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Derechos Laborales, Maternidad

Reducción de jornada por guarda legal: Guía práctica

Publicado el · Experto Laboral Online

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A raíz de un caso real sobre una consulta efectuada, y viendo que existen muchas dudas al respecto, he decidido hacer una guía resumida pero completa acerca de la reducción de jornada por guarda legal por cuidado de hijo. Este artículo se suma al publicado sobre el permiso de lactancia en un intento de acercar a todos los trabajadores (y en especial a las madres) el Derecho Laboral de forma simple y resumida.

Artículo actualizado en enero del 2014 con nueva redacción normativa y nuevas preguntas y respuestas gracias a vuestros comentarios. Leer entero antes de formular comentarios, por favor. no se responderán preguntas que estén claramente respondidas en el artículo.

Todo lo que aquí menciono lo baso en el Estatuto de los Trabajadores y jurisprudencia que va apareciendo, pero el convenio colectivo de la empresa puede mejorar las condiciones que aquí aparezcan, por lo que SIEMPRE hay que consultar el convenio o dejarse asesorar por un Experto Laboral antes de tomar una decisión en este tipo de temas.

¿Qué es la reducción de jornada por guarda legal?

Es un derecho establecido en el artículo 37 del Estatuto de los trabajadores que permite reducir la jornada de trabajo diaria con disminución proporcional del salario a quien tenga a su cuidado directo a los siguientes colectivos, siempre que éstos no desempeñen una actividad retribuida:

– Menores de 12 años.

– Personas con discapacidad física, psíquica o sensorial.

– Familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismos.

– Menores de 18 años hospitalizados o en tratamiento de cáncer o enfermedad grave.

Dicha reducción de jornada debe pedirse por escrito con 15 días de antelación a su inicio.

¿De cuánto es la reducción?

Entre 1/8 parte y la mitad de la jornada diaria, a menos que sea para un menor por cáncer o enfermedad grave, en cuyo caso será un mínimo del 50% de la jornada

¿Quién lo puede pedir?

Tanto hombres como mujeres, y lo pueden disfrutar a la vez ambos miembros de la pareja siempre que no trabajen en la misma empresa. En ese caso, y si la piden por el mismo hijo, la empresa puede negarse a conceder una de las dos por motivos organizativos. Si la pidieran por hijos diferentes, la empresa no podría negarse.

¿Cómo se calcula la reducción?

Desde la reforma laboral de julio 2012, el cálculo se hace sobre la jornada diaria. Es decir, no se pueden acumular horas de reducción y ésta se aplicará a todos los días que prestes servicios en el mismo porcentaje. Si, por ejemplo, trabajas de lunes a viernes de 7h a 15h y pides una reducción de una hora, tendrás que hacerla todos los días, no puedes acumularlas todas y disfrutarlas un solo día.

¿Puedo elegir el horario de la reducción?

Por supuesto, siempre que sea tu jornada ordinaria de trabajo. ¿Qué quiero decir con esto? Que si trabajas de 7h a 15h y pides a la empresa una reducción de jornada y pasar a trabajar de 15h a 21h, pueden denegar esa solicitud al no ser tu jornada de trabajo, siempre que exista una justificación de carácter organizativo. Lo que no pueden hacer es denegarlo sin motivo. Muy importante mirar el convenio, sobretodo en este punto.

¿Si trabajo a turnos debo seguir cambiando turnos cuando quiera la empresa?

Actualizo este punto por ser polémico y porque las sentencias de los juzgados obligan a ello. Muchas de las solicitudes de turno fijo llegan a los juzgados al no haber acuerdo empresa-trabajador. ¿Qué valoran los jueces si se llega a ese punto?

– Por parte del trabajador: la edad del menor, horarios de la guardería o circunstancias familiares (abuelos que puedan ayudar o no). El trabajador debe demostrar que los turnos rotativos impiden conciliar. En este aspecto, los jueces valoran mucho el horario de la pareja. Por ejemplo, si un miembro de la pareja a las 17h ya no trabaja y el otro pide un horario parecido, va a ser difícil que el juez conceda el turno fijo, ya que entiende que el otro miembro puede cuidarlo por la tarde.

