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Experto Laboral Online

Derechos Laborales, Despidos, Salarios

Mi empresa no me paga ¿Qué puedo hacer?

Publicado el · Experto Laboral Online

Empresa no paga

¿Tu empresa no paga? Lamentablemente, esta pregunta es una de las más buscadas en Google en los últimos meses. Empresas que deben meses y meses de salario a sus trabajadores sin que estos hagan nada contra ello por miedo o desconocimiento. ¿Me despedirán? ¿Si me voy, me quedo sin el paro? Es la hora de decir basta y de saber qué, cómo y cuándo se puede reclamar este salario no cobrado.

Si no reclamas nada, nunca cobrarás nada. Si reclamas, siempre cobrarás algo.

Iniciamos este artículo con estas dos frases para que se os queden grabadas, porque es la única verdad inmutable.

Obviamente, si el empresario te adeuda nómina tras nómina y tú no haces nada para cambiar la situación, él estará encantado. Se financiará gracias a los trabajadores y no le pondrás en problemas. El que no llora, no mama.

Por el contrario, en el momento que reclamas lo que te toca, si te deben algo, siempre cobrarás algo. Y lo harás de la empresa o del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). Quizás más importe o quizás menos… Quizás más tarde que pronto; pero cobrarás, algo que en la situación anterior no es tan seguro.

Partiendo de estas dos frases que deben ser vuestro libro de cabecera, os dejo aquí las respuestas a las preguntas que un trabajador se hace en esta situación. Preguntas que hemos ido recopilando a lo largo de nuestra carrera profesional como asesores laborales.

¿Puede la empresa dejarme de pagar?

No, nunca. La empresa tiene obligación de pagar tu sueldo como contraprestación por los servicios realizados. Si no tiene dinero para pagar, lo que tiene que hacer es solicitar concurso de acreedores para que un administrador concursal calcule todo lo que tiene que pagar la empresa y priorice los pagos. Los salarios de los trabajadores tienen prioridad absoluta.

¿Qué plazo tiempo tengo para reclamar los salarios no abonados?

Tienes 12 meses desde que el salario debió haberse abonado.

¿Si pongo una demanda por el impago me pueden despedir?

Despedir, siempre pueden. Otra cosa es que dicho despido después sea declarado nulo (pagándote salarios de tramitación durante muchos meses, teniendo en cuenta el colapso de los juzgados a día de hoy) y tengan que readmitirte en la empresa obligatoriamente. Está claro que no es plato de buen comer volver a una empresa en la que estás enfrentado con la dirección, pero en todo momento tendrás tú la sartén por el mango, además que cualquier intento de despido o acoso laboral por parte de la empresa podría ser fuertemente multado. En el momento que planteas la demanda, tu protección jurídica ante un despido o sanción se multiplica.

¿Cuándo puedo/debo empezar a reclamar?

Teóricamente, se puede reclamar desde que se considere impago (la costumbre dicta a partir del 6º día del mes siguiente al que se debería haber cobrado si se cobra a final de mes). A nivel práctico, personalmente piensamos que es mejor dar un poco de tiempo, por si es una situación pasajera que no se repite en el futuro. Meterse en temas judiciales por un mes no suele salir rentable.

Si son dos meses de impago, el tema ya empieza a ser serio y debes ponerte en manos de un profesional.

Consulta tu caso de impago sin coste →

No obstante, recomiendo planteamos la demanda a partir del tercer mes de impago de salarios. ¿Por qué? Porque existe repetida jurisprudencia que permite extinguir el contrato de trabajo por impago de salarios reiterados, y se entiende por reiteración, el no abono de tres o más meses. Si puedes acreditar el impago de los tres meses o más, te irás a casa con:

  • La misma indemnización que un despido improcedente (cobrarás de la empresa o Fogasa).
  • Derecho a prestación por desempleo.
  • Derecho a cobrar las cantidades impagadas (cobrarás de la empresa o Fogasa).

¿Cómo es este proceso para irme de la empresa si no me paga?

Primero de todo, está claro que debes ponerte en manos de un experto laboral que te aconseje y marque los tiempos en cuanto a negociaciones, demandas, etc. El proceso más común es el siguiente:

  1. Interponer una demanda de extinción de contrato y reclamación de cantidad ante el SMAC y el Juzgado.
  2. Celebración de CMAC.
  3. Celebración de juicio.
  4. Sentencia del Juez que extingue tu contrato, te da derecho a paro y condena a la empresa a pagarte la indemnización y los salarios adeudados.

