A raíz de un caso real sobre una consulta efectuada, y viendo que existen muchas dudas al respecto, he decidido hacer una guía resumida pero completa acerca de la reducción de jornada por guarda legal por cuidado de hijo. Este artículo se suma al publicado sobre el permiso de lactancia en un intento de acercar a todos los trabajadores (y en especial a las madres) el Derecho Laboral de forma simple y resumida.
Artículo actualizado en enero del 2014 con nueva redacción normativa y nuevas preguntas y respuestas gracias a vuestros comentarios. Leer entero antes de formular comentarios, por favor. no se responderán preguntas que estén claramente respondidas en el artículo.
Todo lo que aquí menciono lo baso en el Estatuto de los Trabajadores y jurisprudencia que va apareciendo, pero el convenio colectivo de la empresa puede mejorar las condiciones que aquí aparezcan, por lo que SIEMPRE hay que consultar el convenio o dejarse asesorar por un Experto Laboral antes de tomar una decisión en este tipo de temas.
¿Qué es la reducción de jornada por guarda legal?
Es un derecho establecido en el artículo 37 del Estatuto de los trabajadores que permite reducir la jornada de trabajo diaria con disminución proporcional del salario a quien tenga a su cuidado directo a los siguientes colectivos, siempre que éstos no desempeñen una actividad retribuida:
– Menores de 12 años.
– Personas con discapacidad física, psíquica o sensorial.
– Familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismos.
– Menores de 18 años hospitalizados o en tratamiento de cáncer o enfermedad grave.
Dicha reducción de jornada debe pedirse por escrito con 15 días de antelación a su inicio.
¿De cuánto es la reducción?
Entre 1/8 parte y la mitad de la jornada diaria, a menos que sea para un menor por cáncer o enfermedad grave, en cuyo caso será un mínimo del 50% de la jornada
¿Quién lo puede pedir?
Tanto hombres como mujeres, y lo pueden disfrutar a la vez ambos miembros de la pareja siempre que no trabajen en la misma empresa. En ese caso, y si la piden por el mismo hijo, la empresa puede negarse a conceder una de las dos por motivos organizativos. Si la pidieran por hijos diferentes, la empresa no podría negarse.
¿Cómo se calcula la reducción?
Desde la reforma laboral de julio 2012, el cálculo se hace sobre la jornada diaria. Es decir, no se pueden acumular horas de reducción y ésta se aplicará a todos los días que prestes servicios en el mismo porcentaje. Si, por ejemplo, trabajas de lunes a viernes de 7h a 15h y pides una reducción de una hora, tendrás que hacerla todos los días, no puedes acumularlas todas y disfrutarlas un solo día.
¿Puedo elegir el horario de la reducción?
Por supuesto, siempre que sea tu jornada ordinaria de trabajo. ¿Qué quiero decir con esto? Que si trabajas de 7h a 15h y pides a la empresa una reducción de jornada y pasar a trabajar de 15h a 21h, pueden denegar esa solicitud al no ser tu jornada de trabajo, siempre que exista una justificación de carácter organizativo. Lo que no pueden hacer es denegarlo sin motivo. Muy importante mirar el convenio, sobretodo en este punto.
¿Si trabajo a turnos debo seguir cambiando turnos cuando quiera la empresa?
Actualizo este punto por ser polémico y porque las sentencias de los juzgados obligan a ello. Muchas de las solicitudes de turno fijo llegan a los juzgados al no haber acuerdo empresa-trabajador. ¿Qué valoran los jueces si se llega a ese punto?
– Por parte del trabajador: la edad del menor, horarios de la guardería o circunstancias familiares (abuelos que puedan ayudar o no). El trabajador debe demostrar que los turnos rotativos impiden conciliar. En este aspecto, los jueces valoran mucho el horario de la pareja. Por ejemplo, si un miembro de la pareja a las 17h ya no trabaja y el otro pide un horario parecido, va a ser difícil que el juez conceda el turno fijo, ya que entiende que el otro miembro puede cuidarlo por la tarde.
– Por parte de la empresa: el perjuicio de dar ese turno fijo, perjuicio al resto de trabajadores, dificultad para cubrir ese cambio o necesidad de que el turno sea rotativo. Si no se demuestra el perjuicio, se suele dar la razón al trabajador. Si la empresa se cierra en banda en casos muy claros, el trabajador puede pedir una indemnización adicional de daños y perjuicios.
