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Experto Laboral Online

Derechos Laborales, Despidos, Salarios

Mi empresa no me paga ¿Qué puedo hacer?

Publicado el · Experto Laboral Online

Empresa no paga

¿Tu empresa no paga? Lamentablemente, esta pregunta es una de las más buscadas en Google en los últimos meses. Empresas que deben meses y meses de salario a sus trabajadores sin que estos hagan nada contra ello por miedo o desconocimiento. ¿Me despedirán? ¿Si me voy, me quedo sin el paro? Es la hora de decir basta y de saber qué, cómo y cuándo se puede reclamar este salario no cobrado.

Si no reclamas nada, nunca cobrarás nada. Si reclamas, siempre cobrarás algo.

Iniciamos este artículo con estas dos frases para que se os queden grabadas, porque es la única verdad inmutable.

Obviamente, si el empresario te adeuda nómina tras nómina y tú no haces nada para cambiar la situación, él estará encantado. Se financiará gracias a los trabajadores y no le pondrás en problemas. El que no llora, no mama.

Por el contrario, en el momento que reclamas lo que te toca, si te deben algo, siempre cobrarás algo. Y lo harás de la empresa o del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). Quizás más importe o quizás menos… Quizás más tarde que pronto; pero cobrarás, algo que en la situación anterior no es tan seguro.

Partiendo de estas dos frases que deben ser vuestro libro de cabecera, os dejo aquí las respuestas a las preguntas que un trabajador se hace en esta situación. Preguntas que hemos ido recopilando a lo largo de nuestra carrera profesional como asesores laborales.

¿Puede la empresa dejarme de pagar?

No, nunca. La empresa tiene obligación de pagar tu sueldo como contraprestación por los servicios realizados. Si no tiene dinero para pagar, lo que tiene que hacer es solicitar concurso de acreedores para que un administrador concursal calcule todo lo que tiene que pagar la empresa y priorice los pagos. Los salarios de los trabajadores tienen prioridad absoluta.

¿Qué plazo tiempo tengo para reclamar los salarios no abonados?

Tienes 12 meses desde que el salario debió haberse abonado.

¿Si pongo una demanda por el impago me pueden despedir?

Despedir, siempre pueden. Otra cosa es que dicho despido después sea declarado nulo (pagándote salarios de tramitación durante muchos meses, teniendo en cuenta el colapso de los juzgados a día de hoy) y tengan que readmitirte en la empresa obligatoriamente. Está claro que no es plato de buen comer volver a una empresa en la que estás enfrentado con la dirección, pero en todo momento tendrás tú la sartén por el mango, además que cualquier intento de despido o acoso laboral por parte de la empresa podría ser fuertemente multado. En el momento que planteas la demanda, tu protección jurídica ante un despido o sanción se multiplica.

¿Cuándo puedo/debo empezar a reclamar?

Teóricamente, se puede reclamar desde que se considere impago (la costumbre dicta a partir del 6º día del mes siguiente al que se debería haber cobrado si se cobra a final de mes). A nivel práctico, personalmente piensamos que es mejor dar un poco de tiempo, por si es una situación pasajera que no se repite en el futuro. Meterse en temas judiciales por un mes no suele salir rentable.

Si son dos meses de impago, el tema ya empieza a ser serio y debes ponerte en manos de un profesional.

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No obstante, recomiendo planteamos la demanda a partir del tercer mes de impago de salarios. ¿Por qué? Porque existe repetida jurisprudencia que permite extinguir el contrato de trabajo por impago de salarios reiterados, y se entiende por reiteración, el no abono de tres o más meses. Si puedes acreditar el impago de los tres meses o más, te irás a casa con:

  • La misma indemnización que un despido improcedente (cobrarás de la empresa o Fogasa).
  • Derecho a prestación por desempleo.
  • Derecho a cobrar las cantidades impagadas (cobrarás de la empresa o Fogasa).

¿Cómo es este proceso para irme de la empresa si no me paga?

Primero de todo, está claro que debes ponerte en manos de un experto laboral que te aconseje y marque los tiempos en cuanto a negociaciones, demandas, etc. El proceso más común es el siguiente:

  1. Interponer una demanda de extinción de contrato y reclamación de cantidad ante el SMAC y el Juzgado.
  2. Celebración de CMAC.
  3. Celebración de juicio.
  4. Sentencia del Juez que extingue tu contrato, te da derecho a paro y condena a la empresa a pagarte la indemnización y los salarios adeudados.

¿Y si la empresa no paga lo que dice el juez?

