendría que cogerlas? de ese día que yo termino el permiso de maternidad? Está obligado a darle su jefe la lactancia compactada? Es que como es un trabajo lejos del hogar si no es compactada tampoco nos sirve de mucho…. Gracias.

    1. Otra pregunta, en caso que la tuviera que tramitar él, a dónde debe dirigirse? Y con que previsión?

  16. Hola mi duda es la siguiente. Soy madre trabajadora, voy a solicitar la excedencia, mi marido es trabajador podria sokicitar el la excedencia? Gracias

  17. Hola, gracias de antemano. He solicitado la lactancia siendo yo el padre, y me la han denegado porque la madre está en el Paro.. es correcto? no me queda claro en el articulo. Está ya recogido a nivel legal? muchas gracias.

    1. sentencia Tribunal de Justicia de la Unión Europea 30-09-2010.

      Y les dices que si tienes que ir a juicio para tener el permiso lo más seguro es que les caiga una multa por temeridad.

  18. Tengo una pregunta, si trabajo un domingo o festivo en esos días tengo derecho a ni tiempo de lactancia?

  19. Hola mira yo termino mi baja por maternidad el 10 de Julio y envie una carta a la empresa solicitando la acumulación de la lactancia un mes antes .. lo cual me salen a unos 23 días… pero tras insistir una respuesta recién he recibido el dia 1 de Julio.
    ahora ya matricule al niño a la guarderia …
    y mi duda es … puedo coger mis 23 dias de lactancia cuando yo quiera presentando una carta a la empresa? Me los puedo coger a mediados de mes o siempre tiene q ser a principios ?
    Gracias

    1. Tu tema está tan liado que prefiero no decir nada sin ver la documentación porque me podría equivocar…