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Derechos Laborales, Maternidad

Permiso de lactancia: Todas las respuestas

Publicado el · Experto Laboral Online

Permiso-de-lactancia

Como sucede algunas veces, detrás del titular y la inexacta explicación posterior (dicha noticia no era una novedad tampoco), se debe profundizar fuera de la noticia para hacer un análisis legal acertado. A continuación, listo las dudas más habituales sobre este permiso, uno de los que más dudas genera a los padres y madres después del nacimiento del hijo.

Hace unos días, salió en prensa el siguiente titular:
“Los padres podrán disfrutar del permiso de lactancia aunque la madre no trabaje”

¿Qué es el permiso de lactancia?

Es un permiso regulado por el artículo 34.7 del Estatuto de los Trabajadores (mejorable por convenio colectivo) que da derecho a una hora de ausencia del trabajo (fraccionable en dos medias horas) en caso de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento, para la lactancia del menor hasta que éste cumpla nueve meses. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples.

¿Cuánto dura?

La ley habla de tres posibilidades, pero es una materia en la que los convenios colectivos regulan muchas otras posibilidades, habrá que revisar el convenio antes de decir o hacer nada, es muy importante. Volvamos a la ley:

– 1 hora de ausencia del trabajo que se podrá dividir en dos fracciones (dos medias horas).

– Reducción de jornada en media hora.

– Acumulación en jornadas completas.

¿Cuánto cobro mientras dure el permiso de lactancia?

Exactamente lo mismo que si estuvieras trabajando, siempre que sean conceptos salariales.

¿Pueden ser las dos medias horas de ausencia la primera y la última media hora de la jornada de trabajo?

No, porque si se utilizan esas franjas horarias se entiende que se está reduciendo jornada, salvo que el convenio colectivo establezca alguna mejora.

En caso de optar por la acumulación en jornadas completas, ¿Cómo se calcula?

Muchos convenios colectivos ya establecen un nº de días sin necesidad de cálculo. En ausencia de mención específica, se deben coger todos los días laborables (sin festivos, ni vacaciones) desde la reincorporación al trabajo hasta el día antes que el bebé cumpla 9 meses, contar 1 hora cada día, y pasar esas horas a días según la jornada que tengas (normalmente, pero no siempre, 8 horas diarias si trabajas a tiempo completo). Aunque parezca anticuado, lo mejor es coger un calendario y contar de uno en uno, no acumulando horas de festividades ni de días en los que no trabajas.

Y si no acumulo en jornadas completas, ¿Cuál es mi mejor opción?

Para no partir en exceso la jornada, pienso que lo mejor es (si trabajas a jornada completa) coger la última media hora antes del descanso del mediodía y la primera media hora de la tarde.

En mi empresa me han dicho que se acumula media hora, no una hora. ¿Es correcto?

No. Algunos convenios no mencionan específicamente que sea 1 hora diaria para acumular, pero sentencias recientes del TSJ de Catalunya así lo han interpretado.

¿Quién fija el período de disfrute del permiso?

Siempre el empleado/a. En caso de discrepancia con la empresa, debe interponerse demanda ante el Juzgado Social.

¿Solamente puede pedir el permiso de lactancia la madre?

No, es un derecho de todos los trabajadores. Hay diversas posibilidades:

– Si los dos padres trabajan, solamente uno puede disfrutarlo.

– Si un padre es autónomo y otro empleado por cuenta ajena, este último podrá pedirlo sin problemas, independientemente del sexo. Además, por importe a cobrar y papeleo a realizar es también lo más aconsejable.

– Si ninguno de los dos trabaja, no se cobra. Es una prestación que exige estar en alta en algún régimen de la Seguridad Social.

No doy el pecho, sino biberón. ¿Tengo derecho al permiso?

Sí, no tiene nada que ver que optes por lactancia natural o artificial.

He pedido reducción de jornada por cuidado de hijo. ¿Puedo pedir a la vez la hora de ausencia del permiso de lactancia?

Sí. La diferencia es que el permiso de lactancia es retribuido, pero la reducción de jornada no. Si acumulas, pídelo a posteriori del permiso.

