A raíz de un caso real sobre una consulta efectuada, y viendo que existen muchas dudas al respecto, he decidido hacer una guía resumida pero completa acerca de la reducción de jornada por guarda legal por cuidado de hijo. Este artículo se suma al publicado sobre el permiso de lactancia en un intento de acercar a todos los trabajadores (y en especial a las madres) el Derecho Laboral de forma simple y resumida.
Artículo actualizado en enero del 2014 con nueva redacción normativa y nuevas preguntas y respuestas gracias a vuestros comentarios. Leer entero antes de formular comentarios, por favor. no se responderán preguntas que estén claramente respondidas en el artículo.
Todo lo que aquí menciono lo baso en el Estatuto de los Trabajadores y jurisprudencia que va apareciendo, pero el convenio colectivo de la empresa puede mejorar las condiciones que aquí aparezcan, por lo que SIEMPRE hay que consultar el convenio o dejarse asesorar por un Experto Laboral antes de tomar una decisión en este tipo de temas.
¿Qué es la reducción de jornada por guarda legal?
Es un derecho establecido en el artículo 37 del Estatuto de los trabajadores que permite reducir la jornada de trabajo diaria con disminución proporcional del salario a quien tenga a su cuidado directo a los siguientes colectivos, siempre que éstos no desempeñen una actividad retribuida:
– Menores de 12 años.
– Personas con discapacidad física, psíquica o sensorial.
– Familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismos.
– Menores de 18 años hospitalizados o en tratamiento de cáncer o enfermedad grave.
Dicha reducción de jornada debe pedirse por escrito con 15 días de antelación a su inicio.
¿De cuánto es la reducción?
Entre 1/8 parte y la mitad de la jornada diaria, a menos que sea para un menor por cáncer o enfermedad grave, en cuyo caso será un mínimo del 50% de la jornada
¿Quién lo puede pedir?
Tanto hombres como mujeres, y lo pueden disfrutar a la vez ambos miembros de la pareja siempre que no trabajen en la misma empresa. En ese caso, y si la piden por el mismo hijo, la empresa puede negarse a conceder una de las dos por motivos organizativos. Si la pidieran por hijos diferentes, la empresa no podría negarse.
¿Cómo se calcula la reducción?
Desde la reforma laboral de julio 2012, el cálculo se hace sobre la jornada diaria. Es decir, no se pueden acumular horas de reducción y ésta se aplicará a todos los días que prestes servicios en el mismo porcentaje. Si, por ejemplo, trabajas de lunes a viernes de 7h a 15h y pides una reducción de una hora, tendrás que hacerla todos los días, no puedes acumularlas todas y disfrutarlas un solo día.
¿Puedo elegir el horario de la reducción?
Por supuesto, siempre que sea tu jornada ordinaria de trabajo. ¿Qué quiero decir con esto? Que si trabajas de 7h a 15h y pides a la empresa una reducción de jornada y pasar a trabajar de 15h a 21h, pueden denegar esa solicitud al no ser tu jornada de trabajo, siempre que exista una justificación de carácter organizativo. Lo que no pueden hacer es denegarlo sin motivo. Muy importante mirar el convenio, sobretodo en este punto.
¿Si trabajo a turnos debo seguir cambiando turnos cuando quiera la empresa?
Actualizo este punto por ser polémico y porque las sentencias de los juzgados obligan a ello. Muchas de las solicitudes de turno fijo llegan a los juzgados al no haber acuerdo empresa-trabajador. ¿Qué valoran los jueces si se llega a ese punto?
– Por parte del trabajador: la edad del menor, horarios de la guardería o circunstancias familiares (abuelos que puedan ayudar o no). El trabajador debe demostrar que los turnos rotativos impiden conciliar. En este aspecto, los jueces valoran mucho el horario de la pareja. Por ejemplo, si un miembro de la pareja a las 17h ya no trabaja y el otro pide un horario parecido, va a ser difícil que el juez conceda el turno fijo, ya que entiende que el otro miembro puede cuidarlo por la tarde.
