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Experto Laboral Online

Derechos Laborales, Despidos, Salarios

Mi empresa no me paga ¿Qué puedo hacer?

Publicado el · Experto Laboral Online

Empresa no paga

¿Tu empresa no paga? Lamentablemente, esta pregunta es una de las más buscadas en Google en los últimos meses. Empresas que deben meses y meses de salario a sus trabajadores sin que estos hagan nada contra ello por miedo o desconocimiento. ¿Me despedirán? ¿Si me voy, me quedo sin el paro? Es la hora de decir basta y de saber qué, cómo y cuándo se puede reclamar este salario no cobrado.

Si no reclamas nada, nunca cobrarás nada. Si reclamas, siempre cobrarás algo.

Iniciamos este artículo con estas dos frases para que se os queden grabadas, porque es la única verdad inmutable.

Obviamente, si el empresario te adeuda nómina tras nómina y tú no haces nada para cambiar la situación, él estará encantado. Se financiará gracias a los trabajadores y no le pondrás en problemas. El que no llora, no mama.

Por el contrario, en el momento que reclamas lo que te toca, si te deben algo, siempre cobrarás algo. Y lo harás de la empresa o del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). Quizás más importe o quizás menos… Quizás más tarde que pronto; pero cobrarás, algo que en la situación anterior no es tan seguro.

Partiendo de estas dos frases que deben ser vuestro libro de cabecera, os dejo aquí las respuestas a las preguntas que un trabajador se hace en esta situación. Preguntas que hemos ido recopilando a lo largo de nuestra carrera profesional como asesores laborales.

¿Puede la empresa dejarme de pagar?

No, nunca. La empresa tiene obligación de pagar tu sueldo como contraprestación por los servicios realizados. Si no tiene dinero para pagar, lo que tiene que hacer es solicitar concurso de acreedores para que un administrador concursal calcule todo lo que tiene que pagar la empresa y priorice los pagos. Los salarios de los trabajadores tienen prioridad absoluta.

¿Qué plazo tiempo tengo para reclamar los salarios no abonados?

Tienes 12 meses desde que el salario debió haberse abonado.

¿Si pongo una demanda por el impago me pueden despedir?

Despedir, siempre pueden. Otra cosa es que dicho despido después sea declarado nulo (pagándote salarios de tramitación durante muchos meses, teniendo en cuenta el colapso de los juzgados a día de hoy) y tengan que readmitirte en la empresa obligatoriamente. Está claro que no es plato de buen comer volver a una empresa en la que estás enfrentado con la dirección, pero en todo momento tendrás tú la sartén por el mango, además que cualquier intento de despido o acoso laboral por parte de la empresa podría ser fuertemente multado. En el momento que planteas la demanda, tu protección jurídica ante un despido o sanción se multiplica.

¿Cuándo puedo/debo empezar a reclamar?

Teóricamente, se puede reclamar desde que se considere impago (la costumbre dicta a partir del 6º día del mes siguiente al que se debería haber cobrado si se cobra a final de mes). A nivel práctico, personalmente piensamos que es mejor dar un poco de tiempo, por si es una situación pasajera que no se repite en el futuro. Meterse en temas judiciales por un mes no suele salir rentable.

Si son dos meses de impago, el tema ya empieza a ser serio y debes ponerte en manos de un profesional.

Consulta tu caso de impago sin coste →

No obstante, recomiendo planteamos la demanda a partir del tercer mes de impago de salarios. ¿Por qué? Porque existe repetida jurisprudencia que permite extinguir el contrato de trabajo por impago de salarios reiterados, y se entiende por reiteración, el no abono de tres o más meses. Si puedes acreditar el impago de los tres meses o más, te irás a casa con:

  • La misma indemnización que un despido improcedente (cobrarás de la empresa o Fogasa).
  • Derecho a prestación por desempleo.
  • Derecho a cobrar las cantidades impagadas (cobrarás de la empresa o Fogasa).