¿Y si la empresa no paga lo que dice el juez?

Si la empresa no paga después de que el juez dictamina el resultado, se deberá solicitar la ejecución de la sentencia, y si no se puede cobrar, el juzgado dictará insolvencia empresarial y deberás acudir al Fogasa a cobrar. En su proceso largo y farragoso, pero al final siempre se cobra. 

¿Mientras pongo la demanda por extinción de contrato debo ir a trabajar?

No hay una postura clara al respecto por parte de los jueces. En muchas provincias es un proceso largo (entre poner la demanda y recibir la sentencia pueden pasar muhos meses), pero existen sentencias que liberan al trabajador de ir a trabajar por impagos sucesivos, ya que dichos impagos afectan contra la dignidad moral del trabajador. En la demanda hay que solicitar esta liberación al juez y esperar que resuelva a nuestro favor.

¿Si la empresa se pone al día conmigo antes del juicio por extinción pierdo la demanda?

No. Lo que se juzga es el incumplimiento del contrato por impago cuando se interpuso la demanda. La empresa puede hacer lo que quiera después, pero si debía 3 o más meses cuando pusiste la demanda, la sentencia de extinción a tu favor tiene muchos visos de salir adelante.

La empresa me ofrece pagarme parte de la deuda en negro si le firmo la nómina. ¿Es recomendable?

Por supuesto que no, cada nómina que firmes conforme has recibido el importe, será una nómina que no podrás recuperar. Además, debes saber muy bien qué es lo que firmas para evitar perder aún más derechos, y por desgracia muchos trabajadores no saben interpretar una nómina.

Impago de Salario

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Consejos prácticos para afrontar diferentes situaciones en que la empresa intenta no pagar

Por último, os dejo unos consejos prácticos a seguir en caso de empresas en dificultades. En muchas pymes, cuando empiezan los nubarrones económicos, suelen haber maniobras para desviar el negocio a otra empresa del empresario y así librarse de la persecución de organismos oficiales y juzgados. Os contamos las maniobras más usuales, ¡estar atentos a estas posibilidades!

a) Facturar a nombre de otra empresa

Tu nómina te la paga “Manufacturas Pepito SL”, pero resulta que las facturas y los albaranes van a nombre de José García García. Piensa mal y acertarás: como en la SL está hasta arriba de deudas, factura de forma paralela como persona física para evitar embargos. A veces, incluso factura una SL que no es suya u otra persona física. Pueden ser testaferros o “amiguetes” que se han prestado a ayudarle en esta trama irregular. En este caso, debes recopilar toda la información posible de todas las empresas involucradas, ya que todas las demandas deberán ser interpuestas contra todas las empresas. En especial, tienes que buscar el NIF/CIF de todas ellas en facturas, albaranes, página web de la empresa, información comercial, contratos que tenga el empresario a la vista.

b) Cambiar el domicilio de la empresa

Esto lo suelen hacer para retrasar la recepción de notificaciones. Si ves una dirección que no es la habitual en facturas o albaranes, no está de más notificar a Inspección de Trabajo dicho cambio, ya que es muy posible que hayan ido al domicilio anterior y no hayan encontrado a nadie.

c) Cambiar la forma de pago a pagarés

Huye de ellos. Si firmas el recibí de un pagaré a 90 días, significa que aceptarás cobrar con 90 días de retraso, y hasta que vayas al banco y descubras que no hay fondos, no podrás reclamar ya que tú has aceptado esta forma de pago. Acepta solamente transferencias bancarias o cheques conformados.

763 comentarios

  1. Hola,
    Mi problema es el siguiente : yo era encargada de una tienda , y por ese responsabilidad me pagaban dos incentivo , uno era por comisiones y el otro era en incentivo manual hasta llegar a un tope de dinero. Pues bien Me quede embarazada y al incorporarme con una reducción a 35h , me quitan el puesto y me dicen que renuncie al incentivo ( yo no renuncio al incentivo) pero después de 16 mese me he dado cuenta de que sólo me estaban pagando uno , mi pregunta es la siguiente: ¿ hay alguna forma de reclamar si han pasado los 12 mese? , gracias y un saludo

