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Experto Laboral Online

Derechos Laborales, Despidos, Salarios

Mi empresa no me paga ¿Qué puedo hacer?

Publicado el · Experto Laboral Online

Empresa no paga

¿Tu empresa no paga? Lamentablemente, esta pregunta es una de las más buscadas en Google en los últimos meses. Empresas que deben meses y meses de salario a sus trabajadores sin que estos hagan nada contra ello por miedo o desconocimiento. ¿Me despedirán? ¿Si me voy, me quedo sin el paro? Es la hora de decir basta y de saber qué, cómo y cuándo se puede reclamar este salario no cobrado.

Si no reclamas nada, nunca cobrarás nada. Si reclamas, siempre cobrarás algo.

Iniciamos este artículo con estas dos frases para que se os queden grabadas, porque es la única verdad inmutable.

Obviamente, si el empresario te adeuda nómina tras nómina y tú no haces nada para cambiar la situación, él estará encantado. Se financiará gracias a los trabajadores y no le pondrás en problemas. El que no llora, no mama.

Por el contrario, en el momento que reclamas lo que te toca, si te deben algo, siempre cobrarás algo. Y lo harás de la empresa o del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). Quizás más importe o quizás menos… Quizás más tarde que pronto; pero cobrarás, algo que en la situación anterior no es tan seguro.

Partiendo de estas dos frases que deben ser vuestro libro de cabecera, os dejo aquí las respuestas a las preguntas que un trabajador se hace en esta situación. Preguntas que hemos ido recopilando a lo largo de nuestra carrera profesional como asesores laborales.

¿Puede la empresa dejarme de pagar?

No, nunca. La empresa tiene obligación de pagar tu sueldo como contraprestación por los servicios realizados. Si no tiene dinero para pagar, lo que tiene que hacer es solicitar concurso de acreedores para que un administrador concursal calcule todo lo que tiene que pagar la empresa y priorice los pagos. Los salarios de los trabajadores tienen prioridad absoluta.

¿Qué plazo tiempo tengo para reclamar los salarios no abonados?

Tienes 12 meses desde que el salario debió haberse abonado.

¿Si pongo una demanda por el impago me pueden despedir?

Despedir, siempre pueden. Otra cosa es que dicho despido después sea declarado nulo (pagándote salarios de tramitación durante muchos meses, teniendo en cuenta el colapso de los juzgados a día de hoy) y tengan que readmitirte en la empresa obligatoriamente. Está claro que no es plato de buen comer volver a una empresa en la que estás enfrentado con la dirección, pero en todo momento tendrás tú la sartén por el mango, además que cualquier intento de despido o acoso laboral por parte de la empresa podría ser fuertemente multado. En el momento que planteas la demanda, tu protección jurídica ante un despido o sanción se multiplica.

¿Cuándo puedo/debo empezar a reclamar?

Teóricamente, se puede reclamar desde que se considere impago (la costumbre dicta a partir del 6º día del mes siguiente al que se debería haber cobrado si se cobra a final de mes). A nivel práctico, personalmente piensamos que es mejor dar un poco de tiempo, por si es una situación pasajera que no se repite en el futuro. Meterse en temas judiciales por un mes no suele salir rentable.

Si son dos meses de impago, el tema ya empieza a ser serio y debes ponerte en manos de un profesional.

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No obstante, recomiendo planteamos la demanda a partir del tercer mes de impago de salarios. ¿Por qué? Porque existe repetida jurisprudencia que permite extinguir el contrato de trabajo por impago de salarios reiterados, y se entiende por reiteración, el no abono de tres o más meses. Si puedes acreditar el impago de los tres meses o más, te irás a casa con:

  • La misma indemnización que un despido improcedente (cobrarás de la empresa o Fogasa).
  • Derecho a prestación por desempleo.
  • Derecho a cobrar las cantidades impagadas (cobrarás de la empresa o Fogasa).

¿Cómo es este proceso para irme de la empresa si no me paga?

Primero de todo, está claro que debes ponerte en manos de un experto laboral que te aconseje y marque los tiempos en cuanto a negociaciones, demandas, etc. El proceso más común es el siguiente:

  1. Interponer una demanda de extinción de contrato y reclamación de cantidad ante el SMAC y el Juzgado.
  2. Celebración de CMAC.
  3. Celebración de juicio.
  4. Sentencia del Juez que extingue tu contrato, te da derecho a paro y condena a la empresa a pagarte la indemnización y los salarios adeudados.

¿Y si la empresa no paga lo que dice el juez?

