¿Tu empresa no paga? Lamentablemente, esta pregunta es una de las más buscadas en Google en los últimos meses. Empresas que deben meses y meses de salario a sus trabajadores sin que estos hagan nada contra ello por miedo o desconocimiento. ¿Me despedirán? ¿Si me voy, me quedo sin el paro? Es la hora de decir basta y de saber qué, cómo y cuándo se puede reclamar este salario no cobrado.
Si no reclamas nada, nunca cobrarás nada. Si reclamas, siempre cobrarás algo.
Iniciamos este artículo con estas dos frases para que se os queden grabadas, porque es la única verdad inmutable.
Obviamente, si el empresario te adeuda nómina tras nómina y tú no haces nada para cambiar la situación, él estará encantado. Se financiará gracias a los trabajadores y no le pondrás en problemas. El que no llora, no mama.
Por el contrario, en el momento que reclamas lo que te toca, si te deben algo, siempre cobrarás algo. Y lo harás de la empresa o del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). Quizás más importe o quizás menos… Quizás más tarde que pronto; pero cobrarás, algo que en la situación anterior no es tan seguro.
Partiendo de estas dos frases que deben ser vuestro libro de cabecera, os dejo aquí las respuestas a las preguntas que un trabajador se hace en esta situación. Preguntas que hemos ido recopilando a lo largo de nuestra carrera profesional como asesores laborales.
¿Puede la empresa dejarme de pagar?
No, nunca. La empresa tiene obligación de pagar tu sueldo como contraprestación por los servicios realizados. Si no tiene dinero para pagar, lo que tiene que hacer es solicitar concurso de acreedores para que un administrador concursal calcule todo lo que tiene que pagar la empresa y priorice los pagos. Los salarios de los trabajadores tienen prioridad absoluta.
¿Qué plazo tiempo tengo para reclamar los salarios no abonados?
Tienes 12 meses desde que el salario debió haberse abonado.
¿Si pongo una demanda por el impago me pueden despedir?
Despedir, siempre pueden. Otra cosa es que dicho despido después sea declarado nulo (pagándote salarios de tramitación durante muchos meses, teniendo en cuenta el colapso de los juzgados a día de hoy) y tengan que readmitirte en la empresa obligatoriamente. Está claro que no es plato de buen comer volver a una empresa en la que estás enfrentado con la dirección, pero en todo momento tendrás tú la sartén por el mango, además que cualquier intento de despido o acoso laboral por parte de la empresa podría ser fuertemente multado. En el momento que planteas la demanda, tu protección jurídica ante un despido o sanción se multiplica.
¿Cuándo puedo/debo empezar a reclamar?
Teóricamente, se puede reclamar desde que se considere impago (la costumbre dicta a partir del 6º día del mes siguiente al que se debería haber cobrado si se cobra a final de mes). A nivel práctico, personalmente piensamos que es mejor dar un poco de tiempo, por si es una situación pasajera que no se repite en el futuro. Meterse en temas judiciales por un mes no suele salir rentable.
Si son dos meses de impago, el tema ya empieza a ser serio y debes ponerte en manos de un profesional.
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No obstante, recomiendo planteamos la demanda a partir del tercer mes de impago de salarios. ¿Por qué? Porque existe repetida jurisprudencia que permite extinguir el contrato de trabajo por impago de salarios reiterados, y se entiende por reiteración, el no abono de tres o más meses. Si puedes acreditar el impago de los tres meses o más, te irás a casa con:
- La misma indemnización que un despido improcedente (cobrarás de la empresa o Fogasa).
- Derecho a prestación por desempleo.
- Derecho a cobrar las cantidades impagadas (cobrarás de la empresa o Fogasa).
¿Cómo es este proceso para irme de la empresa si no me paga?
Primero de todo, está claro que debes ponerte en manos de un experto laboral que te aconseje y marque los tiempos en cuanto a negociaciones, demandas, etc. El proceso más común es el siguiente:
- Interponer una demanda de extinción de contrato y reclamación de cantidad ante el SMAC y el Juzgado.