Si la empresa no paga después de que el juez dictamina el resultado, se deberá solicitar la ejecución de la sentencia, y si no se puede cobrar, el juzgado dictará insolvencia empresarial y deberás acudir al Fogasa a cobrar. En su proceso largo y farragoso, pero al final siempre se cobra. 

¿Mientras pongo la demanda por extinción de contrato debo ir a trabajar?

No hay una postura clara al respecto por parte de los jueces. En muchas provincias es un proceso largo (entre poner la demanda y recibir la sentencia pueden pasar muhos meses), pero existen sentencias que liberan al trabajador de ir a trabajar por impagos sucesivos, ya que dichos impagos afectan contra la dignidad moral del trabajador. En la demanda hay que solicitar esta liberación al juez y esperar que resuelva a nuestro favor.

¿Si la empresa se pone al día conmigo antes del juicio por extinción pierdo la demanda?

No. Lo que se juzga es el incumplimiento del contrato por impago cuando se interpuso la demanda. La empresa puede hacer lo que quiera después, pero si debía 3 o más meses cuando pusiste la demanda, la sentencia de extinción a tu favor tiene muchos visos de salir adelante.

La empresa me ofrece pagarme parte de la deuda en negro si le firmo la nómina. ¿Es recomendable?

Por supuesto que no, cada nómina que firmes conforme has recibido el importe, será una nómina que no podrás recuperar. Además, debes saber muy bien qué es lo que firmas para evitar perder aún más derechos, y por desgracia muchos trabajadores no saben interpretar una nómina.

Impago de Salario

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Consejos prácticos para afrontar diferentes situaciones en que la empresa intenta no pagar

Por último, os dejo unos consejos prácticos a seguir en caso de empresas en dificultades. En muchas pymes, cuando empiezan los nubarrones económicos, suelen haber maniobras para desviar el negocio a otra empresa del empresario y así librarse de la persecución de organismos oficiales y juzgados. Os contamos las maniobras más usuales, ¡estar atentos a estas posibilidades!

a) Facturar a nombre de otra empresa

Tu nómina te la paga “Manufacturas Pepito SL”, pero resulta que las facturas y los albaranes van a nombre de José García García. Piensa mal y acertarás: como en la SL está hasta arriba de deudas, factura de forma paralela como persona física para evitar embargos. A veces, incluso factura una SL que no es suya u otra persona física. Pueden ser testaferros o “amiguetes” que se han prestado a ayudarle en esta trama irregular. En este caso, debes recopilar toda la información posible de todas las empresas involucradas, ya que todas las demandas deberán ser interpuestas contra todas las empresas. En especial, tienes que buscar el NIF/CIF de todas ellas en facturas, albaranes, página web de la empresa, información comercial, contratos que tenga el empresario a la vista.

b) Cambiar el domicilio de la empresa

Esto lo suelen hacer para retrasar la recepción de notificaciones. Si ves una dirección que no es la habitual en facturas o albaranes, no está de más notificar a Inspección de Trabajo dicho cambio, ya que es muy posible que hayan ido al domicilio anterior y no hayan encontrado a nadie.

c) Cambiar la forma de pago a pagarés

Huye de ellos. Si firmas el recibí de un pagaré a 90 días, significa que aceptarás cobrar con 90 días de retraso, y hasta que vayas al banco y descubras que no hay fondos, no podrás reclamar ya que tú has aceptado esta forma de pago. Acepta solamente transferencias bancarias o cheques conformados.

763 comentarios

  1. Llevo 45 de baja,operado de una hernia fiscal, la empresa a dicho al seguro enfermedad común, y eso quefue trabajando, me dijeron que es mejor para ellos, que yo cobrare lo mismo,ya que hay un supremento operación, trabajo en la construcción, salario base 1105e,me pagara la empresa,ls seguridad social ?…cobrare el 60…el 75%

    1. Sí que es verdad que según que convenios colectivos especifican que aunque estés de baja por un tema “normal”, cobres el 100% del salario. No obstante, yo pienso que ellos te han dicho esto por un tema de prevención de riesgos laborales porque quizás no tienen el tema completamente en regla… Si tu lesión es susceptible de complicarse y tener consecuencias a largo plazo, yo pediría que se considerase accidente de trabajo, ya que para algunas prestaciones es diferente.

  2. Buenos días,

    Tengo una consulta, a mi pareja le están haciendo moving en la empresa… después de llevar 3 años aguantando acoso laboral, finalmente se ha denunciado por Inspección de trabajo en 2 ocasiones, a parte de moving, por tema de nóminas. El problema es que no le ha pagado la nómina de este mes, a todos sus compañeros si menos a el. Podemos hacer algo?

