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Derechos Laborales, Maternidad

Reducción de jornada por guarda legal: Guía práctica

Publicado el · Experto Laboral Online

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A raíz de un caso real sobre una consulta efectuada, y viendo que existen muchas dudas al respecto, he decidido hacer una guía resumida pero completa acerca de la reducción de jornada por guarda legal por cuidado de hijo. Este artículo se suma al publicado sobre el permiso de lactancia en un intento de acercar a todos los trabajadores (y en especial a las madres) el Derecho Laboral de forma simple y resumida.

Artículo actualizado en enero del 2014 con nueva redacción normativa y nuevas preguntas y respuestas gracias a vuestros comentarios. Leer entero antes de formular comentarios, por favor. no se responderán preguntas que estén claramente respondidas en el artículo.

Todo lo que aquí menciono lo baso en el Estatuto de los Trabajadores y jurisprudencia que va apareciendo, pero el convenio colectivo de la empresa puede mejorar las condiciones que aquí aparezcan, por lo que SIEMPRE hay que consultar el convenio o dejarse asesorar por un Experto Laboral antes de tomar una decisión en este tipo de temas.

¿Qué es la reducción de jornada por guarda legal?

Es un derecho establecido en el artículo 37 del Estatuto de los trabajadores que permite reducir la jornada de trabajo diaria con disminución proporcional del salario a quien tenga a su cuidado directo a los siguientes colectivos, siempre que éstos no desempeñen una actividad retribuida:

– Menores de 12 años.

– Personas con discapacidad física, psíquica o sensorial.

– Familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismos.

– Menores de 18 años hospitalizados o en tratamiento de cáncer o enfermedad grave.

Dicha reducción de jornada debe pedirse por escrito con 15 días de antelación a su inicio.

¿De cuánto es la reducción?

Entre 1/8 parte y la mitad de la jornada diaria, a menos que sea para un menor por cáncer o enfermedad grave, en cuyo caso será un mínimo del 50% de la jornada

¿Quién lo puede pedir?

Tanto hombres como mujeres, y lo pueden disfrutar a la vez ambos miembros de la pareja siempre que no trabajen en la misma empresa. En ese caso, y si la piden por el mismo hijo, la empresa puede negarse a conceder una de las dos por motivos organizativos. Si la pidieran por hijos diferentes, la empresa no podría negarse.

¿Cómo se calcula la reducción?

Desde la reforma laboral de julio 2012, el cálculo se hace sobre la jornada diaria. Es decir, no se pueden acumular horas de reducción y ésta se aplicará a todos los días que prestes servicios en el mismo porcentaje. Si, por ejemplo, trabajas de lunes a viernes de 7h a 15h y pides una reducción de una hora, tendrás que hacerla todos los días, no puedes acumularlas todas y disfrutarlas un solo día.

¿Puedo elegir el horario de la reducción?

Por supuesto, siempre que sea tu jornada ordinaria de trabajo. ¿Qué quiero decir con esto? Que si trabajas de 7h a 15h y pides a la empresa una reducción de jornada y pasar a trabajar de 15h a 21h, pueden denegar esa solicitud al no ser tu jornada de trabajo, siempre que exista una justificación de carácter organizativo. Lo que no pueden hacer es denegarlo sin motivo. Muy importante mirar el convenio, sobretodo en este punto.

¿Si trabajo a turnos debo seguir cambiando turnos cuando quiera la empresa?

Actualizo este punto por ser polémico y porque las sentencias de los juzgados obligan a ello. Muchas de las solicitudes de turno fijo llegan a los juzgados al no haber acuerdo empresa-trabajador. ¿Qué valoran los jueces si se llega a ese punto?

– Por parte del trabajador: la edad del menor, horarios de la guardería o circunstancias familiares (abuelos que puedan ayudar o no). El trabajador debe demostrar que los turnos rotativos impiden conciliar. En este aspecto, los jueces valoran mucho el horario de la pareja. Por ejemplo, si un miembro de la pareja a las 17h ya no trabaja y el otro pide un horario parecido, va a ser difícil que el juez conceda el turno fijo, ya que entiende que el otro miembro puede cuidarlo por la tarde.

