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Derechos Laborales, Maternidad

Reducción de jornada por guarda legal: Guía práctica

Publicado el · Experto Laboral Online

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A raíz de un caso real sobre una consulta efectuada, y viendo que existen muchas dudas al respecto, he decidido hacer una guía resumida pero completa acerca de la reducción de jornada por guarda legal por cuidado de hijo. Este artículo se suma al publicado sobre el permiso de lactancia en un intento de acercar a todos los trabajadores (y en especial a las madres) el Derecho Laboral de forma simple y resumida.

Artículo actualizado en enero del 2014 con nueva redacción normativa y nuevas preguntas y respuestas gracias a vuestros comentarios. Leer entero antes de formular comentarios, por favor. no se responderán preguntas que estén claramente respondidas en el artículo.

Todo lo que aquí menciono lo baso en el Estatuto de los Trabajadores y jurisprudencia que va apareciendo, pero el convenio colectivo de la empresa puede mejorar las condiciones que aquí aparezcan, por lo que SIEMPRE hay que consultar el convenio o dejarse asesorar por un Experto Laboral antes de tomar una decisión en este tipo de temas.

¿Qué es la reducción de jornada por guarda legal?

Es un derecho establecido en el artículo 37 del Estatuto de los trabajadores que permite reducir la jornada de trabajo diaria con disminución proporcional del salario a quien tenga a su cuidado directo a los siguientes colectivos, siempre que éstos no desempeñen una actividad retribuida:

– Menores de 12 años.

– Personas con discapacidad física, psíquica o sensorial.

– Familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismos.

– Menores de 18 años hospitalizados o en tratamiento de cáncer o enfermedad grave.

Dicha reducción de jornada debe pedirse por escrito con 15 días de antelación a su inicio.

¿De cuánto es la reducción?

Entre 1/8 parte y la mitad de la jornada diaria, a menos que sea para un menor por cáncer o enfermedad grave, en cuyo caso será un mínimo del 50% de la jornada

¿Quién lo puede pedir?

Tanto hombres como mujeres, y lo pueden disfrutar a la vez ambos miembros de la pareja siempre que no trabajen en la misma empresa. En ese caso, y si la piden por el mismo hijo, la empresa puede negarse a conceder una de las dos por motivos organizativos. Si la pidieran por hijos diferentes, la empresa no podría negarse.

¿Cómo se calcula la reducción?

Desde la reforma laboral de julio 2012, el cálculo se hace sobre la jornada diaria. Es decir, no se pueden acumular horas de reducción y ésta se aplicará a todos los días que prestes servicios en el mismo porcentaje. Si, por ejemplo, trabajas de lunes a viernes de 7h a 15h y pides una reducción de una hora, tendrás que hacerla todos los días, no puedes acumularlas todas y disfrutarlas un solo día.

¿Puedo elegir el horario de la reducción?

Por supuesto, siempre que sea tu jornada ordinaria de trabajo. ¿Qué quiero decir con esto? Que si trabajas de 7h a 15h y pides a la empresa una reducción de jornada y pasar a trabajar de 15h a 21h, pueden denegar esa solicitud al no ser tu jornada de trabajo, siempre que exista una justificación de carácter organizativo. Lo que no pueden hacer es denegarlo sin motivo. Muy importante mirar el convenio, sobretodo en este punto.

¿Si trabajo a turnos debo seguir cambiando turnos cuando quiera la empresa?

Actualizo este punto por ser polémico y porque las sentencias de los juzgados obligan a ello. Muchas de las solicitudes de turno fijo llegan a los juzgados al no haber acuerdo empresa-trabajador. ¿Qué valoran los jueces si se llega a ese punto?

– Por parte del trabajador: la edad del menor, horarios de la guardería o circunstancias familiares (abuelos que puedan ayudar o no). El trabajador debe demostrar que los turnos rotativos impiden conciliar. En este aspecto, los jueces valoran mucho el horario de la pareja. Por ejemplo, si un miembro de la pareja a las 17h ya no trabaja y el otro pide un horario parecido, va a ser difícil que el juez conceda el turno fijo, ya que entiende que el otro miembro puede cuidarlo por la tarde.

