Como sucede algunas veces, detrás del titular y la inexacta explicación posterior (dicha noticia no era una novedad tampoco), se debe profundizar fuera de la noticia para hacer un análisis legal acertado. A continuación, listo las dudas más habituales sobre este permiso, uno de los que más dudas genera a los padres y madres después del nacimiento del hijo.
Hace unos días, salió en prensa el siguiente titular:
“Los padres podrán disfrutar del permiso de lactancia aunque la madre no trabaje”
¿Qué es el permiso de lactancia?
Es un permiso regulado por el artículo 34.7 del Estatuto de los Trabajadores (mejorable por convenio colectivo) que da derecho a una hora de ausencia del trabajo (fraccionable en dos medias horas) en caso de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento, para la lactancia del menor hasta que éste cumpla nueve meses. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples.
¿Cuánto dura?
La ley habla de tres posibilidades, pero es una materia en la que los convenios colectivos regulan muchas otras posibilidades, habrá que revisar el convenio antes de decir o hacer nada, es muy importante. Volvamos a la ley:
– 1 hora de ausencia del trabajo que se podrá dividir en dos fracciones (dos medias horas).
– Reducción de jornada en media hora.
– Acumulación en jornadas completas.
¿Cuánto cobro mientras dure el permiso de lactancia?
Exactamente lo mismo que si estuvieras trabajando, siempre que sean conceptos salariales.
¿Pueden ser las dos medias horas de ausencia la primera y la última media hora de la jornada de trabajo?
No, porque si se utilizan esas franjas horarias se entiende que se está reduciendo jornada, salvo que el convenio colectivo establezca alguna mejora.
En caso de optar por la acumulación en jornadas completas, ¿Cómo se calcula?
Muchos convenios colectivos ya establecen un nº de días sin necesidad de cálculo. En ausencia de mención específica, se deben coger todos los días laborables (sin festivos, ni vacaciones) desde la reincorporación al trabajo hasta el día antes que el bebé cumpla 9 meses, contar 1 hora cada día, y pasar esas horas a días según la jornada que tengas (normalmente, pero no siempre, 8 horas diarias si trabajas a tiempo completo). Aunque parezca anticuado, lo mejor es coger un calendario y contar de uno en uno, no acumulando horas de festividades ni de días en los que no trabajas.
Y si no acumulo en jornadas completas, ¿Cuál es mi mejor opción?
Para no partir en exceso la jornada, pienso que lo mejor es (si trabajas a jornada completa) coger la última media hora antes del descanso del mediodía y la primera media hora de la tarde.
En mi empresa me han dicho que se acumula media hora, no una hora. ¿Es correcto?
No. Algunos convenios no mencionan específicamente que sea 1 hora diaria para acumular, pero sentencias recientes del TSJ de Catalunya así lo han interpretado.
¿Quién fija el período de disfrute del permiso?
Siempre el empleado/a. En caso de discrepancia con la empresa, debe interponerse demanda ante el Juzgado Social.
¿Solamente puede pedir el permiso de lactancia la madre?
No, es un derecho de todos los trabajadores. Hay diversas posibilidades:
– Si los dos padres trabajan, solamente uno puede disfrutarlo.
– Si un padre es autónomo y otro empleado por cuenta ajena, este último podrá pedirlo sin problemas, independientemente del sexo. Además, por importe a cobrar y papeleo a realizar es también lo más aconsejable.
– Si ninguno de los dos trabaja, no se cobra. Es una prestación que exige estar en alta en algún régimen de la Seguridad Social.
No doy el pecho, sino biberón. ¿Tengo derecho al permiso?
Sí, no tiene nada que ver que optes por lactancia natural o artificial.
He pedido reducción de jornada por cuidado de hijo. ¿Puedo pedir a la vez la hora de ausencia del permiso de lactancia?
Sí. La diferencia es que el permiso de lactancia es retribuido, pero la reducción de jornada no. Si acumulas, pídelo a posteriori del permiso.
Tengo pensado pedir una excedencia por cuidado de hijo de tres meses. ¿Lo hago antes o después del permiso de lactancia?
Recomiendo hacerlo después de disfrutar el permiso, ya que en caso contrario, desde tu reincorporación hasta que el bebé cumpla 9 meses, habrá menos días laborables en los que acumular horas.