Si la empresa no paga después de que el juez dictamina el resultado, se deberá solicitar la ejecución de la sentencia, y si no se puede cobrar, el juzgado dictará insolvencia empresarial y deberás acudir al Fogasa a cobrar. En su proceso largo y farragoso, pero al final siempre se cobra. 

¿Mientras pongo la demanda por extinción de contrato debo ir a trabajar?

No hay una postura clara al respecto por parte de los jueces. En muchas provincias es un proceso largo (entre poner la demanda y recibir la sentencia pueden pasar muhos meses), pero existen sentencias que liberan al trabajador de ir a trabajar por impagos sucesivos, ya que dichos impagos afectan contra la dignidad moral del trabajador. En la demanda hay que solicitar esta liberación al juez y esperar que resuelva a nuestro favor.

¿Si la empresa se pone al día conmigo antes del juicio por extinción pierdo la demanda?

No. Lo que se juzga es el incumplimiento del contrato por impago cuando se interpuso la demanda. La empresa puede hacer lo que quiera después, pero si debía 3 o más meses cuando pusiste la demanda, la sentencia de extinción a tu favor tiene muchos visos de salir adelante.

La empresa me ofrece pagarme parte de la deuda en negro si le firmo la nómina. ¿Es recomendable?

Por supuesto que no, cada nómina que firmes conforme has recibido el importe, será una nómina que no podrás recuperar. Además, debes saber muy bien qué es lo que firmas para evitar perder aún más derechos, y por desgracia muchos trabajadores no saben interpretar una nómina.

Impago de Salario

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Consejos prácticos para afrontar diferentes situaciones en que la empresa intenta no pagar

Por último, os dejo unos consejos prácticos a seguir en caso de empresas en dificultades. En muchas pymes, cuando empiezan los nubarrones económicos, suelen haber maniobras para desviar el negocio a otra empresa del empresario y así librarse de la persecución de organismos oficiales y juzgados. Os contamos las maniobras más usuales, ¡estar atentos a estas posibilidades!

a) Facturar a nombre de otra empresa

Tu nómina te la paga “Manufacturas Pepito SL”, pero resulta que las facturas y los albaranes van a nombre de José García García. Piensa mal y acertarás: como en la SL está hasta arriba de deudas, factura de forma paralela como persona física para evitar embargos. A veces, incluso factura una SL que no es suya u otra persona física. Pueden ser testaferros o “amiguetes” que se han prestado a ayudarle en esta trama irregular. En este caso, debes recopilar toda la información posible de todas las empresas involucradas, ya que todas las demandas deberán ser interpuestas contra todas las empresas. En especial, tienes que buscar el NIF/CIF de todas ellas en facturas, albaranes, página web de la empresa, información comercial, contratos que tenga el empresario a la vista.

b) Cambiar el domicilio de la empresa

Esto lo suelen hacer para retrasar la recepción de notificaciones. Si ves una dirección que no es la habitual en facturas o albaranes, no está de más notificar a Inspección de Trabajo dicho cambio, ya que es muy posible que hayan ido al domicilio anterior y no hayan encontrado a nadie.

c) Cambiar la forma de pago a pagarés

Huye de ellos. Si firmas el recibí de un pagaré a 90 días, significa que aceptarás cobrar con 90 días de retraso, y hasta que vayas al banco y descubras que no hay fondos, no podrás reclamar ya que tú has aceptado esta forma de pago. Acepta solamente transferencias bancarias o cheques conformados.

763 comentarios

  1. Buenas, ¿podriais decirme cuanto tiempo puede pasar desde que ejecutan un embargo y sale a subasta publica ese embargo, es un local?. Llegamos a un acuerdo antes del juicio y si no pagaba en 15 dias ponia de garantia un local de la empresa. El señor no ha pagado y nuestros abogados han pedido la ejecucion del embargo. Gracias.

  2. No entiendo porque no me puede responder. Solo es saber el tiempo por casos que hayan podido tener en este sentido.Nuestros abogados dicen que ya depende del juzgado y q puede tardar. De todas maneras gracias por responder.

  3. Buena tarde, hoy fui despedido en mi trabajo llevaba casi un año trabajando con ellos, pero no hace más de dos meses me hicieron firmar un contrato a termino indefinido y a pagarme el aporte de seguridad social. Para mi liquidación se tendría en cuenta los meses en los que estuve sin contrato? o solo me pagan los dos meses?

