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Experto Laboral Online

Derechos Laborales, Maternidad

Reducción de jornada por guarda legal: Guía práctica

Publicado el · Experto Laboral Online

Reduccion-de-jornada-por-guarda-legal

A raíz de un caso real sobre una consulta efectuada, y viendo que existen muchas dudas al respecto, he decidido hacer una guía resumida pero completa acerca de la reducción de jornada por guarda legal por cuidado de hijo. Este artículo se suma al publicado sobre el permiso de lactancia en un intento de acercar a todos los trabajadores (y en especial a las madres) el Derecho Laboral de forma simple y resumida.

Artículo actualizado en enero del 2014 con nueva redacción normativa y nuevas preguntas y respuestas gracias a vuestros comentarios. Leer entero antes de formular comentarios, por favor. no se responderán preguntas que estén claramente respondidas en el artículo.

Todo lo que aquí menciono lo baso en el Estatuto de los Trabajadores y jurisprudencia que va apareciendo, pero el convenio colectivo de la empresa puede mejorar las condiciones que aquí aparezcan, por lo que SIEMPRE hay que consultar el convenio o dejarse asesorar por un Experto Laboral antes de tomar una decisión en este tipo de temas.

¿Qué es la reducción de jornada por guarda legal?

Es un derecho establecido en el artículo 37 del Estatuto de los trabajadores que permite reducir la jornada de trabajo diaria con disminución proporcional del salario a quien tenga a su cuidado directo a los siguientes colectivos, siempre que éstos no desempeñen una actividad retribuida:

– Menores de 12 años.

– Personas con discapacidad física, psíquica o sensorial.

– Familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismos.

– Menores de 18 años hospitalizados o en tratamiento de cáncer o enfermedad grave.

Dicha reducción de jornada debe pedirse por escrito con 15 días de antelación a su inicio.

¿De cuánto es la reducción?

Entre 1/8 parte y la mitad de la jornada diaria, a menos que sea para un menor por cáncer o enfermedad grave, en cuyo caso será un mínimo del 50% de la jornada

¿Quién lo puede pedir?

Tanto hombres como mujeres, y lo pueden disfrutar a la vez ambos miembros de la pareja siempre que no trabajen en la misma empresa. En ese caso, y si la piden por el mismo hijo, la empresa puede negarse a conceder una de las dos por motivos organizativos. Si la pidieran por hijos diferentes, la empresa no podría negarse.

¿Cómo se calcula la reducción?

Desde la reforma laboral de julio 2012, el cálculo se hace sobre la jornada diaria. Es decir, no se pueden acumular horas de reducción y ésta se aplicará a todos los días que prestes servicios en el mismo porcentaje. Si, por ejemplo, trabajas de lunes a viernes de 7h a 15h y pides una reducción de una hora, tendrás que hacerla todos los días, no puedes acumularlas todas y disfrutarlas un solo día.

¿Puedo elegir el horario de la reducción?

Por supuesto, siempre que sea tu jornada ordinaria de trabajo. ¿Qué quiero decir con esto? Que si trabajas de 7h a 15h y pides a la empresa una reducción de jornada y pasar a trabajar de 15h a 21h, pueden denegar esa solicitud al no ser tu jornada de trabajo, siempre que exista una justificación de carácter organizativo. Lo que no pueden hacer es denegarlo sin motivo. Muy importante mirar el convenio, sobretodo en este punto.

¿Si trabajo a turnos debo seguir cambiando turnos cuando quiera la empresa?

Actualizo este punto por ser polémico y porque las sentencias de los juzgados obligan a ello. Muchas de las solicitudes de turno fijo llegan a los juzgados al no haber acuerdo empresa-trabajador. ¿Qué valoran los jueces si se llega a ese punto?