– Por parte de la empresa: el perjuicio de dar ese turno fijo, perjuicio al resto de trabajadores, dificultad para cubrir ese cambio o necesidad de que el turno sea rotativo. Si no se demuestra el perjuicio, se suele dar la razón al trabajador. Si la empresa se cierra en banda en casos muy claros, el trabajador puede pedir una indemnización adicional de daños y perjuicios.
Por lo tanto, lo que está claro es que la empresa solamente puede denegar el turno fijo si acredita perjuicio… Pero incluso aunque sea así, si el trabajador demuestra que el hecho de no tener turno fijo perjudica mucho la conciliación y lo demuestra, el trabajador ganará ese turno fijo.
Conclusión: muchas veces hay que llegar hasta el juicio para poder ganar el turno fijo, pero no es algo que sea seguro 100%.
Trabajo a jornada partida y quiero pedir reducción, lo que significaría trabajar en la hora de comer. ¿Puedo pedirlo?
Se puede pedir. Y te lo deben conceder, a menos que la empresa justifique que por razones organizativas no te lo pueden dar al no ser la hora de comer parte de tu jornada ordinaria.
Mi jornada de trabajo es diferente según meses (jornada intensiva) y también los viernes. ¿Cómo se calcula la reducción?
Como dice el Estatuto de los Trabajadores: en jornada diaria. Lo explico con un ejemplo: si trabajas 8 horas de lunes a jueves y 5 horas los viernes y decides reducir 1/8 parte de tu jornada, pasarías a trabajar 7 horas de lunes a jueves y 4,3 horas los viernes. Piensa que si los viernes no redujeras jornada, estarías «regalando» parte de tu jornada laboral.
Si la empresa y yo estamos de acuerdo en acumular la reducción en días o semanas completos, ¿Podemos hacerlo?
A nivel de prestación de servicios con la empresa, sí, no hay problema. El problema es lo que pueda interpretar Seguridad Social, que quizás dirá que no haces la reducción como marca la Ley y por lo tanto no otorga la misma protección. ¿Posibles consecuencias? Que se te considere el contrato a jornada parcial en lugar de completa, disminución de días para posibles prestaciones y problemas similares. Es un caso no contemplado en la normativa y, por tanto, que no se puede decir nada con seguridad.
Mi trabajo implica viajar y superar con creces la jornada de ocho horas. ¿Si tengo reducción de jornada estoy obligada a seguir viajando?
Como en cualquier otro caso, la trabajadora escoge el horario que quiera (con los límites legales) y la empresa tiene que adecuarse a la nueva situación. Por lo tanto, si la empresa te obliga a viajar a sabiendas que superarás el nuevo horario, te puedes negar a a viajar.
La empresa me quiere cambiar el horario que habían aceptado anteriormente, ¿Pueden hacerlo?
No. Una vez aceptada la reducción, no pueden obligarte a cambiar la jornada.
¿Qué puedo hacer si la empresa no me acepta la reducción dentro de mi jornada ordinaria?
Debes interponer una demanda ante el Juzgado Social en materia de Derechos de conciliación de la vida laboral y familiar para que el juez decida al respecto. Mientras el juez no dice sentencia, por desgracia estás obligada a seguir con la jornada anterior. Por cosas como esta, recomiendo pedir la reducción de jornada con más antelación de los 15 días.
¿Si la empresa no me firma la solicitud o no me contesta nada puedo iniciar la jornada reducida?
Esta pregunta es complicada, porque ni la ley ni la jurisprudencia lo dejan del todo claro. La práctica dice que hay que esperar la respuesta de aceptación para cambiar el horario, y que si cambias el horario sin haber aceptación expresa, te podrían sancionar por no cumplir tu horario. No obstante, como a veces la empresa “se olvida de contestar”, aconsejamos redactar la carta incluyendo una frase del tipo “en caso de no responder la empresa a esta comunicación, se entenderá por aceptada la reducción de jornada, iniciando la misma en la fecha de efectos”, para dejar clara tu postura y forzarles a comunicarse contigo. También será importante, en caso de posibles problemas, enviar dicha comunicación por burofax para que tenga plena validez legal.
¿La reducción afecta a todos los conceptos de la nómina?
