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Derechos Laborales, Maternidad

Permiso de lactancia: Todas las respuestas

Publicado el · Experto Laboral Online

Permiso-de-lactancia

Como sucede algunas veces, detrás del titular y la inexacta explicación posterior (dicha noticia no era una novedad tampoco), se debe profundizar fuera de la noticia para hacer un análisis legal acertado. A continuación, listo las dudas más habituales sobre este permiso, uno de los que más dudas genera a los padres y madres después del nacimiento del hijo.

Hace unos días, salió en prensa el siguiente titular:
“Los padres podrán disfrutar del permiso de lactancia aunque la madre no trabaje”

¿Qué es el permiso de lactancia?

Es un permiso regulado por el artículo 34.7 del Estatuto de los Trabajadores (mejorable por convenio colectivo) que da derecho a una hora de ausencia del trabajo (fraccionable en dos medias horas) en caso de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento, para la lactancia del menor hasta que éste cumpla nueve meses. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples.

¿Cuánto dura?

La ley habla de tres posibilidades, pero es una materia en la que los convenios colectivos regulan muchas otras posibilidades, habrá que revisar el convenio antes de decir o hacer nada, es muy importante. Volvamos a la ley:

– 1 hora de ausencia del trabajo que se podrá dividir en dos fracciones (dos medias horas).

– Reducción de jornada en media hora.

– Acumulación en jornadas completas.

¿Cuánto cobro mientras dure el permiso de lactancia?

Exactamente lo mismo que si estuvieras trabajando, siempre que sean conceptos salariales.

¿Pueden ser las dos medias horas de ausencia la primera y la última media hora de la jornada de trabajo?

No, porque si se utilizan esas franjas horarias se entiende que se está reduciendo jornada, salvo que el convenio colectivo establezca alguna mejora.

En caso de optar por la acumulación en jornadas completas, ¿Cómo se calcula?

Muchos convenios colectivos ya establecen un nº de días sin necesidad de cálculo. En ausencia de mención específica, se deben coger todos los días laborables (sin festivos, ni vacaciones) desde la reincorporación al trabajo hasta el día antes que el bebé cumpla 9 meses, contar 1 hora cada día, y pasar esas horas a días según la jornada que tengas (normalmente, pero no siempre, 8 horas diarias si trabajas a tiempo completo). Aunque parezca anticuado, lo mejor es coger un calendario y contar de uno en uno, no acumulando horas de festividades ni de días en los que no trabajas.

Y si no acumulo en jornadas completas, ¿Cuál es mi mejor opción?

Para no partir en exceso la jornada, pienso que lo mejor es (si trabajas a jornada completa) coger la última media hora antes del descanso del mediodía y la primera media hora de la tarde.

En mi empresa me han dicho que se acumula media hora, no una hora. ¿Es correcto?

No. Algunos convenios no mencionan específicamente que sea 1 hora diaria para acumular, pero sentencias recientes del TSJ de Catalunya así lo han interpretado.

¿Quién fija el período de disfrute del permiso?

Siempre el empleado/a. En caso de discrepancia con la empresa, debe interponerse demanda ante el Juzgado Social.

¿Solamente puede pedir el permiso de lactancia la madre?

No, es un derecho de todos los trabajadores. Hay diversas posibilidades:

– Si los dos padres trabajan, solamente uno puede disfrutarlo.

– Si un padre es autónomo y otro empleado por cuenta ajena, este último podrá pedirlo sin problemas, independientemente del sexo. Además, por importe a cobrar y papeleo a realizar es también lo más aconsejable.

– Si ninguno de los dos trabaja, no se cobra. Es una prestación que exige estar en alta en algún régimen de la Seguridad Social.

No doy el pecho, sino biberón. ¿Tengo derecho al permiso?

Sí, no tiene nada que ver que optes por lactancia natural o artificial.