  2. Hola, buenas tardes. Mi situación es la siguiente:
    Llevo trabajando en la empresa actual desde enero. Es un restaurante de polígono. Mi profesión es camarera, y me hicieron un contrato como tal, pero tal y como están los trabajos hago de camarera, limpiadora, ayudante de cocina por 800€. El contrato inicial lo firmé con la duración de dos meses y una jornada de cinco horas al día. Hago de 8:30 a 18 diarias, y 5 horas mas los sábados. Me pagan la nomina de esas 5 horas. El día 3 de abril me tuve que ir de urgencias después de terminar la jornada de casi 10 horas porque no podía con los dolores de espalda. Tengo. 34 años, la mitad de ellos trabajando de camarera y jamás había sufrido nada igual. Llevó de baja desde entonces y no me pagan porque dicen que no pueden por que han tenido que contratar a otra chica para cubrir mi puesto, me dicen que mi espalda es de plástico y burradas que no vienen al caso. Les digo que me despidan si no pueden con los gastos acarreados y no quieren, como tampoco quieren pagarme el mes de marzo. Que puedo hacer? Donde puedo conseguir una copia de mi contrato?

    1. Yo pondría una demanda a inspección de trabajo diciendo todo esto. El no pagarte si estás de baja es apropiación de dinero no tuyo, sino que el Estado adelanta a la empresa, por lo que el puro puede ser de aúpa para la empresa.

  3. Mi caso es que a mi me se me despide el 15 de julio de 2013 con un despido objetivo y no se me paga nada, negándome yo a firmar nada, se denuncia y el 18 de marzo sale la sentencia diciendo que el despido es improcedente y que me tiene que readmitir o indemnizarme en el plazo de cinco días. La empresa no se pronuncia al respecto y se vuelve a demandar y hoy día 29 de julio se ratifican en que no nos readmiten( somos dos compañeros)
    Tengo varias preguntas la verdad:
    1º Que obligación tiene la empresa a pagarnos y en cuánto tiempo?
    2º Nos comenta el abogado que tenemos que devolver al paro los salarios cobrados hasta el día de hoy y en mi caso solo tengo diez meses de paro, del cual solo me queda uno por cobrar, siéndome totalmente imposible pagar este dinero y me gustaría saber que solución hay la verdad.
    3º Al final ni nuestro abogado nos aclara nada , todo con palabras técnicas y solo pensando en cuando cobrar,es bastante triste.
    Aprovechar para daros las gracias por esta página y mandarles un saludo.

  4. Si yo a día de hoy pongo una demanda a inspeccion de trabajo, tardaría al menos 3 o 4 meses en visitarlos. Para ese tiempo, yo me habré cogido el alta. Llevo dos meses y estoy desesperada…
    Donde podría solicitar una copia de mi contrato? En el inem? Ministerio de trabajo?

  5. Hola necesito orientacion. Soy dependiente de una tienda, trabajo 40 horas pero me cotizan la mitad. Trabajamos festivos domingos turnos nocturnos y seguimos cobrando igual. El año anterior no me dieron vacaciones y este año aun no me dicen nada. Casi siempre nos pagan con unos o dos meses de retrazo y estos ultimos meses mas. Necesito el dinero pero y no encuentro otro trabajo. Pero creo que ya se estan pasando de abusos. Quiero saber que puedo hacer ya que eh visto que gente que trabajo en esta empresa a denunciado pero todo sigue igual. Que hago? Vivo en madrid.
    Gracias

    1. Si hace más de 3 meses que os pagan con retraso, poner una demanda, como expongo en el artículo. Deberías contactar con un Graduado Social o abogado en Madrid.

  6. Me pueden despedir estando de baja? Que tipo de despido seria? Me han llamado para que firme unos papeles diciéndome que me van a mandar al paro. Y no se si hay trampa y que tipo de despido es legal. Podrías aclararme algo sobre esto? Gracias de antemano. Eres de gran ayuda.

    1. Sí que te pueden despedir. Puede ser procedente o improcedente. Yo lo firmaría no conforme, y me asesoraría al respecto (hola ;)).

    1. Cuando te entreguen la carta, puedes utilizar el servicio de consultas laborales de la web, donde analizamos dicha carta y te decimos la posibilidad de demandar por despido improcedente.

      Saludos

  7. Mi exjefe no me entregaba las nominas mensualmente por una «supuesta» relación de confianza tras 30 años en la empresa. Cursé baja el 30 de Septiembre y firmé toda la documentación que me pidió, lamentablemente tras varios meses de impago. No he percibido ningún importe, y además de cara a la declaración del IRPF me encuentro con que tampoco ha satisfecho los importes de IRPF mensualmente con lo que me resulta a pagar mas de 1600€. Tengo alguna posibilidad denuncia al respecto?

