Saltar al contenido Se abre en una pestaña nueva
Experto Laboral Online

Derechos Laborales, Maternidad

Reducción de jornada por guarda legal: Guía práctica

Publicado el · Experto Laboral Online

Reduccion-de-jornada-por-guarda-legal

A raíz de un caso real sobre una consulta efectuada, y viendo que existen muchas dudas al respecto, he decidido hacer una guía resumida pero completa acerca de la reducción de jornada por guarda legal por cuidado de hijo. Este artículo se suma al publicado sobre el permiso de lactancia en un intento de acercar a todos los trabajadores (y en especial a las madres) el Derecho Laboral de forma simple y resumida.

Artículo actualizado en enero del 2014 con nueva redacción normativa y nuevas preguntas y respuestas gracias a vuestros comentarios. Leer entero antes de formular comentarios, por favor. no se responderán preguntas que estén claramente respondidas en el artículo.

Todo lo que aquí menciono lo baso en el Estatuto de los Trabajadores y jurisprudencia que va apareciendo, pero el convenio colectivo de la empresa puede mejorar las condiciones que aquí aparezcan, por lo que SIEMPRE hay que consultar el convenio o dejarse asesorar por un Experto Laboral antes de tomar una decisión en este tipo de temas.

¿Qué es la reducción de jornada por guarda legal?

Es un derecho establecido en el artículo 37 del Estatuto de los trabajadores que permite reducir la jornada de trabajo diaria con disminución proporcional del salario a quien tenga a su cuidado directo a los siguientes colectivos, siempre que éstos no desempeñen una actividad retribuida:

– Menores de 12 años.

– Personas con discapacidad física, psíquica o sensorial.

– Familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismos.

– Menores de 18 años hospitalizados o en tratamiento de cáncer o enfermedad grave.

Dicha reducción de jornada debe pedirse por escrito con 15 días de antelación a su inicio.

¿De cuánto es la reducción?

Entre 1/8 parte y la mitad de la jornada diaria, a menos que sea para un menor por cáncer o enfermedad grave, en cuyo caso será un mínimo del 50% de la jornada

¿Quién lo puede pedir?

Tanto hombres como mujeres, y lo pueden disfrutar a la vez ambos miembros de la pareja siempre que no trabajen en la misma empresa. En ese caso, y si la piden por el mismo hijo, la empresa puede negarse a conceder una de las dos por motivos organizativos. Si la pidieran por hijos diferentes, la empresa no podría negarse.

¿Cómo se calcula la reducción?

Desde la reforma laboral de julio 2012, el cálculo se hace sobre la jornada diaria. Es decir, no se pueden acumular horas de reducción y ésta se aplicará a todos los días que prestes servicios en el mismo porcentaje. Si, por ejemplo, trabajas de lunes a viernes de 7h a 15h y pides una reducción de una hora, tendrás que hacerla todos los días, no puedes acumularlas todas y disfrutarlas un solo día.

¿Puedo elegir el horario de la reducción?

Por supuesto, siempre que sea tu jornada ordinaria de trabajo. ¿Qué quiero decir con esto? Que si trabajas de 7h a 15h y pides a la empresa una reducción de jornada y pasar a trabajar de 15h a 21h, pueden denegar esa solicitud al no ser tu jornada de trabajo, siempre que exista una justificación de carácter organizativo. Lo que no pueden hacer es denegarlo sin motivo. Muy importante mirar el convenio, sobretodo en este punto.

¿Si trabajo a turnos debo seguir cambiando turnos cuando quiera la empresa?

Actualizo este punto por ser polémico y porque las sentencias de los juzgados obligan a ello. Muchas de las solicitudes de turno fijo llegan a los juzgados al no haber acuerdo empresa-trabajador. ¿Qué valoran los jueces si se llega a ese punto?

– Por parte del trabajador: la edad del menor, horarios de la guardería o circunstancias familiares (abuelos que puedan ayudar o no). El trabajador debe demostrar que los turnos rotativos impiden conciliar. En este aspecto, los jueces valoran mucho el horario de la pareja. Por ejemplo, si un miembro de la pareja a las 17h ya no trabaja y el otro pide un horario parecido, va a ser difícil que el juez conceda el turno fijo, ya que entiende que el otro miembro puede cuidarlo por la tarde.