- Celebración de CMAC.
- Celebración de juicio.
- Sentencia del Juez que extingue tu contrato, te da derecho a paro y condena a la empresa a pagarte la indemnización y los salarios adeudados.
¿Y si la empresa no paga lo que dice el juez?
Si la empresa no paga después de que el juez dictamina el resultado, se deberá solicitar la ejecución de la sentencia, y si no se puede cobrar, el juzgado dictará insolvencia empresarial y deberás acudir al Fogasa a cobrar. En su proceso largo y farragoso, pero al final siempre se cobra.
¿Mientras pongo la demanda por extinción de contrato debo ir a trabajar?
No hay una postura clara al respecto por parte de los jueces. En muchas provincias es un proceso largo (entre poner la demanda y recibir la sentencia pueden pasar muhos meses), pero existen sentencias que liberan al trabajador de ir a trabajar por impagos sucesivos, ya que dichos impagos afectan contra la dignidad moral del trabajador. En la demanda hay que solicitar esta liberación al juez y esperar que resuelva a nuestro favor.
¿Si la empresa se pone al día conmigo antes del juicio por extinción pierdo la demanda?
No. Lo que se juzga es el incumplimiento del contrato por impago cuando se interpuso la demanda. La empresa puede hacer lo que quiera después, pero si debía 3 o más meses cuando pusiste la demanda, la sentencia de extinción a tu favor tiene muchos visos de salir adelante.
La empresa me ofrece pagarme parte de la deuda en negro si le firmo la nómina. ¿Es recomendable?
Por supuesto que no, cada nómina que firmes conforme has recibido el importe, será una nómina que no podrás recuperar. Además, debes saber muy bien qué es lo que firmas para evitar perder aún más derechos, y por desgracia muchos trabajadores no saben interpretar una nómina.
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Consejos prácticos para afrontar diferentes situaciones en que la empresa intenta no pagar
Por último, os dejo unos consejos prácticos a seguir en caso de empresas en dificultades. En muchas pymes, cuando empiezan los nubarrones económicos, suelen haber maniobras para desviar el negocio a otra empresa del empresario y así librarse de la persecución de organismos oficiales y juzgados. Os contamos las maniobras más usuales, ¡estar atentos a estas posibilidades!
a) Facturar a nombre de otra empresa
Tu nómina te la paga “Manufacturas Pepito SL”, pero resulta que las facturas y los albaranes van a nombre de José García García. Piensa mal y acertarás: como en la SL está hasta arriba de deudas, factura de forma paralela como persona física para evitar embargos. A veces, incluso factura una SL que no es suya u otra persona física. Pueden ser testaferros o “amiguetes” que se han prestado a ayudarle en esta trama irregular. En este caso, debes recopilar toda la información posible de todas las empresas involucradas, ya que todas las demandas deberán ser interpuestas contra todas las empresas. En especial, tienes que buscar el NIF/CIF de todas ellas en facturas, albaranes, página web de la empresa, información comercial, contratos que tenga el empresario a la vista.
b) Cambiar el domicilio de la empresa
Esto lo suelen hacer para retrasar la recepción de notificaciones. Si ves una dirección que no es la habitual en facturas o albaranes, no está de más notificar a Inspección de Trabajo dicho cambio, ya que es muy posible que hayan ido al domicilio anterior y no hayan encontrado a nadie.
c) Cambiar la forma de pago a pagarés
Huye de ellos. Si firmas el recibí de un pagaré a 90 días, significa que aceptarás cobrar con 90 días de retraso, y hasta que vayas al banco y descubras que no hay fondos, no podrás reclamar ya que tú has aceptado esta forma de pago. Acepta solamente transferencias bancarias o cheques conformados.


Hola: Llevo 6 años trabajando en una empresa de seguridad. Desde hace dos los impagos son reiterados debiéndome a día de hoy 4 nóminas. Me pagan cuando les da la gana , ya sea el día 10 o el 20 o incluso el último día de mes, devengandome la última de las cuatro que me deben. Por si fuera poco desde hace un año me «obligaron» a trabajar 13 horas so pena de perder el servicio y por ende el trabajo. Puedo alegar ste horario desorbitado como indignidad en la posibe papeleta de concialiación de extición de trabajo?. Gracias por su labor.
