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Experto Laboral Online

Derechos Laborales, Despidos, Salarios

Mi empresa no me paga ¿Qué puedo hacer?

Publicado el · Experto Laboral Online

Empresa no paga

¿Tu empresa no paga? Lamentablemente, esta pregunta es una de las más buscadas en Google en los últimos meses. Empresas que deben meses y meses de salario a sus trabajadores sin que estos hagan nada contra ello por miedo o desconocimiento. ¿Me despedirán? ¿Si me voy, me quedo sin el paro? Es la hora de decir basta y de saber qué, cómo y cuándo se puede reclamar este salario no cobrado.

Si no reclamas nada, nunca cobrarás nada. Si reclamas, siempre cobrarás algo.

Iniciamos este artículo con estas dos frases para que se os queden grabadas, porque es la única verdad inmutable.

Obviamente, si el empresario te adeuda nómina tras nómina y tú no haces nada para cambiar la situación, él estará encantado. Se financiará gracias a los trabajadores y no le pondrás en problemas. El que no llora, no mama.

Por el contrario, en el momento que reclamas lo que te toca, si te deben algo, siempre cobrarás algo. Y lo harás de la empresa o del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). Quizás más importe o quizás menos… Quizás más tarde que pronto; pero cobrarás, algo que en la situación anterior no es tan seguro.

Partiendo de estas dos frases que deben ser vuestro libro de cabecera, os dejo aquí las respuestas a las preguntas que un trabajador se hace en esta situación. Preguntas que hemos ido recopilando a lo largo de nuestra carrera profesional como asesores laborales.

¿Puede la empresa dejarme de pagar?

No, nunca. La empresa tiene obligación de pagar tu sueldo como contraprestación por los servicios realizados. Si no tiene dinero para pagar, lo que tiene que hacer es solicitar concurso de acreedores para que un administrador concursal calcule todo lo que tiene que pagar la empresa y priorice los pagos. Los salarios de los trabajadores tienen prioridad absoluta.

¿Qué plazo tiempo tengo para reclamar los salarios no abonados?

Tienes 12 meses desde que el salario debió haberse abonado.

¿Si pongo una demanda por el impago me pueden despedir?

Despedir, siempre pueden. Otra cosa es que dicho despido después sea declarado nulo (pagándote salarios de tramitación durante muchos meses, teniendo en cuenta el colapso de los juzgados a día de hoy) y tengan que readmitirte en la empresa obligatoriamente. Está claro que no es plato de buen comer volver a una empresa en la que estás enfrentado con la dirección, pero en todo momento tendrás tú la sartén por el mango, además que cualquier intento de despido o acoso laboral por parte de la empresa podría ser fuertemente multado. En el momento que planteas la demanda, tu protección jurídica ante un despido o sanción se multiplica.

¿Cuándo puedo/debo empezar a reclamar?

Teóricamente, se puede reclamar desde que se considere impago (la costumbre dicta a partir del 6º día del mes siguiente al que se debería haber cobrado si se cobra a final de mes). A nivel práctico, personalmente piensamos que es mejor dar un poco de tiempo, por si es una situación pasajera que no se repite en el futuro. Meterse en temas judiciales por un mes no suele salir rentable.

Si son dos meses de impago, el tema ya empieza a ser serio y debes ponerte en manos de un profesional.

Consulta tu caso de impago sin coste →

No obstante, recomiendo planteamos la demanda a partir del tercer mes de impago de salarios. ¿Por qué? Porque existe repetida jurisprudencia que permite extinguir el contrato de trabajo por impago de salarios reiterados, y se entiende por reiteración, el no abono de tres o más meses. Si puedes acreditar el impago de los tres meses o más, te irás a casa con:

  • La misma indemnización que un despido improcedente (cobrarás de la empresa o Fogasa).
  • Derecho a prestación por desempleo.
  • Derecho a cobrar las cantidades impagadas (cobrarás de la empresa o Fogasa).

¿Cómo es este proceso para irme de la empresa si no me paga?

Primero de todo, está claro que debes ponerte en manos de un experto laboral que te aconseje y marque los tiempos en cuanto a negociaciones, demandas, etc. El proceso más común es el siguiente:

  1. Interponer una demanda de extinción de contrato y reclamación de cantidad ante el SMAC y el Juzgado.
  2. Celebración de CMAC.
  3. Celebración de juicio.
  4. Sentencia del Juez que extingue tu contrato, te da derecho a paro y condena a la empresa a pagarte la indemnización y los salarios adeudados.

