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Experto Laboral Online

Derechos Laborales, Despidos, Salarios

Mi empresa no me paga ¿Qué puedo hacer?

Publicado el · Experto Laboral Online

Empresa no paga

¿Tu empresa no paga? Lamentablemente, esta pregunta es una de las más buscadas en Google en los últimos meses. Empresas que deben meses y meses de salario a sus trabajadores sin que estos hagan nada contra ello por miedo o desconocimiento. ¿Me despedirán? ¿Si me voy, me quedo sin el paro? Es la hora de decir basta y de saber qué, cómo y cuándo se puede reclamar este salario no cobrado.

Si no reclamas nada, nunca cobrarás nada. Si reclamas, siempre cobrarás algo.

Iniciamos este artículo con estas dos frases para que se os queden grabadas, porque es la única verdad inmutable.

Obviamente, si el empresario te adeuda nómina tras nómina y tú no haces nada para cambiar la situación, él estará encantado. Se financiará gracias a los trabajadores y no le pondrás en problemas. El que no llora, no mama.

Por el contrario, en el momento que reclamas lo que te toca, si te deben algo, siempre cobrarás algo. Y lo harás de la empresa o del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). Quizás más importe o quizás menos… Quizás más tarde que pronto; pero cobrarás, algo que en la situación anterior no es tan seguro.

Partiendo de estas dos frases que deben ser vuestro libro de cabecera, os dejo aquí las respuestas a las preguntas que un trabajador se hace en esta situación. Preguntas que hemos ido recopilando a lo largo de nuestra carrera profesional como asesores laborales.

¿Puede la empresa dejarme de pagar?

No, nunca. La empresa tiene obligación de pagar tu sueldo como contraprestación por los servicios realizados. Si no tiene dinero para pagar, lo que tiene que hacer es solicitar concurso de acreedores para que un administrador concursal calcule todo lo que tiene que pagar la empresa y priorice los pagos. Los salarios de los trabajadores tienen prioridad absoluta.

¿Qué plazo tiempo tengo para reclamar los salarios no abonados?

Tienes 12 meses desde que el salario debió haberse abonado.

¿Si pongo una demanda por el impago me pueden despedir?

Despedir, siempre pueden. Otra cosa es que dicho despido después sea declarado nulo (pagándote salarios de tramitación durante muchos meses, teniendo en cuenta el colapso de los juzgados a día de hoy) y tengan que readmitirte en la empresa obligatoriamente. Está claro que no es plato de buen comer volver a una empresa en la que estás enfrentado con la dirección, pero en todo momento tendrás tú la sartén por el mango, además que cualquier intento de despido o acoso laboral por parte de la empresa podría ser fuertemente multado. En el momento que planteas la demanda, tu protección jurídica ante un despido o sanción se multiplica.

¿Cuándo puedo/debo empezar a reclamar?

Teóricamente, se puede reclamar desde que se considere impago (la costumbre dicta a partir del 6º día del mes siguiente al que se debería haber cobrado si se cobra a final de mes). A nivel práctico, personalmente piensamos que es mejor dar un poco de tiempo, por si es una situación pasajera que no se repite en el futuro. Meterse en temas judiciales por un mes no suele salir rentable.

Si son dos meses de impago, el tema ya empieza a ser serio y debes ponerte en manos de un profesional.

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No obstante, recomiendo planteamos la demanda a partir del tercer mes de impago de salarios. ¿Por qué? Porque existe repetida jurisprudencia que permite extinguir el contrato de trabajo por impago de salarios reiterados, y se entiende por reiteración, el no abono de tres o más meses. Si puedes acreditar el impago de los tres meses o más, te irás a casa con:

  • La misma indemnización que un despido improcedente (cobrarás de la empresa o Fogasa).
  • Derecho a prestación por desempleo.
  • Derecho a cobrar las cantidades impagadas (cobrarás de la empresa o Fogasa).

¿Cómo es este proceso para irme de la empresa si no me paga?