También hay que tener en cuenta que si disfrutas el permiso de lactancia entero acumulado, y justo al finalizarlo solicitas la excedencia, es posible que en tu última nómina te resten el permiso disfrutado en exceso, ya que la empresa lo habrá calculado pensando que estarías en alta hasta que el bebé cumpliera 9 meses y no ha sido así al final.
Mi jefe me ha dicho que no puedo coger seguido el permiso de lactancia y las vacaciones, que después de tanto tiempo sin venir, si hago esto me podría despedir. ¿Es cierto?
No. El derecho a la lactancia está especialmente protegido, y cualquier medida empresarial basada en tu condición de madre se considerará despido nulo y readmisión automática.
Al reincorporarme, hay riesgo para mi salud o la de mi hijo aún lactante derivado del trabajo. ¿Qué puedo hacer?
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (artículo 9) estipula que:
– La empresa debe adaptar las condiciones o el tiempo de trabajo para que desaparezca el riesgo.
– Si no es posible o no desaparece el riesgo, debe asignar a la trabajadora un puesto diferente compatible con su situación, dentro de su grupo profesional o categoría equivalente mientras persista el riesgo.
– Si tampoco ello fuera posible, la trabajadora puede ser destinada a un puesto no correspondiente a su grupo o categoría equivalente, conservando su salario normal.
– Si el cambio es del todo imposible, se le dará a la trabajadora una baja por riesgo durante la lactancia natural de hijos menores de 9 meses. El parte médico deberá ser facilitado por el médico y la trabajadora tiene derecho a percibir una prestación económica de la Seguridad Social, equivalente al 100% de la base reguladora.


Trabajo en un colegio privado 6 horas a la semana, no es jornada completa. El permiso por maternidad lo acabo el 3 de diciembre. Según el convenio son 20 días naturales de lactancia, como trabajo por horas, ¿me corresponden más o menos días de lactancia?. Las vacaciones de Navidad, ¿las pierdo?. ¿Cuánto tendría que cobrar? ¿Los 20 días de lactancia o los 20 más las vacaciones?
Muchas gracias
20 días naturales son 20 días naturales. Da igual las horas que trabajes.
Lo otro ya necesitaría mirar el convenio… Por favor utiliza el servicio de consultas de la web si te interesa que lo mire a fondo.
Fue con acuse de recibo y certificado de texto
Gracias
Yo me refiero al texto del burofax en sí. Si te interesa una opinión segura por favor utiliza el servicio de consultas de la web.
El próximo día 6 de noviembre se termina mi periodo de maternidad. He solicitado vía burofax el periodo de lactancia junto y las vacaciones. ¿Que he de hacer sino me contestan? ¿Tengo que ir el dia 6 y trabajar, al día siguiente tambien? ¿Tengo que denunciar ?¿Si denuncio tengo que seguir yendo a trabajar?
Depende de como se haya hecho el burofax…
Mi baja maternal termina hoy, inicialmente había hablado con mi empresa para disfrutar a partir de mañana mis 14 días laborables de lactancia + 24 de vacaciones, pero hoy me han confirmado que me tienen q operar la mano el 13 de noviembre, lo he comentado con la empresa y me dicen q en caso de pedir la baja medica pierdo mis días de lactancia porque deben de ser consecutivos. Es correcto? Muchas gracias
Mentira.
Muchas gracias por responder, Como puedo demostrar a la empresa q no es correcto? Ellos me han indicado por escrito…. Lo único indicarte que la lactancia se empieza a disfrutar el 05 de noviembre, consecutivo a la maternidad, si durante esos 14 días laborables que dura la lactancia te encuentras de baja de enfermedad esos días de lactancia se pierden, cuando cojas el alta médica me lo indicas para que puedas empezar a disfrutar de los días de vacaciones. Si no coges baja médica, podrás disfrutar de los 14 días laborables + las vacaciones.
Te copio el texto:
En desarrollo del artículo 37.4 del ET se establece, siempre que exista preaviso a la empresa con 15 días de antelación, la acumulación de hasta el 100% de las horas de lactancia, las cuales deberán disfrutarse en jornadas laborales completas inmediatamente después del permiso maternal.
Si quieres que redactemos un escrito para contestar a la empresa, por favor utiliza el servicio de consultas de la web, enviandonos tu contrato o convenio colectivo que aplica en tu empresa y te pasaremos un presupuesto.
Saludos
Hola, trabajo 20 horas semananales si quiero coger la lactancia acumulada cuanto me corresponde??
Pues lo que diga el convenio y si no dice nada, lo que diga el calendario… Si quieres ayuda con el cálculo utiliza el servicio de consultas de la web, por favor.