– Por parte de la empresa: el perjuicio de dar ese turno fijo, perjuicio al resto de trabajadores, dificultad para cubrir ese cambio o necesidad de que el turno sea rotativo. Si no se demuestra el perjuicio, se suele dar la razón al trabajador. Si la empresa se cierra en banda en casos muy claros, el trabajador puede pedir una indemnización adicional de daños y perjuicios.

Por lo tanto, lo que está claro es que la empresa solamente puede denegar el turno fijo si acredita perjuicio… Pero incluso aunque sea así, si el trabajador demuestra que el hecho de no tener turno fijo perjudica mucho la conciliación y lo demuestra, el trabajador ganará ese turno fijo.

Conclusión: muchas veces hay que llegar hasta el juicio para poder ganar el turno fijo, pero no es algo que sea seguro 100%.

Trabajo a jornada partida y quiero pedir reducción, lo que significaría trabajar en la hora de comer. ¿Puedo pedirlo?

Se puede pedir. Y te lo deben conceder, a menos que la empresa justifique que por razones organizativas no te lo pueden dar al no ser la hora de comer parte de tu jornada ordinaria.

Mi jornada de trabajo es diferente según meses (jornada intensiva) y también los viernes. ¿Cómo se calcula la reducción?

Como dice el Estatuto de los Trabajadores: en jornada diaria. Lo explico con un ejemplo: si trabajas 8 horas de lunes a jueves y 5 horas los viernes y decides reducir 1/8 parte de tu jornada, pasarías a trabajar 7 horas de lunes a jueves y 4,3 horas los viernes. Piensa que si los viernes no redujeras jornada, estarías «regalando» parte de tu jornada laboral.

Si la empresa y yo estamos de acuerdo en acumular la reducción en días o semanas completos, ¿Podemos hacerlo?

A nivel de prestación de servicios con la empresa, sí, no hay problema. El problema es lo que pueda interpretar Seguridad Social, que quizás dirá que no haces la reducción como marca la Ley y por lo tanto no otorga la misma protección. ¿Posibles consecuencias? Que se te considere el contrato a jornada parcial en lugar de completa, disminución de días para posibles prestaciones y problemas similares. Es un caso no contemplado en la normativa y, por tanto, que no se puede decir nada con seguridad.

Mi trabajo implica viajar y superar con creces la jornada de ocho horas. ¿Si tengo reducción de jornada estoy obligada a seguir viajando?

Como en cualquier otro caso, la trabajadora escoge el horario que quiera (con los límites legales) y la empresa tiene que adecuarse a la nueva situación. Por lo tanto, si la empresa te obliga a viajar a sabiendas que superarás el nuevo horario, te puedes negar a a viajar.

La empresa me quiere cambiar el horario que habían aceptado anteriormente, ¿Pueden hacerlo?

No. Una vez aceptada la reducción, no pueden obligarte a cambiar la jornada.

¿Qué puedo hacer si la empresa no me acepta la reducción dentro de mi jornada ordinaria?

Debes interponer una demanda ante el Juzgado Social en materia de Derechos de conciliación de la vida laboral y familiar para que el juez decida al respecto. Mientras el juez no dice sentencia, por desgracia estás obligada a seguir con la jornada anterior. Por cosas como esta, recomiendo pedir la reducción de jornada con más antelación de los 15 días.

¿Si la empresa no me firma la solicitud o no me contesta nada puedo iniciar la jornada reducida?

Esta pregunta es complicada, porque ni la ley ni la jurisprudencia lo dejan del todo claro. La práctica dice que hay que esperar la respuesta de aceptación para cambiar el horario, y que si cambias el horario sin haber aceptación expresa, te podrían sancionar por no cumplir tu horario. No obstante, como a veces la empresa “se olvida de contestar”, aconsejamos redactar la carta incluyendo una frase del tipo “en caso de no responder la empresa a esta comunicación, se entenderá por aceptada la reducción de jornada, iniciando la misma en la fecha de efectos”, para dejar clara tu postura y forzarles a comunicarse contigo. También será importante, en caso de posibles problemas, enviar dicha comunicación por burofax para que tenga plena validez legal.

¿La reducción afecta a todos los conceptos de la nómina?