¿Cómo es este proceso para irme de la empresa si no me paga?

Primero de todo, está claro que debes ponerte en manos de un experto laboral que te aconseje y marque los tiempos en cuanto a negociaciones, demandas, etc. El proceso más común es el siguiente:

  1. Interponer una demanda de extinción de contrato y reclamación de cantidad ante el SMAC y el Juzgado.
  2. Celebración de CMAC.
  3. Celebración de juicio.
  4. Sentencia del Juez que extingue tu contrato, te da derecho a paro y condena a la empresa a pagarte la indemnización y los salarios adeudados.

¿Y si la empresa no paga lo que dice el juez?

Si la empresa no paga después de que el juez dictamina el resultado, se deberá solicitar la ejecución de la sentencia, y si no se puede cobrar, el juzgado dictará insolvencia empresarial y deberás acudir al Fogasa a cobrar. En su proceso largo y farragoso, pero al final siempre se cobra. 

¿Mientras pongo la demanda por extinción de contrato debo ir a trabajar?

No hay una postura clara al respecto por parte de los jueces. En muchas provincias es un proceso largo (entre poner la demanda y recibir la sentencia pueden pasar muhos meses), pero existen sentencias que liberan al trabajador de ir a trabajar por impagos sucesivos, ya que dichos impagos afectan contra la dignidad moral del trabajador. En la demanda hay que solicitar esta liberación al juez y esperar que resuelva a nuestro favor.

¿Si la empresa se pone al día conmigo antes del juicio por extinción pierdo la demanda?

No. Lo que se juzga es el incumplimiento del contrato por impago cuando se interpuso la demanda. La empresa puede hacer lo que quiera después, pero si debía 3 o más meses cuando pusiste la demanda, la sentencia de extinción a tu favor tiene muchos visos de salir adelante.

La empresa me ofrece pagarme parte de la deuda en negro si le firmo la nómina. ¿Es recomendable?

Por supuesto que no, cada nómina que firmes conforme has recibido el importe, será una nómina que no podrás recuperar. Además, debes saber muy bien qué es lo que firmas para evitar perder aún más derechos, y por desgracia muchos trabajadores no saben interpretar una nómina.

Impago de Salario

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Consejos prácticos para afrontar diferentes situaciones en que la empresa intenta no pagar

Por último, os dejo unos consejos prácticos a seguir en caso de empresas en dificultades. En muchas pymes, cuando empiezan los nubarrones económicos, suelen haber maniobras para desviar el negocio a otra empresa del empresario y así librarse de la persecución de organismos oficiales y juzgados. Os contamos las maniobras más usuales, ¡estar atentos a estas posibilidades!

a) Facturar a nombre de otra empresa

Tu nómina te la paga “Manufacturas Pepito SL”, pero resulta que las facturas y los albaranes van a nombre de José García García. Piensa mal y acertarás: como en la SL está hasta arriba de deudas, factura de forma paralela como persona física para evitar embargos. A veces, incluso factura una SL que no es suya u otra persona física. Pueden ser testaferros o “amiguetes” que se han prestado a ayudarle en esta trama irregular. En este caso, debes recopilar toda la información posible de todas las empresas involucradas, ya que todas las demandas deberán ser interpuestas contra todas las empresas. En especial, tienes que buscar el NIF/CIF de todas ellas en facturas, albaranes, página web de la empresa, información comercial, contratos que tenga el empresario a la vista.

b) Cambiar el domicilio de la empresa

Esto lo suelen hacer para retrasar la recepción de notificaciones. Si ves una dirección que no es la habitual en facturas o albaranes, no está de más notificar a Inspección de Trabajo dicho cambio, ya que es muy posible que hayan ido al domicilio anterior y no hayan encontrado a nadie.

c) Cambiar la forma de pago a pagarés

Huye de ellos. Si firmas el recibí de un pagaré a 90 días, significa que aceptarás cobrar con 90 días de retraso, y hasta que vayas al banco y descubras que no hay fondos, no podrás reclamar ya que tú has aceptado esta forma de pago. Acepta solamente transferencias bancarias o cheques conformados.