Sí, mejor ponerlo (y poder demostrarlo).
Hola, La empresa lleva con retrasos varios años, pero siempre se cobraba a lo largo del mes siguiente, el año pasado dejó de pagar 4 meses y se abrió una demanda Judicial, estuvimos esperando los cuatro meses porque el abogado nos explicó que los casos menores de ese periodo pueden atribuirlo a problemas puntuales de la empresa y pueden darlo para atrás. Finalmente hubo acuerdo de conciliación y se pagaron todos los atrasos. Estuvimos 3 meses cobrando bien, pero el problema volvió ya nos deben 3 meses más… la pregunta es.. debemos esperar otros 4 meses? es cierto que no se puede demandar antes? al ser reincidente tiene alguna ventaja para el trabajador? Gracias
Hombre, con 3 meses de retraso yo ya demandaría… Pero la reincidencia no tiene que ver nada en la sentencia, hay que ver caso por caso.
hola mi problema con la empresa es que no me pagan,llevan ya 3 meses seguidos sin pagarme y quisiera demandarles por inpago.Nos dijeron la semana pasada que en esta semana que estamos nos ivan a pagar el mes entero de noviembre,pero no lo veo yo muy creible porque siempre que nos reúne el jefe para hablar de pagar el 95% de las veces es mentira lo que dice luego al final hacen lo que les da la gana y cuando les da la gana,entonces tenia pensado de que si en esta semana no nos pagan el mes completo de noviembre en la semana siguiente ir a demandarlos,porque ya no puedo mas,tengo un contrato de 4 horas,cuando realmente estoy trabajando hasta 11 horas diarias de lunes a viernes,me están pagando a precio de peseta en vez de a precio de euro,esta empresa es ilegal total,y yo ya no puedo aguantar mas en esta situación,que debería hacer?.
Te he contestado por email.
Saludos.
Buenas,
Mi pareja hace 2 años que trabaja en una empresa de repartidor. El primer año le contrataron de forma legal con un contrato de 20 horas semanales, no obstante trabaja de 36 a 40 horas las cuales no cotiza pero el empresario se laa paga en B. Él ha pedido en vatias ocasiones que su situación se regularice pero no le han hecho caso. Lo «despidieron» y ahora trabaja en B con promesas eternas de que le van a dar de alta…algo que nunca ocurre. Hay 3 personas más en la empresa en esa situación. Qué solución me dais?
Juntaros e ir a un profesional para que os asesore con la demanda.
Hola.
Exposaré el meu cas:
El dia 12 de Novembre de 2013 vaig començar a treballar a una empresa d’estudis d’opinió com a entrevistadora telefonica, al contracte hi posaven 3 hores diaries i en realitzava 6, al contracte hi posava que cobravem per hora (segons conveni) i cobravem a comissio. Un mes després em van donar de baixa. Al febrer de 2014 em van tornar a trucar, com una il·lusa hi vaig tornar. El contracte ja era de sis hores (les que treballava), no es pagaven les formacions (ho comprenc i no em queixo pas), i llavors si que cobravem per hora. Van passar els mesos, i a partir d’Octubre de 2014 ens pagaven el sou en parts (un 30% dues setmanes després del que cobravem, i el 70% restant potser al cap d’un mes i aixi anaven acumulant deutes). A dia d’avui, al tenir un contracte d’obra i servei m’han despedit alegant finalització de contracte (molts dels meus companys a dia d’avui encara hi treballen). M’han descomptat les hores de reunions (no informatives, reunions laborals ja que era representant de personal quan haviem arribat a l’acord de que s’ens pagarien, al meu company si que li han pagat aquestes hores). Ara fa un mes que m’han despedit, encara tinc pendent un 25% de la ultima nomina, una part del mes d’agost (crec que 35€), el «finiquito» és totalment incorrecte. M’han fet fatal fatal la cotització de tot aquest temps, ja que jo tenia mesos cotitzats, més aquests sumen un totat de 19 mesos pero no consta enlloc, a la seguretat social m’han dit que inclos em falten 10 dies per arribar a l’any cotitzat. Els certificats estan malament, a una companya meva li van donar dos certificats, segons un d’ella te 74 dies cotitzats, i segons l’altre 106. La empresa no ens dona resposta. Ens van donant llargues. Què puc fer? no tinc recursos per interposar una denuncia, i en el cas de que sigui gratuït fer-ho tins molta manca d’informació en aquests aspectes. Agrairia moltissim una mica d’orientació. Gràcies