No. Si cobras Plus Transporte, Plus Distancia, Plus Ropa de Trabajo o cualquier otro concepto que no dependa de las horas al día que hagas, estos conceptos no deben ser rebajados.
¿El nuevo salario a cobrar se reducirá lo mismo que la jornada?
No del todo. La reducción de la jornada se hace sobre el salario bruto, lo que afecta a la retención del IRPF (la hace bajar casi siempre) y por tanto al líquido a cobrar, que quizás no bajará tanto proporcionalmente.
¿Debo pedirlo por escrito?
Sí, ya que debes decir fecha de inicio y fin de la reducción, % de reducción y concreción horaria, además de dejar claro que es una reducción por cuidado de menor y no por otro tema. Es de vital importancia remarcarlo para que la empresa haga los movimientos necesarios en Seguridad Social y por otros tres motivos:
– En caso de despido, la indemnización se calcula con el salario anterior a la reducción, siendo más beneficioso.
– En caso de pedir la prestación por desempleo, no tienen en cuenta la reducción para calcular el importe a cobrar, lo que juega a tu favor.
– A efectos de cálculo de algunas prestaciones de Seguridad Social, los dos primeros años en reducción de jornada por cuidado de menor también los elevan a la jornada anterior (un año si es cuidado de familiar).
¿Puedo prorrogar una solicitud inicial de reducción de jornada?
Sí, tantas veces como quieras.
Pedí la reducción de jornada antes de la ampliación a 12 años. Mi hijo va a cumplir ahora los 8. ¿Debo pedirla de nuevo?
La ley no lo especifica, pero por seguridad, recomiendo pedir la ampliación hasta los 12 años por escrito con las mismas condiciones que tuvieras hasta ahora (o otras si quieres cambiar) con la antelación mencionada de los 15 días.
Me han hecho una baja y alta en Seguridad Social al empezar la reducción. ¿Es correcto?
Hasta marzo de 2014 era la forma correcta de notificar a Seguridad Social dicho cambio. Desde marzo, se mecaniza como un cambio de contrato, manteniendo el código del contrato actual y añadiendo el asesor o la empresa un código adicional que indica que es una reducción por guarda legal. No obstante, no está de más acercarse a una oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social y preguntar si han hecho el cambio correctamente.
¿Puedo cambiar tantas veces como quiera el horario de reducción?¿Incluso si no ha finalizado el período que tenía firmado?
En principio sí, aunque no es seguro 100%, ya que la obligatoriedad de informar en la petición de reducción el fin de la misma no deja clara la posibilidad de cambio. No obstante, en caso de estar justificado el cambio, dudo mucho que un juzgado no diera la razón a la trabajadora siempre que se justifique el cambio como una medida en favor del menor.
¿Me pueden despedir por pedir la reducción?
No. Al revés: si te despiden por eso (aunque no lo ponga en la carta pero las pruebas lo confirmen) sería un despido totalmente nulo con readmisión en la empresa, al vulnerar a un derecho fundamental recogido en la Constitución.
Espero haber respondido la mayoría de vuestras dudas. Si aún quedan preguntas sin responder, no dudéis en comentar el artículo e incorporaré estas preguntas para hacer esta guía lo más completa posible.
Recordad que es muy importante realizar el escrito de reducción de jornada con la máxima información posible para que la empresa no os cuele un gol. No es recomendable que sea el trabajador quien le pida a la empresa “si le pueden facilitar” el modelo. Por ahorraros unos pocos euros pueden haber consecuencias catastróficas si os despiden o si vais al paro. Confiad en un Experto Laboral para ello.


Hola,
llevo en mi empresa desde 2008, en 2012 pedí reducción por guardia legal, luego volví un tiempo a jornada normal y en enero de 2014 volví a incorporarme tras otra baja por maternidad de nuevo con reducción por guarda legal.
En mi informe de vida laboral veo las altas y bajas correspondientes a estos cambios pero el campo Contrato de Trabajo (C.T) siempre ha marcado «100» y el CTP siempre aparece sin rellenar. ¿Es esto correcto?
Mi otra duda es que la última vez yo pedí la reducción hasta que el pequeño cumpla los 8 años (ahora tiene 18 meses), ¿debería pedir la ampliación hasta los 12? Cambia esto en algo una posible indemnización?