Primero de todo, está claro que debes ponerte en manos de un experto laboral que te aconseje y marque los tiempos en cuanto a negociaciones, demandas, etc. El proceso más común es el siguiente:

  1. Interponer una demanda de extinción de contrato y reclamación de cantidad ante el SMAC y el Juzgado.
  2. Celebración de CMAC.
  3. Celebración de juicio.
  4. Sentencia del Juez que extingue tu contrato, te da derecho a paro y condena a la empresa a pagarte la indemnización y los salarios adeudados.

¿Y si la empresa no paga lo que dice el juez?

Si la empresa no paga después de que el juez dictamina el resultado, se deberá solicitar la ejecución de la sentencia, y si no se puede cobrar, el juzgado dictará insolvencia empresarial y deberás acudir al Fogasa a cobrar. En su proceso largo y farragoso, pero al final siempre se cobra. 

¿Mientras pongo la demanda por extinción de contrato debo ir a trabajar?

No hay una postura clara al respecto por parte de los jueces. En muchas provincias es un proceso largo (entre poner la demanda y recibir la sentencia pueden pasar muhos meses), pero existen sentencias que liberan al trabajador de ir a trabajar por impagos sucesivos, ya que dichos impagos afectan contra la dignidad moral del trabajador. En la demanda hay que solicitar esta liberación al juez y esperar que resuelva a nuestro favor.

¿Si la empresa se pone al día conmigo antes del juicio por extinción pierdo la demanda?

No. Lo que se juzga es el incumplimiento del contrato por impago cuando se interpuso la demanda. La empresa puede hacer lo que quiera después, pero si debía 3 o más meses cuando pusiste la demanda, la sentencia de extinción a tu favor tiene muchos visos de salir adelante.

La empresa me ofrece pagarme parte de la deuda en negro si le firmo la nómina. ¿Es recomendable?

Por supuesto que no, cada nómina que firmes conforme has recibido el importe, será una nómina que no podrás recuperar. Además, debes saber muy bien qué es lo que firmas para evitar perder aún más derechos, y por desgracia muchos trabajadores no saben interpretar una nómina.

Impago de Salario

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Consejos prácticos para afrontar diferentes situaciones en que la empresa intenta no pagar

Por último, os dejo unos consejos prácticos a seguir en caso de empresas en dificultades. En muchas pymes, cuando empiezan los nubarrones económicos, suelen haber maniobras para desviar el negocio a otra empresa del empresario y así librarse de la persecución de organismos oficiales y juzgados. Os contamos las maniobras más usuales, ¡estar atentos a estas posibilidades!

a) Facturar a nombre de otra empresa

Tu nómina te la paga “Manufacturas Pepito SL”, pero resulta que las facturas y los albaranes van a nombre de José García García. Piensa mal y acertarás: como en la SL está hasta arriba de deudas, factura de forma paralela como persona física para evitar embargos. A veces, incluso factura una SL que no es suya u otra persona física. Pueden ser testaferros o “amiguetes” que se han prestado a ayudarle en esta trama irregular. En este caso, debes recopilar toda la información posible de todas las empresas involucradas, ya que todas las demandas deberán ser interpuestas contra todas las empresas. En especial, tienes que buscar el NIF/CIF de todas ellas en facturas, albaranes, página web de la empresa, información comercial, contratos que tenga el empresario a la vista.

b) Cambiar el domicilio de la empresa

Esto lo suelen hacer para retrasar la recepción de notificaciones. Si ves una dirección que no es la habitual en facturas o albaranes, no está de más notificar a Inspección de Trabajo dicho cambio, ya que es muy posible que hayan ido al domicilio anterior y no hayan encontrado a nadie.

c) Cambiar la forma de pago a pagarés

Huye de ellos. Si firmas el recibí de un pagaré a 90 días, significa que aceptarás cobrar con 90 días de retraso, y hasta que vayas al banco y descubras que no hay fondos, no podrás reclamar ya que tú has aceptado esta forma de pago. Acepta solamente transferencias bancarias o cheques conformados.