– Por parte del trabajador: la edad del menor, horarios de la guardería o circunstancias familiares (abuelos que puedan ayudar o no). El trabajador debe demostrar que los turnos rotativos impiden conciliar. En este aspecto, los jueces valoran mucho el horario de la pareja. Por ejemplo, si un miembro de la pareja a las 17h ya no trabaja y el otro pide un horario parecido, va a ser difícil que el juez conceda el turno fijo, ya que entiende que el otro miembro puede cuidarlo por la tarde.

– Por parte de la empresa: el perjuicio de dar ese turno fijo, perjuicio al resto de trabajadores, dificultad para cubrir ese cambio o necesidad de que el turno sea rotativo. Si no se demuestra el perjuicio, se suele dar la razón al trabajador. Si la empresa se cierra en banda en casos muy claros, el trabajador puede pedir una indemnización adicional de daños y perjuicios.

Por lo tanto, lo que está claro es que la empresa solamente puede denegar el turno fijo si acredita perjuicio… Pero incluso aunque sea así, si el trabajador demuestra que el hecho de no tener turno fijo perjudica mucho la conciliación y lo demuestra, el trabajador ganará ese turno fijo.

Conclusión: muchas veces hay que llegar hasta el juicio para poder ganar el turno fijo, pero no es algo que sea seguro 100%.

Trabajo a jornada partida y quiero pedir reducción, lo que significaría trabajar en la hora de comer. ¿Puedo pedirlo?

Se puede pedir. Y te lo deben conceder, a menos que la empresa justifique que por razones organizativas no te lo pueden dar al no ser la hora de comer parte de tu jornada ordinaria.

Mi jornada de trabajo es diferente según meses (jornada intensiva) y también los viernes. ¿Cómo se calcula la reducción?

Como dice el Estatuto de los Trabajadores: en jornada diaria. Lo explico con un ejemplo: si trabajas 8 horas de lunes a jueves y 5 horas los viernes y decides reducir 1/8 parte de tu jornada, pasarías a trabajar 7 horas de lunes a jueves y 4,3 horas los viernes. Piensa que si los viernes no redujeras jornada, estarías «regalando» parte de tu jornada laboral.

Si la empresa y yo estamos de acuerdo en acumular la reducción en días o semanas completos, ¿Podemos hacerlo?

A nivel de prestación de servicios con la empresa, sí, no hay problema. El problema es lo que pueda interpretar Seguridad Social, que quizás dirá que no haces la reducción como marca la Ley y por lo tanto no otorga la misma protección. ¿Posibles consecuencias? Que se te considere el contrato a jornada parcial en lugar de completa, disminución de días para posibles prestaciones y problemas similares. Es un caso no contemplado en la normativa y, por tanto, que no se puede decir nada con seguridad.

Mi trabajo implica viajar y superar con creces la jornada de ocho horas. ¿Si tengo reducción de jornada estoy obligada a seguir viajando?

Como en cualquier otro caso, la trabajadora escoge el horario que quiera (con los límites legales) y la empresa tiene que adecuarse a la nueva situación. Por lo tanto, si la empresa te obliga a viajar a sabiendas que superarás el nuevo horario, te puedes negar a a viajar.

La empresa me quiere cambiar el horario que habían aceptado anteriormente, ¿Pueden hacerlo?

No. Una vez aceptada la reducción, no pueden obligarte a cambiar la jornada.

¿Qué puedo hacer si la empresa no me acepta la reducción dentro de mi jornada ordinaria?

Debes interponer una demanda ante el Juzgado Social en materia de Derechos de conciliación de la vida laboral y familiar para que el juez decida al respecto. Mientras el juez no dice sentencia, por desgracia estás obligada a seguir con la jornada anterior. Por cosas como esta, recomiendo pedir la reducción de jornada con más antelación de los 15 días.

¿Si la empresa no me firma la solicitud o no me contesta nada puedo iniciar la jornada reducida?

