A raíz de un caso real sobre una consulta efectuada, y viendo que existen muchas dudas al respecto, he decidido hacer una guía resumida pero completa acerca de la reducción de jornada por guarda legal por cuidado de hijo. Este artículo se suma al publicado sobre el permiso de lactancia en un intento de acercar a todos los trabajadores (y en especial a las madres) el Derecho Laboral de forma simple y resumida.
Artículo actualizado en enero del 2014 con nueva redacción normativa y nuevas preguntas y respuestas gracias a vuestros comentarios. Leer entero antes de formular comentarios, por favor. no se responderán preguntas que estén claramente respondidas en el artículo.
Todo lo que aquí menciono lo baso en el Estatuto de los Trabajadores y jurisprudencia que va apareciendo, pero el convenio colectivo de la empresa puede mejorar las condiciones que aquí aparezcan, por lo que SIEMPRE hay que consultar el convenio o dejarse asesorar por un Experto Laboral antes de tomar una decisión en este tipo de temas.
¿Qué es la reducción de jornada por guarda legal?
Es un derecho establecido en el artículo 37 del Estatuto de los trabajadores que permite reducir la jornada de trabajo diaria con disminución proporcional del salario a quien tenga a su cuidado directo a los siguientes colectivos, siempre que éstos no desempeñen una actividad retribuida:
– Menores de 12 años.
– Personas con discapacidad física, psíquica o sensorial.
– Familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismos.
– Menores de 18 años hospitalizados o en tratamiento de cáncer o enfermedad grave.
Dicha reducción de jornada debe pedirse por escrito con 15 días de antelación a su inicio.
¿De cuánto es la reducción?
Entre 1/8 parte y la mitad de la jornada diaria, a menos que sea para un menor por cáncer o enfermedad grave, en cuyo caso será un mínimo del 50% de la jornada
¿Quién lo puede pedir?
Tanto hombres como mujeres, y lo pueden disfrutar a la vez ambos miembros de la pareja siempre que no trabajen en la misma empresa. En ese caso, y si la piden por el mismo hijo, la empresa puede negarse a conceder una de las dos por motivos organizativos. Si la pidieran por hijos diferentes, la empresa no podría negarse.
¿Cómo se calcula la reducción?
Desde la reforma laboral de julio 2012, el cálculo se hace sobre la jornada diaria. Es decir, no se pueden acumular horas de reducción y ésta se aplicará a todos los días que prestes servicios en el mismo porcentaje. Si, por ejemplo, trabajas de lunes a viernes de 7h a 15h y pides una reducción de una hora, tendrás que hacerla todos los días, no puedes acumularlas todas y disfrutarlas un solo día.
¿Puedo elegir el horario de la reducción?
Por supuesto, siempre que sea tu jornada ordinaria de trabajo. ¿Qué quiero decir con esto? Que si trabajas de 7h a 15h y pides a la empresa una reducción de jornada y pasar a trabajar de 15h a 21h, pueden denegar esa solicitud al no ser tu jornada de trabajo, siempre que exista una justificación de carácter organizativo. Lo que no pueden hacer es denegarlo sin motivo. Muy importante mirar el convenio, sobretodo en este punto.
¿Si trabajo a turnos debo seguir cambiando turnos cuando quiera la empresa?
Actualizo este punto por ser polémico y porque las sentencias de los juzgados obligan a ello. Muchas de las solicitudes de turno fijo llegan a los juzgados al no haber acuerdo empresa-trabajador. ¿Qué valoran los jueces si se llega a ese punto?
– Por parte del trabajador: la edad del menor, horarios de la guardería o circunstancias familiares (abuelos que puedan ayudar o no). El trabajador debe demostrar que los turnos rotativos impiden conciliar. En este aspecto, los jueces valoran mucho el horario de la pareja. Por ejemplo, si un miembro de la pareja a las 17h ya no trabaja y el otro pide un horario parecido, va a ser difícil que el juez conceda el turno fijo, ya que entiende que el otro miembro puede cuidarlo por la tarde.