Si que tienes que pedir la ampliación hasta los 12.
Para lo otro lo mejor es que lo consultes en TGSS
Hola, muy buenas,yo pedí la reducción en abril del 2014 y por motivos de que se acabo el presupuesto no la he cobrado, me gustaría saber cuando se cobraría.
Muchas gracias
No entiendo la pregunta.
Buenos días,
Disfruto de una reducción de jornada de guarda legal de 1/8 de mi jornada (35 horas semanales), en la que a la hora de pedirla, solicité un turno fijo de mañana y la empresa alegó que la dueña (la jefa), que dió a luz días antes que yo, ya la había cogido con ese horario y que no me la podía coger yo. No obstante, llegamos en su momento a un acuerdo, en el que trabajaría una semana de mañana y otra de tarde.. pero ahora no tengo con quien dejar a mi hija porque su padre ha encontrado un trabajo recientemente. Necesito el turno de mañana, pueden negarse a dármelo?? a los demás empleados no les afecta ni siquiera , puesto que no les tienen que cambiar los turnos para cubrir el trabajo. Cuando presente mi solicitud de cambio de horario por escrito, le doy un pre-aviso de 15 días… tiene que contestarme por escrito o sirve con solo firmarme el recibí de la carta?? si no lo firma, entiendo que debo enviar un burofax. Muchas gracias
Depende de lo que ponga en la carta. Para un análisis correcto, ruego utilizar el servicio de consultas de la web.
Mi jefe está en trámites de traspasar el centro donde trabajo a otras personas, que está en Madrid, y está en trámites de compra de otro centro de trabajo en Cuenca.. yo disfruto de guarda legal de mi hijo con reducción a 35 horas semanales. Cuando firmamos el contrato, tuvimos que firmar una cláusula de movilidad geográfica por toda España.. pero esto lo firmé 2 años y pico antes de acogerme a la guarda legal. Me puede obligar a ir a trabajar alli?? si me niego que puede pasarme? con cuanto tiempo debería comunicarme que vende este centro de trabajo? no sabemos si va a subrogarnos al personal o no.. porque nos hemos enterado de todo esto a través de terceras personas.. gracias de antemano
Hola,
Para un análisis correcto, ruego utilizar el servicio de consultas de la web.
Saludos.
Buenas tardes,
Tengo jornada reducida por cuidado de un menor desde septiembre 2014, Mi jornada habitual era de 11 a 20: 00 horas de lunes a jueves y de 12:00 a 20:00 los viernes. He reducido la jornada y ahora trabajo de 15:00 a 20:00 todos los días. ¿Es esta reducción correcta? quiero decir si se puede hacer o debería haber reducido las mismas horas todos los días. Ya llevo meses asi y ahora, tras un cambio de horario en el trabajo de mi marido he solicitado a la empresa cambiar mi turno a otro que me permita cuidar de mi hijo. Bien de mañana o bien dentro de mi jornada anterior de 11:00 a 16:00 acortando mi horario a la salida.
La empresa me deniega el horario que solicito alegando que necesitan cubrir mi puesto hasta ultima hora del día. ¿Deben concederme el horario solicitado?
En principio sí, te lo deberían dar.
Hola, en marzo me incoporo al trabajo después de la baja de maternidad me gustaría pedir una reducción de jornada. El horario de mi empresa es de lunes a viernes de 10:00 a 20:00 y somos dos chicas pero mi compañera tiene una reducción de 10:00 a 17:00 yo podría pedir una reducción de 13:00 a 20:00? me la podrian denegar?
Poder pueden… y tu puedes demandarles.
Podría pedir de lunes a jueves de 12:30 a 20:00 (trabajar 7:30h)y los viernes de 10:00 a 15:00? los viernes el horario de mi empresa es de 10:00 a 15:00. En total son 35 horas semanales un 1/8 de mi jornada laboral.
Para consultas individuales ruego utilizar el servicio de consultas de la web.
saludos
Buenas tardes mi jornada laboral es de 8 a 14 y de 16 a 18 aun que en mi contrato no especifica horario es el que llevo realizando desde que entre en la empresa, ahora quiero pedir la jornada reducida, es correcto pedir de 8 a 14h ?
