Como sucede algunas veces, detrás del titular y la inexacta explicación posterior (dicha noticia no era una novedad tampoco), se debe profundizar fuera de la noticia para hacer un análisis legal acertado. A continuación, listo las dudas más habituales sobre este permiso, uno de los que más dudas genera a los padres y madres después del nacimiento del hijo.
Hace unos días, salió en prensa el siguiente titular:
“Los padres podrán disfrutar del permiso de lactancia aunque la madre no trabaje”
¿Qué es el permiso de lactancia?
Es un permiso regulado por el artículo 34.7 del Estatuto de los Trabajadores (mejorable por convenio colectivo) que da derecho a una hora de ausencia del trabajo (fraccionable en dos medias horas) en caso de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento, para la lactancia del menor hasta que éste cumpla nueve meses. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples.
¿Cuánto dura?
La ley habla de tres posibilidades, pero es una materia en la que los convenios colectivos regulan muchas otras posibilidades, habrá que revisar el convenio antes de decir o hacer nada, es muy importante. Volvamos a la ley:
– 1 hora de ausencia del trabajo que se podrá dividir en dos fracciones (dos medias horas).
– Reducción de jornada en media hora.
– Acumulación en jornadas completas.
¿Cuánto cobro mientras dure el permiso de lactancia?
Exactamente lo mismo que si estuvieras trabajando, siempre que sean conceptos salariales.
¿Pueden ser las dos medias horas de ausencia la primera y la última media hora de la jornada de trabajo?
No, porque si se utilizan esas franjas horarias se entiende que se está reduciendo jornada, salvo que el convenio colectivo establezca alguna mejora.
En caso de optar por la acumulación en jornadas completas, ¿Cómo se calcula?
Muchos convenios colectivos ya establecen un nº de días sin necesidad de cálculo. En ausencia de mención específica, se deben coger todos los días laborables (sin festivos, ni vacaciones) desde la reincorporación al trabajo hasta el día antes que el bebé cumpla 9 meses, contar 1 hora cada día, y pasar esas horas a días según la jornada que tengas (normalmente, pero no siempre, 8 horas diarias si trabajas a tiempo completo). Aunque parezca anticuado, lo mejor es coger un calendario y contar de uno en uno, no acumulando horas de festividades ni de días en los que no trabajas.
Y si no acumulo en jornadas completas, ¿Cuál es mi mejor opción?
Para no partir en exceso la jornada, pienso que lo mejor es (si trabajas a jornada completa) coger la última media hora antes del descanso del mediodía y la primera media hora de la tarde.
En mi empresa me han dicho que se acumula media hora, no una hora. ¿Es correcto?
No. Algunos convenios no mencionan específicamente que sea 1 hora diaria para acumular, pero sentencias recientes del TSJ de Catalunya así lo han interpretado.
¿Quién fija el período de disfrute del permiso?
Siempre el empleado/a. En caso de discrepancia con la empresa, debe interponerse demanda ante el Juzgado Social.
¿Solamente puede pedir el permiso de lactancia la madre?
No, es un derecho de todos los trabajadores. Hay diversas posibilidades:
– Si los dos padres trabajan, solamente uno puede disfrutarlo.
– Si un padre es autónomo y otro empleado por cuenta ajena, este último podrá pedirlo sin problemas, independientemente del sexo. Además, por importe a cobrar y papeleo a realizar es también lo más aconsejable.
– Si ninguno de los dos trabaja, no se cobra. Es una prestación que exige estar en alta en algún régimen de la Seguridad Social.
No doy el pecho, sino biberón. ¿Tengo derecho al permiso?
Sí, no tiene nada que ver que optes por lactancia natural o artificial.
He pedido reducción de jornada por cuidado de hijo. ¿Puedo pedir a la vez la hora de ausencia del permiso de lactancia?
Sí. La diferencia es que el permiso de lactancia es retribuido, pero la reducción de jornada no. Si acumulas, pídelo a posteriori del permiso.
Tengo pensado pedir una excedencia por cuidado de hijo de tres meses. ¿Lo hago antes o después del permiso de lactancia?