Por lo tanto, lo que está claro es que la empresa solamente puede denegar el turno fijo si acredita perjuicio… Pero incluso aunque sea así, si el trabajador demuestra que el hecho de no tener turno fijo perjudica mucho la conciliación y lo demuestra, el trabajador ganará ese turno fijo.
Conclusión: muchas veces hay que llegar hasta el juicio para poder ganar el turno fijo, pero no es algo que sea seguro 100%.
Trabajo a jornada partida y quiero pedir reducción, lo que significaría trabajar en la hora de comer. ¿Puedo pedirlo?
Se puede pedir. Y te lo deben conceder, a menos que la empresa justifique que por razones organizativas no te lo pueden dar al no ser la hora de comer parte de tu jornada ordinaria.
Mi jornada de trabajo es diferente según meses (jornada intensiva) y también los viernes. ¿Cómo se calcula la reducción?
Como dice el Estatuto de los Trabajadores: en jornada diaria. Lo explico con un ejemplo: si trabajas 8 horas de lunes a jueves y 5 horas los viernes y decides reducir 1/8 parte de tu jornada, pasarías a trabajar 7 horas de lunes a jueves y 4,3 horas los viernes. Piensa que si los viernes no redujeras jornada, estarías «regalando» parte de tu jornada laboral.
Si la empresa y yo estamos de acuerdo en acumular la reducción en días o semanas completos, ¿Podemos hacerlo?
A nivel de prestación de servicios con la empresa, sí, no hay problema. El problema es lo que pueda interpretar Seguridad Social, que quizás dirá que no haces la reducción como marca la Ley y por lo tanto no otorga la misma protección. ¿Posibles consecuencias? Que se te considere el contrato a jornada parcial en lugar de completa, disminución de días para posibles prestaciones y problemas similares. Es un caso no contemplado en la normativa y, por tanto, que no se puede decir nada con seguridad.
Mi trabajo implica viajar y superar con creces la jornada de ocho horas. ¿Si tengo reducción de jornada estoy obligada a seguir viajando?
Como en cualquier otro caso, la trabajadora escoge el horario que quiera (con los límites legales) y la empresa tiene que adecuarse a la nueva situación. Por lo tanto, si la empresa te obliga a viajar a sabiendas que superarás el nuevo horario, te puedes negar a a viajar.
La empresa me quiere cambiar el horario que habían aceptado anteriormente, ¿Pueden hacerlo?
No. Una vez aceptada la reducción, no pueden obligarte a cambiar la jornada.
¿Qué puedo hacer si la empresa no me acepta la reducción dentro de mi jornada ordinaria?
Debes interponer una demanda ante el Juzgado Social en materia de Derechos de conciliación de la vida laboral y familiar para que el juez decida al respecto. Mientras el juez no dice sentencia, por desgracia estás obligada a seguir con la jornada anterior. Por cosas como esta, recomiendo pedir la reducción de jornada con más antelación de los 15 días.
¿Si la empresa no me firma la solicitud o no me contesta nada puedo iniciar la jornada reducida?
Esta pregunta es complicada, porque ni la ley ni la jurisprudencia lo dejan del todo claro. La práctica dice que hay que esperar la respuesta de aceptación para cambiar el horario, y que si cambias el horario sin haber aceptación expresa, te podrían sancionar por no cumplir tu horario. No obstante, como a veces la empresa “se olvida de contestar”, aconsejamos redactar la carta incluyendo una frase del tipo “en caso de no responder la empresa a esta comunicación, se entenderá por aceptada la reducción de jornada, iniciando la misma en la fecha de efectos”, para dejar clara tu postura y forzarles a comunicarse contigo. También será importante, en caso de posibles problemas, enviar dicha comunicación por burofax para que tenga plena validez legal.
¿La reducción afecta a todos los conceptos de la nómina?
No. Si cobras Plus Transporte, Plus Distancia, Plus Ropa de Trabajo o cualquier otro concepto que no dependa de las horas al día que hagas, estos conceptos no deben ser rebajados.
¿El nuevo salario a cobrar se reducirá lo mismo que la jornada?
No del todo. La reducción de la jornada se hace sobre el salario bruto, lo que afecta a la retención del IRPF (la hace bajar casi siempre) y por tanto al líquido a cobrar, que quizás no bajará tanto proporcionalmente.
¿Debo pedirlo por escrito?