– Por parte de la empresa: el perjuicio de dar ese turno fijo, perjuicio al resto de trabajadores, dificultad para cubrir ese cambio o necesidad de que el turno sea rotativo. Si no se demuestra el perjuicio, se suele dar la razón al trabajador. Si la empresa se cierra en banda en casos muy claros, el trabajador puede pedir una indemnización adicional de daños y perjuicios.
Por lo tanto, lo que está claro es que la empresa solamente puede denegar el turno fijo si acredita perjuicio… Pero incluso aunque sea así, si el trabajador demuestra que el hecho de no tener turno fijo perjudica mucho la conciliación y lo demuestra, el trabajador ganará ese turno fijo.
Conclusión: muchas veces hay que llegar hasta el juicio para poder ganar el turno fijo, pero no es algo que sea seguro 100%.
Trabajo a jornada partida y quiero pedir reducción, lo que significaría trabajar en la hora de comer. ¿Puedo pedirlo?
Se puede pedir. Y te lo deben conceder, a menos que la empresa justifique que por razones organizativas no te lo pueden dar al no ser la hora de comer parte de tu jornada ordinaria.
Mi jornada de trabajo es diferente según meses (jornada intensiva) y también los viernes. ¿Cómo se calcula la reducción?
Como dice el Estatuto de los Trabajadores: en jornada diaria. Lo explico con un ejemplo: si trabajas 8 horas de lunes a jueves y 5 horas los viernes y decides reducir 1/8 parte de tu jornada, pasarías a trabajar 7 horas de lunes a jueves y 4,3 horas los viernes. Piensa que si los viernes no redujeras jornada, estarías «regalando» parte de tu jornada laboral.
Si la empresa y yo estamos de acuerdo en acumular la reducción en días o semanas completos, ¿Podemos hacerlo?
A nivel de prestación de servicios con la empresa, sí, no hay problema. El problema es lo que pueda interpretar Seguridad Social, que quizás dirá que no haces la reducción como marca la Ley y por lo tanto no otorga la misma protección. ¿Posibles consecuencias? Que se te considere el contrato a jornada parcial en lugar de completa, disminución de días para posibles prestaciones y problemas similares. Es un caso no contemplado en la normativa y, por tanto, que no se puede decir nada con seguridad.
Mi trabajo implica viajar y superar con creces la jornada de ocho horas. ¿Si tengo reducción de jornada estoy obligada a seguir viajando?
Como en cualquier otro caso, la trabajadora escoge el horario que quiera (con los límites legales) y la empresa tiene que adecuarse a la nueva situación. Por lo tanto, si la empresa te obliga a viajar a sabiendas que superarás el nuevo horario, te puedes negar a a viajar.
La empresa me quiere cambiar el horario que habían aceptado anteriormente, ¿Pueden hacerlo?
No. Una vez aceptada la reducción, no pueden obligarte a cambiar la jornada.
¿Qué puedo hacer si la empresa no me acepta la reducción dentro de mi jornada ordinaria?
Debes interponer una demanda ante el Juzgado Social en materia de Derechos de conciliación de la vida laboral y familiar para que el juez decida al respecto. Mientras el juez no dice sentencia, por desgracia estás obligada a seguir con la jornada anterior. Por cosas como esta, recomiendo pedir la reducción de jornada con más antelación de los 15 días.
¿Si la empresa no me firma la solicitud o no me contesta nada puedo iniciar la jornada reducida?
Esta pregunta es complicada, porque ni la ley ni la jurisprudencia lo dejan del todo claro. La práctica dice que hay que esperar la respuesta de aceptación para cambiar el horario, y que si cambias el horario sin haber aceptación expresa, te podrían sancionar por no cumplir tu horario. No obstante, como a veces la empresa “se olvida de contestar”, aconsejamos redactar la carta incluyendo una frase del tipo “en caso de no responder la empresa a esta comunicación, se entenderá por aceptada la reducción de jornada, iniciando la misma en la fecha de efectos”, para dejar clara tu postura y forzarles a comunicarse contigo. También será importante, en caso de posibles problemas, enviar dicha comunicación por burofax para que tenga plena validez legal.
¿La reducción afecta a todos los conceptos de la nómina?