¿Y si la empresa no paga lo que dice el juez?

Si la empresa no paga después de que el juez dictamina el resultado, se deberá solicitar la ejecución de la sentencia, y si no se puede cobrar, el juzgado dictará insolvencia empresarial y deberás acudir al Fogasa a cobrar. En su proceso largo y farragoso, pero al final siempre se cobra. 

¿Mientras pongo la demanda por extinción de contrato debo ir a trabajar?

No hay una postura clara al respecto por parte de los jueces. En muchas provincias es un proceso largo (entre poner la demanda y recibir la sentencia pueden pasar muhos meses), pero existen sentencias que liberan al trabajador de ir a trabajar por impagos sucesivos, ya que dichos impagos afectan contra la dignidad moral del trabajador. En la demanda hay que solicitar esta liberación al juez y esperar que resuelva a nuestro favor.

¿Si la empresa se pone al día conmigo antes del juicio por extinción pierdo la demanda?

No. Lo que se juzga es el incumplimiento del contrato por impago cuando se interpuso la demanda. La empresa puede hacer lo que quiera después, pero si debía 3 o más meses cuando pusiste la demanda, la sentencia de extinción a tu favor tiene muchos visos de salir adelante.

La empresa me ofrece pagarme parte de la deuda en negro si le firmo la nómina. ¿Es recomendable?

Por supuesto que no, cada nómina que firmes conforme has recibido el importe, será una nómina que no podrás recuperar. Además, debes saber muy bien qué es lo que firmas para evitar perder aún más derechos, y por desgracia muchos trabajadores no saben interpretar una nómina.

Impago de Salario

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Consejos prácticos para afrontar diferentes situaciones en que la empresa intenta no pagar

Por último, os dejo unos consejos prácticos a seguir en caso de empresas en dificultades. En muchas pymes, cuando empiezan los nubarrones económicos, suelen haber maniobras para desviar el negocio a otra empresa del empresario y así librarse de la persecución de organismos oficiales y juzgados. Os contamos las maniobras más usuales, ¡estar atentos a estas posibilidades!

a) Facturar a nombre de otra empresa

Tu nómina te la paga “Manufacturas Pepito SL”, pero resulta que las facturas y los albaranes van a nombre de José García García. Piensa mal y acertarás: como en la SL está hasta arriba de deudas, factura de forma paralela como persona física para evitar embargos. A veces, incluso factura una SL que no es suya u otra persona física. Pueden ser testaferros o “amiguetes” que se han prestado a ayudarle en esta trama irregular. En este caso, debes recopilar toda la información posible de todas las empresas involucradas, ya que todas las demandas deberán ser interpuestas contra todas las empresas. En especial, tienes que buscar el NIF/CIF de todas ellas en facturas, albaranes, página web de la empresa, información comercial, contratos que tenga el empresario a la vista.

b) Cambiar el domicilio de la empresa

Esto lo suelen hacer para retrasar la recepción de notificaciones. Si ves una dirección que no es la habitual en facturas o albaranes, no está de más notificar a Inspección de Trabajo dicho cambio, ya que es muy posible que hayan ido al domicilio anterior y no hayan encontrado a nadie.

c) Cambiar la forma de pago a pagarés

Huye de ellos. Si firmas el recibí de un pagaré a 90 días, significa que aceptarás cobrar con 90 días de retraso, y hasta que vayas al banco y descubras que no hay fondos, no podrás reclamar ya que tú has aceptado esta forma de pago. Acepta solamente transferencias bancarias o cheques conformados.

763 comentarios

  1. Hola , mira me despidieron el dia 10 llevaba trabajando 3 meses aprox , el tema es que ya es 11 y no me han pagado siquiera el mes anterior… no trabajaba bajo ningun contrato pero si tengo pruebas de que existio una relacion laboral (recibos de sueldo , mensajes de wsp) que debo hacer?