– Por parte de la empresa: el perjuicio de dar ese turno fijo, perjuicio al resto de trabajadores, dificultad para cubrir ese cambio o necesidad de que el turno sea rotativo. Si no se demuestra el perjuicio, se suele dar la razón al trabajador. Si la empresa se cierra en banda en casos muy claros, el trabajador puede pedir una indemnización adicional de daños y perjuicios.

Por lo tanto, lo que está claro es que la empresa solamente puede denegar el turno fijo si acredita perjuicio… Pero incluso aunque sea así, si el trabajador demuestra que el hecho de no tener turno fijo perjudica mucho la conciliación y lo demuestra, el trabajador ganará ese turno fijo.

Conclusión: muchas veces hay que llegar hasta el juicio para poder ganar el turno fijo, pero no es algo que sea seguro 100%.

Trabajo a jornada partida y quiero pedir reducción, lo que significaría trabajar en la hora de comer. ¿Puedo pedirlo?

Se puede pedir. Y te lo deben conceder, a menos que la empresa justifique que por razones organizativas no te lo pueden dar al no ser la hora de comer parte de tu jornada ordinaria.

Mi jornada de trabajo es diferente según meses (jornada intensiva) y también los viernes. ¿Cómo se calcula la reducción?

Como dice el Estatuto de los Trabajadores: en jornada diaria. Lo explico con un ejemplo: si trabajas 8 horas de lunes a jueves y 5 horas los viernes y decides reducir 1/8 parte de tu jornada, pasarías a trabajar 7 horas de lunes a jueves y 4,3 horas los viernes. Piensa que si los viernes no redujeras jornada, estarías «regalando» parte de tu jornada laboral.

Si la empresa y yo estamos de acuerdo en acumular la reducción en días o semanas completos, ¿Podemos hacerlo?

A nivel de prestación de servicios con la empresa, sí, no hay problema. El problema es lo que pueda interpretar Seguridad Social, que quizás dirá que no haces la reducción como marca la Ley y por lo tanto no otorga la misma protección. ¿Posibles consecuencias? Que se te considere el contrato a jornada parcial en lugar de completa, disminución de días para posibles prestaciones y problemas similares. Es un caso no contemplado en la normativa y, por tanto, que no se puede decir nada con seguridad.

Mi trabajo implica viajar y superar con creces la jornada de ocho horas. ¿Si tengo reducción de jornada estoy obligada a seguir viajando?

Como en cualquier otro caso, la trabajadora escoge el horario que quiera (con los límites legales) y la empresa tiene que adecuarse a la nueva situación. Por lo tanto, si la empresa te obliga a viajar a sabiendas que superarás el nuevo horario, te puedes negar a a viajar.

La empresa me quiere cambiar el horario que habían aceptado anteriormente, ¿Pueden hacerlo?

No. Una vez aceptada la reducción, no pueden obligarte a cambiar la jornada.

¿Qué puedo hacer si la empresa no me acepta la reducción dentro de mi jornada ordinaria?

Debes interponer una demanda ante el Juzgado Social en materia de Derechos de conciliación de la vida laboral y familiar para que el juez decida al respecto. Mientras el juez no dice sentencia, por desgracia estás obligada a seguir con la jornada anterior. Por cosas como esta, recomiendo pedir la reducción de jornada con más antelación de los 15 días.

¿Si la empresa no me firma la solicitud o no me contesta nada puedo iniciar la jornada reducida?

Esta pregunta es complicada, porque ni la ley ni la jurisprudencia lo dejan del todo claro. La práctica dice que hay que esperar la respuesta de aceptación para cambiar el horario, y que si cambias el horario sin haber aceptación expresa, te podrían sancionar por no cumplir tu horario. No obstante, como a veces la empresa “se olvida de contestar”, aconsejamos redactar la carta incluyendo una frase del tipo “en caso de no responder la empresa a esta comunicación, se entenderá por aceptada la reducción de jornada, iniciando la misma en la fecha de efectos”, para dejar clara tu postura y forzarles a comunicarse contigo. También será importante, en caso de posibles problemas, enviar dicha comunicación por burofax para que tenga plena validez legal.

¿La reducción afecta a todos los conceptos de la nómina?