– Por parte de la empresa: el perjuicio de dar ese turno fijo, perjuicio al resto de trabajadores, dificultad para cubrir ese cambio o necesidad de que el turno sea rotativo. Si no se demuestra el perjuicio, se suele dar la razón al trabajador. Si la empresa se cierra en banda en casos muy claros, el trabajador puede pedir una indemnización adicional de daños y perjuicios.

Por lo tanto, lo que está claro es que la empresa solamente puede denegar el turno fijo si acredita perjuicio… Pero incluso aunque sea así, si el trabajador demuestra que el hecho de no tener turno fijo perjudica mucho la conciliación y lo demuestra, el trabajador ganará ese turno fijo.

Conclusión: muchas veces hay que llegar hasta el juicio para poder ganar el turno fijo, pero no es algo que sea seguro 100%.

Trabajo a jornada partida y quiero pedir reducción, lo que significaría trabajar en la hora de comer. ¿Puedo pedirlo?

Se puede pedir. Y te lo deben conceder, a menos que la empresa justifique que por razones organizativas no te lo pueden dar al no ser la hora de comer parte de tu jornada ordinaria.

Mi jornada de trabajo es diferente según meses (jornada intensiva) y también los viernes. ¿Cómo se calcula la reducción?

Como dice el Estatuto de los Trabajadores: en jornada diaria. Lo explico con un ejemplo: si trabajas 8 horas de lunes a jueves y 5 horas los viernes y decides reducir 1/8 parte de tu jornada, pasarías a trabajar 7 horas de lunes a jueves y 4,3 horas los viernes. Piensa que si los viernes no redujeras jornada, estarías «regalando» parte de tu jornada laboral.

Si la empresa y yo estamos de acuerdo en acumular la reducción en días o semanas completos, ¿Podemos hacerlo?

A nivel de prestación de servicios con la empresa, sí, no hay problema. El problema es lo que pueda interpretar Seguridad Social, que quizás dirá que no haces la reducción como marca la Ley y por lo tanto no otorga la misma protección. ¿Posibles consecuencias? Que se te considere el contrato a jornada parcial en lugar de completa, disminución de días para posibles prestaciones y problemas similares. Es un caso no contemplado en la normativa y, por tanto, que no se puede decir nada con seguridad.

Mi trabajo implica viajar y superar con creces la jornada de ocho horas. ¿Si tengo reducción de jornada estoy obligada a seguir viajando?

Como en cualquier otro caso, la trabajadora escoge el horario que quiera (con los límites legales) y la empresa tiene que adecuarse a la nueva situación. Por lo tanto, si la empresa te obliga a viajar a sabiendas que superarás el nuevo horario, te puedes negar a a viajar.

La empresa me quiere cambiar el horario que habían aceptado anteriormente, ¿Pueden hacerlo?

No. Una vez aceptada la reducción, no pueden obligarte a cambiar la jornada.

¿Qué puedo hacer si la empresa no me acepta la reducción dentro de mi jornada ordinaria?

Debes interponer una demanda ante el Juzgado Social en materia de Derechos de conciliación de la vida laboral y familiar para que el juez decida al respecto. Mientras el juez no dice sentencia, por desgracia estás obligada a seguir con la jornada anterior. Por cosas como esta, recomiendo pedir la reducción de jornada con más antelación de los 15 días.

¿Si la empresa no me firma la solicitud o no me contesta nada puedo iniciar la jornada reducida?

Esta pregunta es complicada, porque ni la ley ni la jurisprudencia lo dejan del todo claro. La práctica dice que hay que esperar la respuesta de aceptación para cambiar el horario, y que si cambias el horario sin haber aceptación expresa, te podrían sancionar por no cumplir tu horario. No obstante, como a veces la empresa “se olvida de contestar”, aconsejamos redactar la carta incluyendo una frase del tipo “en caso de no responder la empresa a esta comunicación, se entenderá por aceptada la reducción de jornada, iniciando la misma en la fecha de efectos”, para dejar clara tu postura y forzarles a comunicarse contigo. También será importante, en caso de posibles problemas, enviar dicha comunicación por burofax para que tenga plena validez legal.

¿La reducción afecta a todos los conceptos de la nómina?