– Por parte de la empresa: el perjuicio de dar ese turno fijo, perjuicio al resto de trabajadores, dificultad para cubrir ese cambio o necesidad de que el turno sea rotativo. Si no se demuestra el perjuicio, se suele dar la razón al trabajador. Si la empresa se cierra en banda en casos muy claros, el trabajador puede pedir una indemnización adicional de daños y perjuicios.

Por lo tanto, lo que está claro es que la empresa solamente puede denegar el turno fijo si acredita perjuicio… Pero incluso aunque sea así, si el trabajador demuestra que el hecho de no tener turno fijo perjudica mucho la conciliación y lo demuestra, el trabajador ganará ese turno fijo.

Conclusión: muchas veces hay que llegar hasta el juicio para poder ganar el turno fijo, pero no es algo que sea seguro 100%.

Trabajo a jornada partida y quiero pedir reducción, lo que significaría trabajar en la hora de comer. ¿Puedo pedirlo?

Se puede pedir. Y te lo deben conceder, a menos que la empresa justifique que por razones organizativas no te lo pueden dar al no ser la hora de comer parte de tu jornada ordinaria.

Mi jornada de trabajo es diferente según meses (jornada intensiva) y también los viernes. ¿Cómo se calcula la reducción?

Como dice el Estatuto de los Trabajadores: en jornada diaria. Lo explico con un ejemplo: si trabajas 8 horas de lunes a jueves y 5 horas los viernes y decides reducir 1/8 parte de tu jornada, pasarías a trabajar 7 horas de lunes a jueves y 4,3 horas los viernes. Piensa que si los viernes no redujeras jornada, estarías «regalando» parte de tu jornada laboral.

Si la empresa y yo estamos de acuerdo en acumular la reducción en días o semanas completos, ¿Podemos hacerlo?

A nivel de prestación de servicios con la empresa, sí, no hay problema. El problema es lo que pueda interpretar Seguridad Social, que quizás dirá que no haces la reducción como marca la Ley y por lo tanto no otorga la misma protección. ¿Posibles consecuencias? Que se te considere el contrato a jornada parcial en lugar de completa, disminución de días para posibles prestaciones y problemas similares. Es un caso no contemplado en la normativa y, por tanto, que no se puede decir nada con seguridad.

Mi trabajo implica viajar y superar con creces la jornada de ocho horas. ¿Si tengo reducción de jornada estoy obligada a seguir viajando?

Como en cualquier otro caso, la trabajadora escoge el horario que quiera (con los límites legales) y la empresa tiene que adecuarse a la nueva situación. Por lo tanto, si la empresa te obliga a viajar a sabiendas que superarás el nuevo horario, te puedes negar a a viajar.

La empresa me quiere cambiar el horario que habían aceptado anteriormente, ¿Pueden hacerlo?

No. Una vez aceptada la reducción, no pueden obligarte a cambiar la jornada.

¿Qué puedo hacer si la empresa no me acepta la reducción dentro de mi jornada ordinaria?

Debes interponer una demanda ante el Juzgado Social en materia de Derechos de conciliación de la vida laboral y familiar para que el juez decida al respecto. Mientras el juez no dice sentencia, por desgracia estás obligada a seguir con la jornada anterior. Por cosas como esta, recomiendo pedir la reducción de jornada con más antelación de los 15 días.

¿Si la empresa no me firma la solicitud o no me contesta nada puedo iniciar la jornada reducida?

Esta pregunta es complicada, porque ni la ley ni la jurisprudencia lo dejan del todo claro. La práctica dice que hay que esperar la respuesta de aceptación para cambiar el horario, y que si cambias el horario sin haber aceptación expresa, te podrían sancionar por no cumplir tu horario. No obstante, como a veces la empresa “se olvida de contestar”, aconsejamos redactar la carta incluyendo una frase del tipo “en caso de no responder la empresa a esta comunicación, se entenderá por aceptada la reducción de jornada, iniciando la misma en la fecha de efectos”, para dejar clara tu postura y forzarles a comunicarse contigo. También será importante, en caso de posibles problemas, enviar dicha comunicación por burofax para que tenga plena validez legal.