Sí, ya que debes decir fecha de inicio y fin de la reducción, % de reducción y concreción horaria, además de dejar claro que es una reducción por cuidado de menor y no por otro tema. Es de vital importancia remarcarlo para que la empresa haga los movimientos necesarios en Seguridad Social y por otros tres motivos:
– En caso de despido, la indemnización se calcula con el salario anterior a la reducción, siendo más beneficioso.
– En caso de pedir la prestación por desempleo, no tienen en cuenta la reducción para calcular el importe a cobrar, lo que juega a tu favor.
– A efectos de cálculo de algunas prestaciones de Seguridad Social, los dos primeros años en reducción de jornada por cuidado de menor también los elevan a la jornada anterior (un año si es cuidado de familiar).
¿Puedo prorrogar una solicitud inicial de reducción de jornada?
Sí, tantas veces como quieras.
Pedí la reducción de jornada antes de la ampliación a 12 años. Mi hijo va a cumplir ahora los 8. ¿Debo pedirla de nuevo?
La ley no lo especifica, pero por seguridad, recomiendo pedir la ampliación hasta los 12 años por escrito con las mismas condiciones que tuvieras hasta ahora (o otras si quieres cambiar) con la antelación mencionada de los 15 días.
Me han hecho una baja y alta en Seguridad Social al empezar la reducción. ¿Es correcto?
Hasta marzo de 2014 era la forma correcta de notificar a Seguridad Social dicho cambio. Desde marzo, se mecaniza como un cambio de contrato, manteniendo el código del contrato actual y añadiendo el asesor o la empresa un código adicional que indica que es una reducción por guarda legal. No obstante, no está de más acercarse a una oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social y preguntar si han hecho el cambio correctamente.
¿Puedo cambiar tantas veces como quiera el horario de reducción?¿Incluso si no ha finalizado el período que tenía firmado?
En principio sí, aunque no es seguro 100%, ya que la obligatoriedad de informar en la petición de reducción el fin de la misma no deja clara la posibilidad de cambio. No obstante, en caso de estar justificado el cambio, dudo mucho que un juzgado no diera la razón a la trabajadora siempre que se justifique el cambio como una medida en favor del menor.
¿Me pueden despedir por pedir la reducción?
No. Al revés: si te despiden por eso (aunque no lo ponga en la carta pero las pruebas lo confirmen) sería un despido totalmente nulo con readmisión en la empresa, al vulnerar a un derecho fundamental recogido en la Constitución.
Espero haber respondido la mayoría de vuestras dudas. Si aún quedan preguntas sin responder, no dudéis en comentar el artículo e incorporaré estas preguntas para hacer esta guía lo más completa posible.
Recordad que es muy importante realizar el escrito de reducción de jornada con la máxima información posible para que la empresa no os cuele un gol. No es recomendable que sea el trabajador quien le pida a la empresa “si le pueden facilitar” el modelo. Por ahorraros unos pocos euros pueden haber consecuencias catastróficas si os despiden o si vais al paro. Confiad en un Experto Laboral para ello.


Buenas noches. Yo tengo una reducción del 25% especificando mi horario diario y especificando que es por conciliación familiar. Trabajo en la cafetería de un hospital que hasta la semana pasada tenia turno de tarde, ahora lo han eliminado y el horario era de 8:30 a 21:00 de lunes a viernes los fines de semana y festivos cierran.Mi reducción es en turno de mañana de 8:30 a 14:30 ,no especifiqué de lunes a viernes puesto que mi puesto( aunque mi contrato pone de lunes a domingo) no hay jornada laboral esos días por que está cerrado. El nuevo horario es de 8:30 a 16:30. a mi no me afecta la eliminación de ese turno, pero ahora me quieren cambiar de la cafetería a la cocina alegando que el compañero para cubrir esas 2 horas esta en la cocina, entonces me quieren cambiar a mi a cocina sin titulación y pasando a trabajar fines de semana y festivos.
Mis preguntas son:
¿ pueden cambiarme de puesto si mi puesto no se a eliminado?
¿ pueden hacerme trabajar festivos y fines de semana?
¿ mi reducción esta enfocada a mi antiguo puesto? o tengo que negociar otra al cambiar de puesto si así lo deseo?
Te recomendamos que contactes urgentemente con un profesional, porque puede tratarse de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Para poder analizar tu caso en profundidad, contamos con un equipo de expertos jurídicos con el cual podrás contactar y recibir una respuesta rápida en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com
Buenas noches.
