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Derechos Laborales, Despidos

Contrato mercantil y falsos autónomos: Mitos y realidades

Publicado el · Experto Laboral Online

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En la coyuntura actual, es cada vez más frecuente encontrarse ofertas de trabajo como la siguiente:

“Empresa del sector seguros precisa incorporar comerciales con contrato mercantil a partir de cierto nivel de facturación. Se ofrece interesante proyecto profesional en una empresa implicada con sus trabajadores y que les proporciona todo tipo de apoyo para conseguir sus resultados (formación inicial, visitas conjuntas, recursos administrativos…).”

Para que quede claro desde un inicio, lo pondré en mayúsculas: EL CONTRATO MERCANTIL NO ES UN CONTRATO DE TRABAJO. A partir de aquí, voy a intentar abordar las dudas más frecuentes sobre esta “tenebrosa” figura.

¿Qué es el contrato mercantil?

Como su propio nombre indica, es un contrato sobre actos de comercio donde tú actuarás como un prestador de servicios / profesional, por los cuales recibirás una comisión por las ventas que realices de los servicios o productos de la otra parta.

¿En qué se diferencia de un contrato laboral?

– En la legislación aplicable (mercantil y civil, no laboral).

– En la inexistencia de un salario, el cobro es por comisiones o fijo + comisiones según se pacte en el contrato.

– No hay nóminas, sino facturas.

– No hay derecho a desempleo, a menos que cotices por ello en el régimen de autónomos y se den unas características determinadas… Y aun así es difícil cobrarlo porque las Mutuas, que son quienes lo pagan, ya se lo hacen venir bien…

¿Si tengo contrato mercantil debo facturar con IRPF e IVA?

Con IRPF sí, siempre, ya que en estos casos nadie paga los IRPF a cuenta (modelo 130), por lo que la retención de IRPF debe hacerse en la factura sí o sí. Con IVA solamente debe facturarse si se está de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

¿Estoy obligado a darme de alta en el reta?

La pregunta del millón entre todos los trabajadores que están pensando si les conviene firmar un contrato mercantil. Por desgracia, la respuesta 100% segura no existe. La normativa habla de autónomo cuando éste “realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo”. La clave es la habitualidad. Os pongo dos ejemplos ilustrativos:

  1. Tienes un trabajo a tiempo parcial por cuenta ajena, y en tu tiempo libre intentas vender unos seguros, a días sueltos o cuando te viene bien. Al final te sacas 200€ al mes en comisiones porque eres buen comercial.
  2. Cada día sales de casa intentando colocar a todo el barrio un aparato de ósmosis o cosméticos. Cada día. Llega final de mes y no has conseguido vender nada y por lo tanto no cobras.

Salvo mejor opinión, en el caso 1 NO estarías obligado a darte de alta como autónomo. En el caso 2 SÍ. ¿Por qué? Por la habitualidad, genere ingresos o no. Adicionalmente, la jurisprudencia viene estableciendo el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) como elemento para determinar la obligatoriedad de alta o no, pero no como criterio absoluto, sino como un apoyo. Si se cobra más del SMI, será obligatorio. Si se cobra menos pero es actividad habitual, también será obligatorio.

¿Cuánto cuesta ser autónomo si me doy de alta?

La cuota de Seguridad Social (267 € al mes actualmente, aunque con las reducciones de la ley de emprendedores recientemente aprobada, se queda en 52€ durante 6 meses y después va subiendo) y si no te lo haces tú mismo (que no lo recomiendo a menos de tener conocimientos contables y fiscales) lo que te cueste tu asesor contable/fiscal, que para autónomos individuales no debería costar más de 30€-60€ al mes. A partir de ahí ya depende de cada caso.

¿Todos los contratos mercantiles son correctos?

Por supuesto que no. Existen muchas personas que son realmente trabajadores por cuenta ajena aunque hayan suscrito un contrato mercantil.

¿Cómo puedo saber si soy real o falso autónomo?