Només se m’acut que us junteu diferents persones per fer la demanda conjunta. El problema és que totes aquestes irregularitats s’han de posar en coneixement d’un professional quan encara es treballa… Un cop fora és molt difícil provar res…
Buenas,mi caso es el siguiente me deben más de un mes y medio ya que de la nómina de diciembre me abonaron parte, pero por lo que veo no hay claridad ni intenCion de solucionar el asunto y sospecho que va a ir a más. Mi pregunta es si podría limitarme a cumplir el contrato de 20 horas con horarios estipulados en el mismo.En lugar de las 36 horas que trabajo por turnos.
Si trabajas 36 horas supongo que habrás firmado algo posterior al contrato inicial ampliado de 20 a 36.. Ya sea ampliación de jornada o anexo de horas complementarias. si es así, no puedes negarte…
Muy buenas yo tengo un caso que creo que empieza a ser grave por no decir que es de mal acabarm me deben media paga extra de navidad de 2012 y las 4 siguientes las dos del 2013 y 2014 nos hicieron un papel firmado y sellado con sello de empresa como que se nos adeudaban esas cantidades ( las del 2013 únicamente, se saltaron la media de navidad del 2012) ahora nos deben 2 mas de 2014 y estas no nos han hecho otro papel asumiendo esa deuda (que no servirá para nada en caso de juicio imagino) bien el caso es que desde el 19 de diciembre de 2014 que nos pagaron la nomina de Noviembre no nos han vuelto a ingresar nomina alguna a fecha de hoy 12 de febrero de 2015 alegan que no tienen dinero de 11 trabajadores que somos 4 ya han pedido la cuenta y les han dado las pagas mas los sueldos débitos de la indemnización nada ni un euro y los que quedamos estamos ahí aguantando por la situación laboral de este país penosa y no sabemos si hacer una reclamación de cantidades sentarnos en el trabajo o hacer lo minimo o ir a la orecla y denunciar, ellos la opción si nos queremos ir es que nos dan las pagas y los sueldos y nos arreglan los papeles del paro pero nada mas, agradecería cualquier aclaración a esta situación o camino a seguir ya que la situación nos esta ahogando y voluntad tienen pocas o ninguna de pagar lo que se debe , muchas gracias un saludo
Yo lo veo claro: demanda de cantidad y extinción de contrato y pedir al juez que os libere de ir a trabajar… Con suerte, solamente tendríais que trabajar 1-2 meses más… Pero tenéis que ir a un profesional YA.
Si os podemos ayudar nos lo decís.
Ante todo gracias por la pronta respuesta, hemos estado hablando con el jefe de la empresa nos dice que están intentando negociar un préstamo con algún banco y poner como aval un chalet que tiene la empresa a nombre de ella y con eso ponerse al dia de pagos y quien sabe si liquidaran a algún compañero, el caso es que si les pides algo de nuestro dinero te lo dan sin problema no ponen excusas y asi lo hemos tenido que hacer algunos para afrontar pagos de recibos y facturas , mal hecho si, pero era necesario o pagar o que te corten teléfono internet hipoteca etc etc, no se si esperarnos a llevar 3 meses y después hacer lo que me comenta y de mientras a ver que pasa o no sabemos por que en realidad es que parecen ser francos y actuar de buena voluntad pero así no podemos seguir y así se lo hemos dicho ya al jefe.