La reducción de jornada, tambien afecta al numero de días «moscocos» o de docencia que me corresponden?, soy funcionaria estatutaria interina, con una reducción de 50% por cuidado de hijos, y después de 6 años en esta situación, me quieren reducir al 50% esos días, pueden??
Muchas gracias.
Para poder analizar tu caso en profundidad, contamos con un equipo de expertos jurídicos con el cual podrás contactar y recibir una respuesta rápida en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com
Hola! Llevo en la empresa año y medio, me contrataron a media jornada sabiendo q soy madre y que una jornada completa no me interesaba. Me ofrecieron subir a 30h y acepte hasta q por temas familiares he tenido que pedirme reduccion de jornada para cuidar de mi hija. Ahora vuelvo a estar a 20h.
Ahora me comentan que en mi puesto necesitan una persona a 40h y que me van a cambiar de puesto respetando la categoria pero realizando otras funciones con las cuales no estoy conforme….
¿pueden cambiarme las funciones si no estoy conforme? Estoy indefinida y con reduccion de jornada por guarda legal.
Muchas gracias y un saludo.
Para poder ofrecerte una respuesta necesitaríamos analizar tu caso, ya que por cuestiones organizativas la empresa podría siempre y cuando respeten los límites. Por ello te ofrecemos que contactes con nuestro equipo de expertos jurídicos en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com
Buenas noches, mi empresa tiene un horario de apertura de 9 de la mañana a 21.00 horas, yo estoy de reducción de jornada por cuidado de mi hija, en horario de 9 a 13 por la mañana una semana y otra de las 16.00 a las 20.00 y ahora quieren abrir a las 10.00 de la mañana por lo que me harán ir de 10 a 14.00…supongo que esto es legal y no puedo hacer nada ya que a las 9 no estará abierta la empresa pero me afecta ya que no podría recoger a la niña del cole.
Debería analizarse si estamos ante una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, pero al tratarse de una hora es posible que no. Para poder analizarlo, contamos con un equipo de expertos jurídicos con el cual podrás contactar y recibir una respuesta rápida en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com
Buenos días:
Para cuidar de mi bebé solicitaré la reducción de jornada. Yo tengo horario partido: de 9 a 13.30 y de 16.30 a 20 horas, y solamente trabajaré de 9 a 13.30 horas. Mi pregunta es: ¿seguiré manteniendo mi antigüedad? (llevo 14 años trabajando en la empresa) y ¿cotizaré por el 100% o por las horas que trabajaré?. En caso de despido ¿cobraré la prestación por desempleo íntegra o solo la mitad?. Muchas gracias por vuestra atención
Sí, se mantiene la antigüedad. Se cotiza al 100% para la prestación por desempleo.
Buenas tardes.
Soy funcionaria de la administración central del estado y estoy en reducción de jornada del 50% por guarda legal de mi hijo desde el año 2013. Desde el inicio, esta reducción se ha realizado acumulando jornadas completas, de tal forma que a lo largo del mes trabajaba la mitad de los días.
Ahora, me quieren cambiar la forma de llevar a cabo mi jornada reducida, de tal forma que cada día vaya a trabajar la mitad de las horas.
¿Me pueden cambiar el horario? ¿Que puedo hacer?
Gracias de antemano. Un saludo.
Cuando se trata de posibles modificaciones sustanciales de las condiciones del contrato de trabajo, siempre recomendamos acudir a un experto laboral para que pueda analizar el caso. Por nuestra parte, indicarte que contamos con un equipo de expertos jurídicos con el cual podrás contactar y recibir una respuesta rápida en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com
Buenas tardes,
Tengo reducción de jornada por guarda legal de mi hija de un año. Ahora mismo, hago un total de 20 horas semanales. Trabajo en una tienda y por estas fechas empezamos a abrir los días festivos. En la tienda ya me han dicho que debo trabajar y hacer horas extras. Mi pregunta, es: ¿Pueden obligarme a trabajar los festivos que ellos abran? ¿Pueden obligarme a hacer horas fuera de mi jornada laboral? Mi jornada es de 10:00 a 14:00 y pretenden que vaya a trabajar algunas tardes de 17:00 a 19:00. ¿Puedo negarme a ello?
Muchas gracias
No no pueden obligarte, debe respetarse la concreción de jornada. Pero siempre aconsejamos que en todos los conflictos laborales y más en aquellos que afecten a la conciliación os pongáis en contacto con un profesional para que pueda realizar un seguimiento del caso y asesoraros en los pasos a seguir. Por nuestra parte, indicarte que contamos con un equipo de expertos jurídicos con el cual podrás contactar en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com
Hola!