He pedido reducción de jornada por cuidado de hijo. ¿Puedo pedir a la vez la hora de ausencia del permiso de lactancia?

Sí. La diferencia es que el permiso de lactancia es retribuido, pero la reducción de jornada no. Si acumulas, pídelo a posteriori del permiso.

Tengo pensado pedir una excedencia por cuidado de hijo de tres meses. ¿Lo hago antes o después del permiso de lactancia?

Recomiendo hacerlo después de disfrutar el permiso, ya que en caso contrario, desde tu reincorporación hasta que el bebé cumpla 9 meses, habrá menos días laborables en los que acumular horas.

También hay que tener en cuenta que si disfrutas el permiso de lactancia entero acumulado, y justo al finalizarlo solicitas la excedencia, es posible que en tu última nómina te resten el permiso disfrutado en exceso, ya que la empresa lo habrá calculado pensando que estarías en alta hasta que el bebé cumpliera 9 meses y no ha sido así al final.

Mi jefe me ha dicho que no puedo coger seguido el permiso de lactancia y las vacaciones, que después de tanto tiempo sin venir, si hago esto me podría despedir. ¿Es cierto?

No. El derecho a la lactancia está especialmente protegido, y cualquier medida empresarial basada en tu condición de madre se considerará despido nulo y readmisión automática.

Al reincorporarme, hay riesgo para mi salud o la de mi hijo aún lactante derivado del trabajo. ¿Qué puedo hacer?

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (artículo 9) estipula que:

– La empresa debe adaptar las condiciones o el tiempo de trabajo para que desaparezca el riesgo.

– Si no es posible o no desaparece el riesgo, debe asignar a la trabajadora un puesto diferente compatible con su situación, dentro de su grupo profesional o categoría equivalente mientras persista el riesgo.

– Si tampoco ello fuera posible, la trabajadora puede ser destinada a un puesto no correspondiente a su grupo o categoría equivalente, conservando su salario normal.

– Si el cambio es del todo imposible, se le dará a la trabajadora una baja por riesgo durante la lactancia natural de hijos menores de 9 meses. El parte médico deberá ser facilitado por el médico y la trabajadora tiene derecho a percibir una prestación económica de la Seguridad Social, equivalente al 100% de la base reguladora.

970 comentarios

  1. Hola trabajo de lunes a sábados con jornada partida , he solicitado el permiso de lactancia a la entrada de mi turno de tarde para entrar a las 6 en vez de a las 5. Me pondrán pegas
    Gracias

    1. No pueden ponerte pegas. Así de claro. Eso sí, TODO por escrito. Si necesitas que redactemos la solicitud del permiso de lactancia nos lo dices.

  2. Hola:

    El 19 de septiembre finaliza mi baja por maternidad y estoy pendiente de un contrato laboral para empezar el 1 de octubre. Podría solicitar el permiso de lactancia?
    Gracias

    1. Sí. Aunque incorporarte y a los dos días pedirlo sin avisar antes a la empresa que lo harás, no sé si te irá muy bien si estás en período de prueba…

    2. nuria hola mi pregunta es la siguiente mi jefe quiere despedirme antes de ello tengo derecho al permiso de lactancia que lo añadiría a mi permiso de maternidad gracias

  3. Voy a incorporarme a mi puesto de trabajo tras haber sido madre, he cedido parte de mi baja a mi pareja, por lo que tras mi incorporación será el quién quien siga disfrutando del permiso unas semanas mas. Dada esta situación, ¿puedo solicitar ya la lactancia o deben cumplirse las 16 semanas independientemente de quien las disfrute?

  4. Me gustaría saber si al estar a jornada partía puedo coger media hora de lactancia al salir a mediodía y la otra media a la entada por la tarde

  5. Si la madre no trabaja ¿Tiene derecho el padre al permiso de lactancia?.
    Se habla de sentencias diciendo que sí, que la reforma Laboral del 2012 lo recoge, que la doctrina europea lo avala, que la empresa no te la puede negar… Sin embargo cuando veo el Estatuto de los Trabajadores no veo que se haya modificado. ¿Cómo puedo justificarle a la empresa que el padre, en este tipo de situaciones, tiene derecho al permiso de lactancia?.