Gracias
En principio, sí.
El 9 de enero comuniqué por escrito mi solicitud de reducción de jornada cuyo horario entra dentro de la jornada de trabajo. A fecha de hoy todavía no me han contestado. Mi fecha de incorporación es el 19 de febrero. ¿Debo enviarles un burofax? Si tuviera que demandar ¿en qué plazo quedaría resuelto? El problema es que no tengo a nadie a quién dejar a mi hija y sería un problema grave si me viera forzada a la jornada completa hasta que salga sentencia. Muchísimas gracias.
Depende de la rapidez del juzgado, que en cada provincia es diferente. Te recomiendo ir YA a un profesional para poner la demanda. ¿De qué provincia eres?
De Madrid. Por otra parte lo comuniqué por mail porque así me dijeron que podía hacerlo. Tengo una respuesta de la directora de recursos humanos, también por mail, de que todavía no tiene respuesta de la empresa a mi solicitud. Muchísimas gracias por la rapidez.
Si quieres puedo derivarte a unos conocidos de Madrid para la demanda…
De acuerdo. Gracias de nuevo.
Tengo un horario laboral de lunes a jueves de 8:45 a 18:00 y los viernes de 8:00 a 15:00. Pretendo reducir la jornada en una hora y mi pregunta es: ¿como los viernes trabajamos 7 horas, no podria reducirme ese dia? ¿podria reducirme 45 minutos de lunes a jueves, para poder reducir los viernes una hora, es decir, hacer 6 horas los viernes, y 7:15 de lunes a jueves?
Mientras reduzcas al menos un 12,5% de jornada cada día… Lo que quieras.
Buenos días:
Trabajo en una escuela infantil privada en la Comunidad de Madrid. Yo hago una jornada completa de 8 horas de lunes a viernes de 09:00 a 17:00 si bien en ocasiones por motivos organizativos me cambian el horario. En el día de ayer me comunicaron que me van a poner jornada partida de forma que salga todos los días a las 19.00 de tarde ( no me esspecifican la hora de entrada ni el número de horas de comida). Yo tengo hijos menores de 12 años y además estudio por las tardes por lo que no podría compatibilizar ni el cuidado de mis hijos con este horario y continuar con los estudios cosa que ellos ya saben. ¿ Puedo solicitar reducción de jornada y así evitar la jornada partida eligiendo horario? ¿En el caso que me despidieran afectaría esta reducción de jornada al cobro de mi prestación por desempleo?. Gracias por su atención y enhorabuena por el magnífico y aclarador artículo que ha realizado. Saludos
Para consultas individuales ruego utilizar el servicio de consultas de la web.
Saludos.
Hola, mi consulta es la siguiente trabajo a turnos mañana, tarde y noche, mi idea es trabajar a turno fijo reducciondome 2 horas seria de 6 a 12:00, tendria algun problema por el hecho de los turnos y cambiar cada semana un saludo y muchas gracias de antemano.
El artículo explica el tema de los turnos.
Saludos.
hola me kiero redicir a 17,30horss,y kedria kojerme horario de mñn,pero ya ay una xika aciendo horario de mñn aciendo reduccion.
se pueden negar a darme ese horario si la otra xika ace rl mismo k yo?
gracias
Habría que ver el caso en particular, pero en principio no.
Ante todo buenas tardes y muchas gracias por el trabajo que realizáis en esta página.
Yo trabajo a turnos, una semana de mañana y dos de tarde. He solicitado la guardia legal 1/8 en turno de mañana y se han negado aduciendo necesidades de la producción. Si me conceden la reducción pero en el turno actual lo cual me sirve de poco ya que necesitaría estar en el turno de mañana.
Sería el primero al que le negasen el permiso en mi trabajo ya que hay varias compañeras en varias áreas que están ejerciendo este derecho.
Pues a demandar toca…
Muchas gracias por la prontísima respuesta. Voy a ir quemando naves, lo primero es que el comité de empresa mueva la cosa pero tengo muy claro que si me obligan no pienso ceder en mis derechos, bastantes nos han quitado ya.