Hola, necesito ayuda y orientación
Mi empresa lleva desde agosto sin pagarnos,dada la situación de no cobrar y otros problemas personales mi médica me dio la baja en diciembre/2014,ahora en febrero/2015 me han dado el alta un poco indebidamente.el caso es que casi toda la plantilla está de huelga desde octubre de 2014,la empresa se encuentra ahora en concurso de acreedores y también está abierto un concurso de carácter urgente para que otras empresas se puedan presentar para coger el.servicio. Mi problema es que nose si la empresa que entre me debe subrrogar,pero mi mayor duda y preocupación es que tendría que empezar a trabajar el lunes 16/02 y nose si trabajar o unirme a la huelga.mi idea es unirme a la huelga pues todos los compañeros están en esa situación, además no cobro así que encima tendría que costear el transporte y mi trabajo sin.percibir nada.pero nose si unirme o no porque no se si pueden tomar represalias contra mi por eso el administrador del.concurso o la empresa que entre nueva.un abogado me dijo que me incorporase porque en huelga no voy a cobrar ni cotizar, cobrar ya no cobro d todas formas,pero este hombre no me.informa de nada más.según tengo entendido que un mes, mes y medio para que entre otra empresa. Que hago, estoy muy desesperada sin saber que me conviene, y tampoco me.gustaría quedarme sin trabajo después de lo que llevo pasado.muchas gracias.
Yo no te puedo asesorar sobre decisiones personales, como son el incorporarte o unirte a la huelga…
Buenas tardes,
Mi problema es que en mi puesto de trabajo anterior me adeudan alrededor de 5000 euros por 4 meses de trabajo que no me han pagado. El dueño se excusó en que necesitaba ese dinero para invertir en un evento, y que después nos pagaría.
Sin embargo, fueron pasando los meses y las excusas se fueron alargando.
Aunque nuestra relación laboral se ha acabado, aún me sigue debiendo esa cantidad. Además de un montón de dinero de horas extras (las cuales me da miedo perder porque nos las pagaba en negro).
La cuestión es que es una persona joven, el local ni siquiera es suyo y no tiene ninguna propiedad digamos “embargable” (coche, casa…).
Mis preguntas son,
1.¿Hay alguna manera de que pueda demostrar la cantidad excesiva de horas extras que realizábamos y que en muchos casos ni se cobraron?
2. Si inicio un proceso laboral contra ella ¿sólo cobraré lo que FOGASA estima como máximo? ¿Hay alguna manera de que esta persona se vea comprometida a pagar?
-También por si sirve de algo, ha hecho lo mismo con mis otras compañeras. Siempre nos da esperanzas de que nos va a pagar en nada, pero no quiero que me pase el plazo.
Muchas gracias por responder mi duda, es vital.
La verdad es que entiendo algo de leyes, ya que las estudio, pero casos así tan específicos se me van de las manos, y además es que no acabo con lo caradura que puede llegar a ser la gente.
Muchísimas gracias de nuevo.
1. Lo veo casi imposible.
2. Cobrarás el máximo de Fogasa… Si se declara insolvente. Si se consigue cobrar antes, se cobra todo… Todo lo que diga el juez, claro.
Mi empresa me debe el 30% de la nomina de Diciembre, el 100% de la de Enero y por el momento en Febrero no me han pagado, ¿ tengo que dar el preaviso que está fijado en el convenio o como la empresa no está cumpliendo lo firmado en el contrato puedo irme sin preaviso? debería denunciar?.Gracias
Tienes que darlo…. Y si quieres cobrar tendrás que denunciar…
Si la empresa se declara en quiebra puedo acudir al fondo de garantía salarial, me gustaría saber si puedo autorepresentarme o es obligatorio acudir con un abogado, preguntando a un abogado laboralista sus honorarios son del 10% del total obtenido, si sumamos indemnización y salarios es una suma elevada para pagarle y desconozco si un abogado de oficio también se le ha de abonar algún tipo de pago. Por otra parte quisiera preguntar sobre los documentos se han de llevar a cabo en una situación así, el fogasa se requiere una sentencia, auto o acta de conciliación judicial o resolución administrativa. Si la empresa está en quiebra, y reconoce la deuda contraida, es necesario ir a Juicio? que puedo hacer para agilizar los tramites? debo denunciar? puedo hacerlo personalmente?