No. Si cobras Plus Transporte, Plus Distancia, Plus Ropa de Trabajo o cualquier otro concepto que no dependa de las horas al día que hagas, estos conceptos no deben ser rebajados.

¿El nuevo salario a cobrar se reducirá lo mismo que la jornada?

No del todo. La reducción de la jornada se hace sobre el salario bruto, lo que afecta a la retención del IRPF (la hace bajar casi siempre) y por tanto al líquido a cobrar, que quizás no bajará tanto proporcionalmente.

¿Debo pedirlo por escrito?

Sí, ya que debes decir fecha de inicio y fin de la reducción, % de reducción y concreción horaria, además de dejar claro que es una reducción por cuidado de menor y no por otro tema. Es de vital importancia remarcarlo para que la empresa haga los movimientos necesarios en Seguridad Social y por otros tres motivos:

– En caso de despido, la indemnización se calcula con el salario anterior a la reducción, siendo más beneficioso.

– En caso de pedir la prestación por desempleo, no tienen en cuenta la reducción para calcular el importe a cobrar, lo que juega a tu favor.

– A efectos de cálculo de algunas prestaciones de Seguridad Social, los dos primeros años en reducción de jornada por cuidado de menor también los elevan a la jornada anterior (un año si es cuidado de familiar).

¿Puedo prorrogar una solicitud inicial de reducción de jornada?

Sí, tantas veces como quieras.

Pedí la reducción de jornada antes de la ampliación a 12 años. Mi hijo va a cumplir ahora los 8. ¿Debo pedirla de nuevo?

La ley no lo especifica, pero por seguridad, recomiendo pedir la ampliación hasta los 12 años por escrito con las mismas condiciones que tuvieras hasta ahora (o otras si quieres cambiar) con la antelación mencionada de los 15 días.

Me han hecho una baja y alta en Seguridad Social al empezar la reducción. ¿Es correcto?

Hasta marzo de 2014 era la forma correcta de notificar a Seguridad Social dicho cambio. Desde marzo, se mecaniza como un cambio de contrato, manteniendo el código del contrato actual y añadiendo el asesor o la empresa un código adicional que indica que es una reducción por guarda legal. No obstante, no está de más acercarse a una oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social y preguntar si han hecho el cambio correctamente.

¿Puedo cambiar tantas veces como quiera el horario de reducción?¿Incluso si no ha finalizado el período que tenía firmado?

En principio sí, aunque no es seguro 100%, ya que la obligatoriedad de informar en la petición de reducción el fin de la misma no deja clara la posibilidad de cambio. No obstante, en caso de estar justificado el cambio, dudo mucho que un juzgado no diera la razón a la trabajadora siempre que se justifique el cambio como una medida en favor del menor.

¿Me pueden despedir por pedir la reducción?

No. Al revés: si te despiden por eso (aunque no lo ponga en la carta pero las pruebas lo confirmen) sería un despido totalmente nulo con readmisión en la empresa, al vulnerar a un derecho fundamental recogido en la Constitución.

Espero haber respondido la mayoría de vuestras dudas. Si aún quedan preguntas sin responder, no dudéis en comentar el artículo e incorporaré estas preguntas para hacer esta guía lo más completa posible.

Recordad que es muy importante realizar el escrito de reducción de jornada con la máxima información posible para que la empresa no os cuele un gol. No es recomendable que sea el trabajador quien le pida a la empresa “si le pueden facilitar” el modelo. Por ahorraros unos pocos euros pueden haber consecuencias catastróficas si os despiden o si vais al paro. Confiad en un Experto Laboral para ello.

2.858 comentarios

  1. Hola. Tengo un hermano esquizofrenico con el 66% de incapacidad con el que no vivo pero sí que depende en cierta medida de mí. Entraría en los supuestos aceptados para pedir la reduccion de jornada? Gracias de antemano.

  2. Buenas. Sé que se puede compaginar la hora de lactancia con la reducción de jornada. Mi duda es si me tomo la media hora al principio o al final de la jornada (esto ya se considera reducción de jornada) también puedo elegir mi horario, o puedo compaginar esta modalidad de reducción horaria con la reducción de jornada por guarda legal. Es decir, ¿puedo salir media hora antes y elegir horario? o ¿puedo acogerme a la reducción de jornada de 1/8 y a la vez descontarme media hora más por lactancia? Gracias, no he encontrado ninguna respuesta a este respecto en ningún foro.