No. Si cobras Plus Transporte, Plus Distancia, Plus Ropa de Trabajo o cualquier otro concepto que no dependa de las horas al día que hagas, estos conceptos no deben ser rebajados.

¿El nuevo salario a cobrar se reducirá lo mismo que la jornada?

No del todo. La reducción de la jornada se hace sobre el salario bruto, lo que afecta a la retención del IRPF (la hace bajar casi siempre) y por tanto al líquido a cobrar, que quizás no bajará tanto proporcionalmente.

¿Debo pedirlo por escrito?

Sí, ya que debes decir fecha de inicio y fin de la reducción, % de reducción y concreción horaria, además de dejar claro que es una reducción por cuidado de menor y no por otro tema. Es de vital importancia remarcarlo para que la empresa haga los movimientos necesarios en Seguridad Social y por otros tres motivos:

– En caso de despido, la indemnización se calcula con el salario anterior a la reducción, siendo más beneficioso.

– En caso de pedir la prestación por desempleo, no tienen en cuenta la reducción para calcular el importe a cobrar, lo que juega a tu favor.

– A efectos de cálculo de algunas prestaciones de Seguridad Social, los dos primeros años en reducción de jornada por cuidado de menor también los elevan a la jornada anterior (un año si es cuidado de familiar).

¿Puedo prorrogar una solicitud inicial de reducción de jornada?

Sí, tantas veces como quieras.

Pedí la reducción de jornada antes de la ampliación a 12 años. Mi hijo va a cumplir ahora los 8. ¿Debo pedirla de nuevo?

La ley no lo especifica, pero por seguridad, recomiendo pedir la ampliación hasta los 12 años por escrito con las mismas condiciones que tuvieras hasta ahora (o otras si quieres cambiar) con la antelación mencionada de los 15 días.

Me han hecho una baja y alta en Seguridad Social al empezar la reducción. ¿Es correcto?

Hasta marzo de 2014 era la forma correcta de notificar a Seguridad Social dicho cambio. Desde marzo, se mecaniza como un cambio de contrato, manteniendo el código del contrato actual y añadiendo el asesor o la empresa un código adicional que indica que es una reducción por guarda legal. No obstante, no está de más acercarse a una oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social y preguntar si han hecho el cambio correctamente.

¿Puedo cambiar tantas veces como quiera el horario de reducción?¿Incluso si no ha finalizado el período que tenía firmado?

En principio sí, aunque no es seguro 100%, ya que la obligatoriedad de informar en la petición de reducción el fin de la misma no deja clara la posibilidad de cambio. No obstante, en caso de estar justificado el cambio, dudo mucho que un juzgado no diera la razón a la trabajadora siempre que se justifique el cambio como una medida en favor del menor.

¿Me pueden despedir por pedir la reducción?

No. Al revés: si te despiden por eso (aunque no lo ponga en la carta pero las pruebas lo confirmen) sería un despido totalmente nulo con readmisión en la empresa, al vulnerar a un derecho fundamental recogido en la Constitución.

Espero haber respondido la mayoría de vuestras dudas. Si aún quedan preguntas sin responder, no dudéis en comentar el artículo e incorporaré estas preguntas para hacer esta guía lo más completa posible.

Recordad que es muy importante realizar el escrito de reducción de jornada con la máxima información posible para que la empresa no os cuele un gol. No es recomendable que sea el trabajador quien le pida a la empresa “si le pueden facilitar” el modelo. Por ahorraros unos pocos euros pueden haber consecuencias catastróficas si os despiden o si vais al paro. Confiad en un Experto Laboral para ello.

2.858 comentarios

  1. hace dos meses me incorpore después de ser mami y ha media jornada, yo no he firmado ningún contrato y estoy trabajando mi media jornada y cobrando lo mismo que antes de ser madre que trabajaba la jornada completa, puede que no me hayan cambiado mi contrato y que sea un error? SI ES ASI DEBERAN REGULARME Y YO DEVOLVER EL DINERO QUE ME HAYAN DADO DE MAS?

    1. Tendría que ver toda la documentación para poder opinar. Por favor utiliza el servicio de consultas de la web.

  2. Si la base de cotización reflejada por la seguridad social no se encuentra elevada al 100% y no ha habido cambio del tipo de contrato con la jornada reducida por guarda legal. Entiendo que no se ha comunicado de forma correcta por parte de la empresa esta circunstancia. Si la SS no tuviera conocimiento de la situación y por lo tanto no eleva la base al 100%, y continua reflejando la base que la empresa paga por la jornada reducida, ¿Qué debería de hacerse en este supuesto?