Esta pregunta es complicada, porque ni la ley ni la jurisprudencia lo dejan del todo claro. La práctica dice que hay que esperar la respuesta de aceptación para cambiar el horario, y que si cambias el horario sin haber aceptación expresa, te podrían sancionar por no cumplir tu horario. No obstante, como a veces la empresa “se olvida de contestar”, aconsejamos redactar la carta incluyendo una frase del tipo “en caso de no responder la empresa a esta comunicación, se entenderá por aceptada la reducción de jornada, iniciando la misma en la fecha de efectos”, para dejar clara tu postura y forzarles a comunicarse contigo. También será importante, en caso de posibles problemas, enviar dicha comunicación por burofax para que tenga plena validez legal.

¿La reducción afecta a todos los conceptos de la nómina?

No. Si cobras Plus Transporte, Plus Distancia, Plus Ropa de Trabajo o cualquier otro concepto que no dependa de las horas al día que hagas, estos conceptos no deben ser rebajados.

¿El nuevo salario a cobrar se reducirá lo mismo que la jornada?

No del todo. La reducción de la jornada se hace sobre el salario bruto, lo que afecta a la retención del IRPF (la hace bajar casi siempre) y por tanto al líquido a cobrar, que quizás no bajará tanto proporcionalmente.

¿Debo pedirlo por escrito?

Sí, ya que debes decir fecha de inicio y fin de la reducción, % de reducción y concreción horaria, además de dejar claro que es una reducción por cuidado de menor y no por otro tema. Es de vital importancia remarcarlo para que la empresa haga los movimientos necesarios en Seguridad Social y por otros tres motivos:

– En caso de despido, la indemnización se calcula con el salario anterior a la reducción, siendo más beneficioso.

– En caso de pedir la prestación por desempleo, no tienen en cuenta la reducción para calcular el importe a cobrar, lo que juega a tu favor.

– A efectos de cálculo de algunas prestaciones de Seguridad Social, los dos primeros años en reducción de jornada por cuidado de menor también los elevan a la jornada anterior (un año si es cuidado de familiar).

¿Puedo prorrogar una solicitud inicial de reducción de jornada?

Sí, tantas veces como quieras.

Pedí la reducción de jornada antes de la ampliación a 12 años. Mi hijo va a cumplir ahora los 8. ¿Debo pedirla de nuevo?

La ley no lo especifica, pero por seguridad, recomiendo pedir la ampliación hasta los 12 años por escrito con las mismas condiciones que tuvieras hasta ahora (o otras si quieres cambiar) con la antelación mencionada de los 15 días.

Me han hecho una baja y alta en Seguridad Social al empezar la reducción. ¿Es correcto?

Hasta marzo de 2014 era la forma correcta de notificar a Seguridad Social dicho cambio. Desde marzo, se mecaniza como un cambio de contrato, manteniendo el código del contrato actual y añadiendo el asesor o la empresa un código adicional que indica que es una reducción por guarda legal. No obstante, no está de más acercarse a una oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social y preguntar si han hecho el cambio correctamente.

¿Puedo cambiar tantas veces como quiera el horario de reducción?¿Incluso si no ha finalizado el período que tenía firmado?

En principio sí, aunque no es seguro 100%, ya que la obligatoriedad de informar en la petición de reducción el fin de la misma no deja clara la posibilidad de cambio. No obstante, en caso de estar justificado el cambio, dudo mucho que un juzgado no diera la razón a la trabajadora siempre que se justifique el cambio como una medida en favor del menor.

¿Me pueden despedir por pedir la reducción?

No. Al revés: si te despiden por eso (aunque no lo ponga en la carta pero las pruebas lo confirmen) sería un despido totalmente nulo con readmisión en la empresa, al vulnerar a un derecho fundamental recogido en la Constitución.

Espero haber respondido la mayoría de vuestras dudas. Si aún quedan preguntas sin responder, no dudéis en comentar el artículo e incorporaré estas preguntas para hacer esta guía lo más completa posible.

Recordad que es muy importante realizar el escrito de reducción de jornada con la máxima información posible para que la empresa no os cuele un gol. No es recomendable que sea el trabajador quien le pida a la empresa “si le pueden facilitar” el modelo. Por ahorraros unos pocos euros pueden haber consecuencias catastróficas si os despiden o si vais al paro. Confiad en un Experto Laboral para ello.