    1. Te aconsejamos que contactes cuanto antes con un experto laboral para interponer la correspondiente demanda. Por nuestra parte te ofrecemos los servicios de nuestro equipo de expertos jurídicos, con los que podrás contactar en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com

  2. Mi empresa con la crisis ha bajado mucho las ventas, estan contentos conmigo y con mi mujer que estamos trabajando a destajo y estamos entre los 2 haciendo el trabajo de 4 compañeros que se escaquean constantemente, y encima estan cada dos por tres de bajas o leyendo el periodico, nos han dicho que si despiden a estas 4 personas tienen que pagarles mucho y prefieren cerrar el departamento comercial despidiendonos a todos a 20 dias, pueden hacerlo? podrian volver a contratarme a mi y a mi mujer para el mismo puesto? creo que quieren coger comerciales fuera de España para lo mismo que haciamos para pagar menos, se puede hacer? un saludo

    1. Respecto a tu consulta no es posible hacer predicciones sobre las decisiones que pueda tomar en un futuro la empresa. Pero es importante que sepas que si en un futuro realizara un despido objetivo de 20 días, deberías consultar con un experto laboral para impugnar el despido y solicitar la improcedencia. Entonces, si el Juez considera que el despido ha sido improcedente, el empresario deberá optar entre readmitir al trabajador o bien abonar la indemnización de 45/33 días.

  3. Buenas tardes,
    la empresa para la cual trabajaba aun no me realiza el pago de mi ultimo sueldo el cual debió ser efectuado para el 20 de agosto del presente año. Ya que el contrato que ostentaba al momento era de prestación de servicios el ministerio de trabajo no me ayuda y no se que hacer.

  4. Buenas tardes, he presentado mi baja voluntaria en mi trabajo. Estaba en una cafetería, pero me deben dos nóminas, la de septiembre y octubre. ¿Cómo tengo que hacer para que me las paguen? He ido por allí y todo son disculpas, me cambiaron el contrato a media jornada sin avisarme, yo firmé engañada, pero el caso es que está firmado, eso sí no firmé ningún preaviso del cambio. Y lo que me importa realmente es que he estado trabajando y tengo Septiembre y Octubre sin cobrar. ¿Cómo tengo que hacer para que me las paguen? Muchas gracias. Un saludo.

    1. Te recomendamos que contactes urgentemente con un experto laboral. Si bien las reclamaciones de cantidad pueden reclamarse en el plazo de un año, es conveniente que acudas lo antes posible por si hubiera de interponerse otro tipo de acción. Por nuestra parte, contamos con un equipo de expertos jurídicos con el cual podrás contactar y recibir asesoramiento en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com

  5. Mi consulta es la siguiente.
    Llevo desde febrero de baja por ansiedad.en junio me pagaron 400 euros de paga.y ahora en diciembre nada.trabajo como administrativa y con el convenio de la construcción. Se suponía que mi sueldo eran 17.000€ brutos donde se incluian dos pade de 1.500 €
    Mi consulta es saber si no tengo derecho a la paga por estar de baja.y ademas cuando me deberian de abonar los 30 dias de vacaciobes que no he disfrutado por estar de baja.mas 12 dias del año pasado por que entre en agosto y en esta empresa solo se pueden coger vacaciones de mayo a septiembre.cosa que la entrevista no se me dijo.
    Muchas gracias.un saludo

  6. Buenas tardes,

    Me despidieron en agosto del año pasado, sin ingresarme el finiquito y algunas deudas más… Después de intentar ponerme en contacto con ellos me han ignorado. ¿Cuál es el siguiente paso que debo dar?, ¿Demandar?…

    Un saludo

  7. Buenas, gracias por su atencion

    Quisiera hacer una consulta respecto a un tema que probablemente conoceran dado su calibre y repercusion mediatica.

    El empresario canario Angel Ramirez, lleva mas de 4 meses sin pagar su salario a unos mas o menos 500 trabajadores aqui en España (fuera a saber)

    Las empresas mas importantes son Seguridad Integral Canaria (atiende a Metro Madrid entre otras) y Ralons

    No se podria hacer algo en este caso? La situacion de muchas familias es, ya, desesperada