Hay 4 notas características: voluntariedad, retribución, dependencia y ajenidad. Obviando las dos primeras, que no admiten mucha interpretación, centrémonos en las otras dos:

– Dependencia: eres trabajador por cuenta ajena cuando se está sujeto a las órdenes del empresario. ¿Tienes un horario de entrada y salida?¿Te facilitan la clientela?¿Te dicen cómo, cuando y dónde tienes que vender? Si respondes sí a alguna de las preguntas o a todas, entonces es muy posible que seas un trabajador aunque tengas un contrato mercantil. Es la conocida figura del falso autónomo o relación laboral encubierta. Si es tu caso, acude a un Graduado Social o Abogado para informarte sobre tus derechos y como defenderlos.

– Ajenidad: se da ajenidad cuando se usan los medios de producción de la empresa (oficina, teléfono, material informático…), cuando tú no tienes opción a fijar estrategias de venta… Es un concepto difícil de entender a priori, pero que en el día a día del trabajador se puede comprobar rápidamente si hay ajenidad o no en la prestación del servicio. ¿Pasas reportes diarios sobre tu actividad?¿Tienes que estar disponible para llamadas? ¿Cobras 12 facturas iguales al año y en agosto te dan vacaciones? Hay diferentes factores que pueden indicar la ajenidad.

Determinar si es una relación laboral ordinaria o una correcta prestación de servicios por cuenta propia se debe hacer caso por caso, No hay una fórmula matemática o una lista de hechos tasados que decanten la balanza hacia uno u otro lado. Es por ello que, como siempre que pienses que estás ante una situación irregular contactes con un Experto Laboral para recabar el máximo de pruebas posibles al respecto que lo demuestren.

¿Qué gano si denuncio mi situación de falso autónomo?

Dentro de esa situación irregular, ser un falso autónomo es la situación más ventajosa en la que te puedes encontrar. Si consigues demostrar relación laboral pasará lo siguiente:

  1. Cuando te eche el empresario, tendrás la misma indemnización que un despido improcedente.
  2. Podrás pedir la devolución de los autónomos de los últimos 4 años.
  3. Todo el tiempo de servicios que se acredite saldrá en tu vida laboral.
  4. Tendrás derecho a prestación de desempleo.

Eso sí, debes presentar la demanda en el Juzgado como muy tarde en los 20 días hábiles siguientes a la fecha del “despido”

¿Tienes alguna duda? ¿Has sido o eres falso autónomo? Deja tu opinión para enriquecer el debate.

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330 comentarios

  1. Hola.

    Lo primero, felicidades por el blog y por la ayuda que ofrecéis.

    Mi duda es la siguiente: llevo más de 8 años trabajando como profesor en una academia donde, además de mis cursos, realizo colaboraciones para otras actividades (documentaciones y apuntes, presentaciones, etc…) Todo este tiempo he facturado regularmente mi trabajo a la academia, estoy dado de alta como autónomo y el 100% de mis ingresos provienen de allí durente todo este tiempo.

    Hace un par de años se notó la crisis, y acabé negociando una reducción del precio/hora de mis cursos y, ahora, algunos andamos pendientes de que ante una nueva bajada de la actividad, puedan ir reduciéndonos la cantidad de cursos para ofrecérselos a algunos otros profesores que cobren aún menos por hora trabajada.

    Con esta situación te da por pensar en lo que ocurriría si nuestros ingresos descendieran a un nivel al que ya no nos diera para vivir sólo de esa actividad, y buscando información sobre el tema intenté indagar si tendríamos derecho a recibir algún tipo de indemnización en caso de reclamarla, ya que entiendo que somo «falsos autonomos». Lo que he encontrado (hasta dar con este blog) resulta bastante confuso. De hecho, lo que me ha animado a realizar esta consulta fue encontrar esta sentencia: http://portaljuridico.lexnova.es/jurisprudencia/JURIDICO/78473/sentencia-tsj-madrid-311-2011-de-27-de-abril-incompetencia-jurisdiccional-trabajador-autonomo

    Mi duda entonces es: ¿para tener alguna posibilidad de reclamar algún tipo de indemnización, deberíamos haber comunicado que deseábamos acogernos a la figura del «autónomo dependiente»? ¿o eso no tiene nada que ver con la figura del «falso autónomo»?