  8. Buenas tardes, me gustaría saber qué puedo hacer en mi caso, que es el siguiente: empecé a trabajar en la empresa que me contrató el 2 de febrero, y firmé un contrato por 3 meses hasta el 2 de mayo. Mi jefe no me ha pagado ninguna de las 4 nóminas (digo 4 porque incluyo los dos días de trabajo este mes de mayo). Dispongo de las nóminas, que no están firmadas por ninguna de las dos partes, y también del contrato, este sí que está firmado por ambos.
    Lleva semanas diciéndome que «tal día cobras seguro ya todo», etc. Además nos hicieron abrir una cuenta en el bbk, para «domiciliar del 1 al 5 de cada mes vuestras nóminas y que tengáis el dinero siempre ahí». Bien….la cuenta la tengo a 0 euros desde que nos obligó a abrirla.
    En mi cuenta del banco que siempre uso tampoco recibí transferencia de nómina alguna…y ya no estoy trabajando. Tengo cita con el INEM el miércoles 7 de mayo, en donde voy a presentar todas las nóminas y contrato y explicarles este caso…pero no se si tendré derecho a solicitar paro o prestación (sé que me correspondería por meses trabajados, pero no se si me lo aceptarán).
    ¿Qué puedo hacer? Ya le he avisado de que si no me paga este miércoles voy a emprender acciones legales, hablando con abogados, yendo al juzgado, llamando a FOGASA o lo que haga falta. Pero necesito que se solucione canto antes porque estoy en rojos por culpa de esta gente.
    Gracias de antemano
    Jose

    1. Demanda de despido y cantidad para empezar. Y si no te da el paro, inspección de trabajo. Pero si cobras las nóminas, lo harás de aquí a 2 años tranquilamente. Ármate de paciencia.

  9. Hola, en mi empresa acorde que me pagarian 1000 euros netos mensuales pero mi sorpresa ha sido al recibir la nomina y ver que realmente me pagan 1108 euros netos y que la retención de IRPF solo es del 2,79 % su explicación al sueldo ha sido que por convenio no me lo pueden bajar,,, y por la retención que me han contratado a mitad de año y por eso es tan baja…
    me podrias aconsejar y que le tengo que decir a la empresa? gracias por adelantado.

    1. Hola, para consultas concretas ruego utilices el servicio de consultas de la web (9€+IVA) adjuntando el contrato de trabajo firmado y la nómina para analizar el caso.

      Un saludo.

  10. voy a finalizar mi contrato y me he enterado de que la empresa debe mis cotizaciones a la seguridad social , me va a afectar como trabajadora a la hora de cobrar el paro. gracias

  11. hola mi caso es este..mi empresa va a cerrar en un mes y entrara en concurso de acreedores,segun ellos nos daran la opcion de despedirnos antes o despues del concurso.Mi pregunta es..¿que diferencia habria en irnos antes o despues?Por lo poco que sabemos nos han informado que si nos despiden antes no cobrariamos la indemnizacion entera,cobrariamos lo de fogasa (que aun no tenemos claro cuanto es) y si nos despidiesen en el concurso si que cobrariamos todo aunque puede ser duro el tiempo que tendriamos que estar dentro de la empresa sin cobrar hasta que nos mande para casa los del concurso..gracias por tu respuesta..

    1. No es así del todo. Acabaréis igualmente en el Fogasa, por lo que si el salario es mayor de 50€ al día tampoco cobraréis todo. Si lleváis mucho tiempo sin cobrar quizás sería mejor despido antes. Al menos tendréis paro. Tendrás que demandar y gastar un poco más de dinero que si esperaras a la decisión del administrador concursal pero al menos ya cobrarás el paro… Ojo, opinión personal, no es un consejor jurídicamente seguro.

      1. ok,nos deben 3 meses y este mes me imagino que tampoco lo pagaran pero claro..nosotros pensabamos que quedandonos y que nos despida el administrador pasamos a ser acreedores y al tiempo despues de que se subaste las maquinas la empresa nos pagaria por obligacion la diferencia que quedaria por dia restando los 50 euros de fogasa,no es asi?

        1. Si las colocan en la subasta, claro.. Pero esto ya es Derecho Concursal más que laboral y se me escapa un poco.

  12. El 5 de mayo me despidieron tras 5 mees de trabajo , me despiden por temas de malos resultados economicos , me deben las nominas de marzo 800 y abril 800 y de indemnizacion 600 pero me dicen que la indemnizacion no me la pagan y las nominas me las pagan con 4 talones posdatados vto junnio julio agosto y sept , dicen que no tienen dinero ¿ que hago ?