No. Si cobras Plus Transporte, Plus Distancia, Plus Ropa de Trabajo o cualquier otro concepto que no dependa de las horas al día que hagas, estos conceptos no deben ser rebajados.
¿El nuevo salario a cobrar se reducirá lo mismo que la jornada?
No del todo. La reducción de la jornada se hace sobre el salario bruto, lo que afecta a la retención del IRPF (la hace bajar casi siempre) y por tanto al líquido a cobrar, que quizás no bajará tanto proporcionalmente.
¿Debo pedirlo por escrito?
Sí, ya que debes decir fecha de inicio y fin de la reducción, % de reducción y concreción horaria, además de dejar claro que es una reducción por cuidado de menor y no por otro tema. Es de vital importancia remarcarlo para que la empresa haga los movimientos necesarios en Seguridad Social y por otros tres motivos:
– En caso de despido, la indemnización se calcula con el salario anterior a la reducción, siendo más beneficioso.
– En caso de pedir la prestación por desempleo, no tienen en cuenta la reducción para calcular el importe a cobrar, lo que juega a tu favor.
– A efectos de cálculo de algunas prestaciones de Seguridad Social, los dos primeros años en reducción de jornada por cuidado de menor también los elevan a la jornada anterior (un año si es cuidado de familiar).
¿Puedo prorrogar una solicitud inicial de reducción de jornada?
Sí, tantas veces como quieras.
Pedí la reducción de jornada antes de la ampliación a 12 años. Mi hijo va a cumplir ahora los 8. ¿Debo pedirla de nuevo?
La ley no lo especifica, pero por seguridad, recomiendo pedir la ampliación hasta los 12 años por escrito con las mismas condiciones que tuvieras hasta ahora (o otras si quieres cambiar) con la antelación mencionada de los 15 días.
Me han hecho una baja y alta en Seguridad Social al empezar la reducción. ¿Es correcto?
Hasta marzo de 2014 era la forma correcta de notificar a Seguridad Social dicho cambio. Desde marzo, se mecaniza como un cambio de contrato, manteniendo el código del contrato actual y añadiendo el asesor o la empresa un código adicional que indica que es una reducción por guarda legal. No obstante, no está de más acercarse a una oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social y preguntar si han hecho el cambio correctamente.
¿Puedo cambiar tantas veces como quiera el horario de reducción?¿Incluso si no ha finalizado el período que tenía firmado?
En principio sí, aunque no es seguro 100%, ya que la obligatoriedad de informar en la petición de reducción el fin de la misma no deja clara la posibilidad de cambio. No obstante, en caso de estar justificado el cambio, dudo mucho que un juzgado no diera la razón a la trabajadora siempre que se justifique el cambio como una medida en favor del menor.
¿Me pueden despedir por pedir la reducción?
No. Al revés: si te despiden por eso (aunque no lo ponga en la carta pero las pruebas lo confirmen) sería un despido totalmente nulo con readmisión en la empresa, al vulnerar a un derecho fundamental recogido en la Constitución.
Espero haber respondido la mayoría de vuestras dudas. Si aún quedan preguntas sin responder, no dudéis en comentar el artículo e incorporaré estas preguntas para hacer esta guía lo más completa posible.
Recordad que es muy importante realizar el escrito de reducción de jornada con la máxima información posible para que la empresa no os cuele un gol. No es recomendable que sea el trabajador quien le pida a la empresa “si le pueden facilitar” el modelo. Por ahorraros unos pocos euros pueden haber consecuencias catastróficas si os despiden o si vais al paro. Confiad en un Experto Laboral para ello.


Hola, muy buenas tardes, antes que nada quería felicitar este maravilloso blog.