-Lo del fogasa puedes hacerlo tú todo. Eso sí, si lo haces mal y no cobras nada creo que pierdes bastante más que ese 10%.
-Al de oficio también se le paga, suele ser lo normal, retribuir el trabajo ;).
-A fogasa sólo se llega con declaración judicial de insolvencia o con certificado del administrador concursal.
Entonces que diferencia hay entre contratar un abogado particular y uno de oficio? ambos cobran lo mismo?? por eso presentaba mis dudas.
Otra pregunta: Si la empresa se declara en quiebra y tiene certificado del administrador concursal, pero sin embargo el empresario si reconoce que tiene una deuda con sus empleados, y a todos nos hace entrega de carta de despido improcedente, qué documento ha de formalizarse para presentar la cantidad de salarios adeudada? debemos ir a juicio para que lo reconozca un juez obligatoriamente? a un notario? sería válido un documento escrito por la empresa firmado y sellado con la parte adeudada? en la cantidad a cobrar también se contabilizan los trienios y finiquito?
-El particular normalmente te pedirá algo de inicio para empezar el procedimiento, y ganes o pierdas te cobrará un mínimo.
-El de oficio, si pierdes, no tendrás que pagarle nada.
-En ambos casos, hay que pedir una hoja de encargo para que ambas partes tengan claras las condiciones.
-Con el certificado del administrador concursal ya puedes ir a Fogasa a cobrar… Y si hay administrador, el empresario no tiene ningún poder.
Hola, mi problema es el siguiente: Llevo trabajando un año para un empresario autónomo contratada en el régimen general. Los impagos de nómina son constantes, unos meses algo a cuanta otros otra cantidad. El caso es que ya llevo acumulados 6000 euros de impago de salarios. Que puedo hacer para cobrar esta cantidad? Me la puede pagar Fogasa si como intuyo este empresario se va a dar de baja y crear una sociedad mercantil para seguir con su actividad? Gracias
Demanda de cantidad. Es el único camino. Fogasa solamente pagará si el empresario actual se declara insolvente.
Hola, mi caso es el siguiente: las nóminas las pagan con atraso (a veces cobramos el 28 ó 29 del mes) y ello me genera que me devulvan recibos y por ende, las comisiones. ¿Esto lo puedo reclamar? Porque se devuelven recibos porque pagan tarde. Gracias
No.
Hola muy buenas, mi pregunta es, me despidieron principios de diciembre de 2014 y y en la empresaa estuve como tres años pero con contratos de tres meses, osea me daban de baja de la s.s. Y asi los tres años aveces me hechaban por un mes y nunca me dieron vacaciones oh finiquito en cada contrato q me hacían.y ahora podría reclamar algoo.. Me hacían firmar con amenazas de hechate y por eso firmaba ahora ya me canse.. Gracias.
Ahora no puedes hacer nada tendrías que haber reclamado en enero.
Mi problema es que me fui de mi empresa el 18 de Septiembre de 2014, porque el empresario me debia mas de 12.000€ solo en sueldo. No reclame cantidades porque me prometio que me pagaria, pero ha dia de hoy no lo ha hecho. Si reclamos en el mes de Marzo de 2015 ¿Que puedo reclamar un año de salario o 12 meses hacia atras a contar desde que reclamo? Responderme por favor. Muchas gracias.
Para resumir: deudas de febrero 2014 hacia atrás están perdidas.
Mi caso es algo complicado, me dejaron a deber 2 nóminas, esto fue en Junio de 2012, si no he reclamado es porque me dijo que me pagaría poco a poco y no ha sido así, hay posibilidades de recuperar esas 2 nóminas? ha pasado mucho tiempo?
muchas gracias
No puedes hacer nada.