    Por otro lado: para denunciar la situación de «falso autónomo», ¿habría que esperar a que nos despidieran o bajaran nuestros ingresos? ¿o podría hacerse en cualquier momento? Y en caso de reclamar, ¿debería hacerse ante el juzgado de lo social? ¿el civil? ¿el mercantil?

    Ya ves que ando bastante liado (creo que más, cuanto más leo sobre el tema) y sería interesante para poder respirar un poco tranquilo en momentos de incertidumbre como estos, tener alguna certeza de que una reclamación en nuestra situación tendría al menos una compensación garantizada del tipo que sea (que, por cierto, tampoco termino de aclarame cuál sería: ¿devolución de cuotas de la SS?, ¿habría derecho a la prestación por paro?, ?¿?¿)

    En fin, muchas gracias otra vez.

    1. -No tiene nada que ver lo del autónomo dependiente.
      -Puedes denunciarlo en cualquier momento, ante el juzgado social.
      -Tendrás paro solamente sí te dan la relación laboral, y lo mismo con la devolución.

      Certeza no te puedo dar ninguna, y solamente estarás más cerca de tenerla si te asesoras de forma presencial para informarte y trazar una estrategia de cara al futuro…

  2. Buenas noches yo soy un falso autonomo de libro. Cumplo por asi decirlo con todos los requisitos. Se trata de una empresa inmobiliaria.
    El caso concreto es que el contrato mercantil recoge una clausula desde mk punto de vista abusiva con respecto a la no competencia, prohi iendo trabajar durante el año siguiente a la finalizacion del contrato en el sector y en el ambito de la comunidad de madrid, imponiendo unas altas multas por ello.
    Ahora me ha contratado una empresa de la competencia con contrato laboral.
    Dije en la anterior que me marchaba a la competencia aunque din dar explicaciones sobre mis nuevas competencias ya que dentro de esta multinscional hay muchos departame tos distintos.
    Notifique por correo electronico ademas mi baja con respuesta de la empresa aceptando y diciendo que prepararian rescision que aun no han hecho.
    Las preguntas son: pueden reclamarme por esta no competencia, por la que no me abonan nada en concepto de confidencialidad…???
    Que Pasa si cuando me presenten la rescision vuelven a ponerme la parrafada de la no competencia y demas???puedo dar por zanjada la relacion a traves de un simple burofax??
    Muchas gracias y enhorabuena por el blog

  3. Hola, soy autonomo con un 30% de bonificacion, mi conyuge que no tiene el padron en mi domicilio, esta percibiendo el RAI por discapacidad, mi pregunta es la siguiente, si se hace autonomo colaborador, le paran el RAI?
    Se puede hacer autonomo colaborador, estando casados, pero no estando empadronado en el mismo domicilio?
    Mi bonifacion del 30% me la quitan al hacerse mi conyuge autonomo colaborador mio?
    Muchisimas gracias espero su respuesta
    Un saludo

  4. Buenos días, actualmente tengo un trabajo de media jornada, dada de alta en la seguiridad social, me han ofrecido un trabajo inmobiliariocon contrato mercantil, y no sé muy bien las repercusiones fiscales que puedo tener…..he de darme de alta como autónoma?? tengo que registrar yo el contrato mercantil en alguna institución??
    gracias de antemano por la atención

