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Derechos Laborales, Maternidad

Reducción de jornada por guarda legal: Guía práctica

Publicado el · Experto Laboral Online

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A raíz de un caso real sobre una consulta efectuada, y viendo que existen muchas dudas al respecto, he decidido hacer una guía resumida pero completa acerca de la reducción de jornada por guarda legal por cuidado de hijo. Este artículo se suma al publicado sobre el permiso de lactancia en un intento de acercar a todos los trabajadores (y en especial a las madres) el Derecho Laboral de forma simple y resumida.

Artículo actualizado en enero del 2014 con nueva redacción normativa y nuevas preguntas y respuestas gracias a vuestros comentarios. Leer entero antes de formular comentarios, por favor. no se responderán preguntas que estén claramente respondidas en el artículo.

Todo lo que aquí menciono lo baso en el Estatuto de los Trabajadores y jurisprudencia que va apareciendo, pero el convenio colectivo de la empresa puede mejorar las condiciones que aquí aparezcan, por lo que SIEMPRE hay que consultar el convenio o dejarse asesorar por un Experto Laboral antes de tomar una decisión en este tipo de temas.

¿Qué es la reducción de jornada por guarda legal?

Es un derecho establecido en el artículo 37 del Estatuto de los trabajadores que permite reducir la jornada de trabajo diaria con disminución proporcional del salario a quien tenga a su cuidado directo a los siguientes colectivos, siempre que éstos no desempeñen una actividad retribuida:

– Menores de 12 años.

– Personas con discapacidad física, psíquica o sensorial.

– Familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismos.

– Menores de 18 años hospitalizados o en tratamiento de cáncer o enfermedad grave.

Dicha reducción de jornada debe pedirse por escrito con 15 días de antelación a su inicio.

¿De cuánto es la reducción?

Entre 1/8 parte y la mitad de la jornada diaria, a menos que sea para un menor por cáncer o enfermedad grave, en cuyo caso será un mínimo del 50% de la jornada

¿Quién lo puede pedir?

Tanto hombres como mujeres, y lo pueden disfrutar a la vez ambos miembros de la pareja siempre que no trabajen en la misma empresa. En ese caso, y si la piden por el mismo hijo, la empresa puede negarse a conceder una de las dos por motivos organizativos. Si la pidieran por hijos diferentes, la empresa no podría negarse.

¿Cómo se calcula la reducción?

Desde la reforma laboral de julio 2012, el cálculo se hace sobre la jornada diaria. Es decir, no se pueden acumular horas de reducción y ésta se aplicará a todos los días que prestes servicios en el mismo porcentaje. Si, por ejemplo, trabajas de lunes a viernes de 7h a 15h y pides una reducción de una hora, tendrás que hacerla todos los días, no puedes acumularlas todas y disfrutarlas un solo día.

¿Puedo elegir el horario de la reducción?

Por supuesto, siempre que sea tu jornada ordinaria de trabajo. ¿Qué quiero decir con esto? Que si trabajas de 7h a 15h y pides a la empresa una reducción de jornada y pasar a trabajar de 15h a 21h, pueden denegar esa solicitud al no ser tu jornada de trabajo, siempre que exista una justificación de carácter organizativo. Lo que no pueden hacer es denegarlo sin motivo. Muy importante mirar el convenio, sobretodo en este punto.

¿Si trabajo a turnos debo seguir cambiando turnos cuando quiera la empresa?

Actualizo este punto por ser polémico y porque las sentencias de los juzgados obligan a ello. Muchas de las solicitudes de turno fijo llegan a los juzgados al no haber acuerdo empresa-trabajador. ¿Qué valoran los jueces si se llega a ese punto?

– Por parte del trabajador: la edad del menor, horarios de la guardería o circunstancias familiares (abuelos que puedan ayudar o no). El trabajador debe demostrar que los turnos rotativos impiden conciliar. En este aspecto, los jueces valoran mucho el horario de la pareja. Por ejemplo, si un miembro de la pareja a las 17h ya no trabaja y el otro pide un horario parecido, va a ser difícil que el juez conceda el turno fijo, ya que entiende que el otro miembro puede cuidarlo por la tarde.

– Por parte de la empresa: el perjuicio de dar ese turno fijo, perjuicio al resto de trabajadores, dificultad para cubrir ese cambio o necesidad de que el turno sea rotativo. Si no se demuestra el perjuicio, se suele dar la razón al trabajador. Si la empresa se cierra en banda en casos muy claros, el trabajador puede pedir una indemnización adicional de daños y perjuicios.