De nuevo muchas gracias.
buenas tardes
he solicitado una reducción de jornada por guarda legal con una fijación de horario por escrito, la empresa por teléfono me ha comunicado que me la acepta pero que me tiene que trasladar de centro. ¿es eso legal? ¿tengo que aceptar el traslado?.
el traslado supone unas distancia mayor a 45 km de mi residencia por lo que dice el convenio me tendrían que abonar los gastos, pero la empresa dice que como es un traslado de centro, y no dista mas de 20 km no tienen que abonármelo, ¿es eso legal?
Que te lo comuniquen verbalmente no es legal. si lo hacen por escrito, habrá que ver la carta.
Buenos días, gracias por su ayuda.
Si se trabaja en horario partido de 9 a 14 y de 15 a 18. podría elegir el horario de 9 a 15 horas ( de 14 a 15 horas es horario de comida para todo el mundo) y si llegara a un acuerdo con los jefes podrías ser de 8 a 15 horas reduciéndome 1/8? Gracias
Por acuerdo sí. Sin acuerdo, difícil.
Muchas gracias por su respuesta. En cuanto a la hora de comida es dificil sin acuerdo?
Gracias
Bastante…
Entiendo que si solicito la reducción de jornada 3/8 es decir trabajar de 9 a 14 horas y no ir por la tarde ¿están obligados a concederla? aunque sea una empresa muy pequeña
Obligadísimos a dártela.
Hola, tras leer el artículo, me han quedado las cosas bastante más claras sobre cuáles son mis obligaciones y mis derechos con respecto a la jornada. Me queda una única duda. En la parte en la que comentas que los pluses tipo transporte no son reducibles en nómina, me surge la siguiente duda: Tengo un sueldo fijo y una parte variable por consecución de objetivos trimestrales, este variable se ve afectado en la reducción de mi nómina??Otra duda que tengo, ¿cuándo reduce la SS el % de IRPF que me retiene para adaptarlo al ‘nuevo salario’?Tengo entendido que hasta los 3 años???Es correcto??Milones de gracias
-Lo del variable depende de como esté redactado el acuerdo de objetivos.
-El IRPF depende del sueldo no de la reducción.
Antes de nada, gracias por responder. Miraré el tema del variable, en cuanto a la pregunta del IRPF, tengo entendido que se me seguirá aplicando el mismo que tengo ahora con el salario al 100% hasta los 3 años, en los que el % se ajustará al sueldo bruto obtenido con la reducción, es correcto?
No. mezclas irpf con cotización
Cierto, debí perder neuronas en el parto!!!Gracias
Una duda, estoy desde hace 22 meses en reducción de jornada de 40h a 20h con las correspondientes reducciones de salario, etc… Mi duda es a la hora de si me despidieran o me fuera al paro, cual sería mi prestación a recibir? Como al 100% o solo como media jornada? Porque a mi me han dicho que si me voy al paro no me afecta, y cobraria como si hubiera cotizado al 100% sin la reducción. estoy algo asustada por si no es así y espero respuesta, gracias
100%
Y tengo plazo? es decir puedo estar en reducción de jornada un par de años más y que cuando me vaya al paro puede percibir el 100% en la prestación economica? Gracias
Es para siempre el paro al 100%.
Perdón, se cobra el paro al 100% si te despiden en los dos primeros años de reducción de jornada por guarda legal o siempre. Tenía entendido que una vez cumplidos los dos años, la empresa cotiza ya por el tiempo de trabajo efectivo y no por el 100%. Me podéis aclarar esto? muchísimas gracias
Siempre
Buenas tardes
En estos momentos me encuentro con reducción de jornada de 10 a 14 impuesta por la empresa desde Junio del 2014, solicité el horario de 08,30 a 15,30 ya que en las oficinas de la empresa en ese horario siempre hay gente trabajando, me lo negaron alegando que mi turno era de 09,30 a 14,00 y de 17,00 a 20,30, pero en mi contrato no se especifica horario, es una tienda, pero yo no estoy de cara al público, trabajo en las oficinas. Podría solicitar una ampliación de mi jornada reducida?