No. Si cobras Plus Transporte, Plus Distancia, Plus Ropa de Trabajo o cualquier otro concepto que no dependa de las horas al día que hagas, estos conceptos no deben ser rebajados.

¿El nuevo salario a cobrar se reducirá lo mismo que la jornada?

No del todo. La reducción de la jornada se hace sobre el salario bruto, lo que afecta a la retención del IRPF (la hace bajar casi siempre) y por tanto al líquido a cobrar, que quizás no bajará tanto proporcionalmente.

¿Debo pedirlo por escrito?

Sí, ya que debes decir fecha de inicio y fin de la reducción, % de reducción y concreción horaria, además de dejar claro que es una reducción por cuidado de menor y no por otro tema. Es de vital importancia remarcarlo para que la empresa haga los movimientos necesarios en Seguridad Social y por otros tres motivos:

– En caso de despido, la indemnización se calcula con el salario anterior a la reducción, siendo más beneficioso.

– En caso de pedir la prestación por desempleo, no tienen en cuenta la reducción para calcular el importe a cobrar, lo que juega a tu favor.

– A efectos de cálculo de algunas prestaciones de Seguridad Social, los dos primeros años en reducción de jornada por cuidado de menor también los elevan a la jornada anterior (un año si es cuidado de familiar).

¿Puedo prorrogar una solicitud inicial de reducción de jornada?

Sí, tantas veces como quieras.

Pedí la reducción de jornada antes de la ampliación a 12 años. Mi hijo va a cumplir ahora los 8. ¿Debo pedirla de nuevo?

La ley no lo especifica, pero por seguridad, recomiendo pedir la ampliación hasta los 12 años por escrito con las mismas condiciones que tuvieras hasta ahora (o otras si quieres cambiar) con la antelación mencionada de los 15 días.

Me han hecho una baja y alta en Seguridad Social al empezar la reducción. ¿Es correcto?

Hasta marzo de 2014 era la forma correcta de notificar a Seguridad Social dicho cambio. Desde marzo, se mecaniza como un cambio de contrato, manteniendo el código del contrato actual y añadiendo el asesor o la empresa un código adicional que indica que es una reducción por guarda legal. No obstante, no está de más acercarse a una oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social y preguntar si han hecho el cambio correctamente.

¿Puedo cambiar tantas veces como quiera el horario de reducción?¿Incluso si no ha finalizado el período que tenía firmado?

En principio sí, aunque no es seguro 100%, ya que la obligatoriedad de informar en la petición de reducción el fin de la misma no deja clara la posibilidad de cambio. No obstante, en caso de estar justificado el cambio, dudo mucho que un juzgado no diera la razón a la trabajadora siempre que se justifique el cambio como una medida en favor del menor.

¿Me pueden despedir por pedir la reducción?

No. Al revés: si te despiden por eso (aunque no lo ponga en la carta pero las pruebas lo confirmen) sería un despido totalmente nulo con readmisión en la empresa, al vulnerar a un derecho fundamental recogido en la Constitución.

Espero haber respondido la mayoría de vuestras dudas. Si aún quedan preguntas sin responder, no dudéis en comentar el artículo e incorporaré estas preguntas para hacer esta guía lo más completa posible.

Recordad que es muy importante realizar el escrito de reducción de jornada con la máxima información posible para que la empresa no os cuele un gol. No es recomendable que sea el trabajador quien le pida a la empresa “si le pueden facilitar” el modelo. Por ahorraros unos pocos euros pueden haber consecuencias catastróficas si os despiden o si vais al paro. Confiad en un Experto Laboral para ello.

2.858 comentarios

  1. Buenos días,
    Tengo intención de reducir mi jornada de 35 a 30 horas, podría fijarme un horario partido para los meses escolares y otro intensivo diferente para las vacaciones escolares?