2.858 comentarios

  1. Mi consulta es la siguente. Mi empresa me entrega el dia 5 un documento donde dicen que por necesidades de la empresa en 15 dias me cambian el horario, pasando a ser a turnos de mañana-tarde, cuando yo estaba a partido. Con esos horarios que me plantean decido pedir reduccion de jornada, pero me dicen que la reducción ha de ser sobre el horario que ellos me han notificado y no sobre el que he estado haciendo los últimos años y sigo haciendo a dia de hoy.
    ¿es esto correcto?

    Un saludo y gracias por la ayuda y por la información.

    1. Primero de todo, comentar que esto que te hacen es una modificación sustancial de condiciones de trabajo, que puedes impugnar si quieres. Incluso podrías elegir irte de la empresa con paro y 20 días de indemnización. Eso si han hecho bien la carta. Si la han hecho mal, podría hasta quedar sin efecto el cambio.

      Respecto al tema reducción: no es correcto lo que dicen ellos, a menos que demuestren de forma muy clara que existe un perjuicio organizativo de mucha entidad. Eso sí, tendrás que acudir al juzgado para que te den la razón.

      Un saludo.

      PD. Esta opinión la emito en base a lo que escribes, pero no es segura NI VINCULANTE desde el punto de vista jurídico al no haber visto la documentación. Para ello, sería necesario hacer servir el servicio de análisis de cartas de la web (19€).

  2. Buenos días.

    El pasado día 19 de diciembre solicite a mi empresa por escrito una reducción de jornada por guarda legal ya que mi hijo tiene cuatro meses. Al no recibir contestación, el día 3 de enero mande un burofax donde indicaba que ejercería mi derecho de reducción de jornada por guarda legal ya que me incorporo el lunes 13. El problema es que ayer día 7 la empresa me indica que no me acepta la reducción y me incorporo este próximo lunes. En el burofax indique que si no se oponen al comunicado mediante escrito dirigido directamente a mi persona en el plazo de 10 días, ese mismo documento servirá de aceptación expresa.

    El día 13, justo cuando me incorporo, haría 10 días del comunicado. Podría iniciar mi jornada laboral con la reducción y horarios solicitados? Hoy me han citado en mi empresa para hablar conmigo, aunque no pinta bien. No tengo con quién dejar a mi niño y estoy angustiada a más no poder por mi incorporación esté próximo lunes.

    Un saludo!

    1. Al haberte contestado denegando, estás obligada a hacer el horario que ellos digan. Tendrás que interponer una demanda ante el juzgado lo antes posible, pero mientras, tendrás que hacer el horario que ellos digan.

      Eso sí, en la demanda podrás pedir una indemnización de daños y perjuicios por haber hecho este horario que te viene mal, que recibirás en caso de ganar el juicio. El hecho que ellos se hayan retrasado tanto en la respuesta puede ayudar a demostrar mala fe por su parte.

      Si eres de Barcelona, puedo ayudarte con este tema. Si no, recomiendo que contactes con un profesional de tu ciudad lo antes posible.

  3. Hola de nuevo.

    La empresa me indico ayer día 7 que no me aceptaban la reducción vía fono cuando conseguí que me dijeran algo sobre este tema después de llamar todas las semanas. Si en el burofax indico que me tienen que contestar por escrito y no lo hacen, ¿podría incorporarme este próximo lunes con el horario que les indiqué en dicho documento?

    Muchas gracias de nuevo!

    1. La verdad, es una respuesta que no me puedo arriesgar a dar sin haber visto todos los documentos. Y aún haciéndolo, no sería una respuesta segura 100%, puesto que podría significar un despido. Lo siento. Ponerlo en el burofax ayuda, pero no es definitorio 100%.

      Yo siempre recomiendo ir a lo seguro, que es seguir las directrices de la empresa para que no puedan acusarte de nada y darles duro en el acto de juicio con las pruebas.