¿La reducción afecta a todos los conceptos de la nómina?

No. Si cobras Plus Transporte, Plus Distancia, Plus Ropa de Trabajo o cualquier otro concepto que no dependa de las horas al día que hagas, estos conceptos no deben ser rebajados.

¿El nuevo salario a cobrar se reducirá lo mismo que la jornada?

No del todo. La reducción de la jornada se hace sobre el salario bruto, lo que afecta a la retención del IRPF (la hace bajar casi siempre) y por tanto al líquido a cobrar, que quizás no bajará tanto proporcionalmente.

¿Debo pedirlo por escrito?

Sí, ya que debes decir fecha de inicio y fin de la reducción, % de reducción y concreción horaria, además de dejar claro que es una reducción por cuidado de menor y no por otro tema. Es de vital importancia remarcarlo para que la empresa haga los movimientos necesarios en Seguridad Social y por otros tres motivos:

– En caso de despido, la indemnización se calcula con el salario anterior a la reducción, siendo más beneficioso.

– En caso de pedir la prestación por desempleo, no tienen en cuenta la reducción para calcular el importe a cobrar, lo que juega a tu favor.

– A efectos de cálculo de algunas prestaciones de Seguridad Social, los dos primeros años en reducción de jornada por cuidado de menor también los elevan a la jornada anterior (un año si es cuidado de familiar).

¿Puedo prorrogar una solicitud inicial de reducción de jornada?

Sí, tantas veces como quieras.

Pedí la reducción de jornada antes de la ampliación a 12 años. Mi hijo va a cumplir ahora los 8. ¿Debo pedirla de nuevo?

La ley no lo especifica, pero por seguridad, recomiendo pedir la ampliación hasta los 12 años por escrito con las mismas condiciones que tuvieras hasta ahora (o otras si quieres cambiar) con la antelación mencionada de los 15 días.

Me han hecho una baja y alta en Seguridad Social al empezar la reducción. ¿Es correcto?

Hasta marzo de 2014 era la forma correcta de notificar a Seguridad Social dicho cambio. Desde marzo, se mecaniza como un cambio de contrato, manteniendo el código del contrato actual y añadiendo el asesor o la empresa un código adicional que indica que es una reducción por guarda legal. No obstante, no está de más acercarse a una oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social y preguntar si han hecho el cambio correctamente.

¿Puedo cambiar tantas veces como quiera el horario de reducción?¿Incluso si no ha finalizado el período que tenía firmado?

En principio sí, aunque no es seguro 100%, ya que la obligatoriedad de informar en la petición de reducción el fin de la misma no deja clara la posibilidad de cambio. No obstante, en caso de estar justificado el cambio, dudo mucho que un juzgado no diera la razón a la trabajadora siempre que se justifique el cambio como una medida en favor del menor.

¿Me pueden despedir por pedir la reducción?

No. Al revés: si te despiden por eso (aunque no lo ponga en la carta pero las pruebas lo confirmen) sería un despido totalmente nulo con readmisión en la empresa, al vulnerar a un derecho fundamental recogido en la Constitución.

Espero haber respondido la mayoría de vuestras dudas. Si aún quedan preguntas sin responder, no dudéis en comentar el artículo e incorporaré estas preguntas para hacer esta guía lo más completa posible.

Recordad que es muy importante realizar el escrito de reducción de jornada con la máxima información posible para que la empresa no os cuele un gol. No es recomendable que sea el trabajador quien le pida a la empresa “si le pueden facilitar” el modelo. Por ahorraros unos pocos euros pueden haber consecuencias catastróficas si os despiden o si vais al paro. Confiad en un Experto Laboral para ello.