Yo con mi primer hijo obtuve la guarda legal, aunque me obligaron a realizar horas extras. Ahora me voy a incorporar después de la excedencia por cuidado a mi segundo hijo.
¿Puedo modificar el horario? ¿He de modificar el objeto causante? ¿Puedo pedir que me acerquen a mi casa?
Trabajo en una gran compañía con tiendas muy cerca de mi pueblo.
Me puse en contacto con ellos hace 15 días y aún no han concretado una cita para hablar.
Muchas gracias!!
Sí la causa de la reducción por jornada será por el nuevo menor. La concreción horaria es a disposición del trabajador dentro de su horario habitual, si bien por motivos justificados de operativa ambas partes pueden pactar un horario que sea más conveniente. Para responder a preguntas más concretas debe de analizarse lo dispuesto en el Convenio colectivo, así como el contexto por lo que te animamos a que contactes con un experto laboral. Por nuestra parte, indicarte que contamos con un equipo de expertos jurídicos con el cual podrás contactar en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.commailto:citaprevia@expertolaboralonline.com
Buenas yo quiero pedirme una reducción por guarda legal pero el tema es que me han dicho que el salario me bajaría proporcionalmente a la reducción pero mis objetivos mensuales por los que me ganaría mis comisiones no son proporcionales. Por ejemplo si tengo que vender 20 al mes y me reduzco 1 h al día me bajarían a 19 ventas , si me reduzco dos horas al día me bajarían las ventas mensuales a 18
No veo lógico que la carga de trabajo no la bajen también proporcionalmente al igual que hacen con el salario
Eso es así??
Para examinar tu caso te animamos a que contactes con nuestro equipo de expertos jurídicos con el cual podrás contactar en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com
Sí se reduce el salario bruto y por tanto cuando se aplican los descuentos por cotización e IRPF el neto se vería reducido. Pero respecto a la base de cotización durante los dos primeros años de la reducción se entenderá como cotizada al 100%, es decir no se verá afectada por la reducción, respecto a los cálculos para las prestaciones jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad.
Hola,
Soy la titular de un centro de rehabilitación fisioterapéutica. Somos tres fisioterapeutas en plantilla, incluida yo. Nuestra jornada de trabajo ha sido siempre de 9 a 13 y de 15 a 19.
Una de mis empleadas me solicitó reducir su jornada a la mitad para el cuidado de su hijo menor y ELIGIO trabajar en horario de tarde, de 15 a 19 horas indicando fecha de inicio el 6 de abril 2017 y SIN INDICAR
fecha de término prevista.
Consecuente con lo anterior y para cuidar de mis tres hijos menores, yo decidí reducir mi jornada y trabajar en horario de mañana, de 9 a 13.
Puede mi empleada exigirme en un futuro cambiar su actual jornada y pasar a trabajar, como yo, de 9 a 13 ??
En las empresas pequeñas es frecuente este tipo de conflictos o dificultades. El trabajador tiene derecho a pedir la concreción de la jornada, y la empresa puede negarse si existe conflicto con otro trabajador y por tanto por imposibilidad organizativa, siempre y cuando se ofrezca una medida alternativa. No obstante, para examinar tu caso en concreto te animamos a que contactes con nuestro equipo de expertos jurídicos en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com
Buenas tardes,
Tengo reducción por guarda legal, ¿cómo puedo ver reflejada esa reducción en la vida laboral? Tengo un contrato 100 pero no veo % de reducción por ningún lado. Gracias
No aparece en el Informe de vida laboral, para averiguarlo tienes que ir a Tesorería General de la Seguridad Social a preguntarlo presencialmente
Buenas tardes! Mi contrato inicial es de jornada completa, 38,5 distribuidas de martes sabado. Actualmente disfruto de una reduccion por menor a cargo, 28 horas daitribuidas igualmente de martes a sabado. En el calendario laboral de la empresa se habla de 4 dias de convenio y hay dos supuestos: trabajadores a jornada completa y trabajadores a jornada parcial, estos ultimos tienen que trabajar 6 dias semanales para tener derecho a los 4 dias de convenio. Se me niega su disfrute porque trabajo 5 dias a la semana luego entiendo que se me esta considerando trabajadora a tiempo parcial. ¿Seria correcto? ¿Como puedo reclamar? Ya he escrito a rr.hh. y me lo deniegan por escrito.