Recomiendo hacerlo después de disfrutar el permiso, ya que en caso contrario, desde tu reincorporación hasta que el bebé cumpla 9 meses, habrá menos días laborables en los que acumular horas.
También hay que tener en cuenta que si disfrutas el permiso de lactancia entero acumulado, y justo al finalizarlo solicitas la excedencia, es posible que en tu última nómina te resten el permiso disfrutado en exceso, ya que la empresa lo habrá calculado pensando que estarías en alta hasta que el bebé cumpliera 9 meses y no ha sido así al final.
Mi jefe me ha dicho que no puedo coger seguido el permiso de lactancia y las vacaciones, que después de tanto tiempo sin venir, si hago esto me podría despedir. ¿Es cierto?
No. El derecho a la lactancia está especialmente protegido, y cualquier medida empresarial basada en tu condición de madre se considerará despido nulo y readmisión automática.
Al reincorporarme, hay riesgo para mi salud o la de mi hijo aún lactante derivado del trabajo. ¿Qué puedo hacer?
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (artículo 9) estipula que:
– La empresa debe adaptar las condiciones o el tiempo de trabajo para que desaparezca el riesgo.
– Si no es posible o no desaparece el riesgo, debe asignar a la trabajadora un puesto diferente compatible con su situación, dentro de su grupo profesional o categoría equivalente mientras persista el riesgo.
– Si tampoco ello fuera posible, la trabajadora puede ser destinada a un puesto no correspondiente a su grupo o categoría equivalente, conservando su salario normal.
– Si el cambio es del todo imposible, se le dará a la trabajadora una baja por riesgo durante la lactancia natural de hijos menores de 9 meses. El parte médico deberá ser facilitado por el médico y la trabajadora tiene derecho a percibir una prestación económica de la Seguridad Social, equivalente al 100% de la base reguladora.


Buenas tardes, en Mayo fui madre y ahora tengo que disfrutar de las horas de lactancia. Mi idea es juntarlas todas en días, pero tengo un problema a la hora de realizar el cálculo. Yo trabajo de lunes a viernes pero no las 8 horas, hay días que trabajo mas horas que otros, por lo que a la hora de realizar el cálculo de los días que me corresponderían, ¿en base a que horas trabajadas debería hacerlo? entiendo que sería en base a las horas que trabajo a la semana, pero no lo se seguro y en mi empresa tampoco me lo dejan claro. Es decir, por ejemplo si tengo 90 horas acumulables de lactancia, ¿debería dividirlo por el total de horas que trabajo a la semana?
Saludos y gracias por vuestra ayuda
Las horas q trabajes al día dan igual.
Hola.
Trabajo en el sector privado, mi mujer en paro. Y mis dudas son ¿cuanto me duraría la baja por lactancia (reducciendo jornadas completas)? ¿Si sigo cobrando en ese periodo? ¿Y dónde encuentro toda la información (boe, demás) en caso de que mi empresa me lo niegue?
Muchas gracias
Solamente viene regulado en el Estatuto de los trabajadores y el convenio colectivo de la empresa. Para un cálculo individualizado ruego utilizar el servicio de consultaconsultas de la web
Buenos días.
Mi mujer está disfrutando el permiso por maternidad. Tiene pendiente el mes de vacaciones y las horas de lactancia compactada.
Los días de vacaciones, computan como laborables para el cálculo de la lactancia compactada?
En cualquier caso, entiendo que le sale a cuenta tomar primero los días correspondientes a la lactancia y dejar para el final los días de vacaciones, no?
Muchas gracias.
No computan.
Hola, estoy de baja por maternidad y luego haré lo días de lactancia, cuando me incorpore haré reducción de jornada,. Mi pregunta es, en el tiempo que este de lactancia como tengo que cobrar? Como si estuviera haciendo 8 horas, o 5? Que son las que voy hacer cuando me incorpore. La empresa me comunica que cobraré como 5 horas, es correcto? Gracias de antemano
No es correcto para nada. Como si fueran 8
Mi jefe me dice que mi permiso de lactancia si es a mitad de jornada es de una hora y si es al principio o al final de la jornada solo tengo derecho a media hora al día.