      1. Gracias. He revisado la sentencia del T.J.U.E. de 30 de septiembre de 2010 y es más que suficente para plantear su aplicación en la empresa donde trabajo.
        Recibe un cordial saludo.

  6. Trabajo media jornada de lunes a viernes. He tenido mellizos y estoy pensando en cogerme la lactancia acumulada. Me han comentado que son 14 días pero que no se múltiplica por dos. Eso es verdad?

  7. hola tengo una duda yo trabajo por cuenta ajena y mi mujer no trabaja ,puedo solicitar el permio de lactancia muchas gracias

  8. Hola, Segons el meu conveni, oficines i despatxos Catalunya, el permis de lactancia son 14 diez laborables quan s’agrupen. Jo treballo de dilluns a divendres pero el gestor de l’empresa m’ha contat disabtes també com a diez laborals. Es això correcte? Em puc queixar? Es que em corresponen tres dies menys i no em sembla just.
    Moltes gracies per la vostra ajuda.

        1. És que el mateix nom ho diu: laborables… I si només treballes de dilluns a divendres està claríssim.

          Només se m’acut dir-li que si volen que ho decideixi un inspector de treball…

          1. Moltes gracies per la vostra ràpida resposta i atenció. No dubtaré en contactar-vos si finalment necessito assesorament més detallat. Salutacions, Mireia

  9. Buenas noches.
    He pedido en mi empresa una reduccion de jornada laboral por tener un hijo menor de 12 años,la empresa me la acepta,pero me dice que no puede asegurarme conservar mi mismo horario (el cual llevo 8 años con el mismo),una vez quiera dejar de hacer la reduccion de horario.
    ¿Pueden hacerlo?,¿o tengo yo el derecho de seguir con el mismo despues de incorporarme a la jornada completa otra vez siguiendo mi hijo siendo menor de 12 años cuando lo solicite?
    Muchas Gracias

    1. Lo que dicen no tiene ni pies ni cabeza. Eso sí, SIEMPRE pueden cambiarte el horario si está justificado. Yo ahora no me preocuparía por eso.

  10. Hola tengo un bebé de 3 meses y pienso pedir una exedencia de 8 meses….a volver la empresa me puede cambiar el contrato¿ estoy de 6 h semanales y me gustaría seguir asi. Gracias

  11. Trabajo en un centro de estética. Trabajo 5 horas al día. Mi jefa me ha dicho que me pertenece media hora de permiso de lactancia y que el hhorario lo decide ella, es cierto?

    1. Mentira podrida. El horario lo eliges tú. Lo de la media hora puede ser cierto, pero habría que mirar el convenio.

  12. ¡Hola, buenos días!

    Mi caso es el siguiente:

    Pretendo coger el permiso de lactancia compactado después de mi permiso de maternidad + vacaciones. El permiso de lactancia es de 10 días + 4 horas o 21 días, si reduzco jornada a 4 horas. Pero si lo cojo inmediatamente después de las vacaciones, tengo las vacaciones de navidad de por medio. ¿Se reduce entonces el permiso o puedo disfrutar de las vacaciones de navidad y luego continuar con el permiso sin perder días?

    1. Como nota aclaratoria, tengo que decir que mis vacaciones son de 3 semanas en agosto y una semana en navidad, con lo cual, cuando vuelva a trabajar, habré disfrutado de las 3 semanas, pero me queda por disfrutar la semana de navidad.

      1. Los días de vacaciones REDUCEN días de lactancia, ya que no son días trabajados. Haz primero las vacaciones para un cálculo más real.