Para poder examinar tu caso te animamos a que contactes con nuestro equipo de expertos jurídicos con el cual podrás contactar en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com
Hola, voy a comunicar la reducción de jornada para el próximo año. Mi contrato es de 40 horas semanales, pero el horario es de L-J de 9:30 a 14:30 y de 17h a 19h, y los viernes de 9:30 a 14:30h (33 horas semanales). Organizamos eventos, por lo que se entiende que lo que resta de horario se compensa con la asistencia a actos que se organizan fuera de ese horario, aunque no suman ni de lejos las horas necesarias hasta las 40 del contrato. Mi intención es venir solo por las mañanas. Querría saber qué reducción debería hacer: ¿2/7, 2/8 o 3/8? ¿Debería reducir en igual medida el horario del viernes? ¿Podría en algún caso asistir a esos actos fuera de horario? Muchas gracias. Hacéis mucho bien con este tipo de páginas.
La reducción debe de realizarse partiendo de las 40 horas del contrato. En cuanto a la mejor distribución de la reducción, dado que en tu caso existen varias circunstancias especiales lo recomendable sería que contactaras con un profesional. Por nuestra parte te animamos a que contactes con nuestro equipo de expertos jurídicos con el cual podrás contactar en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com
Buenas tardes,
En los próximos días solicitaré una reducción de jornada por guarda legal. En caso de que la empresa me rechace este derecho, ¿de cuánto tiempo dispongo para iniciar la demanda ante los juzgados de lo Social?
Gracias de antemano.
Pedro
En el caso de que la empresa deniegue la reducción o bien la concreción horaria, te recomendamos que contactes con un profesional para analizar bien el próximo paso a efectuar, ya que puede resultar conveniente realizar otro intento de reclamación extrajudicial.
Hola Buenas! He solicitado a la empresa mediante una carta una reducción de jornada en el puesto de trabajo donde estaba y de mañanas y me la han denegado.
Me han ofrecido un turno rotativo Mañana/Tarde en un Centro donde no estaba trabajando anteriormente, es decir me han cambiado mi lugar de trabajo. Mi contrato pone que puedo llegar a tener movilidad de centro de trabajo. que puedo hacer? Lógicamente no me interesa nada de lo que me han ofrecido.
Si denuncio y voy a juicio tal y como he leído se fijan en el horario de la pareja, pero mi pareja no trabaja y no se si eso es un punto negativo….
Gracias
Tendríamos que mirar el caso en profundidad para asesorarte bien. Por favor envía un email a citaprevia@expertolaboralonline.com
Actualmente estoy de baja por maternidad, estoy pensando pedir la reducción de jornada al volver, desempeño la función de supervisora de sala, me pueden quitar el puesto por pedir dicha reducción?
No, pero para no llevarte sorpresas recomendamos que la solicitud de la reducción de jornada sea redactada por un profesional y que además éste supervise la respuesta de la empresa.
Hola!
Estoy trabajando con un contrato temporal por obra y servicio con un horario de 7.30-14.00 y de 15.00 a 16.30. Mi marido está en paro pero en breve se colocará y tendrá un horario incompatible con los horarios de entrada y salida del colegio de mi hijo de 5 años.
Tengo varias dudas: ¿Puedo solicitar yo la reducción de jornada? En tal caso, ¿podría ser de 8.00-14.00 y de 15.00 a 16.00? Y mi marido ¿Podría pedir él la reducción si yo no lo hago o ha de esperar a superar el periodo de prueba?
Muchas gracias.
En cualquiera de las relaciones laborales se podría solicitar.
Hola, he solicitado con 15 dias de antelacion mediante burofax la reduccion de jornada tras volver de la baja maternal, en la carta no especifico un plazo para que me contesten, solo pido lo pongan por escrito, faltan 3 dias y no me han contestado, ¿ que debo hacer? ¿ cuando empieza a contar el plazo de 20 diasen estos casos?
Enviar un nuevo burofax, solicitando contestación inmediata.
Buenos días
Soy madre soltera con mellizos ( monoparental especial)
Mi horario de trabajo fijo el de 14h a 22h. La empresa me ha negado el cambio de turno a la mañana por falta de personal. En ese horario es imposible hacerme cargo de mis hijos.
¿Tengo alguna posibilidad de denunciar ante juzgado mi situación y ganarla?
Gracias
Para poder ofrecerte una respuesta debería de examinarse tu caso, pero dadas las circunstancias podría ser factible. Ponemos a tu disposición a nuestro equipo de expertos jurídicos en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com