  2. Hola, actualmente realizo la jornada reducida por guarda legal y mi hijo tiene once años, quisiera saber si es hasta los doce años inclusive o justo cuando cumplen los doce.
    Gracias

  3. He comunicado la reducción de jornada de 1/8 en mi empresa,me recepcionaron la comunicación pero no me contestan si si o no, bueno…. si han venido a plantearme el traslado de mi trabajo a otro pais jijiji, vaya maniobra!!!.y me han dicho que me harán una oferrta antes de la fecha que comuniqué como inicio de la reducción por guarda legal. Estoy cubierta a negarme a la movilidad???, pueden pedírmelo?, que debo hacer sino quiero irme y quiero seguir en mi puesto que además el hecho de dejarlo obligaría a la empresa a poner a otra persona ya que es un puesto que no puede desaparaecer.

  4. Me gustaría reducirme la jornada 1 o 2 horas, al menos, durante 2 años. Cuando pase ese tiempo, podría estar en mi jornada completa, por ejemplo 1 mes y volver a reducirla para que en caso de despido se me pagara el 100%?

    Gracias de antemano.

  5. Hola. Hace 4 años reduje mi jornada laboral de 8 a 6 horas y ahora me interesaría reducirla de 6 a 5 horas ¿Lo puedo hacer? ¿Se puede negar la empresa? Gracias

  6. Buenas noches
    Mi caso es el siguiente estoy de reducción de guarda legal por menor de 12 años desde el pasado mes de noviembre trabajaba de domingo a jueves de 23h a 6:45h y pedí reducción a domingo lunes y martes el mismo horario la cuestión es que me han subrogado a otra empresa y me han quitado dos pluses vestuario y calidad… Mis preguntas son..
    Está bien mi reducción? Estado leyendo que tendría que ser reducir horas diarias y no en días..
    Me pueden subrogar estando en guarda legal?
    Me pueden quitar esos pluses?
    Me puede despedir la nueva empresa alegando baja producción? (Suelen hacerlo a los dos meses de haberte subrogado)
    Muchas gracias.

  7. Buenas tardes
    Tengo una duda con respecto a una reducción de jornada que me encuentro en estos momentos por guarda legal por cuidado de un familiar que yo solicité por dos años.
    El caso es que la situaciones laboral ha empeorado y mi jefe no llega a cubrir gastos y hasta incluso se plantea cerrar por jubilación (tiene 61 años), todo ello me lleva a plantearme en que condiciones me quedaria a hora de cobrar el desempleo púes me han aconsejado volver antes del año para poder cobrar el 100% de paro en el supuesto de su jubilscion ya que el asesor me dijo que la norma es ambigua y puede interpretarse que sea solo para un año en caso de cuidado de perdonas mayores, y no dos como en el cuidado de menores.
    Le agradecería que me diera su opinión y muchas gracias de antemano.
    Un saludo.

    1. Creo que lo mejor es que preguntes presencialmente en el SEPE, porque efectivamente la norma es ambigua.

  8. Hola, quisiera saber si la cotización al 100% durante los dos primeros años de reducción de jornada es por trabajador o por hijo, me explico. Estoy de reducción al 50 % por mi primer hijo, hace casi 2 años, quisiera prorogarla y no sé si al hacerlo por mi segundo hijo me seguirán cotizando al 100% otros dos años. Gracias.

      1. Respecto a eso tengo una duda, la reducción con el beneficio de 2 años de cotización se alarga aunque lo pidas pasados unos meses? O se agota pasados los 2 años naturales aunque la hayas disfrutado menos tiempo?

  9. Hola
    Tengo jornada reducida para cuidar a mi hijo de lunes a jueves. Viernes y los meses de julio y agosto la empresa hace jornada intensiva, de manera que esos días no se me aplica reducción horaria alguna. Este pasado mes de julio he cobrado el 100% de mi sueldo, sin reducción, pero la empresa me dice que el mes de agosto , como de las 4 semanas 3 estoy de vacaciones, las 3 que esté de vacaciones me las pagaran como cuando hago jornada reducida. Estoy convencida de que eso no es correcto, pero necesito el argumento legal para rebatirlo…. Os agradezco vuestra ayuda. Un saludo,

  10. Buenas tardes.
    Tengo una duda con respecto a una reducción de jornada. Mi mujer se encuentra de reduccion en estos momentos por guarda legal de nuestra hija que solicitó hace un año. Ella trabaja en una farmacia y ahora su jefa le quiere cambiar el horario (poniendo un horario establecido por ella misma). La excusa que pone es que ha despedido a una de las trabajadoras y que según el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores puede hacerlo.
    ¿Puede hacerlo? Mi mujer ya está de reducción de jornada que le aceptó y firmo su jefa
    Le agradecería que me diera su opinión y muchas gracias de antemano.
    Un saludo.