    Gracias,

    1. Demanda de cantidad. Y notificar a inspección este hecho como agravante. ¿Os asesora un profesional en este tema? Lo necesitáis como el comer…

      1. Gracias por la pronta respuesta. Si estamos con ello por abogado, pero al fin y al cabo creo que le da igual ya que tiene muchos juicios pendientes de la misma empresa e incluso otro trabajador tambien ha denunciado al respecto.
        Igualmente tengo entendido que hasta el día 10 tiene plazo para cobrar es asi¿?

  3. Hola.
    Yo llevo un año con una empresa y al final me quedaron dos meses sin pagar, y ahora han pasado tres meses y todavía no me han pagado. Puedo denunciar a la empresa? Gracias

  4. Buenos días.

    Tengo una consulta, ya que me deben dos nóminas en la empresa donde trabajo (cerca de ser tres). La consulta viene porque hasta finales de junio tuve un contrato temporal ya que entré en la empresa gracias a un curso del SEPE y hasta ese momento he estado cobrando, pero en el momento que me renovaron no he vuelto a cobrar. Al resto de compañeros de la empresa les deben 11 nóminas, todos ellos habían denunciado pero yo al estar al día de pagos no veía motivos para hacerlo. El caso es que el día 28 de julio se publicó en el BOE que la empresa había entrado en concurso de acreedores y la dirección no lo ha notificado a los empresario (nos hemos enterado por terceras personas hace dos días). Claro, ahora me encuentro en una situación en la que no sé cómo proceder.

    Gracias y un saludo.

    1. Pues deberías ponerte en manos de un profesional, pero al estar ya en concurso la empresa, los tempos de cobro se van a alargar…

      1. Hola,
        Llevo dos años trabajando en una empresa. Cuando llevaba 10 meses en dicha empresa me bajaron las horas y el salario sin decirme nada durante 6 meses. Yo no sabía nada, ya que seguía cobrando lo mismo por el banco y nunca me traían las nóminas.
        Tubo una inspección de trabajo en otra empresa que tiene y fue así como me entere. Pero ahí quedo la cosa. Al mes siguiente cerraba mi lugar de trabajo y me dijo que sí quería seguir trabajando tenía que firmar esas nóminas. Y como necesito el trabajo tristemente acepte. Puedo denunciarlo por fraude a la seguridad social.
        Ahora llevo dos meses de baja porque me están acosando para que plegue. Voy a la seguridad social y también a la mutua, pero no me paga. Siempre cobro sobre el 5 del mes siguiente, que ya lo veo tarde, pero sí voy a la mutua, es esta la que me paga? A quién le tengo que reclamar?

        1. Hola, para responder estas consultas concretas necesitaría ver la documentación que mencionas. Por favor utiliza el servicio de consultas de la web

  5. Contrate una empresa para que me hiciese una casa, la empresa no finalizo todos los trabajos habiendolos cobrado y los tuve que acarrear yo con los nuevos gastos de finalización de las obras que ascendieron a 30000 euros mas, que se los he de pedir al contratista.
    El caso es que la empresa no ha entrado en acreedores y existe todavia.
    como puedo reclamarle el dinero???
    las obras finalizaron en 2012 y desde entonces me va dando largar

  6. Bona tarda, em deuen 4 nòmines i pel que tinc entès puc demanar l’extinció del contracte però si poso la demanda i l’empresa em paga 2 mesos o fins-hi tot els 4 mesos perdria el judici i a més els 500€ que em demanaria l’advocat?? I per altra banda voldria saber si poden canviar les bases de cotització a la meva nòmina sense informar-me, fa poc m’he adonat que me l’han rebaixat… Moltes gràcies!!

    1. Tranquila que tant jo com la pàgina som bilingües ;).

      El que es jutja és l’incompliment al moment de posar la demanda o sigui que encara que paguin guanyaries el judici (tot dependrà dels fets en si)

      El tema de les bases depèn del sou, o sigui que s’ha d’analitzar la nòmina per veure si hi ha alguna irregularitat.

      Si necessites ajuda amb la demanda ens ho dius.

      Salutacions

  7. Buenas tardes,

    El pasado Abril comencé a trabajar en una empresa, que lleva 4 años en concurso de acreedores.
    Desde la primera nómina ha habido retrasos, los pagos han sido siempre mini parciales de nómina. A día de hoy se me deben 3 meses. Cuando decida que posición tomar (Denunciar, intentar negociar, irme…) ¿Influye que la empresa esté en Concurso?
    Si decido irme, ¿tienen obligación de pagarme los meses de retraso, o los pierdo?