    La ley parece una burla al ciudadano

    Muchas gracias por su atencion y tiempo

    1. Los trabajadores deberían acudir a un profesional para defender sus intereses de forma conjunta, en mi opinión.

  8. Empece a trabajar el día 30 de diciembre en un bar como ayudante de cocina. El pasado 11 de enero me despidieron por WhatsApp. Avisé de que llegaba media hora tarde por tener que dejar a mi hija con mi suegra. La contestación de la jefa fue que no hacía falta, la pregunté que si no tenía que ir a trabajar (esto a la 1 de la tarde) y no me responde, la llamé como 4 veces y no me lo cogió, volví a hablarla a las 3, a las 6 y nada y por más que la llamaba no me cogía. A las 8 de la tarde me presento en el bar y la dije que qué pasaba que si mañana no tenía que ir a trabajar y me dijo que me esperase a que hablara al día siguiente con el cocinero por si tenía que ir o no. Y la dije que si el cocinero era el que mandaba.
    Al día siguiente la hablo y me dice que no que no tengo que ir, que ya hablábamos. Y la dije que no se preocupase, que me preparase los papales y el dinero dinero que luego iba a ir ellos y me dijo que no, que de eso se encargaba la gestora y que tenían de 10 a 15 días para pagarme según la ley.
    Estamos a día 1 de febrero y lo único que hace todos los días es reírse de mi, pásate por la mañana, no luego por la tarde y siempre que voy nunca está.
    He ido esta tarde como me había dicho y no estaba, así llevo desde el día 26 que es cuando hicieron los 15 días del despido.
    Tenía un contrato de 40h semanales, con 1 mes de prueba, cobraba el mínimo en nómina y el resto en negro y el que figura en el contrato es el marido, en sí ella no figura en ningún lado, pero es la que hace y deshace todo. Y el caso que no me ha dado ninguna carta de despido ni he firmado ningún papel (que supongo que se basará en que no he superado el mes de prueba). Quisiera saber qué es lo que tengo que hacer, ya que veo que va a ser todos los días y mi dinero no lo voy a ver.

    1. Acude inmediatamente a un experto laboral, no es necesario que te hayan entregado o firmado la carta de despido para que éste se haya producido. Por nuestra parte, ponemos a tu disposición a nuestro equipo de expertos jurídicos en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com

  9. Hola. Soy extranjera, vivo en Madrid.

    Inicié a trabajar el 10 enero y decidí cesar el 5 de febrero, no tenía contrato, no estaba dada del alta en la Seguridad Social, al entrar me prometieron que mi procedimiento de cambio de NIE de estudiante a Residencia Laboral se hacía en una semana y el empleador me dijo que conocía a alguien dentro de extranjería. Dejé el trabajo justo la semana que se cobraba porque me di cuenta que no estaban haciendo ningún papeleo ni pagarían a tiempo.

    El empleador dijo que me fui de un día para otro pero lo llamé el día del cese y no puso pegas. Sin embargo, 20 días después logré que me pagará el 70% pero se niega a pagarme la parte restante diciendo que pagó a un abogado cuando nunca tuvo copia de mi documentación completa, pero no me muestra factura ni la documentación que preparó el supuesto abogado, intento llegar a un acuerdo pero me ha bloqueado de su whatsapp que es mi prueba contundente de que trabajaba para él porque tengo registradas las conversaciones, más las cámaras del local.

    Le dije que sería responsable de lo que suceda a partir del momento que se negó a pagarme el dinero restante. También le escribí a su esposa con quien trabajé en el local, donde el contrato con el dueño del local está nombre de ella y no de mi empleador, me imagino que no pone nada a su nombre por problemas con hacienda o algún problema legal.

    Trato de llegar a un acuerdo. Qué posibilidades tengo de ganar en un juicio, no quiero dejarle mi dinero porque me costó mucho trabajarlo y es muy poco. Puedo demandarlo sin afectar al dueño del local? Qué posibilidades tengo de ganar el caso?

  10. Hola,
    Trabajo como conductor de camion, me han hecho un contrato temporal a tiempo completo con un periodo de prueba segun convenio, llevo un mes trabajando pero el trabajo no me gusta porque no coincide con lo pactado. Lo que pasa es que los otros trabajadores me han dicho que la empresa paga al segundo mes para el primero trabajado. Mi pregunta es: puedo rescindir la relacion laboral ahora que he hecho un mes y aun asi cobrar lo que se debe? Y si no quieren pagarme? O si me pagan menos de lo pactado porque en el contrato pone segun convenio?
    Muchas gracias

    1. Entendemos que tu empresa será de las que pagan a mes vencido, por lo que si te vas ahora cobrías hasta el día en que hayas estado trabajando. En caso de que no quiseran pagarte deberías de interponer demanda ante el juzgado de lo social. Si en tu contrato pone que cobrarás según convenio y te pagan lo que haya establecido en el convenio no habría mucho que reclamar.