Gracias
Tiene razón
Trabajaba haciendo 8 horas,volveré haciendo reducción de jornada y trabajaré 5 horas. Acumularé las horas de lactancia y tengo casi 25 días de permiso por lactancia, tengo tantos días porque la empresa ha calculado 5 horas por día en vez de 8 horas. Se puede contar así? Tendría que cobrar como si trabajará 5 horas? Gracias
Es que tendrías que acumular menos días y cobrar más esos días de lactancia. Ese cálculo que han hecho es erróneo.
Buenos días,
Mi intención es acumular despues de mi baja maternal los días de lactancia, luego las vacaciones y posteriormente pedir una excedencia. ¿Se podría hacer así? En mi empresa me han dado la siguiente respuesta «Esos días de lactancia corresponderían siempre y cuando el trabajador/a no solicite excedencia por cuidado de un menor, ya que en el caso de hacerlo se aplicaría en el finiquito el descuento proporcional de los días no devengados.» , ¿Es correcto?
Muchas gracias.
Está explicado en el artículo este mismo supuesto. Totalmente correcto.
Hola! Y si soy autónoma ..¿tengo derecho a la lactancia?
No
Hola. Acabo de solicitar la prestación por maternidad a la seguridad social y me pregunto si tengo que solicitar también los días que quiero acumular de permiso por lactancia. ¿Los paga la seguridad social o es mi empresa? Trabajo en un colegio privado concertado y los pagos vienen realmente de la junta de Andalucia, pero no he encontrado en la web de la seguridad social ninguna solicitud para el pago de las horas por lactancia.
Gracias
Empresa
Trabajo en un colegio privado concertado con la Junta de Andalucia. Acabo de solicitar mi prestación por maternidad a la Seguridad Social. Si quiero acumular mis días de lactancia a quien le tengo que pedir el pago de estas horas a la seguridad social o a la empresa?
Empresa
Hola,
tengo una duda que ni mi sindicato sabe responderme… mi mujer está en el paro sin cobrar prestación y no se ha cogido la baja por maternidad. Puedo yo disfrutar del permiso por lactancia? En caso afirmativo, cuando puedo empezar a disfrutarlo? Debo esperarme a las 16 semanas que marca la ley o puedo disfrutarlo antes?
Gracias
Yo entiendo que desde que nace se puede pedir.
tenemos una trabajadora a tiempo parcial que trabaja 7 horas semanales, tiene derecho al permiso de lactancia? y si es así cuanto le corresponde de permiso?
Esto quizás lo sepa mejor el asesor que hace las nóminas de esta trabajadora…
yo soy quien hago las nominas y no se que podemos hacer con ella??!!
Entonces ruego utilizar el servicio de consultas de la web mencionando convenio colectivo de aplicación. El precio de la consulta es de 15€. Saludos.
Hola
Ahora mismo estoy terminando con mis dias de lactancia, tengo todo mi mes de vacaciones sin coger y por mas que lo pido no me dicen nada. Yo soy Directora comercial y las ventas del equipo no van bien, podrían denegarme mis vacaciones alegando que por mi culpa las ventas no van bien? Yo este año desde abril he estado de baja y solo atendía a mis clientes por telefono porque la empresa me obliga, pero no estaba en la oficina.
No pueden. Es más, si puedes acreditar que trabajabas estando de baja les puedes meter un buen pollo.
Buenos días
Quería consultar una duda que me concierne tras correo recibido por mi empresa.
Resulta que mi mujer esta en el último mes de la baja maternal, pero la echaron una vez que estuvo embarazada de dos meses. El caso que al estar yo trabajando he decidido coger el permiso de lactancia. Hasta ahí todo bien puesto que la empresa me lo ha permitido.