2.858 comentarios

  1. Buenos días! Necesito ayuda para gestionar mi reducción de jornada. Actualmente mi horario es partido de lunes a viernes de 9.30h a 13.30h y de 16.30 a 20.30h y los sábados de 10.00 a 14.00h y de 17.00h a 20.00h(siempre trabajo dos sábados y libro uno).Con este horario las horas del sábado las regaló, ya que de lunes a viernes hago las 40horas. Mi intención es trabajar de lunes a viernes de 9.45h a 16.15h y los sábados dejarlos igual que estoy. Con este nuevo horario haría 39.5h a la semana..es decir casi las 40horas. Lo que no se si esto consta como reducción de jornada y si tienen derecho a reducirme el salario.Muchas gracias.un saludo

    1. No constaría como reducción de jornada. Es que claro, ahora estás en una situación de ilegalidad (por su parte)… Tanto por el nº de horas como por el hecho que no descansas 1,5 días semanales, sino uno solamente. Habría que entablar una negociación (o mejor, presentar el escrito de reducción para protegerte contra despido y a partir de ahí negociar.

      Si necesitas ayuda personalizada, puedes usar el servicio de consultas de la web.

      Saludos.

  2. Hola hace dos semanas que mande por correo electrónic con una carta redactada pediendo la reducción de jornada a 35 horas de lunes a viernes,lo mande y al día seguiente el de los recursos humanos de la empresa deciedome que se encuentra de vacaciones del 1 al 25 de agosto y que estará desponible a partir de esa fecha, la verdad me temo que llegue esa fecha y m digan que no, o m pueden decir que me quedo con el horario que tengo actualmente o que me vaya de la empresa, no se como tengo que actuar cuando llegue ese día,
    Necesito vuestra ayuda ,gracias

    1. Yo recomiendo enviarla por burofax, ya que así queda constancia tanto el envío como del contenido. Lo importante es que tengas tú la sartén por elmango no ellos.

  3. Al solicitar reducción de jornada por cuidado de hijos (de 40 a 35 horas), veo que la clave de mi contrato ha cambiado de un 100 a un 200 y en el apartado CTP pone 87,5%. Es correcto? No entiendo el cambio del 100 al 200. Gracias

    1. Desde marzo de este año es correcto, siempre que ponga en dicho cambio que es por guarda legal. Para salir de dudas, es mejor acercarse a una oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social y preguntar si han hecho el cambio correctamente.

  4. Hola.
    Yo tengo el mismo problema que mencionan pero al reves…
    Mi compañera que tiene reduccion de jornada para estar con sus hijos, hace 8 horas todos los dias en vez de 6 y trabaja 12 dias en vez de 21 y eligió turno de mañana y hace tardes cuando quiere ir de fiesta o para trabajar en sus tierras (vendimia), lo cual al ser un servicio 24h de turnos de mañana tarde y noche , yo me veo afectado por que sus tardes y noches las tenemos que hacer el resto de compañeros, esto es legal?
    Esta bien que elija turno como dice la ley pero creo que la reduccion la esta haciendo mal por hacer 8 horas ?
    Deberia de hacer menos ya que tiene una reduccion de un 80% y mi pregunta es….
    Si la empresa donde prestamos servicio no quiere que hagamos mas de 8 horas y ella hiciera 6 quien haria las dos horas restantes.
    Deberia la empresa anularle el contrato de reduccion ya que no se puede no?

    1. Lamento tu problema, pero la legislación es la que es.

      Sobre si hace mal la reducción o no, no voy a opinar sin ver sus papeles porque estaría opinando a ciegas. Solamente una cosa: hacer horas extras es algo voluntario, la empresa no puede obligar.

  5. Buenas tardes:

    Les escribo para hacer una consulta acerca de la posibilidad de cambio de turno en mi actual puesto de trabajo. Les cuento mi situación:
    Soy cuidadora de personas con discapacidad en un centro de día y residencia, abierto 24 horas durante 365 días al año.
    Mi horario actual es de lunes a viernes de 17 a 22 horas, y los sábados y domingos, de 8 a 15 horas. Descanso dos miércoles alternos al mes y dos fines de semana alternos al mes.
    Mi contrato es indefinido, con una antigüedad de tres años, y en él no se especifica mi horario laboral, sino que realizo 1331 horas al año.
    El convenio colectivo por el que nos regimos es el XIV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad.

    Me he leído el convenio y en la parte de reducción de jornada y cambio de turno se especifica «La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso corresponderá al trabajador/a, dentro de su jornada ordinaria».