Por lo tanto, lo que está claro es que la empresa solamente puede denegar el turno fijo si acredita perjuicio… Pero incluso aunque sea así, si el trabajador demuestra que el hecho de no tener turno fijo perjudica mucho la conciliación y lo demuestra, el trabajador ganará ese turno fijo.

Conclusión: muchas veces hay que llegar hasta el juicio para poder ganar el turno fijo, pero no es algo que sea seguro 100%.

Trabajo a jornada partida y quiero pedir reducción, lo que significaría trabajar en la hora de comer. ¿Puedo pedirlo?

Se puede pedir. Y te lo deben conceder, a menos que la empresa justifique que por razones organizativas no te lo pueden dar al no ser la hora de comer parte de tu jornada ordinaria.

Mi jornada de trabajo es diferente según meses (jornada intensiva) y también los viernes. ¿Cómo se calcula la reducción?

Como dice el Estatuto de los Trabajadores: en jornada diaria. Lo explico con un ejemplo: si trabajas 8 horas de lunes a jueves y 5 horas los viernes y decides reducir 1/8 parte de tu jornada, pasarías a trabajar 7 horas de lunes a jueves y 4,3 horas los viernes. Piensa que si los viernes no redujeras jornada, estarías «regalando» parte de tu jornada laboral.

Si la empresa y yo estamos de acuerdo en acumular la reducción en días o semanas completos, ¿Podemos hacerlo?

A nivel de prestación de servicios con la empresa, sí, no hay problema. El problema es lo que pueda interpretar Seguridad Social, que quizás dirá que no haces la reducción como marca la Ley y por lo tanto no otorga la misma protección. ¿Posibles consecuencias? Que se te considere el contrato a jornada parcial en lugar de completa, disminución de días para posibles prestaciones y problemas similares. Es un caso no contemplado en la normativa y, por tanto, que no se puede decir nada con seguridad.

Mi trabajo implica viajar y superar con creces la jornada de ocho horas. ¿Si tengo reducción de jornada estoy obligada a seguir viajando?

Como en cualquier otro caso, la trabajadora escoge el horario que quiera (con los límites legales) y la empresa tiene que adecuarse a la nueva situación. Por lo tanto, si la empresa te obliga a viajar a sabiendas que superarás el nuevo horario, te puedes negar a a viajar.

La empresa me quiere cambiar el horario que habían aceptado anteriormente, ¿Pueden hacerlo?

No. Una vez aceptada la reducción, no pueden obligarte a cambiar la jornada.

¿Qué puedo hacer si la empresa no me acepta la reducción dentro de mi jornada ordinaria?

Debes interponer una demanda ante el Juzgado Social en materia de Derechos de conciliación de la vida laboral y familiar para que el juez decida al respecto. Mientras el juez no dice sentencia, por desgracia estás obligada a seguir con la jornada anterior. Por cosas como esta, recomiendo pedir la reducción de jornada con más antelación de los 15 días.

¿Si la empresa no me firma la solicitud o no me contesta nada puedo iniciar la jornada reducida?

Esta pregunta es complicada, porque ni la ley ni la jurisprudencia lo dejan del todo claro. La práctica dice que hay que esperar la respuesta de aceptación para cambiar el horario, y que si cambias el horario sin haber aceptación expresa, te podrían sancionar por no cumplir tu horario. No obstante, como a veces la empresa “se olvida de contestar”, aconsejamos redactar la carta incluyendo una frase del tipo “en caso de no responder la empresa a esta comunicación, se entenderá por aceptada la reducción de jornada, iniciando la misma en la fecha de efectos”, para dejar clara tu postura y forzarles a comunicarse contigo. También será importante, en caso de posibles problemas, enviar dicha comunicación por burofax para que tenga plena validez legal.

¿La reducción afecta a todos los conceptos de la nómina?

No. Si cobras Plus Transporte, Plus Distancia, Plus Ropa de Trabajo o cualquier otro concepto que no dependa de las horas al día que hagas, estos conceptos no deben ser rebajados.

¿El nuevo salario a cobrar se reducirá lo mismo que la jornada?

No del todo. La reducción de la jornada se hace sobre el salario bruto, lo que afecta a la retención del IRPF (la hace bajar casi siempre) y por tanto al líquido a cobrar, que quizás no bajará tanto proporcionalmente.

¿Debo pedirlo por escrito?