763 comentarios

  1. Buenos días,

    Somos una pequeña empresa con apenas 15 trabajadores, llevamos sin cobrar ya 3 meses, con la facturación embargada y deudas por todos lados, ahora van a levantar el embargo de la facturación en un %, pero ese dinero se va a usar para pagar otras deudas y no los salarios, mi pregunta es:

    ¿ Que podemos hacer los trabajadores? ¿ es posible un paro o huelga? ¿o reclamar en algun sitio?

    Estamos en una situacion que nadie puede gastar dinero en abogados, por lo que buscariamos una solucion barata.

    Gracias

    1. Creo que a veces se tiene una visión de los profesionales que no es correcta. Por coger un tema no pedimos 1000€ nada más empezar, somos flexibles y nos amoldamos a las necesidades del cliente… Pero como todo hijo de vecino también tenemos hijos que alimentar y una hipoteca que pagar… Si quieres, dame tu teléfono por email a info@expertolaboralonline.com y te comento opciones… Pero creo que lo más importante es interponer YA una demanda de cantidad para estar protegidos. En Experto Laboral os podemos ayudar con el proceso de huelga, pero hay que hacerlo bien hecho y esto necesita de un análisis.

      Saludos.

  2. Buenas, mi marido trabaja en una empresa que le debe en estos momentos 2 nóminas y el 90% de otra. El caso es que los impagos y los retrasos de lo que se va pagando se vienen repitiendo desde finales de 2012. Mi marido ha denunciado ya a la empresa, pidiendo el pago de lo pendiente y una extinción de contrato, pero si todo va bien, y la empresa no retrasa el juicio, éste se celebrará en mayo de 2015. Teniendo en cuenta que yo no encuentro trabajo y que no sabemos lo que nos va a pagar esta empresa el próximo mes, ¿qué medidas de presión puede hacer un trabajador para que la empresa «cumpla» antes del juicio? Ya se está organizando la segunda huelga (la empresa tiene unos 1200 trabajadores), la empresa va por el tercer ERTE, y parece que aquí no pasa nada, es como si fuesen impunes, ni sabiéndolo inspección de trabajo. ¿No tienen ya la obligación de presentar concurso de acreedores? ¿Qué pueden hacer los trabajadores? Gracias.

    1. Poco más puede hacer el trabajador… Preguntadle al abogado que lleva la extinción, pero poco más.

        1. Sí, eso es fácil porque está tasado: Cuando no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles, esto es: cuando tenga deudas de tres meses con
          hacienda pública o con la seguridad social; cuando se hayan producido intentos de embargos sin bienes o cuando se vea en la imposibilidad de pagar a sus proveedores; o exista embargos generalizados que graven su patrimonio. En estos casos, la empresa está obligada a solicitar el concurso en un plazo de dos meses.

          El problema es que la realidad tiene muchos matices…

          1. En este caso se podría decir que ya están obligados, porque, ¿el pago de las nóminas son «obligaciones exigibles» no? Tampoco están pagando alquileres de locales, por ejemplo, ni toda clase de proveedores. ¿Podrían los trabajadores denunciar su situación conjuntamente para acelerar este proceso?

          2. Es un tema en el que no puedo aconsejar sin tener información de la empresa, etc… Pero ya te aviso que el concurso no acelerará absolutamente nada.