      Saludos

  4. Buenos dias, hace 5 años que tengo reducción de jornada a 6h en mi trabajo, con un horario fijo de 9 a 15 h. La empresa realiza el siguiente horario de 8 a 14h y de 15h a 18:15h de Lunes a Jueves y de 8 a 15h los Viernes. Ahora me han dicho que no puedo trabajar de 14 a 15 h porque es la hora de comer (después de 5 años de reduccion) y que tengo que venir una hora por la tarde de Lunes a Jueves, lo que a mi me viene fatal para poder llegar a casa e ir después a por los niños al colegio. Mi pregunta es, ¿puede hacer esto la empresa justificando lo de la hora de la comida, aunque mi trabajo es independiente (soy programadora informatica) y no dependo de nadie? Si ya tenia la reducción firmada desde el 09/2008, ¿puedo acogerme a ello para reclamar mi derecho a seguir con el mismo horario? ¿Que procedimiento deberia seguir?
    Mi convenio es el del Metal de Valencia
    Muchas gracias, espero que pueda ayudarme.
    Un saludo.

    1. La empresa no puede hacer eso en principio. Que apechugue con la aceptación del 2008. Y si quieren obligarte, que lo hagan por escrito y entonces tú te pones en manos de un profesional.

      Saludos

  5. Hola
    Tengo concedida la reducción de jornada (1/8) desde el 2011 (confirmada vía carta por parte de la empresa), pero no lo notificaron a la Seguridad Social hasta meses después (ya aplicaba la nueva reforma laboral, 2012):
    -que implicaciones puede tener?
    -pueden imponerme nuevo horario (p.e. con descanso para comida) si ya firmaron en su día el que propuse?
    -a nivel legal tiene mas peso la carta de confirmación entregada por la empresa o la fecha de alta en la S.S.?

    Saludos y gracias.

    Joan.

    1. -Con esa carta la empresa puede arreglarlo sin problemas en Seguridad Social. Tienen que presentar un escrito.
      -Si no lo hacen, en caso de quedarte en paro u otras prestaciones, pueden fastidiarte bastante dinero.
      -No pueden imponer nuevo horario.

      1. Gracias.
        Presentaron la reducción en la S.S., pero despues de varios meses (con lo que la fecha de inicio que aceptaron en la carta no se corresponde con la notificada a la S.S). No se si esto puede tener alguna implicación.

        Saludos

        1. Para empezar, a ellos les puede caer una sanción de 3000€ por tontos. Y a ti es posible que te falten días de cotización.

          Todo esto lo digo sin ver los documentos, con lo que mi opinión no es vinculante. Si quieres que revise todo el historial, sería más útil usar el servicio de consultas de la página principal: análisis de cartas (19€).

          Un saludo.

  6. Buenas Tardes, quisiera hacer una consulta. Mi esposo trabaja 40 horas semanales en un horario de lunes a viernes de 9 – 14 y 16 – 19 h. Yo solo trabajo los días jueves de 15 – 22 h por lo que ahora que acaba mi permiso de maternidad debo reincorporarme al trabajo, por lo tanto mi esposo quiere pedir la reducción de jornada pero únicamente para los días jueves de 16 – 19h porque no la necesitamos más, quería saber si aplica esto a él ya que leo y veo que tiene que repartirse en todos los días y aparte son tres horas que en la jornada diaria son un 37% pero en la semanal no llega a ser el 1/8 que pide la ley y no se como funcione o si tenemos derecho a pedir la reducción. Quedo atenta a su respuesta y muchas gracias por su colaboración 😉

    1. Hola.

      Aunque con la empresa se llegue a un acuerdo, esto no será considerado a efectos legales una reducción por cuidado de hijo. Será un pacto de reducción de jornada entre partes.