Mi consulta es la siguiente, he solicitado una reducción de jornada con turno fijo de mañana, la empresa en la que trabajo se dedica a servicios y presto servicio a otro centro que sería el cliente, dicha reducción la solicite con un horario de lunes a viernes y el sábado con uno distinto, que sería de 10:15 a 15:30 y el sábado de 10:15 a 13:30 la cuestión es que la empresa ha aceptado mi solicitud de reducción y el turno de mañana pero con respecto al horario me comentan que la jornada laboral tenía que ser equitativo de lunes a sábado y me ofrecieron el turno de 9:15 a 14:40 yo les comenté que si no podría ser entonces de 10:30 a 15:30 y me deniegan el turno ya que me alegan que existen 7 tipos de turnos de entrada en la jornada de mañana la cual ninguna se ajusta a las necesidades mías y la que más se aproxima es el de las 9:15 am y que facilitarme la jornada a las 10:30 am implicaría tener al cliente descubierto hora y media la cual está pagando y por motivos organizativos no tienen forma de poder cubrirme la entrada, aparte del perjuicio que ocasionaría al resto de mis compañeros de trabajo, recordandome que el comité de empresa ya les había denunciado por la demanda del resto de mis compañeros a que se les respetará sus frecuencias de semanas de mañana y de tarde la cual salió a favor del comité, mi duda es si la empresa tiene razón al denegarme el horario que le solicito o si debería de denunciar su negativa, gracias de antemano, saludos.
Eso es una elección totalmente personal, no tengo elementos de juicio para poder asesorarte lo siento
Buenos días
He solicitado la reducción pero aún no me han contestado. Me ha comentado un compañero que se podrían negar a dármela alegando la empresa que tiene pérdidas y que va a despedir a gente. Eso es así? Se podría negar por ese motivo?
Mil gracias!
Ni de coña podrían alegar eso…
En caso de que lo hicieran, a juicio y listo, verdad?
Mil gracias!
Si
hola buenas tardes,llevo 15 meses con reduccion de jornada por el cuidado de mi hijo.el dia 14 entre la carta nueva y la empresa se niega a aceptarla porque he solicitado los sabados libres y segun ellos si me lo dan a mi las demas madres lo pedirian y no es plan.han venido 3 veces ya para intentar que acepte y al final como no aceptaba me han dado un horario que ellos han querido.lo firme con no conforme pero ahora no se que debo hacer y que horario tengo que empezar
Tienes que empezar con el último horario que te hayan dicho, y si no estás de acuerdo poner una demanda.
Hola de nuevo
Acabo de ver en mi convenio que pone: Quienes por razones de guarda legal tenga a su
cuidado directo algún menor de doce años o algún disminuido físico o psíquico que no desempeñe
otra actividad retribuida, tendrá derecho a reducción de la jornada de trabajo, con
la disminución proporcional del salario entre, al menos un tercio y un máximo de la mitad
de la duración de aquella.
Y yo me he reducido la jornada solo 1 hora, podrían denegármelo por ello?
No creo que sea legal lo que dice ese convenio, la verdad.
Eso pensaba yo porque te está empeorando lo que dice la ley, está obligando a cogerse como mínimo 2,5 horas…
tengo la reduccion de jornada por guarda legal y ahora quiero ya volver a mi horario habitual o sea el 100% de la jornada, la empresa puede negarse
En el artículo explico este punto. Saludos.
Hola
Quería hacerles una consulta de la reducción de jornada por guarda legal
Tu dirás!
Buenas, he leído que al estar en reducción por guarda legal no pueden reducir plus transporte, mi convenio es de Comercio de Málaga, si que nos reducen ese plus a todas las personas que están en guarda legal, podría indicarme algunas sentencias al respecto para poder reclamarle a la empresa con ejemplos, porque ellos interpretan que reducen todos los conceptos, tanto plus transporte, como antigüedad, ect. gracias
La búsqueda de sentencias es un servicio de pago. Si te interesa, por favor envía un email a info@expertolaboralonline.com
no puedo permitirme ahora mismo pagar por ello, seguiré buscando, gracias
El precio es de 15€… Con un mes que te reduzcan ya has perdido ese importe…
Buenos días,
Mi caso es algo distinto, trabajo en una cooperativa y en nuestra normativa interna indica que solo el 1% de la plantilla puede estar en reducción de jornada por guarda legal de menores.
¿Es esto legal?
¿Puede la normativa interna cooperativista restringir nuestros derechos como trabajadores?
Un saludo y muchas gracias!