  3. hola mi empresa cierra a final de mes nos lo comunicaron a principios del mismo y nos están obligando a coger vacaciones según tengo entendido nos tienen que avisar 45 días antes aparte de esto aun no hemos cobrado el mes nos cambiaron el horario poniéndonos mas horas que podemos hacer ante esto porque si cierran a donde vamos a reclamar
    gracias

    1. Hola,

      Te comento:

      -Para cerrar la empresa, si sois menos de 5, avisando con 15 días es suficiente. Si sois más de 5 y os echan a todos, tiene que realizar un Despido Colectivo, que lleva más tiempo.
      -Las vacaciones no pueden obligar a que las cojáis, pero si te las pagan en el finiquito empezarás a cobrar el paro más tarde.
      -Lo que tenéis que hacer es demandar contra el despido y el mes que os deben… Pero preguntas tantas cosas y tan diferentes que creo que lo más oportuno es que te acerques a nuestro despacho para mirar realmente todos los papeles. Estamos en el centro de Barcelona. Si quieres asistencia, envía un email a info@expertolaboralonline.com y quedamos.

      Saludos

  4. Mi empresa lleva desde Octubre del 2013 pagandome solo la mitad de la nomina, ¿Que puedo hacer?

    1. Pues como se dice en el artículo, poner una demanda de cantidad y extinción de contrato. Yo la pondría ya, porque en noviembre de 2014 perderás tu derecho a pedir lo que te deban de octubre 2013… Y además estarás protegido contra despido.

  5. Buenas trabajo en una empresa que nos paga todos los meses pero con irregularidades unos dias el 7 otros el 26 y etc y siempre a cachos queria saber si esto es denunciable ya llevamos casi un año y medio con este problema y no se que puedo hacer a estas alturas no me importa perder el trabajo espero cualquier respuesta que me sirva de ayuda gracias de antemano

  6. Estamos con mi marido en una situacion bastante incomoda e ya realmente no se que hacer… La empresa le debe a mi padre 12 mil euros, con lo cual le aconseje el hecho de escoger a un abogado para que este luche por lo que le deben.
    Pasado ya un año, la empresa la cual habia sido denunciada anuncio que esta dispuesta a hacer un acuerdo en el cual le ofrecian a mi marido 4600 euros, cosa ante la cual se nego firmar, lo siguiente fue decirle al abogado(mi marido fue con unos cuantos amigos mas a el para que les solucione el problema) que si no llega a negociar al menos unos 9mil entonces no lo piensa firmarlo(cabe decir, que los demas amigos de mi marido estan en una situacion al limite y estan de acuerdo con el pesimo dineral que les ofrecen) A lo que nuestro abogado nos dijo, que acaba de negociar con el abogado de la empresa denunciada y va a subir un 10% a todos los demas y a mi marido tambien, pero, como los demas estan de acuerdo con las cuantias que les ofrecieron desde el principio pues el 10% se les quitara y se le aplicara a la cuantia de mi marido(aproximadamente 1000 euros mas, que tampoco es lo que esperabamos, porque en el primer momento al hacer el caso, el abogado nos dijo que el caso es muy facil de ganar)
    De nuevo nos volvimos a negar, entre que nos parecia injusto lo que nos comento con toda la naturalidad. Y entonces fue cuando nos dijo que el nos recomienda firmarlo, que aunque nos parezca una cuantia pesima es lo unico que podremos conseguir porque segun un amigo de confianza que tiene, la empresa dentro de 2 semanas piensa someterse al concurso de acreededores. Es decir, es como si intentase cerrar el caso lo mas rapido posible, incluso a veces me siento, como si la empresa a la cual habiamos denunciado le habia pagado para que nos meneara asustanto de que no vamos a cobrar completamente nada como no lo firmemos(que es lo que dice)
    Ya no se que hacer y de quien fiarme…

    1. La verdad, no puedo opinar sobre un tema que ya lleva un abogado y del que no tengo los detalles. Cada abogado negocia como puede y quiere… Lo que sí es verdad que si la empresa entra en concurso, entonces se tarda más en cobrar.

      1. se tarda más pero se cobra al fin y al cabo o como dice nuestro abogado(que según mi opinión ha sido corrompido por la empresa a la que denunciamos) no vamos a cobrar ni un centimo nunca?