      1. Gracias por su respuesta, entiendo lo que me dice pero no existe ninguna posibilidad? Porque él se quedaría cuidando a mi hija por lo q si es para ese fin, no se lo encuentro injusto…

  7. Perdona otra vez… se me ocurre que pida no tres horas semanales sino cinco, ahí si puede considerarse reducción por cuidado de hijo? se puede dividir en dos horas un día y tres el jueves? Gracias por la información es de muchísima utilidad!!

    1. Por porcentaje sí que se ajustaría, pero para Seguridad Social, si ellos ven este horario y se enteran, quizás tampoco lo considerarían reducción por cuidado de hijo. No tienen porque enterarse, pero yo te comento mi punto de vista jurídico.

  8. Hola,
    ¿Puedo solicitar reducciones de jornada en las épocas que mi hijo tiene vacaciones escolares?, por ejemplo en semana santa, verano, navidad, etc. o deben ser por periodos superiores de un mes, 6 meses, 1 año.. o incluso seguidos? ¿Podría solicitarla de esta manera hasta que cumpla los 12 años?. ¿Como se tendría en cuenta los dos años que mantienen el 100% de cotización?
    Gracias anticipadas por tu respuesta

    1. Es del tiempo que quieras, no hay límite mínimo (el máximo, obviamente, 12 años). Para el cómputo de dos años, debes ir sumando todos los «trocitos» de período que acumules.

  9. Hola, tengo una duda con respecto a este tema.

    Soy padre de un crio de 2 años y trabajo en un hotel de temporada estival en regimen fijo-dicontinuo, trabajo alrededor de 6/7 meses anuales.

    Ahora mismo no estoy trabajando pero cuando empiezo a hacerlo me notifican el dia anterior o 2 dias antes a lo sumo cuando empiezo a trabajar.

    Si tengo que avisar a la empresa 15 dias antes de realizar la reducción de jornada, ¿como podría hacerlo? como ya comento me avisan de cuando trabajo casi de un dia para otro.

    Los fijos-discontinuos somos avisados para empezar a trabajar por orden de antiguedad, ¿pueden saltarse ese orden de llamada si anuncio mi disposición a hacer esta reducción? ¿o incluso no llamarme durante ese año? Vamos que tomen represalias la empresa si lo solicito.

    1. -Pon en fecha de inicio de reducción lo siguiente «la reducción se iniciará el primer día de trabajo efectivo que indique la empresa en el llamamiento que efectúe».
      -Si después de enviar eso no te llaman cuando toque… Pues a reclamar contra el despido…

      1. Sigo sin estar claro.

        Si me avisan de un dia para otro entonces tengo que romper esa ley de «preavisar con 15 dias» por mucho que luego ponga en la reducción “la reducción se iniciará el primer día de trabajo efectivo que indique la empresa en el llamamiento que efectúe”.

        O tengo que avisar a la empresa antes, aunque falten meses en avisarme para empezar a trabajar.

        Otra cosa mi mujer también tiene hecha una reducción de jornada, pero a ella no le dejaron elegir turno y no quiere demandar a la empresa por represalias, así que hace 5 horas en turnos de mañana y tarde alternativamente.

        Mi intención es reducir al turno contrario al de ella, para que haya siempre alguien cuidando del crio, ¿de que manera puedo ponerlo en la reducción, en el escrito que tengo que redactar?

        Saludos y muchisimas gracias por la ayuda

        1. Si fuera tú, yo presentaría esa carta mañana mismo. Que no trabajes en este momento no significa que no exista relación laboral.
          Respecto a la carta, necesitaría más información, y en todo caso ya se trataría de un caso particular que debo mirar detenidamente. En estas situaciones, ofrecemos un servicio redacción de escritos con plenas garantías jurídicas.

          Te envío un email con más información al respecto.

          1. Una pregunta nada mas, porque estoy casi seguro que si pero quiero comentarlo.

            Trabajo en el sector hotelero, de camarero con un horario que en mi contrato que pone Segun Convenio con una cantidad de horas que pone Segun Convenio

            He llegado a hacer turnos desde las 8 de la mañana como hora de empiece y terminando a las 12 de la noche como hora de cierre (siempre turnos de 8 horas).