  4. Hola,mira estoy trabajando en un empresa con contracto fin de obra, la hora de contractarme me han dicho que me van a dar de alta pero no me dan ningun derecho del contracto osea no vacacion,no finiquito,no pagas extras, solo me pagan 50 euro al dia trabajado eso fue un acuerdo verbal con todo eso llevo sin cobrar el mes de octubre y el de noviembre todavia no he firmado estas dos nominas y al reclamarle el sueldo me queren despedir,si le pongo una denuncia ante la inspeccion del trabajo que puedo ganar? o que tengo que acer?Gracias un saludo.

  5. hola! la entidad contratista con la que trabajo me debe 3meses de paga, dentro de poco salimos vacaciones y a ellos se les acaba el contrato, nos hantenido de semana en semana, y no nos sesuelven nada, que puedo hacer? debo esperar a que me paguen, o puedo interponer algo para el pago inmediato?

  6. Hola buenas noches, quiero hacer una consulta ….trabajo en una empresa la cual se atraza con el pago d las quincenas llevamos varios meses sin seguridad social y aun así no las descuentan d el salario,no nos han pagado las ultimas dos primas y ahora este mes aparenta ser igual yo estoy muy aburrida igual q muchos d mis compañeros al ver q cuando alguien se retira no le pagan la liquidacion o les maman gallo y la gente a la final se cansa d seguir llendo a reclamara y los q han demandado no ha pasado nada x q el dr. No va a las citaciones y tampoco manda a nadie y el decir d el es q pues q lo demnaden q a el no le importa ahora cambio d razón social y sigue en las mismas bueno mi pregunta es ……. Yo soy cajera si yo me dirijo a la oficina d trabajo y pido q me saquen mi liquidación y lo q me deben y antes d entregar mi puesto con el dinero q entre en mi turno me cobro mi liquidación. Y lo q me deben y les dejo firmadas las cartas y todo es posible q me metan en problemas o q me puedan demandar x hacer eso? X favor nesecito d su ayua espero su pronta respue gracias! sta quiero salir d la duda antes d hacer algo

  7. Hola, mi empresa lleva meses teniendo retrasos en los pagos, el mes de enero subrogamos con otra empresa. Según convenio deberíamos cobrar la paga el día 15 de diciembre, al ver que no se hacían los ingresos se ha preguntado y nos indican que problablemente se pagará con las liquidaciones, aluden a problemas monetarios pero nos consta que otros trabajadores que no cambian de empresa si la están cobrando. Mi duda es a partir de que momento podríamos reclamar por el impago de la paga de navidad o si no podemos reclamar nada porque es legal retrasar el pago hasta el finiquito.

    1. Normalmente entre 15 y 20… Pero demandar por cobrarlo el 31 de enero no creo que sea muy práctico, es mejor esperar al mes siguiente por si acumulan más deudas.

  8. Buenas tardes. Tengo una consulta, estuve trabajando en una empresa este año,para concretar una tienda, nos estuvieron debiendo dinero dos meses, los llamábamos para decir que pasaba con el sueldo y nos daban largas, hasta que un día nos dijeron de golpe que iban a cerrar la tienda en dos semanas porque no daba suficientes beneficios, la empresa tiene mas tiendas en España. La tienda la cerraron el uno de Julio y nuestro contrato era hasta el 25 de ese mes, por los que nos dieron vacaciones que nos debían en ese tiempo. Nos abonaron a mi compañera y a mi el salario casi al completo de los dos meses que nos debían, pero el finiquito y el mes de julio no nos lo han pagado, los llamamos por teléfono y no nos lo cogen. Que podríamos hacer
    Gracias de antemano y un saludo.

  9. Hola!! Me deben dinero de meses anteriores, 3 meses enteros y 2 pagas extras, con los 5 llegan a 5000 pero con los 3 meses no llegan a 3000, esto es denunciable aunque no llegue a 3000? PD: El mes más retrasado que me deben es Diciembre 2013, hay algún problema en que se acabe el 2014 o hayan pasado 12 meses desde entonces? Saludos y gracias!

  10. Buenas. Quisiera saber si mi jefe está obligado a darme una copia del convenio que me aplica o al menos a informarme de cuál es este. También quisiera saber que artículo recoge esta obligación si existiese. Muchas gracias

  11. hola! He estado con un contrato de casi dos meses en una empresa. Pasados 5 dias me ha hecho otro que es el de maternidad. Al reclamarle las vacaciones que no he disfrutado, me ha dicho que no me tenia que pagar nada que ya veriamos cuantos dias eran y me los daba en el siguiente contrato. esto se puede hacer o tengo derecho a reclamarlo en dinero? ademas el contrato se acabo el dia 10 de diciembre y he leido que las vacaciones te las tiene que dar dentro del año que corresponde. Tambien fui a la asesoria a informarme y me dijeron que «no me podian decir nada sobre eso». Estan en su derecho? o donde tengo que ir a informarme? gracias y un saludo!

