Abogado de oficio, sindicato o graduado social/abogado de pago ¿Cómo elegir defensa jurídica?
“Voy al sindicato a que me miren el despido”.
Esta es una frase clásica entre los trabajadores cuando han sido despedidos, no les pagan la nómina o, en definitiva, tienen problemas laborales. Otros acuden al turno de oficio en busca de justicia gratuita, y otros acuden a profesionales de pago (Graduados Sociales o Abogados) como el aquí presente. Desde aquí, voy a intentar hacer una radiografía de todas las opciones existentes aportando también una dosis de opinión personal que espero no moleste a nadie ya que lo hago con la mejor de las intenciones.
Opciones para defenderte ante el juzgado y coste aproximado
1. Defenderte tú mismo
Aunque no es NADA recomendable hacerlo si no se tienen unos profundos conocimientos jurídicos del área laboral, es posible defenderte tú mismo en primera instancia (en 2ª ante el Tribunal Superior de Justicia ya no). Piensa que, normalmente, antes del acto de juicio tendrás que redactar dos demandas (a presentar ante SMAC y el propio Juzgado) e ir al acto de conciliación al SMAC, y todos estos actos necesitan de ciertos formalismos jurídicos.
También hay que controlar los plazos de prescripción y caducidad (sobre todo en caso de despido), por lo que hay que ir con mucho cuidado si decides defenderte tú mismo.
Coste: obviamente, es cero. En primera instancia laboral no hay costas. El único problema sería que el juez apreciara que es una demanda temeraria, en cuyo caso te podría imponer una multa de hasta 600€.
2. Pedir justicia gratuita a través de un abogado del turno de oficio
Esta es una opción que se oye/ve mucho por los foros de Internet. Voy a aclarar ciertas dudas que suelen surgir al respecto.
¿Todo el mundo tiene derecho a justicia gratuita?
La verdad es que el redactado de la Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita, es bastante confuso. En el artículo 2.D. dice que se beneficiarán de ella, en general, los trabajadores. En el 3, la restringen según ingresos (entre 2 y 3 veces el IPREM vigente en cada momento, 645,30€ en 2013.
En el 4 viene a decir que si tienes más de un piso, no tienes derecho. En el 5 se desdicen de todo lo anterior si la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita lo considera un caso excepcional… Consejo: si escoges esta opción, tú pregunta en el Colegio de Abogados pertinente y que ellos decidan.
¿Entonces no tendré que pagar nada al abogado que me asignen del turno de oficio?
Si pierdes no, pero si ganas y obtienes un beneficio económico (un despido improcedente o reclamación de cantidad, por ejemplo), si no has leído bien la hoja de encargo que te debe haber hecho firmar, el abogado puede cobrar hasta el 33% del importe que hayas obtenido.
Esto no se publicita mucho, pero es así. Lo dice el artículo 36.3 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita:
Cuando la sentencia que ponga fin al proceso no contenga expreso pronunciamiento en costas, venciendo en el pleito el beneficiario de la justicia gratuita, deberá éste pagar las costas causadas en su defensa, siempre que no excedan de la tercera parte de lo que en él haya obtenido. Si excedieren se reducirán a lo que importe dicha tercera parte, atendiéndose a prorrata sus diversas partidas.
Y lo recalca, por ejemplo, el ICAB (Colegio de Abogados de Barcelona) que lo dice claramente en su página web. Por lo tanto, es justicia gratuita 100%… Si pierdes. Si ganas y no has dejado claro con tu abogado los honorarios en caso de ganar el juicio, puedes tener que pagarle hasta el 33% de lo que cobres.
Obviamente, no pagarás nada hasta el final del procedimiento, lo que irá bien para financiarte, pero piensa si vale la pena no pagar nada al principio para al final abonar hasta el 33% del importe ganado. Además, si lo que ganas en juicio no es indemnización sino salarios, ese importe te constará como ingreso para la renta, y solamente podrás deducirte de la minuta 300€ como gasto. Ojo con esto.
¿El abogado del turno de oficio será un laboralista con experiencia?
No lo puedes saber. En principio sí sabrá de la materia, ya que el abogado elige a qué jurisdicciones apuntarse. Esto quiere decir que un abogado puede acudir tanto a jurisdicción laboral como penal. El turno de oficio es conocido por ser una “cantera” de abogados recién licenciados, pero también hay abogados con experiencia, y según qué zonas piden más experiencia a los abogados del turno de oficio.
3. Ir a un sindicato
Sin lugar a dudas, esta es la opción favorita de muchos trabajadores, ya que se sobreentiende una vocación pro-trabajador del sindicato y una supuesta gratuidad.