            ¿Yo con una reducción de jornada por guarda legal a un menor puedo concretar mi horario? Es decir de 8 a 2, o de 4 a 11 ¿puedo alternar semanas? 1 semana de mañana otra de tarde.

            Saludos y muchas gracias

          2. Si forma parte de tu jornada ordinaria de trabajo, sí. Si coges horas fuera de esa jornada ordinaria, empiezan los problemas.

  10. Buenas tardes, me encuentro de baja por maternidad y me reincorporo el 25 de febrero. Ayer recibí un email de la empresa informando de un Ere con reducción de jornada a 5,5h/día a partir de febrero. Aún no hay nada firmado ,¿puedo pedir reducción de jornada voluntaria para cuidado de mi hijo y no entrar en el Ere? ¿estaría así más protegida para futuras actuaciones de la empresa y durante el Ere?
    Muchas gracias

    1. Pídela igualmente. Es más factible que no entres en el ERE por el simple motivo que no hará falta que te la reduzcan a ti la jornada. Si es colectivo no hay tanta protección.

  11. Hola, yo ya estoy en reducida por mi hijo pero estoy hasta que cumpla 8 años (acaba en Abril) quiero ampliarla hasta los doce como debo de proceder???? me refiero que lo comunico con una carta igual que la anterior pero cambiando lo de la edad, Gracias.

  12. Buenos días,

    Quería preguntar, si ya es seguro que se ha ampliado la edad de 8 a12años la guarda legal al menos en Barcelona, yo tenía reduccion de jornada concedida judicialmente y me han despedido, ahora me encuentro esperando el juicio por despido nulo que es lo que yo he pedido, de ganar tendría la reduccion de jornada por guarda legal hasta los 12años del menor?

    He escuchado mucho esto de la ampliación de edad pero en el boe no dice nada aún.

    Gracias por responderme
    Un saludo

    1. Correcto, al reincoporarte podrías tener la reducción hasta los 12 años (mejor pedirla otra vez por carta).
      El BOE que cambia lo de la edad es del 21 de diciembre de 2013.

      1. Muchas gracias,

        Esperó ganar, ya que mi empresa no ha hecho ni ere ni tiene tantas pérdidas, sólo que no ganan lo que ganaban años atrás, nos han despedido a tres personas con reduccion de jornada, según el abogado que lleva mi caso yo tenía doble protección contra el despido, ya que yo tenía concedida la reduccion de jornada por vía judicial, ya que me la denegaron cuando la solicite

        En fin espero que sea así,

        Muchas gracias por su rápida respuesta
        Un saludo

  13. Hola, si no voy a compactar lactáncia ¿es necesario hacer solicitud? ¿o se sobre entiende que hay que hacer el periodo de lactáncia hasta los 9 meses del bebe, a menos que la trabajadora renuncie?

  14. Tengo una duda, estoy gozando de la licencia por maternidad.
    Una vez que termine la licencia quisiera coger 1 o 2 meses de excedencia porque no tengo quien cuide a mi bebe y luego cuando mi situacion mejore pedir una reduccion de jornada.
    Hay un min de tiempo para pedir excedencia? puedo pedirla por 2 meses y luego ampliarla? con cuanto tiempo debo comunicarle a la empresa que hare uso de la excendencia?
    Muchisimas gracias por la informacion de la web! es muy completo todo!