763 comentarios

  1. Hola buenas, llevo poco más de dos meses trabajando el una empresa y seguramente me vaya a otra. Me deben el mes de abril, lo correspondiente a los días trabajados en mayo y las vacaciones correspondientes. He pedido el contrato 3 veces y no me lo han dado, tampoco las nominas. En el convenio pone que tengo que dar 15 días de preaviso (aunque al no tener contrato, se supone que no se las condiciones). Pueden tomar medidas y quitarme esos 15 días de lo que me deben si no doy preaviso?? Y como puedo reclamar todo si no me pagan cuando me vaya de la empresa? Muchas gracias!!

    1. Si el convenio dice eso, eso es lo que hay aunque no tengas el contrato. Si no te pagan, toca poner demanda de cantidad.

      1. Pero al no tener contrato tampoco se que convenio me pertenece. Lo se, porque he visto contratos de otros trabajadores, no porque me lo hayan dicho.

  2. Buenas
    Trabaje en una empresa hace mas de un año, y debido a sus problemas economicos no me han pagado nada. Puedo denunciar aunque haya pasado mas de un año?
    Un saludo y gracias

  3. Estoy trabajando como dependienta en una tienda de ropa, la empresa me hizo un contrato laboral por 1 mes y 12 días que ya los he cubierto, pero sigo trabajando en esta empresa sin contrato y ellos no me lo han renovado, además que me pagan con retraso de 1 mes. Puedo dejar el trabajo sin previo aviso?, y si me voy de la empresa como cobro lo que me debe?

  4. HOLA BUENAS TARDES. TENGO UNA DUDA BASTANTE SERIA.
    HE TRABAJADO DURANTE 5 MESES EN UNA EMPRESA DE PESCADOS Y MARISCOS, ME HA ECHO UN CONTRATO DE FORMACION DE 6 MESES Y ME HA ECHADO A LOS 5 MESES DICIENDOME DE QUE NO PUEDE PAGAR MAS SUELDOS. EN EL CONTRATO PONE QUE SOY AYUDANTE DE PESCADERO Y MIS FUNCCIONES ERA APRENDER A LIMPIAR EL PESCADOS Y EL OFICIO Y TAMBIEN LIMPIEZA DEL PUESTO DE TRABAJO Y LA CAMARA DONDE SE GUARDABA EL PESCADO, BUENO A LO QUE VOY ESO SOLAMENTE LO HICE DURANTE MENOS DE UN MES POR NO DECIR 2 SEMANAS. DESPUES EMPECE A TRABAJAR COMO REPARTIDOR Y EL VERBALMENTE ME DIJO QUE ME IVA A SUBIR EL SUELDO DURANTE DOS MESES SEGUIDOS, YO NADA MAS TENGO UNA NOMINA DE TODOS LOS MESES TRABAJADOS. HE TRABAJADO TAMBIEN EN LA «OFICINA» HACIENDO LAS TAREAS DE UNA «SECRETARIA». QUISIERA SABER SI ESO SE PUEDE DENUNCIAR PORQUE YO SOLO FIRME LA PRIMERA Y UNICA NOMINA, Y DESPUES NO RECIBI MAS SALARIO NI NOMINAS, AL SER MI PRIMER TRABAJO, NO TENIA MUCHA IDEA NI DE CONTRATOS NI DE NOMINAS Y PENSABA QUE ME IVA A PAGAR MAS TARDE PERO NO FUE ASI Y AHORA JUSTAMENTE HOY ME HA DADO MI LIQUIDACION Y LA HE FIRMADO PERO PORQUE EL DINERO ME HACIA FALTA. ESO SI EL DINERO DE LA LIQUIDACION ES UN CHEQUE. VAMOS QUE QUERIA SABER SI SE PUEDE HACER UN CONTRATO ASI Y DEPUES HACER LO QUE NO PONE EN EL CONTRATO?
    GRACIAS

        1. Pues entonces podrías sacar bastante dinero si pusieras una demanda… te recomiendo acudir a un profesional de forma presencial. Si nos dices donde trabajas quizás podemos derivarte a alguno de nuestros colaboradores.