Tengo pensado pedir una excedencia por cuidado de hijo de tres meses. ¿Lo hago antes o después del permiso de lactancia?

Recomiendo hacerlo después de disfrutar el permiso, ya que en caso contrario, desde tu reincorporación hasta que el bebé cumpla 9 meses, habrá menos días laborables en los que acumular horas.

También hay que tener en cuenta que si disfrutas el permiso de lactancia entero acumulado, y justo al finalizarlo solicitas la excedencia, es posible que en tu última nómina te resten el permiso disfrutado en exceso, ya que la empresa lo habrá calculado pensando que estarías en alta hasta que el bebé cumpliera 9 meses y no ha sido así al final.

Mi jefe me ha dicho que no puedo coger seguido el permiso de lactancia y las vacaciones, que después de tanto tiempo sin venir, si hago esto me podría despedir. ¿Es cierto?

No. El derecho a la lactancia está especialmente protegido, y cualquier medida empresarial basada en tu condición de madre se considerará despido nulo y readmisión automática.

Al reincorporarme, hay riesgo para mi salud o la de mi hijo aún lactante derivado del trabajo. ¿Qué puedo hacer?

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (artículo 9) estipula que:

– La empresa debe adaptar las condiciones o el tiempo de trabajo para que desaparezca el riesgo.

– Si no es posible o no desaparece el riesgo, debe asignar a la trabajadora un puesto diferente compatible con su situación, dentro de su grupo profesional o categoría equivalente mientras persista el riesgo.

– Si tampoco ello fuera posible, la trabajadora puede ser destinada a un puesto no correspondiente a su grupo o categoría equivalente, conservando su salario normal.

– Si el cambio es del todo imposible, se le dará a la trabajadora una baja por riesgo durante la lactancia natural de hijos menores de 9 meses. El parte médico deberá ser facilitado por el médico y la trabajadora tiene derecho a percibir una prestación económica de la Seguridad Social, equivalente al 100% de la base reguladora.

970 comentarios

  1. Buenas tardes
    Queria hacer una consulta.
    Mi chica es autónoma y yo trabajo por cuenta ajena, por lo que me gustaria cogerme yo la maternidad y según he leido como maximo yo podria cogerme 10 semanas de las 16.¿Cuando empezarían esas 10 semanas?Nada mas nacer el bebe o al terminar mi chica sus 6 semanas?
    Además quiero cogerme la lactancia. ¿Desde cuando empezaría a contar dias?
    Y por ultimo, además de las 10 semanas de baja, se acumularian los 15 dias de paternidad?que por cierto, creo que finalmente, no a subido a un mes la baja paternal,verdad?
    Muchas gracias
    Un saludo

    1. -Maternidad: después de las 6 semanas.
      -Lactancia: al acabar maternidad.
      -2+13 días de paternidad: antes de acabar las 6 primeras semanas.
      -No, siguen siendo 2+13 días.

      1. Buenas.Gracias por la respuesta.
        No he entendido muy bien.Entonces despues de las 6 semanas de la madre, yo podria cogerme el restante?y la lactancia?de poder cogerme la lactancia, en que periodo la cogeria?durante las 6 semanas de la madre después de los 2+13 de paternidad?o al terminar yo con las 10 semanas de maternidad?
        Un saludo

        1. Cada concepto tiene al lado el momento en el que se puede disfrutar. Para una explicación más detallada, sería necesaria una transferencia de 15€.

          Saludos.

  2. Hola, tinc un dubte…jo pariré cap al 20 d’Abril…estic a l’atur, pasaré a cobrar la baixa maternal i després recuperaré de nou l’atur per a disfrutar del nano, la meva pregunta és…si jo estic cobrant l’atur…el meu home pot accedir al permís de
    lactancia?
    Moltes gràcies!!

      1. Otra duda…perdona molestarte..

        Si estoy cobrando el paro después de la baja maternal…tengo derecho a los 100€ mensuales por madre trabajadora?? ya que estando en el paro estoy cotizando???

        Muchas gracias!!