Mi empresa me debe 7 nóminas y quiero solicitar la extinción del contrato, pero me han comentado que si la empresa entra en concurso de acreedores la demanda quedará paralizada y no servirá de nada. Hay rumores de que lo presentarán en breve con lo que tengo dudas de si merece la pena. Muchas gracias de antemano.
No te han informado bien. Si pones la demanda YA, antes del concurso, será una demanda normal… Y simplemente tendrás que demandar posteriormente al administrador concursal… Una vez hay concurso es cuando ya estás atado de pies y manos, por lo que te aconsejo poner la demanda YA MISMO. Si necesitas ayuda con la demanda nos lo dices.
Buenas tardes
Mi caso es el siguiente. Trabajo en una empresa que a día 25 de marzo nos debe las nóminas de enero y febrero. Según nos dicen, enero nos lo van a ir pagando a lo largo de esta semana. Pero vamos a seguir con retrasos hasta junio que esperan ponerse al día.
Estos retrasos los llevamos sufriendo desde que salimos de concurso de acreedores en el mes de octubre de 2014
Por lo que sé de la situación de la empresa dudo que esto sea posible, por lo que la situación de retrasos seguramente siga o se vuelva a repetir en los meses posteriores, si la empresa no va a liquidación o nos mete en un ERE
Por este y otros motivos quiero salir de la empresa, pero no me puedo permitir irme voluntariamente, sin paro y sin indemnización, así que me planteo presentar una demanda por impago y pedir la extinción del contrato, con lo que tendría derecho a paro y a finiquito.
Mi idea no es vivir del paro, sino encontrar trabajo lo antes posible.
Mi pregunta es, si demando a la empresa, pero en los meses que trascurran hasta que haya sentencia, suponiendo que esta sea favorable para mí, encuentro un trabajo, lógicamente perdería el derecho a paro, pero ¿pierdo el derecho al finiquito? . ¿Me quedo sin mi finiquito si encuentro un trabajo después de presentar la denuncia pero antes de la sentencia?
gracias
Solamente pierdes el derecho a la extinción indemnizada. A cobrar lo que te deben sigues teniendo derecho.
Me han contratado el día 16 en una empresa cárnica y me he enterado hace unos dias que los empleados hacen 3 meses no cobran y que les deben las horas extras del año pasado. Tengo varias dudas. En Primer lugar si me puedo negar hacer horas extras ya que el jueves santo y viernes santo me han dicho que tengo que trabajar 10h cuando mi jornada laboral es de 7 h. Y mi otra duda es si no cobro el mes de marzo que pudo hacer. Nose si deberia hablar con la dueña antes de que empiece el me se Abril,ya que se supone que mi contrato termina el dia 5 de abril, y deberia estar un dia en el paro (que nose sese dia tengo que trabajar). Ya que me cambian el contrato para cubrir una baja maternal.
Gracias.
Las horas extras son voluntarias. Si no cobras, pues toca demanda de cantidad….
HOLA BUEN DIA! QUISIERA SABER COMO PUEDO PROCEDER ANTE MI JEFE YA QUE ME DESPIDIO Y HE TRABAJADO CON EL DESDE 2011 HASTA HOY 2015 E INICIO CON SIERTO ACOSO, INTERPRETANDOME ALGUNAS PALABRAS, DESPUES ANDABA DICIENDO Q YA HABIAMOS TENIDO ALGO Y ESO ES MENTIRA, CUANDO HABLE CON EL PARA CALMAR ESE TEMA INICIO A SER GROSERO Y PEDANTE, Y DESDE ENTONCES EL HAMBIENTE LABORAL ES MUY PESADO, ME INSULTA Y EN OCACIONES SE BURLA CUANDO RETRAZA MIS PAGOS DE NOMINA, Y AHORA LE METI DEMANDA EN LA CUAL SE LE PIDE ME INDEMINISE POR MOBBING, PERO EL SE NIEGA Y DICE QUE NO TIENE DINERO Q SI KIERO IRME ME VALLA O ME QUEDE PERO EL NO ME PAGARA NADA
Este tema necesita un asesoramiento presencial, no online. Creo que es mejor que contacte con un profesional en su zona.