Si los socios cooperativistas se rigen por lo que digan los estatutos de la cooperativa en muchos aspectos aunque estos sean peores que el Estatuto de los Trabajadores
Buenas tardes, me gustaría saber si es necesario tener un contrato indefinido para poder solicitar la reducción de jornada. Muchas gracias y un saludo
No, lovpuede pedir cualquiera.
Buenos días,
Me encuentro en reducción de jornada por guarda legal desde Febrero de éste mismo año. La empresa ha iniciado un programa de formación para mi puesto de trabajado y en él han incluido a todos los compañeros que pertenecen al mismo puesto de trabajo, excepto a mi. Al preguntar porque, me indican que el motivo es que estoy en reducción de jornada. ¿Es correcta ésta situación? El echo de estar en reducción de jornada me inhabilita para seguir formándome dentro de la empresa? Muchas gracias por su atención.
Es ilegal y discriminatorio que no te incluyan.
Muchas gracias¡
Hola, tengo una reducción de jornada por guarda legal, puedo aumentar mi jornada cuando mi compañera este de vacaciones? para el periodo en el que me lo han solicitado si puedo realizarlo.
Sí puedes.
Se puede alternar jornada reducida y periodos de excedencia durante un mismo año. Por ejemplo, jornada reducida de enero a junio. Excedencia julio y agosto y volver en septiembre con jornada reducida para pedir de nuevo excedencia en Diciembre?
Muchas gracias
Si
Hola!
Trabajo en una cooperativa y tengo varias dudas sobre el horario que me quieren imponer a pesar de tener una reducción horaria.
Según mi jefe tengo que hacer varias tardes porque «todo el mundo querría venir sólo de mañanas y es inviable». Quiero hacer sólo mañanas para poder conciliar al máximo con el horario escolar de mi hijo.
No tengo un horario fijo establecido ya que durante los 12 años que llevo trabajando se ha ido cambiando el horario según necesidades empresariales.
Además somos familia monoparental, por tanto la conciliació aún es más complicada.
Hace años una compañera disfruta de una jornada «a la carta» por guarda legal pero al yo querer igualarme a su condición me dicen que eso fué un pacto con la antigua dirección de RRHH y que ya no se puede hacer porque se ha reducido mucho el número de trabajadores!
¿Puedo exigir el horario que yo quiera? ¿Aún siendo una cooperativa?
Muchísimas gracias, es un tema de vital importancia en mi vida personal.
Si eres socia cooperativista el tema se complica. No te puedo asegurar nada (ni yo ni nadie)… Habría que mirar toda la documentación y aún así es posible que el tema acabe en el juzgado.
🙁 Entonces que ley o norma compete en mi caso? sólo puedo apelar a RRHH de la cooperativa y suplicar un horario conciliador?
Pues a falta de ver los papeles del caso en particular me parece que sí
Primero, felicitaros por el blog.
A continuacion te expongo mi caso. EStoy trabajando a turnos, una semana de mañana y otra de tarde. Tengo una reduccion de una hora por cuidado de mi hijo de 4 años. En diciembre nacio mi segundo hijo y termine la semana pasada la hora de lactancia…con lo que debo volver a mi antiguo horario. Por varios motivos no solicite la reduccion de una hora por mi segundo hijo, que en un principio tenia pensado. Al finalizar la lactancia, podria pedir esa reduccion en cualquier momento o hay un plazo determinado para hacerlo?
El articulo esta bastante claro y completo pero ese punto no me queda claro. Se que hay que pedirlo con 15 dias de antelacion, por escrito y si se niega iria a juicio, pero el momento para solicitarlo no se si finaliza o prescribe. Me lo podrian negar porque mi compañero se queda solo en las horas que yo tengo reduccion?
Muchas gracias por tu respuesta
-Puedes pedirla en cualquier momento.
-El plazo para reclamar prescribe a los 20 días de recibir la negativa de la empresa.
-En principio, eso no podría ser causa de denegación.
Muchas gracias por tu respuesta. Me has aclarado la duda que tenia. Saludos
Hola me gustaria saber si ya tiene horario de mañana otras trabajadoras pero no tienen legalmente la reduccion por guarda legal,se podruan negar al realizar yo la reduccion legalmente? Y me podrian trasladar a otro restaurante por motivos de organizacion?