    1. Pues demandar, obviamente. Tarde, muy tarde, pero cobrarás… Sin demandar no cobrarás nada.

        1. Normalmente, un 15% de la cantidad total que el profesional consiga que cobre el trabajador, con un mínimo que variará según profesional. Si como parece, hay que hacer el recorrido completo de cmac+juzgado+ejecución de insolvencia+solicitud Fogasa podríamos hablar de unos 600€ de mínimo.

  13. Llevo un mes y medio sin cobrar y visto como va la empresa veo que el siguiente sera lo mismo.puse demanda en el juzgado de trabajo.
    cada mes que no me pague tengo que poner otra denuncia?

  14. Buenas tardes, he despedido a una empresa china de hostelería que cotizaba por mí 20 horas a la semana y realmente hacía 40 horas semanales, me pagaban 20 horas en B, el caso es que tenía un contrato de apoyo a emprendedores y llevaba 3 meses en la empresa, les hice ver mi disconformidad con cobrar en negro y me han despedido por no pasar el período de prueba. He presentado demanda ante el SMAC, ¿Cuánto tiempo tengo para presentar demanda ante Inspección de trabajo y Juzgado de lo Social? En la anterior empresa en la que estuve creo que recordar que para reclamar cantidades era un año pero no estoy seguro. el SMAC lo he hecho yo, pero si no me pagan lo que requiero me pondré en manos de un profesional.

    GRACIAS.

    1. 20 días hábiles dese la fecha del despido. La presentación de demanda ante SMAC paraliza unos cuantos días ese cómputo. Ten cuidado con los plazos.

  15. Hola, mi empresa me debe actualmente 4 nóminas y llevamos con esta situación más de 3 años. Tengo miedo a quedarme sin trabajo por denunciarlo pero es que así no se puede vivir. Qué me recomiendan que haga? Un saludo.

    1. Si las nóminas que te deben son de hace más de un año no las puedes pedir. Ha pasado el plazo.

  16. hola, estoy desesperada y ya no se que hacer. le comento: trabajo en una empresa y desde hace 2 años, semanalmente me ingresan una cantidad, mas o menos fija, pero cuando finaliza el mes, siempre me queda sueldo pendiente de cobro (con respecto a mi sueldo), por lo que la empresa me debe ya bastante dinero. Pido las nóminas y tampoco me las facilita… y yo estoy muy preocupada porque como me van ingresando semanalmente una cantidad, no se si puedo denunciar o no y en el caso de que sí pudiese… ¿cómo debo hacerlo? exactamente no se la cantidad que me deben.. (no tengo la nómina desde hace meses). Por favor, necesito que me ayudes. muchísimas gracias.

    1. Por supuesto que puedes denunciarlo. Eso sí, hay que hacerlo bien para evitar errores en la demanda. Te envío un email.

  17. Hola, me gustaría saber si al irme sin avisar con 15 dias de antelación de la empresa, pueden penalizarme. Mi contrato es de actividad odontológica, regimen 0111, Contrato de trabajo (1) dura. determ. t. parcial eventual circunst. produc. No sé si pueden penalizarme y si es asi con cuantos dias de sueldo y vacaciones. Espero puedan ayudarme. Gracias

    1. Tendría que ver el contrato de trabajo y entonces mirar el convenio. Ruego utilices el servicio de consultas de la web.

      Un saludo.

  18. He trabajado en una empresa 5 días,En los cuales no me firmaron contrato pero sin embargo me dieron alta en la seguridad social.A los 5 días me despiden verbalmente y me dicen que me llamaran para pagarme y firmar los documentos,de esto hace ya 2 meses y nada y cuando intento contactarlos no me atienden.que debo hacer en mi caso? necesito una solución,
    Un saludo

    1. La verdad, por 5 días te va a salir más caro reclamar que lo que puedas sacar. Lo que sí te recomiendo es poner una denuncia en inspección de trabajo. Al menos les caerá un puro.

  19. Buenos tardes.
    En mi empresa, que estamos en un ERE de un dia por semana. Me deben las nóminas de todo el año 2013, en el borrador de Renta me viene como que lo he cobrado todo con la retención correspondiente.
    ¿si confirmo el borrador donde está también la parte del Paro (correspondiente al ERE). De cara a Hacienda ¿estaría admitiendo que he cobrado las nóminas?.
    De momento no he puesto ninguna denuncia.
    Gracias por vuestra respuesta

    1. No estarías admitiendo que las has cobrado. Lo que tienes que hacer es ponerte en manos de un fiscalista… Y poner la denuncia, claro.