  3. hola ,me gustaria saber si puedo pedir una reduccion de jornada por guarda legal de mi hija y trabajar como autonomo en una tienda que quiero montar en mi casa ?

      1. muchisimas gracias por su respuesta , pero le noto algo inseguro en la respuesta, corrijame si me equivoco, un saludo

        1. No es inseguridad, es que ningún profesional te garantizará al 100% que no vaya a pasar nada, por eso lo pongo en condicional. Todo depende de que ese trabajo por cuenta propia ayude más a conciliar que trabajar a jornada completa en la empresa, o sea, hay que analizar caso por caso.

  4. Hola, tengo otra duda. En mi trabajo hacemos una semana de mañanas y otra de tardes. Tengo dos compañeras que son mamás y tienen reducción de jornada y solo van en horario de mañanas. Yo también querría el mismo horario pero mi jefe dice que no puede haber tres trabajadoras exclusivamente en horario de mañanas, porque eso implica que los otros compañeros solo puedan ir de tardes y no rotar. ¿Es cierto que aunque tenga derecho a elegir mi horario la empresa pueda alegar que no puede tener tantas trabajadoras con reducción de jornada por guarda legal con el mismo horario? GRACIAS

  5. Hola, llevo 6 años en mi empresa soy vendedora asistente en una tienda de ropa, me incorporo el dia 5 de octubre de mi baja de maternidad, mi contrato es de 40h y quiero bajar a 30 y de mañanas, he pedido ir de mañanas de lunes a viernes, soy la primera en ser madre en mi empresa, no hay nadie más con reducción y soy la mas antigua. Me lo pueden negar?? Gracias

  6. Buenos dias.

    Trabajo como teleoperador con contrato indefinido y jornada laboral segun convenio (39h semanales) de lunes a domingo, aunque desde hace al meos tres años, disfruto de un horario regular de 9 a 14 y 15 a 18 (viernes una hora menos por convenio)

    El horario del call center es de 8 a 22 horas, y según convenio hay franja horaria de mañana, tarde y turno partido que es mi caso.

    Estoy interesado en pedir como reducción de jornada un horario de 9 a 16 computada en horario continuo, ¿podria denegarlo la empresa por estar adscrito a un horario con jornada partida?

    Gracias por anticipado.
    Un saludo.

  7. Hola,
    Llevo trabajando bastante tiempo en la empresa con un horario fijo de lunes a viernes, hace unos meses me han hecho firmar un anexo para trabajar a turnos de 24×7. He sido padre hace unos meses y solicité la redición de jornada por guarda legal para tener un turno fijo de lunes a viernes y poder cuidar de la familia. Ahora la empresa me que quitado el plus de 24×7 porque al tener un turno fijo, ya no corresponde pagarlo pues no hago ni turnos, ni noches, ni fines de semana. ¿Es correcto?
    Muchas gracias.

  8. ¿Y si trabajo en un puesto único en la empresa que nadie más realiza? Por ejemplo un técnico de calidad y medio ambiente y nadie más realiza esta tarea en la empresa, ¿pueden negarme la reducción de jornada por guarda legal de un hijo menor de 12 años alegando causas organizativas, técnicas u otros?

  9. Buenos días, mi duda es la siguiente, si pasados los dos primeros años por guarda legal de un hijo tuviese que cobrar el paro,como me lo calcularían,¿con las 6 ultimas nominas? o sea con la reducción aplicada o como si tuvieses tu nomina de jornada completa. No se si me explicado bien, 1 saludo y muchas gracias por este foro, nos ayuda mucho.

  10. Buenas tardes,mi duda es la siguiente:pasados los dos primeros años por guarda legal de hijos a la hora de cobrar el paro que nos cpgen las 6 ultimas nominas o nos cogen como si estuviésemos a jornada completa? En el sepe dicen que las 6 últimas nominas y en CCOO me dicen que cobraría como si no estuviese en reducción o sea como si estuviese trabajando a jornada completa,si me puedes contestar te lo agradezco, 1saludo y gracias por este foro.

  11. Hola
    En mi convenio tengo 22 días naturales de vacaciones al año, si tengo reducción de jornada ¿también se reduce en proporción el periodo e vacaciones?