  15. muy buenas!!!
    llevo desde el 2011 de reduccion a 35 horas de mañana (soy 40 rotando semanalmente turnos) y quiero modificar a treinta horas tambien de mañana (para que no se queden mis hijas de 4 y 5 años en el comedor y ludoteca) el problema es que cuando me dieron la primera concesion firme un papel en el que ponia que por trasladarse mi marido de provincia por trabajo que me daban el horario de mañana y que cuando acabara dicha situacion volveria a rotar…
    el caso es que cuando miro todos los papeles y encuentro ese, que por cierto no se de donde quitaron que se iba a vivir a otra provincia cuando realmente lo solicite por cambio de horario de mi marido (paso de horario partido a rotar turnos) y en el cual me mandaron entregar un certificado de su empresa conforme si que cambio de horario, me encuentro con este petate …
    que pasa si pido simplemente en la misma franja horaria pasar de 8 a 2 en vez de 8:30 a 4 que estoy realizando ahora?
    pueden alegar lo de la carta interna de empresa donde pone lo del cambio de domicilio de mi marido y hacerme rotar?
    ellos saben que nunca se fue fuera a trabajar pues cuando lei la carta me dijeron «no pasa nada, es por si mas adelante lo destinan fuera y ya esta todo el papeleo hecho»
    Lo de siempre, las palabras se las lleva el viento….
    de todas maneras muchas gracias por todo el trabajo que realizas pues realmente mejoras la vida de las personas….
    Un abrazo muy grande y mucha salud!!!!

    1. Si cuando trabajabas 40h tu horario también incluía trabajar de 8h a 14h no se pueden negar de ninguna de las maneras.

      1. Muy buenas otra vez!! y el tema del documento donde pone que me dan siempre de mañana por traslado domiciliario de mi marido y que cuando vuelva otra vez tengo que rotar?? de donde sacan eso??
        gracias!!

  16. hola me gustaría saber si estando con reducción puedo volver a mi horario normal en el momento que quiera.gracias

  17. En nuestra empresa siempre nos han concedido las reducciones de jornada por guarda legal de un menor sin poner el más mínimo impedimento, teniendo en cuenta que un 90% somos mujeres. Yo he sido de las últimas en pedirla ya hace tres años y no lo hice por escrito.
    Durante estos años el horario que pedí era de 8 a 13. No obstante ahora termino la maternidad del segundo hijo y debo reincorporarme. Me gustaría reducir el horario que ya tengo de 8:45 a 13:15, teniendo en cuenta que soy la única jefa de sección. ¿Puede argumentar la empresa esta vez que no me concede esta nueva reducción, al tener ya una anterior y suponer un cambio organizativo importante ya que no estoy disponible de 8 a 8:45 que es cuando hay más trabajo y algunos empleados dependen de mí? El horario normal es de 8 a 13:30 y por las tardes.

    Felicitaciones por su dedicación

  18. Se me olvidó preguntarlo al final. ¿Puede perjudicarme no haber hecho la solicitud inicial de reducción por escrito?

    1. Pues depende de lo que haya hecho la empresa al comunicar tu cambio a Seguridad Social… En tu vida laboral debe haber una baja y una alta el día que empezaste la reducción. Pero vamos, TODO hay que hacerlo por escrito. TODO.

      En principio, puedes pedir ese horario que dices sin problemas.

  19. Hola, voy a solicitar en mi empresa la reducción de jornada por cuidado de hijos y tengo varias dudas:
    – En mi contrato pone que hago 40 horas, aunque en realidad hago 41 (quitando la hora y cuarto que tengo para comer de lunes a jueves), ¿sobre qué horas tengo que calcular la reducción del 12,5%, sobre las 40 o 41h?
    – ¿Puedo elegir no tener hora de comer y hacer el horario seguido?
    – Actualmente me dan tickets restaurant, ¿cúanto es el tiempo mínimo que tengo que dejarme para comer para poder seguir teniendo los tickets restaurant?
    Muchas gracias

    1. Sobre lo de la hora para comer, en el artículo ya lo comento. Lo pego:

      Trabajo a jornada partida y quiero pedir reducción, lo que significaría trabajar en la hora de comer. ¿Puedo pedirlo?

      Se puede pedir. Y te lo deben conceder, a menos que la empresa justifique que por razones organizativas no te lo pueden dar al no ser la hora de comer parte de tu jornada ordinaria.

      Las otras consultas ya son un tema muy concreto que habría que analizar tu caso en particular. Te envío un email.