    Gracias.

  8. Hola, me acabo de dar cuenta a fecha de hoy que la empresa desde agosto del 2012 no me ha estado pagando un plus llamado fusión, tengo derecho a reclamarlo con carácter retroactivo? que puedo hacer en este caso?,

    muchas gracias.
    Saludos
    Gabriel

  9. buenos dias, mi caso es el siguiente….
    el jefe, ya casi 2 meses que no paga, yo y 2 personas mas… ya fuimos al Ministerio de trabajo, donde estuvimos casi 2 semanas en citaciones para CONCILIACIÓN y nunca se apareció, donde al final nos dijeron que podríamos abrir un juicio, donde ya correría por nuestra cuenta, pero NO TENEMOS RECURSOS ECONOMICOS PARA PAGAR ABOGADOS…
    mi pregunta es: si habria otras instancias, INCLUSO PENSAMOS EN METERLO PRESO DIRECTAMENTE para asi presionarlo, PERO EN MI PAIS YA NO SE PUEDE HACER ESO… :/

  10. Hola,
    Mi situación es la siguiente: La empresa en la que trabajo me debe mes y medio de sueldo. Nos pagan a duras penas.
    He sabido que tienen intención de cerrar el próximo enero.
    ¿Qué debo hacer?

  11. Buenos días,
    mi empresa como la mayoría que hablan aqui, se retrasa con los pagos, a día de hoy me debe tres meses, me ha dicho que me va a pagar a finales de octubre pero a finales de septiembre me va a cambiar de empresa, y que me pagará los meses que me debe y lo correspondiente al despido a finales de octubre…. ¿tendría que firmar el despido sin cobrar, debería de poner algo con la firma en concepto de «pendiente de cobrar tantos meses» … o no firmar?
    también sé de gente que se ha ido, hace meses y aun no han cobrado el mes que llevamos normalmente cobrado mas el despido, he oido comentar que quieren dar esa empresa en quiebra ¿para no pagar a todos los que han echado?
    me sería de gran ayuda su respuesta, muchas gracias

      1. pero si supuestamente sigo trabajando con ellos, pero con otra empresa, he estado 5 años mal trabajando hasta que he vuelto a encontrar algo de mi profesión, no estoy en situación de enfrentarme a ellos por que seguro me echan y no tengo ganas de volver a trabajar en bares ¿si firmo y pongo pendiente de cobro, no vale?

        1. Todo depende de la documentación que se firme. No puedo asesorar en algo de esta importancia sin ver la documentación, porque si después pasa algo no quiero que se diga que un consejo mío lo ha provocado.

          Un saludo.

  12. Buenos días;

    En mi caso la empresa me debe 8 mensualidades.

    Si pongo una denuncia por impagos y solicitando la extinción de contrato ¿Cuanto tiempo tengo que seguir trabajando en la empresa?

    Evidentemente con la cantidad que adeudan a día de hoy es una situación insostenible aguantar hasta que salga la sentencia sin cobrar y trabajando (me comentan que puede ser de 4 meses a año y medio según el juzgado que lo lleve).

    Gracias de antemano.

        1. En temas de compañeros yo ya no entro. Es mi opinión y ella puede tener otra, y quizás sea igual de válida. Son formas de verlo.

  13. Buenos días:

    La empresa en la que trabajo está en pre-concurso, y entrará en concurso (solicitado por los trabajadores) de manera inmedianta una vez que la directiva presente la documentación (supongo que entrará entre octubre y noviembre). Nos adeudan 9 nóminas. Mi contrato temporal acaba en este mes de Septiembre y no voy a renovar. En estos días restantes intentaré ponerme en contacto con la directiva para llegar un acuerdo en el que me paguen el mayor número de nominas posibles y el restante FOGASA. ¿Como debería actuar?. Si acceden a mi propuesta de pagarme X número de nóminas, ¿debería realizar ya el acto de conciliación, o es mejor esperar a que entre en concurso la empresa?. En el acto de conciliación si se llega a ese acuerdo, ¿para cobrar por parte del FOGASA lo restante, tendría que hacer una denuncia a mayores para reconocer la cantidad, o ya no haría falta y haciendo la solicitud de las cantidades en el FOGASA llegaría?.

    Muchas gracias.
    Un saludo.