Sí, ya que debes decir fecha de inicio y fin de la reducción, % de reducción y concreción horaria, además de dejar claro que es una reducción por cuidado de menor y no por otro tema. Es de vital importancia remarcarlo para que la empresa haga los movimientos necesarios en Seguridad Social y por otros tres motivos:

– En caso de despido, la indemnización se calcula con el salario anterior a la reducción, siendo más beneficioso.

– En caso de pedir la prestación por desempleo, no tienen en cuenta la reducción para calcular el importe a cobrar, lo que juega a tu favor.

– A efectos de cálculo de algunas prestaciones de Seguridad Social, los dos primeros años en reducción de jornada por cuidado de menor también los elevan a la jornada anterior (un año si es cuidado de familiar).

¿Puedo prorrogar una solicitud inicial de reducción de jornada?

Sí, tantas veces como quieras.

Pedí la reducción de jornada antes de la ampliación a 12 años. Mi hijo va a cumplir ahora los 8. ¿Debo pedirla de nuevo?

La ley no lo especifica, pero por seguridad, recomiendo pedir la ampliación hasta los 12 años por escrito con las mismas condiciones que tuvieras hasta ahora (o otras si quieres cambiar) con la antelación mencionada de los 15 días.

Me han hecho una baja y alta en Seguridad Social al empezar la reducción. ¿Es correcto?

Hasta marzo de 2014 era la forma correcta de notificar a Seguridad Social dicho cambio. Desde marzo, se mecaniza como un cambio de contrato, manteniendo el código del contrato actual y añadiendo el asesor o la empresa un código adicional que indica que es una reducción por guarda legal. No obstante, no está de más acercarse a una oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social y preguntar si han hecho el cambio correctamente.

¿Puedo cambiar tantas veces como quiera el horario de reducción?¿Incluso si no ha finalizado el período que tenía firmado?

En principio sí, aunque no es seguro 100%, ya que la obligatoriedad de informar en la petición de reducción el fin de la misma no deja clara la posibilidad de cambio. No obstante, en caso de estar justificado el cambio, dudo mucho que un juzgado no diera la razón a la trabajadora siempre que se justifique el cambio como una medida en favor del menor.

¿Me pueden despedir por pedir la reducción?

No. Al revés: si te despiden por eso (aunque no lo ponga en la carta pero las pruebas lo confirmen) sería un despido totalmente nulo con readmisión en la empresa, al vulnerar a un derecho fundamental recogido en la Constitución.

Espero haber respondido la mayoría de vuestras dudas. Si aún quedan preguntas sin responder, no dudéis en comentar el artículo e incorporaré estas preguntas para hacer esta guía lo más completa posible.

Recordad que es muy importante realizar el escrito de reducción de jornada con la máxima información posible para que la empresa no os cuele un gol. No es recomendable que sea el trabajador quien le pida a la empresa “si le pueden facilitar” el modelo. Por ahorraros unos pocos euros pueden haber consecuencias catastróficas si os despiden o si vais al paro. Confiad en un Experto Laboral para ello.

2.858 comentarios

  1. Buenas tardes,

    Tengo reducción por guarda legal de 6h, mi contrato es de lunes a domingo y uno o dos fines de semana me tocan fijos al mes. Pero me han comentado que los domingos no debería trabajar si tengo esta reducción. Trabajo en un call center¿Es correcto? Gracias!

    1. Lo de no trabajar los domingos habría que mirar si tu convenio dice algo al respecto. En caso de que no, por la simple reducción de jornada no tendría porque ser así, según como esté pactada la concreción horaria.

  2. Hola! Hace un año que disfruto de la jornada reducida por guarda legal, mi pregunta es, es posible que yo por tener una reducción de 40 a 36h semanales no pueda disfrutar de pequeñas ventajas al igual que mis compañeras que trabajan a 40h? Ej:
    Trabajamos en centro comercial y cada sábado van rotando Compañeras para salir a en punto y hacemos el cierre las demás.
    O incluso, mi grupo hace horario partido los sábados y también rotan para en vez de hacer 18-22 hacer 17-21 de manera alterna entre ellas. Yo no puedo disfrutar de eso porque ya disfruto de una jornada reducida. Lo he puesto en conocimiento y la empresa también respalda esto. Se consideraría discriminación, mobbing laboral?
    Otra duda es, hace un año firme el papel de reducción con un horario que no era el 100% lo que yo necesitaba para conciliar, me obligaron a doblar turno los sábados por necesidad de la empresa y yo acepté. Ahora 14 meses después he hablado para cambiar el horario y ofrecerle uno seguido y la respuesta ha sido negativa o la alternativa es que reduzca aún más mi jornada a 32h para eliminar las 4h del Sábado por la tarde. Es esto legal?
    No aceptan modificación horaria alegando que una vez firmada debe seguir así. Tengo q seguir así hasta los 12años? O tengo que dejar de ganar dinero porque ellos no quieren aceptarme el cambio? Espero vuestra ayuda. Muchas gracias!