    1. Su jefa tiene razón, pero habría que ver el contenido de la carta según el artículo 41 para ver si es correcto o se puede impugnar.

  11. Hola, tras una suspensión por ERE, tengo reconocido el derecho de reincorporación, éste debo comunicarlo con «al menos 1 mes» al vencimiento del periodo de suspensión de 5 años. Entiendo que si no se dice nada en el redactado del ERE, debo reincorporarme en alguna sucursal de Madrid que es de donde decidí suspender el contrato.
    La segunda parte de este asunto es que pensaba comunicar a la vez de la reincorporación, el hacerlo con una reducción de jornada por guarda legal hasta que mi hijo de 6 años tuviera 12.
    Si la contestación de empresa es que me reincorpora pero en vez de a Madrid, a Galicia?, qué debo hacer?, lo harían para que me fuera de la empresa sabiendo que no me puedo trasladar a Galicia y menos con una reducción de jornada por guarda legal de menor que si he pedido es para concilar en Madrid con él…
    Tengo entendido que el traslado es ejecutivo, que por lo pronto tendría que irme???, por ello, qué me aconsejais para evitar tener que irme en ese caso planteado?

  12. Buenos días. Muchas gracias por la ayuda que nos estáis prestando. Quería haceros una consulta. Llevo 10 años con reducción del 50% de jornada legal por hijos.La empresa me entregaba los turnos mensualmente y de la misma forma yo le entregaba los días de reducción, pero ahora me exige que se la de de forma ANUAL y yo dependo de los turnos de mi marido que también los recibe mensualmente por lo que no me es posible conciliar la vida familiar con tanta antelación.¿Pueden obligarme a concretar los días de reducción de todo el año?. Gracias

  13. Buenos días,
    Tengo una duda y no la encuentro por ningún lado, ¿es posible reducir la jornada sólo el mes de agosto?
    Gracias

  14. Tengo un contrato fijo de 26 horas semanales a turnos, una semana demañana y otra de tarde, pero ahora que he empezado a trabajar, la compañera se va de vacaciones y quieren subirme las horas y ponerme a jornada partida; no tengo guarda legar, pero esto me pueden obligar a ello? Gracias, saludos

    1. Verbalmente no. Tienen que hacerlo por escrito y de forma que puedas aceptar el cambi, impugnarlo o irte de la empresa con el paro.

  15. Hola, Hace 3 años solicité reduccion de jornada por guarda legal de mi hijo,de 40 a 30 horas semanales. Ahora acabo de tener otro niño y me han dicho en la seguridad social que la reducción de jornada que tengo me la tramitaron como voluntaria, en lugar de por maternidad ¿Puedo solicitar o transformar esa reducción de jornada a una por guarda legal por mi segundo hijo? ¿Como lo tramito? Gracias. Un saludo

  16. Buenos días,
    Hace 3 años que tengo reducción de jornada por 1 hijo. Ahora voy a tener otro y no tengo claro ´qué cantidad se percibe los meses de maternidad, ¿con reducción de jornada o al 100%

  17. Estando de reducción de por guarda legal y caes de baja por enfermedad común, (tengo prevista una operación) sobre que base de cotización cobraré la reducida o al 100 %.
    Saludos,
    Pablo

  18. Actualmente tengo una reducción por guarda legal con horarios rotativos semanales de lunes a viernes de 10 a 15 y de 16 a 21, y sábados 9h. Voy a tener otro hijo y quiero solicitar un cambio de horario a solo mañanas. Mi pregunta es, ¿puedo solicitar un nuevo horario por guarda legal por el nuevo hijo, sin reducir mas horas? ¿O seria mas factible ampliar jornada al 100% y volver a solicitar la reduccion que yo necesite por el que nazca ahora? Muchas gracias.

    1. Puedes pedir una modificación sin volver al 100% y manteniendo horas siempre que sea dentro de tu jornada normal.