  3. HOLA, quisiera saber si la reducción de jornada por cuidado de un menor es igual en empresa privada o pública? ???

  4. hola me gustaría dar mi opinión sobre una cuestión que mencionan al principio de la pagina donde dice si una vez aceptada la reducción no te la pueden quitar y la respuesta es no, yo les puedo decir que con mi experiencia si.
    A mi concretamante me la han quitado dos veces teniendo que demandar y la tercera vez me pusieron una modificación cir.de las condiciones de trabajo donde me cambiaban el horario.
    un saludo

    1. Por supuesto, las empresas pueden hacer lo que quieran… y para eso están las demandas, para corregir las irregularidades. Otra cosa es el puteo…

      Es como si digo que el jefe no puede pedir tener sexo con sus subordinados… por supuesto que puede… basta con abrir la boca… y para eso están los mecanismos de demanda, para proteger…

  5. Me gustarifa saber si una vez he disfrutado de varios años de reduccion de jornada por maternidad (4 años) puedo pedir una «ampliación de horario». Llegue a un acuerdo verbal con una responsable de la empresa que ya no esta y ahora desde direccion no me autorizan al aumento. Yo estoy trabajando 4h y quiero trabajar 5h.

  6. Buenos días,

    Llevo 9 meses con jornada reducida, y dentro de cuatro meses me daré de baja por maternidad
    Me gustaría saber si durante la baja cobraré el 100% del sueldo o cobraré lo mismo que estoy cobrando ahora con la jornada reducida?

    Gracias

      1. Muchas gracias por su respuesta.

        En el caso de la baja médica un mes antes de dar a luz, ocurre lo mismo? Se cobra también el 100% del sueldo sin tener en cuenta la reducción de jornada?

        Gracias

  7. Hola,
    quiero pedir una reducción de jornada en la empresa donde trabajo, pero tengo una duda…me la pueden rechazar si soy la única persona que trabaja en el departamento???quiero decir soy el único que estoy en el local donde está ubicada la oficina, los demás son técnicos y jefes. Si soy el único administrativo me lo podrían negar utilizando esta excusa????

  8. Una persona que trabaja 40 horas semanales de lunes a domingo con rotación entre distintos turnos establecidos en el departamento solicita reducción de jornada por guarda legal y concreción de jornada horaria en uno de los turnos, cosa que se le concede, pero además solicita fijar sus días de descanso sábados y domingo cuando hasta el momento éstos rotaban, ¿está la empresa obligada a concederle esos días de descanso?

  9. He leido q el porcentaje de reduccion se aplica al sueldo bruto pero si tienes pactado un sueldo neto y nunca ha variado independientemente del irpf, ahora con la reduccion ¿es licito que hayan aplicado el porcentaje de reduccion al sueldo neto, reduciendo los pluses para ello? Muchas gracias

    1. Partimos de la base que pactar netos no está contemplado en la normativa española, por lo que no puedo darte una respuesta delctodo correcta.

  10. Hola! ! Mi pregunta es si el plus de turnicidad tambien se reduce en la misma proporcion que el sueldo. Gracias

  11. Hoa, soy bombero , trabajo a turnos de 24h . y he solicitado la lactancia acumulada.
    la empresa solo me da 1 hora por guardia y yo he solicitado 3 horas por guardia , para el calculo ya que entiendo que es 1 hora cada 8 horas. ¿como les puedo justificar esto?
    gracias

    1. La hora es por día de trabajo… Pero para un análisis más profundo por favor utiliza el servicio de consultas de la web.

  12. Buenos días. Me quieren contratar en una empresa y tengo un hijo menor, pueden contratarme exigiéndoles un horario y/o reducción de jornada?
    En el caso que ya hubiese otra madre con reducción que pasaría?
    Gracias de antemano, saludos.