        1. Hombre, si llega a un acuerdo ahora, se supone que se cobra. Si no, cobraréis de aquí a 4-5 años del fogasa.

          1. y si la empresa quiebra, que es lo que nos dice nuestro abogado, entonces? PD: muchas gracias por tu ayuda!

  7. ¿Cual es el plazo maximo para que me abonen la paga extra de verano? Ya que no me la han pagado. Muchas gracias.

    1. Depende de lo que diga el convenio colectivo. Pero si pasado un mes desde la fecha que diga el convenio no la has recibido ya puedes demandar.

  8. Buenas. Trabajo para un organismo público desde diciembre de 2013. Desde primer momento me han abonado mi salario a partir del día 10 de cada mes, pero desde mayo tenemos retrasos mas importantes. La nómina de mayo me la abonaron el 25 de junio y la de junio está aún sin cobrar. Somos unas 200 personas en esta situación. Con contratos de obra y servicio y en una entidad pública. El desánimo está generalizado, ya que pensamos que poco podemos hacer. Gracias.

    1. Hombre, podriáis juntaros todos para poner una demanda de cantidad, es lo que veo más pertinente.

  9. Hola, acabé un contrato por obra y servicio el 20 de junio y aun no me han pagado. Es una empresa ke me he enterado ke lo hace con todos los monitores. El rollo es ke por facebook expliqué la situación poniendo el nombre de la empresa y ke no me pagaban para ke me explicaran que podía hacer y ahora la gerente dice ke me kiere denunciar si no borro el comentario pk estoy incumpliento una cláusula de un acuerdo de confidencialidad que firmé (lo ke creo ke firmé era la cesión de imagen por si colgaban fotos mías en la web) Es cierto ek me puede denunciar pk dije ke no me pagaban y puse únicamente en nombre de la empresa en la red social facebook? gracias

    1. Esta consulta no te la puedo contestar ya que es más un tema de Derecho Civil (demanda por injurias) que no laboral. Personalmente pienso que ellos no se van a meter en una demanda que les va a costar más de 1000€ seguramente… Aunque si la ponen y pierdes sí que perderás dinero… Pero repito, es algo que yo no toco. Yo les diría que lo borrarás cuando cobres… Y a ver que dicen.

  10. Buenos días, me contratan en una clínica dental como auxiliar de enfermería y no m dan el contrato en ningún momento. A los veinte días, me despiden por no haber superado el período de prueba, según la valoración de la empresa, claro está. Cuando firmo la carta de despido, expongo un » no conforme» al igual q en la liquidación y un » no recibido» porque m dicen que las cantidades no las tienen allí y que me llamarán para ir a por ellas o me harán una transferencia. Después de llamar y amenazar con demandarles, me abonan mediante transferencia con seis días de retraso ( nómina y liquidación). ¿ Podría demandarles por retraso y no abonarme la cantidad en el momento del despido? ¿ Podría denunciar por no firmar contrato? En caso afirmativo, ¿ dónde debería hacerlo? ¿Me compensaría? Gracias y un saludo.

    1. No te va a compensar hacerlo. Como mucho, denuncia a Inspección, pero no creo que les multen por 6 días.

  11. Hola trabajo en comercio tengo un contrato de 20 h semanales desde have cuatro años estoy fija desde mayo estan mis nominas sin firmar puesto que no las he cobrado la dueña de la empresa en la que estoy se va a jubilar y mis preguntas son: si se jubila tengo derecho a para y a mi finiquito, si la denuncio por impago cuanto tiempo mas o menos tardare en cobrar la deuda y por ultimo como tengo que empezar los tramites michas gracias

    1. Lo que tardes en cobrar depende de muchos matices. Para una respuesta más concreta ruego utilizar el servicio de consultas de la web.