    Mi intención es reducirme la jornada 1/8 y cambiar mi turno de trabajo a horario de mañana. Realmente, no sé si me puedo acoger a esto de «dentro de su jornada ordinaria», ya que mi jornada ordinaria no es fija, porque trabajo entre diario por las tardes y los fines de semana, por las mañanas. Mis funciones las puedo realizar en cualquier turno y, además, por temas organizativos, a veces me cambian el turno a la mañana en días festivos o no lectivos (en los que suelo hacer jornada completa).

    Sé que tengo que avisar con antelación, pero no sé si me pueden denegar dicha solicitud y, si es así, qué más puedo hacer a nivel legal.

    Les agradecería que me orientaran acerca de este asunto.

    1. Lo tienes difícil.

      Si normalmente NO trabajas a turnos, no podrás pedir turno de mañana. Es la gente que tiene turnos rotativos la que puede pedir fijar un turno.

  6. Antes de cojer la reducción de jornada por materindad, comenté en la empresa que a mi me interesaría trabajar 6 horas, y me contestaron que no, que u 4 u 8, ya que trabajo en horario de tienda y el horario de apertura al público es de 09:30 a 13:30 y de 16:00 a 20:00. En noviembre de 2013, tras finalizar la baja por maternidad, firmé la reducción de jornada a 4 horas, horario de mañana. Veo que económicamente no puedo continuar así ya que no llego a final de mes, quiero solicitar un aumento de horas, puedo hacerlo? Me lo tienen que conceder? Mi intención es solicitar de 09:30 a 13:30 y de 16:00 a 18:00, ya que tengo entendido que en este caso no puedo trabajar al mediodia ya que la tienda está cerrada. Es correcto? Muchas gracias por su atención.

    1. Todo lo que dices es correcto. Ese ultimátum de 4 a 8 no tiene ninguna base legal. Si pides ese horario te lo tienen que dar por narices. Y si no te lo dan, demanda al canto.

      Si necesitas ayuda con la solicitud nos lo dices.

      Saludos.

  7. Hola, tengo una reduccion de 20 horas semanales de lunes a viernes firmada desde el enero del 2012, aprovada segun el articulo 49 de nuestro convenio, pero no pone fecha fin, se supone que sería a los 8 años, ahora al cambiar hasta los 12, mi pregunta es si tengo que hacer algo y si desde los 8 a los 12 me podrían cambiar el horario ya que antes tb trabajaba los sabados y en mi reducción ahora es de lunes a viernes, y repito en mi carta aprobada mi reducción trae fecha de inicio de la reducción pero no trae fecha de fin, ni cuando el niño cumpla 8 años, no pone nada. Gracias

  8. Hola, yo estoy trabajando con reducción de jornada al 50% desde que me incprpore tras la baja maternal, pero fue un acuerdo verbal, sin escrito por mí parte para comunicarlo, ya que a la empresa le interesaba que yo continuase trabajando menos horas por la situación que atravesábamos la empresa. Ahora han despedido a todos y al tener yo más volumen de trabajo le he pedido a mí jefe que me modifiquen la jornada con una hora más y como la anterior vez, no ha puedo pegas. Pero está vez me gustaría notificado. Me podrías facilitar un modelo para entregarlo? No me fio de la gestora porque creo que meten bastante la pata y quiero atarse bien que siga todo correcto.

  9. hola buenas noches.Tengo una duda laboral.Yo trabajaba 30horas semanales, cuando tuve mi primer hijo en 2009 reduje la jornada a 20 horas y me comentaron en mi empresa que los dos primeros años cotizaban por mi al 100%.Hasta ahi todo correcto.Me quede embarazada de mi segundo hijo y seguia con la reduccion, de hecho los ultimos meses ya se habian pasado estos dos años con lo que cotizaban por mi por 2o horas y la baja maternal la cobre de 20horas.Mi pregunta es la siguiente, ahora vuelvo al trabajo con mi misma reduccion de 20 horas, los siguientes dos años volveran a cotizar por mi por las 30 horas? gracias