  13. Voy a ser madre el 31.08.15 y tras las 16 semanas de maternidad mi idea es acumular los 11 días por lactancia. Posteriormente tengo 7 días de vacaciones de 2014 y 31 de 2015 para disfrutar que pretendo acumularlos, en total casi 6 meses, como se suele hacer en mi empresa. La empresa está en una situación complicada y veo peligrar mi puesto de trabajo. Mi jornada es de 8-1 y 14-17 pero quiero pedir una reducción de jornada de 8-14h. ¿Cuándo tendría que solicitarlo por escrito para evitar verme en una situación de riesgo/despido y así estar cubierta?
    Muchas gracias

    1. Lo que diga el convenio de antelación, que suele ser 15 días… PEro hasta los 9 meses del nacimiento estás superprotegida.. Salvo que la empresa realmente vaya mal de dinero, que entonces da igual ser madre o no si el despido está bien hecho…

  14. Hola! Hace 3 años que tengo reducción de jornada por el cuidado de mi hija mayor. Teniendo la reducción tuve otra niña, antes mi horario era de 12 a 16, pero ahora necesito que sea de 9 a 12. Podría hacerlo teniendo en cuenta que la empresa tiene turnos rotativos desde las 8 am hasta las 3 am? Gracias!

  15. Hola. Mi jornada laboral es de 20 horas semanales y con la jornada reducida actualmente hago 17,5 horas a la semana en sector comercio. He dejado de percibir la ayuda de Hacienda de 100€ mensuales y me indican que es por hacer menos de media jornada. Esto es correcto? Gracias

  16. Buenos días,

    tengo una reducción de jornada del 12.5% (o sea hago 7 horas en lugar de 8) desde enero de este año.
    Según he leido estando en reduccion de jornada por cuidado de un menor, tanto la indemnizacion por despido como la prestacion por desempleo se cobraria a razon de jornada completa.
    Siendo así, el importe que debe especificar en mi nomina como Base de Contingencias Comunes que debe ser, el importe por la jornada total o el importe por la jornada reducida?
    Es que en mi nomina veo que la BCC que pone es la resultante al salario reducido, y siendo así no veo como podria saber el INEM que me tiene que pagar mas, no??

    Gracias por tu atención

    1. En la base sale reducida siempre… Y el INEM sabe que estás en guarda legal porque cruza datos con SS y porque en el certificado de empresa se pone ese hecho.

      1. ahh vale!! me quedo tranquila entonces, muchas gracias!!
        por cierto, le pedi al gestor de mi empresa en su momento que me diera un Informe de Datos de Cotizacion para asegurarme que habia declarado bien el % de reduccion, pero aunque me dice que si no hay manera que me lo de… en caso que estuviera mal, en que me puede perjudicar? yo tengo en mi poder la carta donde especifico el % que solicito, firmada por la empresa.

        1. Básicamente no quiere dártelo, porque se tarda 1 minuto en sacar… Teniendo la carta, la empresa tendría que arreglarlo.

  17. Hola. Pedí una reducción de jornada hace 2 años durante 15 meses, luego volví a mi jornada laboral. Ahora acabo de tener otro hijo y me voy a incorporar son reducción. Me pueden despedir?

  18. hola buenod dias!!!
    tengo una reduccion de jornada de 40 a 30 horas desde hace 5 meses pero no me viene bien los horrio me podria reducir otra vez a 26 horas ???

  19. He vuelto a firmar la reducción de jornada por cuidado de mi hijo (la voy firmando de 6 meses), voy a hacer 2 años, me va a repercutir a la hora de ir al paro? es que mi empresa en breve cerrara por jubilación de empresario y me gustaría saber si percibire 100% de mi salario, hoy hay limitación, No se si me he explicado bien

  20. Hola, en otras páginas he visto que si tu convenio indica reducción sobre jornada ordinaria, no diaria,que no me pueden obligar reducir cada día el mismo porcentaje. En esta web se indica lo contrario? Me podéis confirmar como es realmente? Tengo convenio de agencias de viajes.
    Además parece ser que la empresa puede exigir una pausa obligatoria a mediodía por motivos organizativos, mi empresa lo exige y eso que la empresa no cierre a mediodía y siempre hemos estado libres cogemos los 45min de descanso en una franja horaria de 13-15. Mismo así, me pueden obligar tener que coger la pausa si me quedo después de las 14.15 en la oficina?

    1. En esta misma web hay otro artículo que dice lo mismo que tú dices 😉

      Sobre tu caso concreto de la pausa, habría que analizar el caso de forma particular…