    1. -Si se pacta en conciliación y la empresa no cumple, Fogasa no paga. Mejor pactar siempre en el juzgado.
      -Ahora fogasa solamente paga si hay insolvencia.
      -Sobre como actuar, no sé que decirte, cada caso es un mundo, y depende de lo que dure el concurso.

  14. Hola.

    Después de firmar un acuerdo ante el secretario judicial en el acto previo al juicio en el Juzgado de la Social …en el cual la empresa reconocía el impago de 8 nóminas y aceptaba el despido por lo que me indemniza con 45 días/año hasta el 2012 y de ahí hasta hoy fecha del despido con 33 días/año. y el pago de las nóminas atrasadas…hemos dado un plazo de 24 horas para que me pague. Como sabemos que no va ha pagar tenemos preparado la solicitud al juez, del embargo de una serie de pagos pendientes de cobro a la empresa por parte de la Administración Regional de una serie de proyectos finalizados.
    Quisiera una segunda opinión y saber cuanto tiempo tarda desde que se solicita ante el juez el embargo y este se hace efectivo, de modo que en el momento que la Administración pague ese dinero este ya no vaya a la empresa.

    Gracias.

        1. Pues de si encuentran dinero a la empresa o no, o consiguen que clientes de la empresa paguen al juzgado en lugar de a la empresa, entre otros.

  15. COBRO LA MITAD EN A Y LA MITAD EN B LLEVO ASI 7 MESES Y QUIERO COBRAR TODO EN A QUE PUEDO HACER FIRMO NOMINA Y RECIBOS DEL NEGRO SIN MEN¡MBRETE NI SELLO DE LA EMPRESA

  16. Hola:
    He estado trabajando en una empresa hasta septiembre q presente la baja por retrasos continuados en el pago de salarios y por la falta de cobro debido a que me debían más de cinco mensualidades, porque lo q fue retrasándose el cobro hasta mediados de mes siguiente se fue convirtiendo en un poco cada mes a ver si el mes siguiente intentar ponerse al día, así hasta las cinco mensualidades que tengo pendientes.
    Fui a la empresa y presente la baja por dichos motivos y presente en el Smac la papeleta de conciliación pero no llevo abogado porque económicamente me es imposible. Pero me ha comentado un familiar q tenía q haber presentado en la papeleta de conciliación además de los salarios de los cinco meses poner la extinción del contrato con indemnización porque si no llego a un acuerdo tendría q ir al juzgado y lo que ponga en el Smac se copia en la demanda ¿en el Smac se puede solicitar otra papeleta de conciliación por la extinción? ¿En caso de ir a Juicio solo se pide lo q se reclame al Smac? ¿Podría reclamar indemnización por retrasos continuados en los salarios y el cobro de cinco meses pendientes?
    Gracias de antemano

    1. Al haber sido ya baja en la empresa no puedes pedir nada más. Solamente los meses que te deben.

      Sinceramente, preguntar eso a un abogado antes de hacer nada no te cuesta más de 40-50€ una primera visita…

  17. soy trabajador del grupo arturo cantoblanco en valencia ,llevamos sin cobrar desde el mes de junio (ultima mensualidad)nuestra empresa nos pide comprension (esta en preconcurso de acreedores) pero nuestra situacion economica es desesperada .
    no sabemos que hacer
    un saludo

  18. Hola,
    Buenas tardes
    mi situacion es siguiente:
    estoy trabajando en un empresa del 04.2012, con el mismo sueldo. Alguna vez me dan mas dinero, pero nunca nu estaba puesto en nomina. Entendí que, en conformidad con el convenio, deberia subirme la categoria, desde pricipio de este año, solicité esto, pero nunca no ha hecho. De dos meses me paga solo que dice en nomina, 842 euro. No creo que me va a subir de categoria, no se que puedo hacer.
    Un consejo, por favor?
    Muchas gracias

    1. Tendría que ver tu contrato de trabajo y nóminas. Por favor, utiliza el servicio de consultas de la web.

  19. Hola soy grupo de hotel asur islantilla y nos debe agosto y septiembre cantidad mayor de 2100 euros y más que debemos hacer?? Puede cnt a mi correo?? Gracias

      1. Tengo contrato indefinido con una antiguedad de 18 años si cierra mi empresa y no tengo una demanda puesta ¿tengo los mismos derecho que otros trabajadores que antes de cerrar la empresa ya tienen una demanda puesta?

        1. Sí, los mmismos. Aunque si es por impagos, lo que pasa es que cobrarás más tarde al haber puesto la demanda más tarde…