  5. Hola en primer lugar daros las gracias por lo que haceis. Mi caso es el siguiente: tnego un contrato hasta septiembre 2015 y estoy trabajando desde febrero, pero va con retraso y lo que me ha pagado y por que se lo pido insistentemente es hasta marzo pero solo 400 euros del salario que con pagas incluidas son unos 1245. Ya estamos en Junio como aquel que dice y sigo sin cobrar, por lo que he leido tego que esperar a que pasen tres meses, de momento aguantaré hasta final de junio, pero debo de hacer algo ya?

  6. Llevo trabajando en una empresa desde hace 14 años y en los últimos 2 meses se nos ha dejado de abonar parte del salario y nos dan largas……¿Cómo podría reclamar lo que se me debe?

  7. Hola llevo dos meses trabajando de barbero los Con un contrato de un año de formación! Me pago la primera nomina en negro i la ultima aaun no me la quiere dar ni pagarme mi sueldo i ya llevo 6 días que debo de acer?

  8. Buenos días, Les escribo porque me encuentro en la siguiente situación
    Hace una semana, casi a fin de mes, me desvincularon y me inventaron una causa, la empresa quiso arreglarme con un dinero mucho menor al que me corresponde si hubiera una liquidación normal. Ya es de conocimiento que la empresa familiar tiene esa modalidad en la liquidación para pagar lo menos que pueda, a costa de cualquier cosa. Hasta acá como todos sabemos tuvo que intervenir mi abogado para exigir el pago de todo lo que corresponde. El tema es que la empresa juega con la necesidad de las personas, porque tampoco me abono el sueldo correspondiente al mes trabajado. Por lo general a todos los que desvincula llegan a arreglar en la segunda instancia, después de haber pasado varios meses ya que se encuentran con la necesidad de obtener algún ingreso para afrontar sus gastos.
    Esta situación no solo me causo una enorme indignación sino que también me esta causando un gran problema.
    Si bien en un mes yo estoy seguro ya me encontrare trabajando y podre afrontar mis gastos, hoy por hoy al no contar con mi sueldo, tengo que entregar mi departamento por no poder afrontar el alquiler, no puedo ayudar a la madre de mi hijo, vender mi vehículo al mejor postor, y muchos mas inconvenientes.
    No puede ser que este pasando por esto, siempre fui una persona responsable cumplidora y honesta, jamas tuve un problema con la empresa que cuestione mi desempeño, y no puedo entender que esto ocurra y la ley no ampare estas situaciones. Entiendo que legalmente se puede reclamar, pero lleva su tiempo, y por lo general la empresa se ahorra temas legales porque con el correr del tiempo la mayoría llega a arreglar dejando sin efecto las acciones legales, a mi entender el dueño se maneja en una delgada linea de lo legal actuando con los espacios de vacío legal. No entiendo que no pueda haber amparo desde lo judicial para este tipo de situaciones
    Estoy totalmente indignado
    Gracias

  9. Buenas tardes,

    Llevo trabajando 1 año y dos meses y los ultimos 4 meses no he recibido mi salario completo, quiero dar los 15 días e irme porque he encontrado otra trabajo, cómo puedo hacer mi carta de baja voluntaria que conste que me deben dinero?

  10. Hola mi pregunta es: mi esposo ha trabajado mas de 10 anos en un retaurant y siempre le ha negado un aumento el patron y por supuesto el pago de las horas extras tambien diciendole que como no tiene papeles no le puede aumentar ni pagar mada extra que puede hacer???le podria ud.ayudar??

    1. Te recomiendo que visites a un abogado de forma presencial, ya que este es un tema muy difícil de asesorar online.

  11. Hola empece a trabajar en la empresa de Maripaz con un periodo de prueba de dos meses el último mes me despidieron y no me an pagado todavía mi ultima nómina y mi finiquito como puedo reclamarlo?

  12. hola como estan, mi pregunta es la siguiente, yo trabajaba como azafata en una cooperativa d transporte terrestre durante 3 años, un dia solo me despidieron sin darme nada yo si era asegurada pero no me dieron mi finiquito, que puedo hacer ahi, muchas gracias x su antencion….