    1. A la asesoría le paga la empresa… Veo muy normal que no te digan nada. En cuanto a lo del finiquito yo ahora no me preocuparía. Cuando acabe el contrato de maternidad tienen que pagarte toda las vacaciones y ya está. Ahora creo que no vale la pena ponerse a malas.

  12. Buenos días,

    Mi caso es parecido. Yo estuve trabajando los meses de septiembre y octubre en una empresa. Por motivos de crisis, el salario de septiembre lo cobramos todos a finales de octubre, mediante cheque que además firmaba otra empresa diferente a la nuestra (una empresa propiedad del mismo dueño pero a nombre de su esposa, de la cuál ahora está divorciado y no sé como habrá quedado el reparto de los bienes que poseen…) Llegado el día 12 de noviembre, más o menos, aún no había cobrado el mes de octubre y por una serie de circunstancias, incluido el retraso en los pagos de las nóminas, presenté mi dimisión. A día de hoy, 7 de enero, no he recibido el pago de octubre ni los papeles del finiquito… He reclamado en varias ocasiones a la gerente pero solo me daban largas, ahora ni siquiera eso… ¿qué debo hacer?

    Gracias y un saludo.

  13. Hola buena en mi caso es que estoy trabajando en universidad y es por parte del gobierno, tardaron 4 meses en depositarme una parte de mi trabajo y aun no me han depositado la otra parte me vienen diciendo que pronto me pagaran , mi problema es que ya voy a firmar nuevo contrato y aun no me pagan del anterior que puedo hacer en este caso!

    1. Tienes un año para demandar por esos importes, es decisión tuya el momento de interponer la demanda.

  14. Mi empresa nos a comunicado que presenta concurso de acreedores hace mas de quince días aun no lo han presentado por otra parte nos enteramos que han comunicado a los propietarios de las naves que dejan las instalaciones el mes de junio es esto normal

  15. Buenas, mi pregunta es compleja. Tengo un contrato de 20 horas a la semana, pero no todas las semanas las trabajo. Me dice que no hay suficiente carga de trabajo y que no hace falta que venga. Es luna empresa de ocio nocturno y llevo 2 meses sin cobrar. Hoy me he reunido con ellos para hablar del tema. Me dicen que me pagarán sólo las horas que realmente he trabajado. Pueden hacer esto? Podría demandarlos por incumplimiento de contrato? Ya que yo estoy dispuesto a trabajar pero ellos no me llaman. Muchas gracias.

  16. Si presenta la empresa concurso puede trasladar la maquinaria a otra población y despedir a la mitad de la plantilla

    1. Si presenta la empresa concurso todo depende del administrador concursal. Y sí, puede hacerlo. Que sea correcto o no lo tendrá que decidir un juez.

  17. Hola, hace 2 días puse una demanda por impago de sueldo de unos 2 meses y el mes en curso que seguro no pagaran. Mi pregunta es, yo estoy en una tienda que manejamos dinero en efectivo. Según convenio veo que la empresa esta obligada a darme un anticipo de nomina si lo pido. Si la empresa no me contesta a la solicitud o no quiere darmelo sin mas, puedo hacerme yo mismo un anticipo de la nomina de enero y acogerme a lo que pone en el convenio? Independientemente que lo que reclama la denuncia es anterior a enero que aun no les tocaba pagar.? Puedo? Necesito afrontar pagos!!

  18. a mi me obligan firmar nomina de 1228 euros y recibo 800 euros 350.56 euros se queda la empresa, no me retienen IRPF TENGO CONTRATO FIJO DE ASE 4- MESES, QUE DEBO HACER

  19. Mepagaron mi finiquito pro no me pagaron 1 semana de trabajo y me dicen q ya no pueden pagarmela por que ya me pagaron mi finiquito esto es cierto

        1. De si firmaste el finiquito o no, de si pusiste No conforme, de como redactaron ellos el finiquito… Y que por una semana de trabajo no te va a salir a cuenta reclamar, básicamente… Otra cosa es denunciarles…

  20. hola ,estuve trabajando en una empresa con media jornada trabajando 10 y mas y el dia 7 se me acabo el contrato,no me han pagado dos meses no me da ni el finiquito y encima me dice que tenga paciencia.De lo que yo se tengo 15 dias para denunciar porque si no pierdo todo…es asi?a y las vacaciones tampoco las coji GRACIAS