Antes de seguir, desde aquí quiero decir que, aparte de la defensa jurídica, los sindicatos realizan otras muchas funciones en nombre de los trabajadores, y desde aquí muestro mi respeto por su labor social.
Volviendo a la supuesta gratuidad de los sindicatos, os dejo aquí las tarifas de UGT Catalunya, extraídas de su propia web: TARIFAS UGT
Como se puede ver, los precios varían según estés afiliado o no, y el tiempo de antigüedad que lleves también cuenta. Al final, interpretando dicho cuadro, alguien que NO esté afiliado deberá pagar por que le hagan una demanda de despido 185 de cmac +350 de confección de demanda = 535€. Gane o pierda. En caso de ganar en juicio, el porcentaje a pagar sería un 9% de lo obtenido. En CCOO, los porcentajes en caso de victoria son mayores: TARIFAS CCOO
En cuanto a la calidad del servicio en sí, los gabinetes jurídicos de los sindicatos tienen mucha experiencia en juicios. Y también mucha carga de trabajo. Lo que queda claro es que gratis no es, tampoco para los afiliados a menos que lleven ciertos años.
4. Ir a un Graduado social o Abogado de pago
Por último estamos los Graduados Sociales, como yo mismo, o Abogados Laboralistas. En contra de la extendida opinión de que “somos muy caros”, pienso que existe desconocimiento y prejuicios.
Como se ha podido ver anteriormente, al final ningún colectivo regala nada y, casi siempre, antes o después, hay que pagar por un servicio de asesoramiento jurídico-laboral de calidad. Lo más importante es pactar por escrito al inicio de vuestra relación profesional-cliente como se tarifará en todas las casuísticas posibles (ganar/perder el caso, pactar en CMAC, celebración de juicio, etc.).
En nuestro caso, ni todos facturamos desde la primera consulta ni pedimos 600€ para empezar a hablar. El asesoramiento laboral es un tema muy delicado, como en todas las profesiones, por lo que además del factor precio considero muy importante que el trabajador tenga en cuenta estos dos factores:
– Referencias: ante el gran número de profesionales existentes es básico que alguien te aconseje si es posible. Te dará más confianza para tratar con él cualquier duda laboral.
– Confianza: para tratar con el profesional todos los temas con la máxima sinceridad.
Mucha gente se guía por los grandes nombres, por los despachos de aspecto regio u otros aspectos de imagen. En los tiempos actuales, considero que la cercanía, inmediatez, empatía y capacidad de respuesta son básicas (el conocimiento jurídico legal ya se nos supone).
Coste real: entre un 10% y un 20% del importe económico total que consiga el trabajador, con una base fija de entre 100 y 500 euros, por lo que nosotros somos los máximos interesados en conseguir el importe más alto posible, el buscar cualquier irregularidad de la empresa y, en definitiva, el intentar asesorarte lo mejor posible.
¿Es mejor coger un profesional que solamente cobre si gana?
Algunos “compañeros” eliminan el fijo base, diciéndole al cliente “si tú no te llevas nada, yo tampoco”. Esto se llama Cuota Litis o Success Fee. Es una táctica de captación de clientes muy apetitosa para los trabajadores (porque si pierden, no tienen que pagar nada) pero que algunos colegios profesionales prohíben por considerarlo competencia desleal. Personalmente yo cobro el fijo base, ya que tengo la mala costumbre de intentar comer cada día y valoro mi trabajo.
Desde aquí invito a todos los cocineros a reflexionar sobre que contestarían si alguien les dijera “te pago solamente si la comida está buena” o a los taxistas si alguien le dijera “no te pago la carrera porque no me ha gustado como has conducido”.
¿Qué diferencia hay entre un Abogado y un Graduado Social?
El Abogado ha estudiado Derecho y puede ejercer en diferentes ramas del Derecho. El Graduado Social ha estudiado Relaciones Laborales y es especialista en Derecho Del Trabajo y la Seguridad Social. No considero que unos seamos mejores que otros. Hay grandes (y no tan grandes) profesionales en ambos colegios.
Conclusiones
No es todo lo que reluce ni es gratis todo lo que lo parece.
Escoge en base a tu intuición y sobretodo recomendaciones de amigos y conocidos que hayan trabajado con algún profesional.
En caso de duda, escoge un @_expertolaboral 😉
Esperamos que la información haya sido de utilidad. Si hay algún abogado o sindicalista que considere erróneo el texto, rogamos nos lo digan para proceder a la oportuna rectificación, si procede.
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