      Si necesitas asesoramiento rogamos envíes correo a info@expertolaboralonline.com

  11. Hola
    Quisiera que me ayudaran con mi situación, empecé a trabajar en un restaurante como camarera, el restaurante abrió el dia 17 de febrero 2018, el día anterior a la apertura del restaurante fui a trabajar para limpiar un poco el restaurante ya que lo habían reformado, el señor me dio de alta en la seguridad social para los fines de semana pero NO HE FIRMADO NINGÚN CONTRATO, en un principio me dijo que me pagaría a 8€ la hora y posteriormente me dijo que mejor me iba a pagar 80€ el día sin especificar las horas que trabajaría, el pago se efectuaría cada semana. el día 17 de febrero hice un total de 16 horas consecutivas desde las 9:30 hasta la 1:30, y el dia 18 de febrero estuve 8 horas y media, una jornada un poco mas normal, en esa semana me puse en contacto con el señor y le pregunté si todos los fines de semana íbamos a tener esa jornada tan larga porque yo soy estudiante y necesitaba estudiar también algunas horas los fines de semana, la respuesta de él es que como era el primer fin de semana que abrían, que él no tenia los horarios organizados y que seguramente lo iba a solucionar poniendo a unos camareros por la tarde y otros por la noche. Al siguiente fin de semana me dijo que me llamaría para trabajar y no me llamó, cuando yo lo llamé para preguntarle que a que hora podía ir a trabajar me dijo que no hacia falta que fuera ese fin de semana porque habían otros camareros de prueba y que había poca gente en el restaurante, con lo cual no hacia falta que yo fuera ese fin de semana, pero que al siguiente fin de semana sí. En esa semana lo llamé para que me dijera a que hora tenia que ir el siguiente fin de semana y me dijo que no hacia falta, que me pasara por el restaurante para que me pagara y que ya no iba a volver más, cuando fui a que me pagara, fue el encargado el que me pagó siendo el importe de 120€ (importe que no era lo acordado), porque se supone que tenia que pagarme 160€ (80€ por el sábado y 80€ el domingo) + lo que había trabajado el día antes de la apertura que estuve 3 horas. El encargado me dijo que era lo que le había dado el jefe y que a todos le había pagado igual porque supuestamente era 40€ el turno y que yo había hecho 2 turnos el sábado y un turno el domingo.
    Lo acordado con el jefe no fue eso y ademas quedaba faltando lo del viernes, he estado llamando al jefe y escribiendole y no me responde.

    puedo denunciarlo o ir a alguna parte para que me pague lo restante?. Me dijo que me iba a hacer un contrato de dos meses pero no llegamos a firmar nada.

    gracias por vuestra ayuda.

  12. Buenas tardes.

    Tengo una pregunta:
    La ETT me dice que este mes me descuentan casi 600 euros de mi sueldo.
    Después de 5 meses, la empresa de trabajo temporal me escribe ayer para decirme que ha habido un error en su programa y que este mes me descontarán casi 600 euros para equiparar «lo cobrado de más» en el pasado mes de Octubre, Noviembre y Diciembre.

    Además, nunca me mandan las nóminas y yo no paraba de pedirlas ( lo puedo demostrar) pero es que, encima, ese contrato ya finalizó y ahora, aunque sigo trabajando con ellos, me informan de que me descontarán esto de mi proxima nómina de febrero.

    Me parece un insulto muy grave lo que os cuento. ¿Es denunciable?
    ¿Como lo puedo hacer?

    1. Sí realmente ha habido un pago de más de lo que realmente te corresponde entonces la empresa puede descontartelo (pero habría que mirar tu caso concreto si realmente se te ha pagado de más o no). Las nóminas te las tienen que enviar sí o sí. Pues y deberías de reclamar lo de tus nóminas.

      Si necesitas y creemos que sería así un asesoramiento adecuado para este proceso no dudes en enviar correo a info@expertolaboralonline.com.

  13. Buenos días,
    He estado trabajando dos meses y medio en una empresa y no me ha pagado nada. Hable con el jefe y conseguí que me mandara al paro, pero no he cobrado nada y tampoco le he firmado nada.
    Tengo muchos gastos y no puedo permitirme un abogado.
    Que debo hacer?
    Donde debo acudir?
    Soy de Zaragoza.
    Un saludo.

    1. Reclamar, obviamente. Te recomendamos que pidas un abogado de oficio que te será gratuito, ve al colegio de Zaragoza a informarte.

    1. Para reclamar cantidades tienes el plazo de 12 meses, si ya ha pasado ese plazo no se puede reclamar ninguna cantidad a la empresa

  14. Hola muy buenas, mis compañeros y yo trabajamos para una empresa que a su vez presta servicios a otra con nuestro trabajo como auxiliares, no cobramos hace 5 meses y este mes pasado decidimos denunciar a esta empresa a la inspección de trabajo, la inspección está en marcha, pero la empresa ha cerrado y otra ha subrogado nuestro servicio, mis preguntas son ¿hemos hecho bien denunciando el caso a la Comisión de trabajo? ¿deberíamos hacer más? ¿quien se supone que nos pagara si está empresa se ha disuelto?