Son 18. 16 por nacimiento y 2 semanas extra por cada hijo de más.
Sí, hasta que finalice la maternidad no se puede pedir lactancia.
Mi pregunta es: Una trabajadora a tiempo parcial donde el convenio colectivo no refiere nada, ¿puede coger una hora de lactancia? la empresa dice que no, que solo media hora.
Gracias
Es 1 hora… si se fracciona o se acumula en días… Si reduces jornada… Media hora.
Muchas gracias, muy amable
Buenos días, yo estoy con reducción de jornada de 4 horas, ya que tengo una niña de 4 años, ahora voy a tener otra niña, mi pregunta es: Puedo hacer las 16 semanas de baja maternal más la lactancia compactada ?
Y la lactancia es una hora por día o media?
Gracias
sí puedes. La lactancia hay que mirar qué dice el convenio.
SI MI MUJER ES AUTONOMA Y YO ESTOY TRABAJANDO EN UNA EMPRESA, PUEDO PEDIR YO LA LACTANCIA??GRACIAS
La respuesta está en el artículo. Saludos.
buenas tardes, mi mujer no trabaja ni cobra el paro y yo trabajo en un hospital público de Catalunya. El permiso por lactancia lo puedo pedir? No entiendo por qué esperar a las 16 semanas de maternidad si ella no lo «disfruta»
PD: aunque supongo que no controlas la función pública, no es para todos los trabajadores en general? Saludos de antemano y muchas gracias
La función pública funciona de forma bastante distinta.
Mi mujer no trabaja y quiero disfrutar del permiso de lactancia después de la prestación de la paternidad acumulando las horas y la empresa me dice que el cómputo para calcular las horas que corresponden por lactancia hay que hacerla desde la fecha en la que se cumplan las 16 semanas del permiso de maternidad hasta que mi hijo cumpla los 9 meses, en vez de cuando finaliza la paternidad. ¿Es correcto?
En principio sí. No es un tema pacífico a nivel de legislación pero todo indica que es así.
Tengo pedido los días de lactancia acumulada y vacaciones y me interesa aprovechar este tiempo para hacer prácticas en empresa no remuneradas, de un ciclo formativo que tengo que terminar. Hay algún problema legal si existe un convenio de prácticas durante el permiso de lactancia?
Podrías llegar a tenerlo si coincide con la lactancia. Con las vacaciones no hay ningún tipo de incompatibilidad.
Buenos dias!! Mi contrato es de 15 hs semanales (aunque en la práctica hago muchas mas horas…), me corresponde permiso de lactancia acumulado? Y tendria que contar media hora o una hora por día? Muchas gracias!
Tienes el mismo derecho que alguien a tiempo completo, tanto a acumular como a acumular 1h.
Buenas ¿inmediatamente después de disfrutar de una excedencia por cuidado de mi hija, puedo solicitar una reducción de jornada ?
Gracias
Si
Buenas, he tenido un bebe y cuando acabe las 16 semanas pensaba pedir excedencia con reserva de puesto de un año, mi marido también trabaja, puedo cederle los días de lactancia a él, aunque después de las 16 semanas coja excedencia? Mirando sentencias, entiendo que «la situación laboral de la madre es indiferente para que el padre disfrute la lactancia» entiendo que excedencia, también es indiferente para poder cederle la lactancia al padre, pero quisiera estar segura.
Muchas gracias
Es que la lactancia no se cede. Es un derecho de uno de los dos, por lo que sin problemas.
Hola,
A ver si podéis echarme una mano.
Mi mujer es peluquera y dentro de poco se le acaba la baja maternal. Ha pedido a la empresa la reducción de jornada a 20 horas semanales, quiere compactar las horas de lactancia y así alargar los días que esta con nuestra hija.
Ahí viene el problema, la empresa le dice que no puede coger todas las horas de lactancia juntas y que primero las tiene que acumular y como «favor» le dejan hacer unos días ahora y otros mas adelante.
Esto es legal? Teníamos entendido que nada mas incorporarte al trabajo por la baja maternal puedes disfrutar de todas las horas de lactancia que te pertocan. No es así?
Mentira podrida lo que dice la empresa.
Muchas gracias por la contestación y la rapidez!
Hola otra vez,
Esto nos acaba de contestar la gestoría que lleva la empresa de mi mujer. ¿Qué debemos hacer para que la empresa cumpla con los términos?