  3. Buenas tardes. Me encuentro disfrutando el permiso de lactancia. He solicitado la baja hasta los 9 meses de mi hija por riesgo para la lactancia. Mis riesgos (y así los ha redactado la empresa de riesgos laborales) son Exposición a radiaciones en clínica en las labores de ayuda
    al veterinario, y en la suministración de medicación e
    incluso curas, con frases R-63 , Exposición a animales y fluidos de éstos con cualquier tipo
    de enfermedad. Y aparte, mi jornada de trabajo la realizo con turnos de guardias de una semana entera 24 horas al día recogiendo animales y trasladandolos a una perrera, es decir, no tengo sitio físico (bueno, una furgoneta) para poder extraerme la leche.
    Mi consulta es si la Mutua puede echarme para atrás la baja, alegando que mi jornada de trabajo no interfiere en la lactancia, porque no se si los riesgos quimicos y biológicos a los que estoy expuesta interfieren, aunque en el informe dice que si.
    Muchas gracias

      1. Al final me han denegado la baja. según ellos, la jornada de la semana completa de guardia diurna y nocturna, hace incómoda la lactancia pero no influye. Yo se que me va a ser imposible seguir con la lactancia natural, porque conozco mi trabajo y además la empresa no puede cambiarme de puesto. y ahora me pregunto, mientras se resuelve el recurso, qué hago? pido las vacaciones más la lactancia acumulada? pido la baja a la seguridad social? qué será lo mejor?

  4. Hola.
    Me gustaría que me explicaras donde y cuando debo coger mis días de lactancia.ahora mismo me encuentro de baja por maternidad Desde el día 9 de diciembre. Necesito que me explique por favor.gracias

  5. Buenos días,
    He solicitado lactancia y reducción de jornada a la empresa y me indican que me corresponde media hora hasta que el bebé cumpla 9 meses.¿es correcto?
    Tenía entendido que es 1 hora al día. Si me lo pueden confirmar por favor. Gracias. Saludos.

      1. De acuerdo, gracias.
        Entonces si yo solicito a la vez una reducción de mi jornada 3/8 y la lactancia acumulada me corresponde 1 hora no? Los días de lactancia se calculan en base a la jornada normal de 8 horas o de la nueva? Gracias de nuevo.

          1. Si, está leido pero no entiendo muy bien si depués de coger los laborales restando vacaciones y festivos contamos 1 hora cada día hasta 9 meses y las pasamos a horas según jornada de 8 horas (habitual antes de la baja maternal) o las pasamos a horas según jornada nueva de 5 horas por ejemplo. Gracias

          2. A ver, es que son horas… Si trabajas 5 horas, serán más días de permiso… Si trabajas 8 horas, pues menos…

  6. Hola. Tras la baja maternal, el permiso de lactancia y unas vacaciones me incorporaré dentro de unos días al trabajo. Tengo unas dudas sobre mi incorporación. Había pedido una reducción de jornada al nacer mi primer hija. Pero la empresa me había pedido trabajar 8 horas lo que he aceptado trabajando de 8h00 a 16h00. (El horario de la empresa es de 9h00 a 14h00 y de 16h00 a 19h00). Ahora he solicitado el mismo horario de 8h00 a 16h00 que en un principio han aceptado por escrito. Hoy la empresa me ha comunicado verbalmente que al incorporarme me cambian de puesto de trabajo y el horario tenía que ser de 9h00 a 17h00 porque tenía que ser dentro del horario de la empresa. Pueden cambiarme de puesto tras una baja maternal? Como debo proceder en este caso? Es cierto que el horario que solicite tiene que encontrarse dentro del horario de la empresa aunque haya trabajadores que si empiezan una hora antes? Que consejos me puede dar?

    1. Lo del horario es así, está explicado en el artículo, aunque a veces hay matices. Lo del puesto no lo pueden hacer.

  7. Buenas, durante mi baja de maternidad he estado ingresa mas de 2 meses y con operaciones. He hablado con la seguridad social y me dicen que lo he perdido a pesar de estar en esta situacion. Hay algo que pueda hacer para no perder mas de 2 meses de baja maternal? Gracias

  8. Quiero saber si es posible tomar la licencia por maternidad por 6 meses y no tomar la licencia por lactancia…???

  9. Hola mi hijo tiene 8 meses y yo no estoy trabajando, y mi marido quedria saber si el puede pedir la reduccion de jornada por lactancia, un saludo

    1. De lactancia poco puede pedir, ya que es hasta que el nene tiene 9 meses. La reducción de jornada sí que la puede pedir hasta los 12 años.