        1. Hola, gracias por contestar, aunque creo que me he expresado mal y no has respondido a lo que me interesa saber. Me explico mejor:

          Mi hija nació el 22 de julio y en mi empresa las vacaciones se dividen del 1 al 25 de agosto y del 19 de diciembre al 2 de enero. En dichos periodos la empresa cierra, con lo cual no puedo hacer las vacaciones seguidas.
          Al nacer a finales de julio, contando las 3 semanas de vacaciones de verano, me tengo que incorporar al trabajo el día 9 de diciembre. Por otro lado, he pactado con mi jefe reducir jornada laboral a 4 horas. Entonces, he contado las horas de lactancia (descontando los días festivos) y me salen 84 días/ horas.

          Mis preguntas son:

          Al reducir el horario, estas 84 horas son en base a 4 u 8 horas laborables, es decir, me pertenecen 10,5 días o 21 días.

          Al tener las vacaciones de navidad de por medio, estos días festivos cuentan como laborables o no y así podré disfrutar de más días con mi hija?

          1. Si es festivo no es laborable. Por lo tanto no cuenta para la lactancia. Las horas… Pues son horas y EN PRINCIPIO PARECE que serían 21 días, pero no te puedo asegurar que sea correcto. Es una opinión. Si deseas que revise el cálculo, por favor utiliza el servicio de consultas de la web. Tendría un coste de 14€.

  13. Hola.
    Trabajo de dependienta .con convenio colectivo de trabajo de comercio textil de la provincia de Barcelona.Quiero solicitar la acumulación del permiso de lactancia.En el convenio no dice cuantos dias son.Debo calcularlos o existen dias fijos.

  14. Puedo cojer la lactancia una vez este trabajando osea estar trabajando y cojerla despues de fiestas es legal eske me lo a comentado mi jefe

  15. Buenas tardes, mi marido y yo somos funcionarios de un ayuntamiento, yo estoy disfrutando la hora de lactancia de mi hijo pequeño y en diciembre cojo vacaciones, le puedo ceder la hora de lactancia a mi marido el tiempo que yo estoy de vacaciones para que el la pueda diafrutar?? Gracias Yolanda

  16. Hola el dia 19 de noviembre termina mi baja de maternidad. Todavia no he disfrutado de mis vacaciones he ido ablar kn mi jefe para k me de los dias de lactancia y las vacaciones seguidas..su respuesta a sido k no me pertenece lactancia porque le doy biberon y k las vacaciones me da 3 semanas y la otra en febrero del año k viene.me puede hacer eso???

  17. Gracias por las respuestas. .Entonces si trabajo 40 horas semanales kuanto me pertenece de lactancia? Y si le digo k kiero kuntar los dias esta obligado?

    1. Esto hay que calcularlo de forma individualizada. Si te interesa, puedes utilizar el servicio de consultas de la web.

  18. Tengo un hijo de 3 años y reducción de jornada por su guarda legal. En virtud de esta reducción, trabajo 5,5 horas de lunes a viernes. En julio tuve gemelos, y me encuentro actualmente de baja por maternidad, que se termina el 16 de noviembre. Quiero cogerme seguidas las vacaciones y la acumulación de lactancia. Mis vacaciones son 24 días laborables, todas correspondientes al año 2014. Tengo dos preguntas: ¿es obligatorio cogerme antes las vacaciones que la lactancia? (Lo digo porque sale peor que si lo cojo al revés). La segunda pregunta es respecto a la forma de calcular los días de lactancia acumulada. Tengo claro que me cojo el calendario y cuento los días hasta que mis hijos cumplan 9 meses, lo multiplico por 2 (1 hora por cada uno, según el E.T.), y eso me da las horas totales a las que tengo derecho. Pero al pasarlo a días ¿lo divido entre la jornada normal (8 h.) o entre las 5,5 h. que yo realizo en virtud de mi reducción?. La diferencia en días es considerable…. Muchas gracias.