Sin conocer todas las interioridades del caso, solamente puedo remitirme a lo dicho en el artículo. Lo de trasladar olería a represalia… Aunque si viene en el contrato la posibilidad de movilidad…
Hola.yo trabajo en una pasteleria de 10:00a14:30 y de 17:00 a 20:30.acabo de tener una niña y queria pedir la reduccion de jornada.pero mi jefe me dijo que no se podia porque tenemos horario partido.pedi trabajar en una tienda de las que tienen en la fabrica que esa abre de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 20:30.le pedi trabajar el horario de mañana de 9 a 3 y me dijo que no porque no ahi quien cubra el horario de tarde.quiero saber si puedo pedir la reduccion de jornada.no se si mi convenio de pasteleria me lo permite..graciias
Me remito a lo que digo en el artículo: hay que ver caso por caso, y demandar si se cree que hay posibilidades de éxito.
Buenas noches, mi duda es, si al calcular el salario cuando pedí la reducción dicen que se equivocaron y que debo echar 30 min más al día o me reducirán la nómina, esto es legal? Porque se han dado cuenta a los 7 años de la reducción. Y ota duda como la ley ha cambiado a 12 años antes de que el menor haya cumplido los 8 debo renegociar la reducción o se queda tal y como está si yo no digo nada? O tengo que volver a solicitarla? Gracias
Has de pedir una prórroga hasta los 12 años. Lo de los 30 minutos sin ver el caso a fondo es imposible decir nada…
Buenos días,
es compatible la reducción de jornada por guarda legal en una empresa con trabajos puntuales en otra? He estado intentando mirar artículos dónde quedase reflejado y no he encontrado nada.
Gracias
Siempre que favorezca más la conciliación que trabajar a tiempo completo en tu empresa no hay problema.
Pero no tendré ningún tipo de problema por el hecho de estar dada de alta en dos empresas, verdad?
Gracias por la diligencia
Por el hecho de estar de alta no.
Hola,
Enhorabuena por el blog,
Mi empresa tiene:
horario de inverno (9 meses) L-J: 8h y viernes 6h. intensivo entrando entre las 8 y las 9 y saliendo de 14 a 15.
horario de verano (3 meses) 6h.todos los días, intensivo entrando entre las 8 y las 9 y saliendo de 14 a 15.
He planteado reducirme la jornada para llevar a mi hija al cole y entrar a las 10 sólo durante el horario de invierno. Trabajaría 6 horas de lunes a jueves, pero los viernes sólo podría trabajar 5 horas ya que el horario laboral de la empresa es sólo hasta las 15h.
Esto implica que cuando llegue el verano no me interesa seguir con la jornada reducida porque trabajaría y cobraría solo 5 horas, sin necesidad de llevar a mi hija al colegio.
Por ello he planteado solicitar la reducción de jornada para 9 meses de invierno, y les aviso que en Junio la cancelaré, para volver a pedirla otra vez en septiembre.
Me han contestado que : «en junio puedes volver a jornada completa si es para seguir así todo el año. No puedes hacerlo si tu intención es volver a reducir jornada cuando volvamos a la jornada de invierno».
¿es cierto?
¿que me aconseja?
Gracias
Tienen razón a medias. Tú puedes pedir la reducción cuando quieras, y acabarla cuando quieras, pero habría que ver cual es la influencia en la jornada ANUAL de la empresa, para determinar cual es el % de jornada correcto a reducir.
Tengo una duda, va a hacer 2 años que estoy de reduccion de jornada en mi empresa por mi hija mayor, así que no cotizaré al 100%, ¿puedo darme de baja de esta reduccion por mi hija mayor y darme de alta por mi hijo pequeño que ahora tiene 2 años? ¿así cotizaría de nuevo al 100%,? ¿se puede hacer la baja y alta de un dia para otro o necesito estar a jornada completa algun tiempo? gracias
Sí, lo puedes hacer del tirón. Es más, es lo recomendable.