  10. Buenos dias;
    tanto mi marido como yo trabajamos los dos por cuenta ajena, por motivos personales yo no puedo disfrutar del permiso de lactancia, lo puede coger mi marido? y seria el 100 % o el 80%. Y como hay que gestionarlo?.Espero respuesta gracias.

  11. Hola. Mi mujer dio a luz gemelos en noviembre. Ha habido una modificación en noviembre sobre los permisos de lactancia y podría pedir 28 días y otros 28 por cada uno de los niños?
    Ella es funcionaria de la comunidad de madrid

  12. Una duda…
    Estaba cobrando del paro y embarazada de poquito cuando me ofrecieron trabajar media jornada durante 4 meses, accedí y dentro de 1 mes estaré de 8 meses y se me termina el contrato. Mi idea es , reanudar el paro anterior ya que era muy alto.
    Mi duda es, cuando solicite la baja maternal cobraré el 100% del trabajo por el que estoy cobrando el paro o del trabajo de media jornada?

    muchas gracias

  13. ¿ Como calculo de las horas de lactancia, si mi jornada de trabajo comprende días festivos y fines de semana ?

  14. trabajo 3 horas de lunes a viernes,15 horas semanales.Tengo derecho a lactancia acumulada ?como calculo cuantos dias tengo derecho?

  15. Buenos dias. Desde enero del 2008 trabajo en la misma empresa pero sin contrato fijo puesto que ha ido realizandome contratos eventuales a nombre de mi jefe y con otra empresa con la que colabora.estoy de permiso de maternidad hasta el 26 de febrero. Podria solicitar la lactancia acumulada con el contrato eventual que tengo? Y vacaciones? El contrato eventual lo tengo hasta agosto. Gracias de antemano

  16. Hola, mi mujer no trabaja y quiero solicitar el permiso de lactancia, y mi empresa me dice que no, que puedo hacer? Tienen razón? Me dicen que ambos tenemos que trabajar pero yo tenía entendido que eso ha cambiado y si puedo pedirlo.

  17. Y que opciones tengo? Además me extraña siendo una multinacional de renombre y muchísimos empleados, se acogen a que ambos debemos trabajar.

  18. Un trabajador cuya mujer no trabaja solicita paternidad y lactancia acumulada. Se rige por el estatuto. ¿En que periodo puede disfrutar la paternidad, desde el nacimiento del niño hasta las 16 semanas? ¿Puede solicitar lactancia acumulada antes de la paternidad? ¿desde cuando se empieza a contar para acumular la lactancia desde el nacimiento, o se descuenta el permiso de paternidad? ¿Puede durante la lactancia acumulada, si se pacta con la empresa, hacer algún corte para trabajar algún día puntual y luego alargar el periodo de acumulación hasta completar los días correspondientes?.

  19. ¿Se puede solicitar permiso de lactancia acumulada, inmediatamente después reducción de jornada hasta una fecha (anterior a cuando el bebe cumpla 9 meses) en la que pides excedencia de 1 año por cuidado de un menor y tras la excedencia volver a pedir una reducción de jornada y volver a pedir otra excedencia de 1 año por cuidado de un menor antes de que el niño cumpla 3 años y finalmente solicitar una reducción de jornada hasta que el niño cumpla los 12 años? ¿Qué inconvenientes tendría realizar todo esto de esta manera?

    1. Excepto lo de la lactancia (que si pides excedencia hay que ajustar el cálculo), para lo otro no debería haber problema.

      1. Muchas gracias por tu rápida respuesta. ¿Y que ocurriría si no ajustas el cálculo? ¿te pueden denegar la excedencia? ¿o simplemente te restarían los días disfrutados en exceso de tus días de vacaciones y/o del «finiquito»?