  5. Hola, gracias por el artículo, comento un poco mi caso…
    Llevo tres años trabajando en una compañía de seguros (la del sol de la tranquilidad…) y pagando religiosamente mis autónomos.
    Firmé un contrato mercantil al principio, soy mediadora pero dependo de ellos para todo, aunque todos los gastos corren de mi cuenta… Ha habido meses que no he cobrado por errores suyos o porque no he llegado a los mínimos y he seguido pagando mi cuota… Ahora hay un jefe nuevo y me quiere cambiar a un puesto peor en el que los objetivos son casi imposibles, con lo cual, me obligarían a irme y me parece muy injusto.
    Por lo que he leído en el artículo, soy una falsa autónoma, mi pregunta es si podría denunciar sin que me “despidan”, pero no aceptando los cambios que me proponen, y si tengo posibilidades de ganar el juicio. No sé cómmo actúan las grandes aseguradoras cuando un agente les dice “hasta aquí”.
    Me parece un gran abuso y una gran injusticia, la cometen con más agentes, pero no me quiero quedar quieta… Mil gracias.

    1. Es que siempre es preferible demandar antes, mientras se trabaja, para tener especial protección contra el despido. En cuanto a posibilidades, la verdad es que necesitaría muchos más dato para poder opinar. Si quieres te podemos asesorar por teléfono o skype para que nos expliques tu día a día y en base a eso valorar. Si te interesa, por favor utiliza el servicio de consultas de la web.

  6. Hola. Estoy es paro y cobrando un pirmi, ahora me van a dar una beca de formacion comercial durante 5 meses y me obligan ha hacerme un contrato mercantil, mis dudas son: 1- siendo una beca tengo que hacerme el contrato? , 2- como afecta esta beca al pirmi? , 3- con un contrato mercantil es obligatorio hacerme autonomo?. Espero vuestra respuesta y gracias por anticipado. Atentamente, Rosa.

    1. Si existe la posibilidad de cobrar algo, en teoría debería pararse el subsidio. Sobre el punto 3 me remito al artículo.

  7. Hola! enhorabuena por este blog! me acaban de hacer un contrato en una empresa de vendedor de purificadores y descalcificadores.
    El caso es que me pagan 600 euros por 40 visitas al mes si hago 70 visitas me pagan 1000 euros si hago menos de 40 visitas no me pagan, cuando he preguntado por el horario me han dicho que tu te organizas cuando quieres ir ha hacer visitas. Si vendes una maquina te llevas 200 euros de comision a partir de la 3 maquina.

    Soy joven y no se muy bien como va esto cual seria mi caso? autonomo? trabajador normal? me estan colando una estafa de trabajo?

    Muchas gracias espero su respuesta porque estoy muy preocupado!

  8. Hola buenas,
    Tengo una «SUVENCION» de mil euros que me de la empresa con contrato mercantil durante 6 meses, luego si todo va bien me hacen un contrato laboral, yo tengo una ayuda por desempleo de 273 euros. ,¿debo de cortarla?

  9. Buenas tardes:
    El articulo aclara muchas dudas pero aun así tengo todavía muchísimas ,el pasado jueves tuve una entrevista sería para comercial me ofrecen fijo mas comisiones tendría un horario y lugar de trabajo incluso una cartera de clientes me dijeron que sería un contrato mercantil por cuenta ajena durante los 3 primeros meses con un mes de prueba y luego me harían un contrato indefinido llevo tres años en el paro y siempre e tenido contrato laborales así es que este tipo de contratación no se muy bien como va.
    Les pregunte que si debía pagar lo autónomos si luego tendría que pagar el iva trimestral etc… ellos me han dicho que yo no tengo que pagar nada que todo lo pagan ellos incluso que tendría una nómina en la cual me quitarían mi correspondiente irpf que seria mas o menos de un 8% no sería una factura y que me pertenecería mis correspondientes vacaciones que no es lo mismo un contrato mercantil por cuenta propia que por cuenta ajena.
    Entonces no entiendo muy bien todo esto, es más estoy cobrando la ayuda de 426 euros por cargas familiares se que si comienzo a trabajar la pierdo eso lo entiendo¿ pero si cojo este tipo de contrato y al mes o a los tres meses me echan tendría derecho a volver a solicitarla?
    ¿Que diferencia hay entre contrato mercantil por cuenta propia y por cuenta ajena?¿Tendría problemas con el Iva o de cualquier otro tipo?
    Muchas gracias estoy un poco agobiada
    Reciba un cordial saludo.