Gracias de nuevo:
Esta licencia, permite que en cada jornada se tome 1 hora (en el caso de Rocío se reduce a media hora porque hará media jornada cada día) o que se vaya 15 minutos antes o que una vez que haya trabajado los días sin tomarse esa media hora, llegue a acumular las 4 horas de una jornada normal y se pueda tomar un día de descanso.
No es posible tomarse esta licencia por adelantado, dado que el derecho a la misma se origina por cumplir con la jornada de trabajo.
Si queréis puedo intermediar con la gestoría de la empresa. Para ello necesitaría saber el convenio colectivo que aplica en la empresa y que reenviéis ese correo de la gestoría a info@expertolaboralonline.com, para ver el posible coste de la mediación.
PD. Aunque trabaje media jornada, el derecho es una hora.
Hola,
Tengo una duda respecto a cómo disfrutar del permiso de lactancia acumulada. Entiendo que el cálculo se hace, como bien explicáis, contando una hora por cada día que se trabaja hasta que el hijo cumple 9 meses (es decir, sin contar los festivos ni los días de descanso) y este total de horas se divide entre las horas de jornada del trabajador/a.
En nuestro caso, la distribución de jornada es irregular (aunque se podría hacer una media) pero además cada semana tenemos algún día de descanso (entre 2 y 4 días, no tiene por qué ser el fin de semana, van cambiando). Como por contrato trabajamos de lunes a domingo, todos los días naturales son laborables para nosotros.
Si haciendo el cálculo de las horas resulta que tengo derecho a 15 jornadas laborables, a la hora de disfrutarlos ¿tengo que descontar también los días de descanso en este caso?
Por ejemplo, si comenzara el permiso el 1 de diciembre, ¿la fecha de fin sería el 15 de diciembre y el 16 me incorporaría al puesto?
O por el contrario si en ese mismo periodo (del 1 al 15 de diciembre):
– me tocaba trabajar el 1,
– descanso 4 días,
– me tocaba trabajar el 6 y 7,
– tengo de nuevo descanso 2 días ,
– me tocaba trabajar del 10 al 15,
¿me seguirían quedando pendientes de coger 6 días (los que tenía descanso) o a pesar de no tener turno el permiso sigue «corriendo»?
Y por último, sería lo mismo en el caso de una persona que trabaja únicamente de lunes a viernes, (en su contrato los días laborables se recogen así) tiene como permiso 3 semanas de lunes a viernes (15 días) o se tienen que contar también los fines de semana (quedando así en 2 semanas naturales + 1 día)?
Os agradezco de antemano la atención, a pesar de este «lío» de planteamiento.
Entenderás que este cálculo necesita un servicio personalizado… si te interesa por favor envía a través del servicio de consultas de la web tu contrato de trabajo o dinos el convenio colectivo que aplica tu empresa… y si es posible necesitaríamos la distribución irregular mencionada
hola, mi baja por maternidad se acaba el 16 de enero de 2015, y quiero acumular las horas de lactancia en días . en el convenio pone que son 20 días, y ahora mi empresa dice que me tengo que incorporar el dia 3 de febrero,por tanto no son los 20 días. Trabajo en una guardería, lo han contado mal?
Pues no lo sé… Tendría que saber el convenio y mirar los papeles… Por favor utiliza el servicio de consultas de la web para pregunta concretas.
En mi trabajo dicen que como trabajo 6 hs de lunes a viernes me corresponden 45 min,no 1hs y los sábados que trabajo 4 hs, media hs.. Es correcto?
No.
Buenas tardes. tengo una duda, mi hora de lactancia es hasta el dia que mi bebé cumpla 6 meses o durante los 6 meses, osea el dia antes de cumplir los 7.
Agradezco mucho su respuesta
Acaba el día antes de cumplir 9 meses.
Buenos días, soy funcionario y mi esposa está ahora con permiso de maternidad.
Yo voy a coger el permiso de paternidad y lo voy a iniciar el mismo día que mi esposa se reincorpore al trabajo. Después del permiso de paternidad voy a coger también el permiso de lactancia (mi esposa no lo cogerá) y sé que dispongo de una hora diaria hasta que día anterior que mi bebé cumpla 9 meses. Mi intención es coger la lactancia compactada y quisiera saber si el recuento de esa hora diaria es desde que mi esposa empieza a trabajar después del permiso de maternidad o desde que yo acabo el permiso de paternidad.
Muchas gracias.
no domino función pública lo siento