Pero me dicen que hasta que no termine mi mujer la baja por maternidad no puedo coger el permiso, lo cual me parece correcto, pero que ademas como termina el 28 de Octubre, hasta esa fecha no podría. Osea que el 29 de Octubre comenzaría mi permiso de lactancia,si lo quisiera coger.
Fue entonces, que le comunique que quisiera cogerlo dentro de un mes ósea el 1 de Diciembre, y me dicen que no que debe ser una vez termine la baja por maternidad. Es eso cierto.??
Gracias.
La verdad, es algo que no está regulado por lo que no te puedo asegurar que es lo correcto o lo incorrecto… Ya que tampoco hay jurisprudencia.
Después de la baja maternal siempre hay que coger el permiso de lactancia y después las vacaciones? o se podrían coger primero las vacaciones y después el permiso de lactancia?
Lo más normal es coger primero las vacaciones porque así todos los días posteriores son realmente laborables para poder acumular
Gracias, esq en mi empresa me habían propuesto coger primero el permiso pero me cuadraba mejor cogiendo primero las vacaciones.
Buenas tardes. En no convenio pone que si acumulo lactancia solo me corresponde contar media hora al día. Es legal?
Además dicen que primero he de coger las vacaciones ya que esos días no cuentan para la acumulación. Es correcto? Gracias
Se acumula una hora, no media hora. Lo de las vacaciones es correcto.
Mi esposa trabaja en una empresa privada y su horario es de lunes a sábado, pero los sábados es hasta las 12 pm, y su jefe le ha dicho que los sábados no le corresponde su hora de lactancia ya que solo trabaja hasta el media día, es verdad eso?
Mentira
Buenas tardes,
Mi empresa me acaba de notificar como queda el cálculo de la compactación de las horas de lactancia.
Mi jornada laboral es de 6 horas diarias. Según la gestoría el cálculo se debe hacer sobre 8 horas diarias de trabajo.
Tenía entendido que se ha de calcular según la jornada de trabajo.
¿Hay algo que haya cambiado? ¿Se calcula sobre 8 horas o sobre mi jornada de 6 horas?
Gracias de antemano.
Un saludo.
Ni 8 ni 6. Se acumula una hora por día laborable. Esa es la única verdad.
Hola. He sido mamá en agosto y aunque estoy con baja por maternidad, cuando acabe cobraré el paro ya que mi contrato acabó estando yo embarazada. Queremos que el papá pida las horas de lactancia. Puede disfrutarlas únicamente a partir de finalizar mi baja de maternidad? Cuántas horas se le acumulan, sólo las que sumen después de mi baja o desde que nació nuestra hija? Gracias por adelantado!
La normativa no deja claro si en tu caso hay que esperar o no a acabar el permiso de maternidad. Yo la pediría desde que acabe su paternidad y si cuela cuela…
Hola, he sido mama recientemente.
Estoy cobrando la maternidad, después cobraré paro. Estando embarazada cerraron la empresa y nos echaron.
Mi marido, que es empleado público, ha solicitado lactancia, para aprovecharla una vez termine yo con la maternidad.
La cual, le han rechazado, supuestamente porque yo no trabajo. Mirando la ley, artículo 34 el tiene derecho a solicitar dicha lactancia y que se la concedan.
Ha vuelto a solicitarla. Pero quiero percatarme si tengo razón o me equivoco. Y si es correcto, que artículo puedo mirar o donde puedo localizar este derecho.
Gracias
Tienes toda la razón
Hola buenos dias mi pregunta es la siguiente , soy empleado publico y me han denegado hace dos años el permiso de lactancia por que mi mujer es autonoma. les he denunciado y me han dado la razon.
si me lo hubieran dado en su dia me tenian que haber dado 30 dias de permiso remunerado. pero me dicen que como la niña tiene ya mas de doce meses no me pueden dar los 30 dias, que me los remuneraran, y mi pregunta es cuanto me tienen que dar entonces si me tienen que pagar esos 30 dias?
serian 1200 eur de los 30 dias no disfrutados y 1200 eur de la remuneracion que me tenian que dar con el permiso?
muchas gracias un saludo
Función pública no tocamos, lo siento.