    1. Contrato mercantil por cuenta ajena no existe. Lo del IVA no te lo puedo decir al faltarme datos.

    2. A mi me ocurre lo mismo, estoy recibiendo la ayuda por carga familiar, me han ofrecido un contrato mercantil, aceptando este trabajo perderia la ayuda por carga familiar, ¿luego la podria volver a recuperar?

      1. Depende de los ingresos y tiene que hacer IRPF si has ganado más de 1000 euros al año. A mi me suspendieron lo del niño hasta que lo presente fuera ya de plazo, pero después pagaron todo.

  10. Hola, me acaban de ofrecer un contrato mercantil como comercial de una facturadora de iberdrola… Pagan a comisión en función de los contratos obtenidos, con horario de 8 horas y realizando la actividad según las directrices de un comercial de referencia, por supuesto sin darme de alta a la SS…

    Según los datos dados, me están ofreciendo por tanto un contrato como «falso autónomo», si es así, en caso de haberlo firmado ¿¿cómo puedo revocarlo?? ¿¿Tendría que esperar los 15 días de aviso de aviso previo?? Es mi primer contrato y no se muy bien si este contrato me va a suponer algún perjuicio económico.. ¿Algún consejo?

    1. Sin ver el contrato me es difícil opinar… Allí pondrá los términos de cese y preaviso en principio.

  11. Hola yo firme hace un mes un contrato laboral. Pero por todo lo qie estoy leyendo me da que no debería haverlo firmado. Ahora mismo me da panico. Por que no estoy cotizando es como si no estubiese trabajando. Soy comercial de seguros generali

  12. Firme un contrato mercantil en Abril como Comisionista por eventos (Soy animadora infantil en Comuniones, cumpleaños, etc). En el contrato especifica que no supero el SMI y que lo hago de forma esporádica, cobrando solo comisión. Entiendo que no tengo que darme de alta como autónomo y que el contrato es más un «acuerdo» que contrato, ya que no tengo horario de trabajo, sólo el de la fieta.

  13. Hola,

    Quería pregunta la situación de mi chica, que creo que me parece irregular.

    Ella trabaja en un local en un pueblo de Ciudad Real dando servicio como Mafre, pero que se dedican también como administración y un poco como banco de BANKIA.

    Tiene un contrato mercantil, ella hace un trabajo normal de oficina y cara al publico, hace llamadas, tiene que vender seguros, tiene un sueldo figo con pluses dependiendo de los seguros o cartillas que aya echo, tiene su horario siempre el mismo es mas entra 10 minutos antes ya que la chica de la limpieza se fue y ella se encarga de ese trabajo, este verano le han dado 23 días de vacaciones, el anterior solo 15, tiene sus 12 pagas (en si el suelo es muy por debajo del SMI una vez pagado las tasas de autónomo), etc..

    Ella paga como autónoma (IRPF, etc..) e iva, la cuestión es que no se si es de todo legal esta situación o no.

    Muchas gracias y perdón mi incoherencias o faltas ortográficas, tengo dislexia.

    1. Tiene pinta a falso autónomo, la verdad… Debería asesorarse de forma presencial con un profesional de su zona…

      1. Muchas gracias, lo mirare a ver , lo malo que mi chica es muy paradita y por miedo no se si va a querer, pero muchas gracias de todos modos

  14. Hola. Soy un falso autónomo que trabajo para una subcontrata de Movistar. No firmé ningún contrato con la subcontrata ni con la contrata, simplemente ellos me envían mi trabajo, en muchas ocasiones me citan con los clientes y en otras les llamo yo para citarles. Yo corro con todos los gastos de vehículo, herramientas, ropa, seguro de responsabilidad civil, etc. A final de mes mi jefe me envía las facturas y yo pago trimestralmente el iva, irpf y la cuota de autónomo, después de lo cual me quedan en limpio 500 euros o poco más si el més ha sido bueno y he hecho jornadas largas y algunos fines de semana. Vivo esta situación degradante de esclavitud por necesidad, pero últimamente me estoy planteando denunciar. Agradecería si me pudiesen dar algún consejo o aclararme respecto a que puedo hacer, gracias, muchísimas gracias, de verdad, no se lo deseo a nadie, así no se puede más que sobrevivir a duras penas, y trabajando como el que más. Gracias otra vez.