  12. si me encuentro en estado de embarazo ya estoy en el septimo mes y tengo un hijo de dos años y quisiera pedir reduccion de mi jornada laboral , me podrian despedir? o afectaria mi licencia de maternidad??’

  13. Holale solicite a mi empresa la reducción de jornada, 50%,x motivos de tener 3bbs y uno de ellos con discapacidad .al tener turno partido me dicen k la reducción debe hacerse partida también.eso es así? Al ser 20 horas semanales me pedí descansar fines de semana y me lo negaron tambien. Eso es así? Esto echa un lio

  14. Buenas noches, me encuentro disfrutando de mis vacaciones despues de acabar la baja por maternidad y lactancia, he solicitado el dia 14/08 el derecho a acogerme a la reduccion de jornada por escrito donde pedia trabajar dentro de mi horario laboral ( turno partido ) de 9 a 14 de lunes a sabado, reducciendo el 25% del horario. Hoy precisamente como plazo para contestar en caso de no concesion. Pues bien, hoy mismo me reponden que el horario comercial es distinto en verano/ invierno, (en invierno se abre la tienda a las 9:30, en verano a las 9) detalle que ha cambiado precisamente hoy mismo y que por otra parte iban a proceder a hacer un cambio en el horario de la tienda en la que yo presto mis servicios como trabajadora. Mis preguntas son;

    – es posible que cambien a su beneficio el horario de tienda habiendo solicitado con anterioridad a ese cambio mi reducción?

    – si no llegamos a un acuerdo antes del dia que me incorpore estoy obligada a trabajar turno partido? O ejerzo mi derecho desde el primer dia?

    Me temo que pedir un derecho se convertira en una pesadilla, ya que el dia que fui a informarle de mi intencion me pidio que renunciase de mi puesto y me fuese al paro, llevo 9 años trabajando…

    Gracias de antemano por su ayuda.
    Saludos

    1. Tendría que ver la carta que tú has enviado y la respuesta de la empresa para poder opinar correctamente por favor utiliza el servicio de consultas de pago de la web

  15. Buenas:
    ¿Sería compatible tener reducción de jornada en una empresa y trabajar en otra de forma puntual? Me estoy refiriendo a trabajos (altas) puntuales, como bolos o actuaciones con un grupo de música, teatro, ,etc.
    Muchas gracias.

  16. Hola,
    actualmente tengo una reducción de jornada por cuidado de mi hijo. hemos acordado (de palabra, de momento) con mi empresa renunciar a esta reducción a partir de octubre. El caso es que estoy esperando un segundo hijo. Mi pregunta es, si renuncio ahora a la reducción de jornada, podré volver a pedirla cuando me reincorpore al trabajo después de dar a luz a mi segundo hijo? o cuando se renuncia a la reducción de jornada ya no hay vuelta atrás?
    Gracias.

  17. buenos dias
    Estoy en reducción de jornada hasta el 1 de agosto de 2016, si cojo las vacaciones del año que viene en el mes de agosto (estando ya en jornada normal) ¿como voy a cobrarlas? ¿el mes completo?
    Si decido prolongar la reducción ¿tendría que avisar con 15 días de antelación?
    gracias

    1. Sí, todo con preaviso de 15 días. El cobro de las vacaciones debería ser a proporción: si 7 meses del año has estado a parcial y estarás 5 a completa… Pues la nómina de agosto debería ser con esa proporción, no completa del todo.

  18. hola, buenos dias
    he solicitado una reducción de jornada, la cual empiezo el mes que viene.
    Solicite, en vez de trabajar de lunes a viernes de 8 a 15, trabajar solo miercoles, jueves y viernes. La empresa lo ha aceptado, ya que incluso para el substituto es mucho mas facil ese horario.
    Hay algun problema entonces? por lo que he leido no se podria hacer.
    Como puedo saber si el contrato que firmemos esta bien? he leido que segun como se haga se pierden derechos…etc
    gracias!!

    1. Los posibles problemas ya están explicados en el artículo. Más allá de esto, no te puedo decir más porque no hay nada seguro. Para una revisión de lo que firméis ruego utilizar el servicio de consultas de la web.