  10. Buenas tardes. Un mes antes de volver de mi baja maternal me obligaban a hacer horario fijo de tardes 40h. Yo les dije que con un hijo de 4 meses no queria trabajar de tardes. Y q preferia reducir jornada 33h pero de mañanas. Me dijeron q redactara escrito solicitando reduccion por cuidado de hijo pero ahora en 2013 y 2014 me obligan a hacer alguna tarde fija a la semana. Y para 2015 dos tardes. En el Inss consta reduccion jornada pero no por cuidado de menor o guarda legal. Tengo modificacion de contrato con horario concreto de mañanas de lunes a sabado pero la asesoria pasó de mi carta. Es legal q me cambien el horario poniendome alguna tarde? No hubo baja y luego alta cuando reduje jornada, ni consta guarda legal, pero a estas altura estoy a tiempo de pedir q lo subsanen? Gracias de antemano.

    1. Hay tantas cosas mal y me falta tanta información que no sé por donde empezar…

      Creo que necesitas un asesoramiento especializado después de haber analizado todos los papeles. Si te interesa, envía un email a info@expertolaboralonline.com

      Saludos.

  11. Hola, si mi contrato es de 20 horas/semana trabajando 5 dias/semana entre lunes y sabado, haciendo un dia de fiesta puedo poner ese dia como el sabado y trabajar de lunes a viernes? Si en el convenio pone minimo 4 horas diarias tendria que juntar las horas y trabajar por ejemplo 4 dias?

  12. Mi mujer tiene una reducción del 20% de su jornada por cuidado de un hijo menor. Ahora mismo está embarazada de 20 semanas y desea volver a trabajar al 100% hasta que dé a luz porque necesitamos el dinero y puede hacer el horario completo. ¿Cuánto cobrará una vez este de baja por IT y de maternidad? ¿Cuando vuelva al trabajo después de la maternidad, podrá de nuevo reducir la jornada, no? Si se puede cambiar tantas veces como se necesite, ¿no debería haber problema,no? Cuando la cogió con el primer hijo no le pusieron níngún problema, de hecho en realidad trabaja más horas de las que le corresponde porque trabaja desde casa fuera de su jornada (sin pagárselo claro…)
    Muchas gracias

    1. En maternidad cobrará lo mismo trabaje el 80 o el 100% de la jornada. Para la baja médica sí que le interesa más volver al 100%.

      Y no, si se redacta bien el escrito, no debería haber ningún problema.

      1. Es decir, ¿si ahora empezara de nuevo a trabajar el 100%, durante la baja de maternidad cobraría el 80% que está cobrando ahora?

        1. La maternidad es el 100% de la base de cotización. Y para maternidad, aunque esté al 80%, la SS eleva al 100% la prestación. Solamente cobrará menos durante la baja médica.

          1. ¿Pero la SS complimenta al 100% solo los dos primeros años, no? Ella lleva más de dos años con reducción de jornada por guarda legal. Esto es lo que no termino de tener claro. Muchas gracias!

          2. Tienes razón, creía que llevaba menos de 2 años con la reducción del primer niño. Entonces cobrará menos de las dos prestaciones si no se aumenta la jornada.

  13. Buenos días.
    Quiero pedir una reducción de jornada por cuidado de hijos, pero la necesito por días completos y no por horas.

    Tengo entendido que desde 2012 esto ya no puede hacerse, pero también he leído que si llegas a un acuerdo con la empresa a este respecto puede llevarse a cabo. ¿Es esto cierto?

  14. Buenas,mi contrato es a tiempo parcial con 1350 horas anuales y turnos rotativos y quisiera saber si yo podría pedir la reducción de 1/8 X cuidado de un menor y solicitar el turno de 6-11 ya que mi trabajo esta abierto 24 horas gracias

  15. Gracias,es que me dicen que solo tendría derecho a la reducción si mi contrato fuera de jornada completa y que si quiero una reducción que me baje el contrato y no lo veo justo…