  13. Hola

    Estimado Sr

    Estamos a punto de poner una denuncia por impago de parte de la paga de diciembre,la bolsa de vacaciones,y dos sueldos.Siempre uno tiene cosilla de denunciar,pero creo que ya toca y mucho hemos esperado.¿qué opinan?¿cuanto suele cobrar un abogado laboralista?

    1. Depende… suele ser un 15% de lo que saqueis con un fijo se gane o se pierda… este fijo dependerá de cuanto trabajo lleve el asunto.

  14. Hola!! En mi caso, la empresa donde estaba la compro otra empresa, estando yo de baja, eso fue en febrero, desde entonces, solo me ha pagado un mes y porque estado insistiendole por telefono, el 19 de abril tuve a mi hija, y ahora estoy de baja maternal, pero sigue sin pagarme, ya puedo denunciar? Estos meses cuentan? ahora me paga la SS, en teoria vuelvo a finales de septiembre porque me cojo el mes de vacaciones y lactancia. Si denuncio tendre que ir a trabajar hasta que salga el juicio?? Gracias de antemano.

    1. Lo de no ir a trabajar depende de muchos factores. Mejor ponte en manos de un profesional y denuncia ya, es muy grave que no te paguen algo que paga la ss. De donde eres?

  15. Hola la empresa en la que trabajé hace un mes no nos paga los salarios y creemos que cerrará pronto a causa de sus deudas.la pregunta es:si cierran antes de pagarnos perderemos el salario y no podremos denunciar?a mi me debe un mes y con un mes de retraso,será pronto para denunciar?tengo miedo a que cierre y perderlo.gracias.

  16. Hola llevo trabajando 5.años en una empresa de panaderia 2 años tiempo completo y 3 tiempo parcial tipo de comtrato indefinido parcial lo q pasa q en los 5 años no me han.dado vacaciones.quiero renunciar por incumplimiento de contrato. Al renunciar no perdere mis beneficios laborales y podre cobrar las prestaciones de desempleo? Gracias de antemano

    1. Tendrás derecho a desempleo cuando salga la sentencia pero recomiendo ponerte en manos de un abogado porque no va a ser tan fácil obtener esa sentencia solamente por el tema de las vacaciones

  17. Buenas tardes,
    tengo interpuesta una demanda a mi empresa por no pagar. De hecho pagan cuando y cuanto quieren, por lo que ahora mismo e deben casi un año. Pero el juicio es para octubre de 2016! A todo esto súmale el «bulling» y la bajada de horas por darme de baja médica. Si me doy de baja voluntaria en el trabajo se anula el juicio y me quedo sin cobrar? O sigue adelante y puedo mientras buscar otro empleo que me ayude a subsistir?

    Muchas gracias por todo

    1. Perderías el derecho a la indemnizacion de extinción de contrato, pero no a las deudas. ¿Porque no pides medidas cautelares como se dice en el artículo?

  18. Hola.
    En la empresa de mi mujer le deben casi 5 meses.

    Les paga cuando quiere y lo que quiere, igual llega un dia y les ingresa 200€ de una nomina al mes un poco mas y asi.

    El caso es que a dia de hoy le deben las nominas de Abril, Mayo Junio de 2015, y Enero 2014 y 1/2 nomina de febreo de 2014.

    El caso es que he leido en el articulo que si pasan mas de 12 meses no se puede reclamar, ahora entiendo por que les empezo a pagar los retrasos solo de 2015 dejando eso ahi parado.

    El caso es que ella nunca ha fiemado ninguna nomina, la prueba que tenemos es la cartilla del banco, donde pone cada vez que le ingresan la nomina pues por ejemplo NOMINA MARZO 2015, hay veces que pone, PARTE NOMINA ENERO 2015 y cuando terminan de pagrala, RESTO NOMINA ENERO 2015, asi es como podemos demostrar que no le pagan.
    Ella nominas no firma, se las mandan al Email, el caso es que aun sin cobrar el mes la nomina se la mandan igual.

    Con lo de los Emails, la empresa no puede demostrar nada, verdad??
    Ya te digo que tengo las cuentas del banco como justificante.