  12. Buenos días,

    hace 4 meses que dejé mi trabajo y mi antigua empresa todavía me debe dinero en concepto de comisiones. Ya se lo he reclamado 4 veces por las buenas, porque como siempre pagaban con un mes de retraso alegando que no tienen dinero (cuando sí que tienen) pensé que antes o después me lo pagarían, pero no hacen más que darme largas así que creo que ya es momento de tomar otras medidas. El problema es que nunca me ha pasado esto y estoy un poco perdido, donde tendría que denunciarlo? Cual es el proceso? Actualmente vivo fuera de España, sería muy complicado hacerlo? Cuanto me costaría aproximadamente? Porque la cantidad que me deben es de 620€, merece la pena denunciarlo y meterme en juicios, etc? o no voy a ganar nada?

    Gracias

    1. No merece la pena, si te digo la verdad. Ir a juicio te costaría casi eso. Yo intentaría amenazar con una inspección de trabajo por no cotizar esas comisiones.

  13. Buenas tardes, tengo un problema de atrasos de 2 nominas y media completas y mas de 2 años de retrasos continuados en el cobro de nominas. Quiero dejar la Empresa de una manera que sea beneficiosa para las dos partes, que debo saber para no meter la pata? Un acta de conciliacion de la inspeccion de trabajo sino aceptan seria eficaz?. Gracias

    1. Una inspección no es muy beneficiosa para la empresa… O te despiden con indemnización o mejor que pongas tú una demanda de extinción de contrato. Yo te recomendaría hacerlo a través de un profesional.

      Si te podemos ayudar nos lo comentas.

  14. Hola:
    Trabajo en una empresa que hace proyectos para las instituciones públicas.
    En diciembre del año pasado la nómina extra se retrasó unas semanas. Ahora la nómina de junio la pagaron el día 6 de julio, cuando antes a más tardar lo hacían el 30. La extra de julio no vino hasta el 1 de agosto y la de julio no ha llegado todavía. La empresa no comenta nada y el caso es que los dos trabajamos en el mismo sitio, por tanto, son dos nóminas que no han entrado este mes. Los compañeros se están poniendo nerviosos. ¿Qué podemos hacer?
    Muchas gracias por vuestro tiempo.

    1. Perdona se me paso. Por lo que nos hemos enterado las administraciones no pagan a la empresa desde hace más de un año.

    2. La verdad, con estos lapsos de tiempo inferiores al mes, yo no iniciaría aún una demanda. La de junio quizás ni la considerarían retraso.

  15. Hola. Mi empresa me debe el salario de los dos últimos meses, y llevo un año cobrando mis nóminas con retrasos de más de un mes en muchas ocasiones. Quiero pedir la extinción, pero nunca llegan a deberme tres meses. Sería suficiente el impago de las dos ultimas nóminas y retrasos graves consecutivos durante el último año? Gracias.

    1. Sí. Incluso sin impagos, pero con muchos retrasos graves se podría hacer. Habría que ver si es grave o no.

  16. hola,me deben 3 nominas y la paga de verano de este año,la primera semana de septiembre voy a reclamar y pedir el acto de conciliacion,la empresa no va ha negociar a si que denunciaré a la empresa para pedir la extincion de contrato,mi pregunta es: ningun compañero a demandado a la empresa todavia por miedo,»algunos son familia «y «amigos» .Si solo demando yo la extincion de contrato por impagos,¿el juez me aceptará la demanda a favor?
    info mi empresa:solo tiene deuda con los trabajadores

    gracias

    1. La demanda SIEMPRE la aceptan (si se hace bien, claro). Después hay que ir al juicio y defender lo que dices para ganarlo. Demanda lo antes posible por si la empresa presentara concurso de acreedores.

      Si necesitas ayuda para la demanda nos lo comentas, somos especialistas en este campo.

      Saludos.