  16. Hola, tengo una duda, el tema es que estoy de reducion de jornada, realizo 6 horas diarias en lugar de 8 horas, llevo 3 años así, el tema es que ahora mi hija empieza el cole y necesito hacer una variación en el horario laboral para cuadralo con el horario de entrada y salida del cole lo maximo posible, hasta ahora he estado haciendo turno fijo de 9 a 15h. y a partir de ahora quiero hacer de 9:15 a 15:15 para poder dejarla en el cole y me de tiempo de llegar al trabajo, mis preguntas son, ¿debo comunicarlo por escrito aunque no suponga una variacion en el porcentaje?, ¿pueden decirme que no por no ser horas exactas en punto?, otra duda que tengo es que la reduccion la firme con la anterior ley, hasta los 8 años de edad del hijo, ¿cuando cumpla los 8 debo volver a solicitarla o se alarga automaticamente por la nueva ley?

    muchas gracias
    saludos

    1. Toda variación debe ser comunicada, y lo de las horas en punto no debería ser un problema. Yo presentaría escrito prorrogando a 12, por si acaso, como se dice en el artículo.

  17. En Marzo del 2013 pedí una reducción por guarda legal del 50% de mi horario a la empresa y me fue concedida. En Mayo del 2014 pedí tras una baja maternal volver a mi horario y renunciar a la reducción . Y la empresa no me las devolvió solo me amplio a un poco más de mi horario pero me las devuelven ahora en Septiembre del 2014 , que aun ni me lo han confirmado. Me ha alegado que hasta que la empresa no tiene necesidades , no tienen obligación de devolvérmelas . Y como ahora se va una chica es cuando me las devolverán. ¿ Lo puede hacer la empresa? ¿ Al pedirlo verbalmente y no por escrito la empresa puede negarse?

    1. El derecho de volver a 40 horas es todo tuyo. Lo que dice la empresa son milongas. Pero al hacerlo verbal no tienes pruebas. Hazlo por escrito y si no pasan por el aro, toca demandar.

  18. Hola. me gustaría poder consultarte lo siguiente. tengo dos niños menores de 3 años. soy comercial por toda España y quisiera poder ayudar a mi mujer en el cuidado ya qu eella va a empezar a trabar por las tardes. estoy pensando pedir una reducción de jornada. como afecta la reducción los días que tendría que dormir fuera?. se suman las horas?. Muchas gracias.

    1. Serían horas extras. No todas, obviamente, pero sí bastantes de ellas.

      Lo correcto sería adaptar el puesto a la reducción para evitar los viajes, en la medida de lo posible.

  19. buenos dias pedi reducion de jornada a mi empresa por escrito y m lo denigaron tengo dos hijos menores de 5 años , mi han dicho que no m correspondetengo pensado de ponerles una demanda con abogado y no se si el juez m dara la razon o me quedo tal y como esty y m busco donde dejar a mis hijos cuando este trabajando,si me olvido decir que m lo denigaron todo pedi el horario de mañana compatible con la guarderia de mis hijos y tambien pedi que me reduzcan la jornada a 35 horas semanales y m lo rechazaron todo no se no lo entiendo si la ley lo endica claramente ,tengo mi comvenio es comercio vario,no se que hacer,gracias

  20. Buenas tardes: trabajo en una empesa de telemarketing de 8 a 15 h. de lunes a domingos con sus correspondientes descansos, 35 horas semanales y ahora en Septiembre quieren cambiarnos a un turno partido. Tengo a mi cargo a mis padres q dependen de mi por edad avanzada. ¿Tengo que esperar a que la empresa me cambie de turno para pedirme la reducción y poder seguir de mañana aunque sea quitándome una hora diaria?. ¿Si lo hago antes de que ocurran los cambios pueden denegarme la reducción para que tenga que cambiar a la fuerza de turno, sería denunciable?.Gracias

      1. Gracias…ahora me dicen que tengo que entregar la nómina de mi padre…antes no me habían dicho nada…¿hay un tope de ingresos para que me den o no la reduccción?

        1. Es que no puede trabajar tu padre. La reducción es por el cuidado de un familiar directo, hasta el segundo grado de consaguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por si mismo y no desempeñe actividad retribuida.

          1. Gracias de nuevo experto, mi padre tiene 80 años, lo que tengo que llevar entonces es un justificante de su jubilación o de su pensión…supongo…