    1. Habría que tener en cuenta muchos detalles para ver si eres un falso autónomo. ¿Dónde vives? creo que lo primero que necesitas es una visita presencial con un profesional…

  15. Hola buenas, estuve este mes de junio trabajando para norte hispana de comercial y firme un contrato mercantil, el caso que después de ver como funcionaba el tema decidí marcharme porque son bastante aprovechados, y quería preguntar.. trabaje un mes haciendo 4 polizas, el 28 me parche y me dicen que no me van a pagar nada ¿tengo derecho a percibir algo?

  16. buenas entrado en una empresa a trabajar es de gas natural comercial y resulta q me ofrecieron el primer mes 600 e .resulta q el primer mes firme 2 contratos en el periodo del mes pregunte si eso 2 contratos firmados entraban en el mes de los 600 e me Dijeron q no q como cobraba q no que eso serial el 2 mes me pagarían los contratos echo que yo firme de ese mes bueno no me preocupe mucho si ala final el primer mes cobraba 600 pero llego el dia de cobrar resulta que no me ingresaron los 600. solo los 2 contratos q firme pero tampoco el dinero x contrato firmado quería saber si se puede denunciar a estas gente q se creen que ellos lo saben todos y que van de listo x que los que uno se curra para firmar un 1 solo contrato dejas la suelas x firmarlos y después te dejan sin dinero de lo que tu crees q a firmado duele mucho ese engaño

  17. Buenas tardes, soy chileno y no tengo aun el permiso para trabajar en españa. Puedo firmar un contrato mercantil?, me puedo dar de alta como autonomo?

    Gracias

  18. Hola, he firmado un contrato mercantil con una consultora como autónomo de servicios. No trabajo en su sede sino en la sede central de un operador de telefonía como consultor. La empresa de telefonía (no mi empresa) me pone el ordenador, horario, ordenes,etc. ¿soy falso autónomo? Ellos dicen que les da igual mi situación laboral con mi empresa, que se rigen por lo que ellos tienen firmado con mi empresa no conmigo.
    Gracias.

    1. Para temas de falsos autónomos recomiendo un asesoramiento presencial. Son demasiados los matices a tener en cuenta.

  19. hola, soy un estudiante extranjero con nie de estudios y he realizado un convenio de prácticas con una empresa. Falso, trabajando más horas y cobrando más salario. Si consigo demostrarlo tendré estas ventajas de las que se habla en el artículo. Tengo correos electrónicos de la empresa que revelan todo: horarios y cuentas del mes, sin hablar de otras infracciones; pero yo sólo quiero demostrar relación laboral para tener derecho a residencia y poder tramitarla. Si puedo tener las ventajas de las que se habla, pues mejor. Para conseguirlas es suficiente ir a inspección de trabajo o debo iniciar un proceso judicial también?

    Gracias.

  20. Buenas, Llevo unos dos años siendo falsa autónomo. He decidido que quiero terminar la relación laboral y al no haber contrato de por medio, así lo he comunicado, pero no he recibido ninguna respuesta por parte de los propietarios de la empresa Black Book Villas. Me podrían indicar los procedimientos que debo seguir para que quede constancia de mi deseo de terminar esta relación y que me abonen las cantidades debidas?

    1. Tienes que ponerte en manos de un profesional para que te aconseje correctamente. Online no puedo asesorar estas cosas…. ¿De dónde eres?