  17. Buenos dias, me encuentro en mi empresa con una situación de impagos de tres meses.He intentado el dialogo,pero las respuestas son prórrogas en el tiempo que no se cumplen.Y creo que va a seguir así,pero mi situación economica actual no aguanta más tiempo sin cobrar.Como me aconsejaríais proceder ante este caso?
    Muchas gracias
    Un saludo

    1. Poner ya la demanda de cantidad y, si te quieres ir de la empresa pero no mano sobre mano, a la vez poner la demanda de extinción de contrato para irte con indemnización.

  18. Hola
    el año pasado 2013 demande a mi empresa por incumplimiento en el pago de salarios , por sancionarme sin motivo justificado denuncias que a la postre declaradas nulas por denuncia falsa y despues de 5 meses estando de baja por depresion despido improcedente ,pues bien celebrado el juicio ha sido declarado improcedente dandole al empresario dos opciones , readmision pagando los salarios de tramitación desde el año pasado ,pagar a la tgss lo consumido etc o bien indemnizarme con la suma de 7 años trabajados para la empresa , esta opto por readmision pero no me ha pagado los salarios de tramitación no me ha pagado desde hace 2 meses y medio y se comenta que quiere hacer un ere , por supuesto esta denunciado ademas de que el año pasado se le denunciase por acoso , d3nuncia que se acepto pero no salio a tramite por que la jueza en su momento no considero suficiente tiempo de acoso he vuelto a la empresa y de nuevo eatan haciendo mooving contra mi persona direccion y responsables ,he denunciado tambien y mi abogado a recurrido el acoso por no haberse sobreseído ,pero sigo sin cobrar , que me eapera a partir de ahora tengo familia y no tengo ingresos que puedo hacer mas? Gracias

    1. Creo que esto tienes que consultarlo con tu abogado, que conoce el asunto mejor que yo.

      No obstante, creo que iría bien pedir la medida cautelar de dejar de ir a trabajar si es posible.

  19. Hola,

    Mi empresa entro en liquidacion en mayo y nos subrogo los contratos a otra SL (mismo administrador), total que se quedo una nomina pendiente de mayo hasta el dia de hoy de la otra empresa y en esta nueva sociedad solo han pagado 1 nomina en fecha (la de junio) y la de julio la han pagado el 25 de agosto, normalmente siempre pagan los primeros dias del siguiente mes; sin contar que se nos debe la nomina de mayo de la otra sociedad, segun nos ha dicho el gerente esa nomina la pagara la nueva sociedad en cuanto sea posible pero hasta el dia de hoy nada… Puedo pedir la resicion del contrato? quiero renunciar pero no podre acceder al paro y tampoco se si me pagaran… gracias!

      1. Buenas Muchas gracias por la respuesta, pero el tema es que teoricamente 1 nomina me la debe la antigua empresa (en liquidacion) y la nueva empresa unicamente habria tenido 2 retrasos importantes en el pago. Procederia la extincion?

        1. Es que me refería a eso, que no veo claro que la dieran. Por ese riesgo, vale la pena esperar un mes más y no arriesgarse a perder el juicio.

          1. Buenas, tal como tenia vaticinado; a dia de hoy 9 de octubre, no me pagan, en resumido me deben, 1 nomina de mayo de l aantigua empresa (en liquidacion) la nomina de agosto y a dia de hoy la de noviembre, normalmente siempre abonan las nominas los primeros dias del mes siguiente, es decir dia 3 o en algun caso 7, estamos a dia 9 y me deben 3, aunque claro una es de la antigua sociedad y como estoy subrogado no se si esa deuda la ha de cubrir esta empresa o tengo que hacer dos reclamaciones

  20. Hola.
    Tengo interpuesta una demanda en el juzgado de lo social de extinción de contrato por impago de 10 nóminas, alguna de ellas del 2013. El juicio se celebrará el próximo 10 de septiembre de este año 2014.
    Ahora el gerente de la empresa dice que va ha iniciar Concurso de Acreedores. ¿en que me afecta esta medida a días antes del juicio?.
    Gracias.