    La nomina del 2014 las doy por perdidas o las reclamo igual si denuncio?

    Un saludo

    1. Enero y febrero 2014 yo las daria por perdidas.. pero vaya, hay que ver toda la documentación para mirar el tema a fondo…

  19. Buenas tardes a tod@s:

    Mi situación es la siguiente: la empresa me debe la nomina de un mes (creo que el de Enero) porque los pagos los fue retrasando y concatenando hasta que efectivamente me ha dejado a deber dicho mes.

    Por otro lado, la empresa tiene pensado darme de baja en el mes de Agosto para no disfrutar de las vacaciones ya que están prorrateadas en la nomina, aunque parece ser que su intención es volver a darme de alta en el mes de Septiembre.

    Mi duda es que si yo accedo a firmar la baja me imagino que doy permiso a la empresa para que, si yo hago una reclamación posterior por el mes adeudado, la empresa este exenta de la obligación de pagarme. Por eso estoy pensando en NO FIRMAR la baja porque supongo que si la firmo no podría cobrar dicha nomina.

    Muchas gracias por la atención y espero su contestación.

    1. Salvo si es una ETT, las vacaciones NO se pueden prorratear ni pagar. Evidentemente yo no firmaría nada.

  20. Muy buenas, mi caso es el siguiente: desde el 13 al 31 de Mayo de 2015 estuve de «formación» en una empresa de telemárketing, en ese periodo había que realizar algun contrato para poder pasar a contrato laboral, en ese periodo logré realizar 5 contratos, por lo que a partir del día 1 de Junio, me hicieron contrato laboral de 2 horas, trabajando realmente 4, me dijeron que si lograba alcanzar un objetivo de puntuación, me pasarían el contrato a 4 horas. Estuve 18 días trabajando (del dia 1 al 18), y les pregunté cuándo pagaban, me dijeron que entre el 1 y el 10 de cada mes. Por lo que esperé desde el 1 al 10 de julio, y no recibí nada, me fuí a la oficina el mismo día 10 y nada mas ir, se pusieron a sacarme la nómina, y aquí viene lo gordo, ya que creo que metí la pata, me dan la nómina, y les pregunté que si no se cobraba entre el 1 y el 10, y me dijeron, «sí, pero para poder cobrar, tienes que firmar la nómina» (me pareció raro, pero firmé), me dieron, por su puesto copia, (la cual me llevé) y ya pasó poco más de una semana y aún no me pagó. La empresa me dio de baja el 19, desde ese día figuro de baja en la SS. En el periodo de formación, me dieron un papel, para rellenar con mis datos personales, numero de SS y de cuenta, el cual firmé y se quedaron, era un contrato de formación. A dia de hoy, me deben 155 € que pone en la nómina y no me pagaron ni por transferencia, ni por ningún medio. ¿Si voy a Magistratura de trabajo o a Inspección, puedo hacer algo?. Muchas gracias de antemano.

        1. Creo que ya te he expuesto tus posibilidades:

          1. Demandas por los 155€ y pagas lo que te pida un profesional para llevar el caso.
          2. No haces nada y los pierdes.

          La verdad, creo que decirlo más claro es imposible…

          1. vaya tela con el asesor laboral, tu crees que puedes decirle eso a alguien que tiene dudas preocupaciones problemas.. es como decirle a un suicida, tienes dos opciones, o te tiras ya o dejas de dar por culo.asi estoy yo, con una denuncia a una persona fisicadesde el 2010, por talones sin fondos solicitando 750 euros, mas 5 años que lleva ya el proceso, y aqui nadie hace nada, tela por mi asesor tambien.asi va españa, no nos van a engañar los empresarios y a no pagar? pues claro, con estos profesionales defendiendonos que quereis

          2. Si tienes alguna otra opción que pueda ayudar a esta persona estaremos todos encantados de que la compartas.

            Lamento tu situación, pero no sé si esperas que tu asesor entre en el juzgado y salga con los 750 euros como por arte de magia. Y si lo ha hecho mal siempre puedes poner una queja al colegio profesional.