Gracias de antemano por su ayuda.
Tendría que ver como se redactó todo… Pero en principio sí que puedes.
Cómo se la puedo enviar? Gracias
A través del servicio de consultas de pago de la web.
Saludos.
Buenas tardes, mi pregunra seria si hay un tiempo minimo de cotización en la empresa antes de pedir la reducción de jornada o si se puede pedir des del primer dia en una faena nueva.
muchas gracias
sí se puede.
Estando con reducción de jornada desde 2010, ahora nos despiden con un ere colectivo. Para el calculo de la indemnización que pagará el FOGASA, se toma la base de cotización de 8horas o de la última nómina?
El Fogasa no paga con ERE, solamente paga en caso de insolvencia.
buenos dias,
a mi el fogasa me pago el 40 por ciento de la indemnizacion, al ser la empresa con menos de 25 trabajadores. a lo mejor se refiere a ese caso
Buenos dias mi pregunta es…Acabo de ser madre he pedido reducción de jornada laboral. El centro abre de lunes a lunes de 8.00 a 16.00 horas… He pedido reducción de jornada con horario de lunes a viernes de 08.00 a 14.00 puesto que la guardería no abre los fines de semana y no tengo con quien dejar a la niña la empresa me contesta diciendo que por cuestiones organizativas en la oficina donde trabajo no me pueden poner ese horario que si lo deseo puedo irme a otra ofi una que queda a 50 km de mi oficina … Es decir que en mi oficina trabajamos 5 personas las cuales y me comentan que no me pueden dar el horario… Puedo recurrir eso para que me den lo que pido ya que no tengo nadie que cuide la niña los fines de semana? Ellos me pidieron esas dos opciones en la respuesta o me quedo donde estoy horario de 08.00 a 14.00 on días festivos rotativos o me voy a la otra oficina y allí me me dan lo que pido Muchas gracias de antemano
La reducción de jornada debe solicitarse dentro del horario tal como has hecho. Que ante la negativa y tal como nos lo has planteado, la mejor opción sería interponer una Demanda de conciliación de la vida laboral y familiar. Por nuestra parte, te aconsejamos que contactes con nuestro equipo de expertos jurídicos en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com
Hola,
Quiero pedir una reducción de jornada a partir de Septiembre de este año. Soy profesora en in instituto y nuestra jornada laboral es de 8:15 a 14:10 por la mañana y de 15:30 a 17:20 por las tardes dependiendo del horario de clases que nos toque a cada uno. Los miércoles por la tarde lo dedicamos a reuniones de departamento, claustros etc… Yo quiero pedir la reducción para ir a trabajar de 9:10 a 13:15 todos los días. ¿ Me pueden obligar a ir a trabajar los miércoles por la tarde?
Gracias
Para consultas particulares ruego utilizar el servicios de consultas de la web.
Saludos.
Necesito asesoramiento. Mi marido firmo una reduccion de jornada en el corte ingles en junio del 2010 con horario de 10 a 16 h. En ese momento solo habia nacido mi hija mayor (2006) y a los 3 meses en octubre del 2010 nacio mi otra hija. Mañana cumple 12 años mi hija mayor y dicen que si quiere seguir con la reduccion de jornada hasta los 12 años de la pequeña tiene que cambiar su horario una semana de mañana y otra de tarde. Pueden cambiarle el horario??? Dicen que el tenia firmado solo hasta el 12 de junio del 2018, lo que esta firmado es hasta el 12 de junio del 2014 porque en ese momento era hasta los 8 años. Tiene compañeros con hibos nacidos en noviembre del 2010 un mes despues qye mi hija pequeñay esas personas si pueden seguir con su turno de mañana pero el no por haber empezado su reduccion de jornada con su hija mayor aunque en el papel no se especifica mas que se cincede por la guardia y custodia de un menor.
Buenos días Mercedes,
Para poder asesorarte correctamente a ti y tu marido necesitaríamos saber algunos detalles más referentes al caso que podrían decantar la respuesta en una forma u otra. Por favor, para ello envíanos un correo a info@expertolaboralonline.com. Muchas gracias.