    Muchas gracias de antemano

    1. Sí, en casos así denunciar a la inspección de trabajo no es una mala idea, ellos sabrán cual es el mejor proceder. Si ha habido una subrogación, la nueva empleadora se subrogará en los derechos y también obligaciones.

  15. Trabajo para una empresa la cual nos adeuda 4 meses de trabajo, el pago era mensual pero nos hicieron firmar un contrato donde nos pagan cada dos meses, es esto legal? Sin embargo, aun así nos deben dos meses contando que marzo nos lo pagaban en mayo y abril en junio (pero la realidad es que nos deben marzo, abril, mayo y junio) el contrato es por prestación de servicios, que se puede hacer? La empresa no da razón de nada, dicen que están buscando recursos, se excusan que son un tercero de una clínica, pero esta clinica si está pagando cumplidamente a mi Empresa, estamos desesperados

    1. Una de dos, o bien os vais a la inspección de trabajo o bien ponéis una demanda por reclamación de cantidades pero ya.

  16. Hola.

    Sufro impagos de más de 9 nóminas. Mi pregunta es. Si yo denuncio y me sale un trabajo en otra empresa durante el período de denuncia, es decir, mientras se espera Smac y juzgados…, ¿podría cobrar la indemnización por despido improcedente? (pensemos que el juicio lo tengo ganado)

    1. Sí, existe la opción en estos casos de pedir la suspensión del contrato de trabajo como medida cautelar.

  17. Buenas tardes, os quería comentar mi caso. Resulta que yo estaba trabajando como minitora en una empresa. Allí me tenías asegurada 10 horas al mes y algunos meses hacías más horas. Además de eso, la jefa me pagaba una parte mínima en nómina, es decir esas 10 horas y lo demás me lo daba en B, en negro. Siempre lo en B, me lo pagaba con mucho retraso y me ha debido mucho dinero. Concretamente a día de hoy, me sigue debiendo 550€ del septiembre de 2017, lo sé, es de hace casi un año, pero no me pusé en ello, porque siempre me decía que me pagaría y que no era la única que le faltaban cosas por cobrar. Hace un mes ya casi que salí de esa empresa y días después me pagó lo poquito que tenía que cobrar por el banco, o sea la nómina. Sin embargo, no me ha pagado los 550€ del año pasado. Le escrito ya varias veces, me deja en visto y se hace la loca o me dice que ya me lo pagará, pero no tiene la intención de hacerlo. Quiero denunciarla, tengo una fotocopia signada por ella de todo el dinero que me debe, conversaciones de whatsapp y puedo demostrar que he trabajado allí más horas de lo que decía el contrato. Cómo lo veis, si la denuncio me pagará, o como es negro ya doy por perdidos los 500 pavos? Me da mucha rabia, y no lo tenía que haber permitido, pero la necesidad te hace acceptar cosas y cometer estupideces.
    Un saludo

    1. En tu caso la mejor opción es que vayas cuanto antes a la inspección de trabajo y presentes tu caso para que la inspección accione cuanto antes.

  18. Buenas tardes,
    El pasado 26 de julio mi jefa dijo que quería dejar el trabajo alegando que no aguanta más la presión porque tiene problemas psicológicos. En principio nos dijo que no quería saber nada de la empresa a partir del 1 de agosto, y que nos las «regalaría» a los empleados para que nos hiciéramos cargo de ella, pero que si este traspaso tenia costes deberíamos afrontarlos nosotros y que, por supuesto, no pagaría las nóminas a partir de agosto.
    Evidentemente con tan poco tiempo de reacción dijimos que era algo inviable, por lo que de momento a puesto a otra persona al cargo y se está informado de lo que puede hacer.
    Sinceramente no estoy convencida de quedarme en la empresa viendo la situación porque veo que esto no va a tener un buen final, no tengo intención de hacerme socia de la empresa pero no sé qué derechos tengo si me voy. ¿Tengo que seguir trabajando hasta que sepamos algo más? ¿Si liquida la empresa para hacer el traspaso tenemos derecho a indemnización?
    De momento, y para rematar, el mes de julio no lo hemos cobrado, cuando siempre hemos recibido el pago a finales de mes. Además llevamos meses sin recibir las nóminas y aunque se las he pedido no nos las envía. ¿Qué podemos hacer?
    Gracias.

    1. En tu caso, para evitar futuros problemas, tu mejor opción sería ir con tu caso a la inspección de trabajo.