  3. Buenas noches,

    Disculpar las molestias, pero tengo una consulta. Referente a la solicitud de reducción de jornada por guarda legal, si yo comunico verbalmente a la empresa mi intención de solicitar dicha reducción, con la reducción de horas que quiero, puede esta darme un escrito estableciendo las condiciones de la reducción de jornada para que la firme? Es legal? O debo yo misma entregar un escrito comunicando la reducción de jornada, el inicio y el fin, el % de horas, etc?

    En caso de que la empresa me entregue un escrito estableciendo la reducción de jornada y sus condiciones y yo firmo con un no conforme y disfruto de dicha reducción… es legal?

    1. Deberías de ser tu quien entregue un escrito de solicitud donde se detallen los puntos de la reducción de jornada que quieres pedir. Lo que puede pasar es que tu pidas la reducción verbal y la empresa te dé la contestación por escrito de la aceptación o denegación de esa solicitud. Si ellos te dan una reducción que no te va bien, firmas un no conforme pero la disfrutas y no impugnas ni nada quedaría como válida.

  4. cristinagaliana89@gmail.com Buenas tardes, tengo pensado pedir la reducción de jornada a 35h y antes mi horario era de 10-14 y 17-21 solo de martes a sábado y domingo y lunes descanso. Mi pregunta es si puedo pedir horario de mañana por ej 10-17 porque al estar anteriormente de turno partido me dicen que al pedir reducción a 35h el turno seguiría siendo de partido, que tendría que reducirme a 25h para poder ser horas intensivas, ya que me dividirian la jornada entre martes y sabado y legalmente me podrian poner partidos de 6h.
    Además me dicen que los turnos no pueden ser fijos. Que aunque pidera esa reducción serían turnos rotativos. Están en lo cierto? Gracias.

    1. Lo de turnos rotativos, no es cierto. De pedir reducción de jornada, la concreción horaria seria una u otra, pero siempre la misma. En referencia a lo de trabajar solo de mañanas, ahí tendrías que llegar a algún pacto con la empresa dado que a priori y salvo que tu convenio diga lo contrario no habría derecho a ello.

  5. Llevo un año y medio con reducción de jornada para cuidar de mi hija de 6 años, la empresa me está exigiendo que vuelva a trabajar jornada completa porque sino buscarán a otra persona que lo haga, todo esto de palabra claro…. Pueden plantearme un despido improcedente? Puedo negarme a irme? Gracias

    1. No, cualquier despido de una trabajadora con reducción de jornada sería declarado procedente o nulo, no cabe la improcedencia. Evidentemente puedes negarte a irte. Para el caso de que esta problemática persista te recomendamos ponerte en contacto con nuestro equipo de expertos jurídicos al correo de info@expertolaboralonline.com

  6. Buenos días
    Tengo varias dudas respecto asuntos laborales, en mi empresa se hacen todas las semana 41horas y nos dan libres el lunes martes y miércoles de semana santa y 4 días de navidades, además de nuestros 22 días laborales de vacaciones. Este año he estado un mes y medio de baja y en octubre tendré una baja por maternidad, me informan que por ambas bajas pierdo el derecho a los días libres por horas trabajadas ya que no se calcula la proporcionalidad, pero qué pasa con la hora de más que trabajo las semanas que llevo trabajando antes y después de la baja y hasta que tenga mi baja de maternidad? ¿las pierdo?.

    Otra duda es que quiero solo coger dos semanas de vacaciones y el resto dejarlas para después de la baja maternal, y me indican que no puedo porque después del 31 de enero del 2019 esas vacaciones del año 2018 las pierdo, es correcto?

    Por último, el horario laboral es flexible, la entrada de 7:30 a 9 y la salida de 16:30 a 18:00 horas con 30 minutos o 1 hora de comida, como ya hay dos personas en el dpto con reducción de jornada es probable que me la denieguen, pero están obligados a respetarme que yo haga siempre de 7:30 a 16:30 horas ya que en mi contrato ni en el calendario laboral se especifica que el departamento tiene que estar cubierto hasta las 17:30horas.

    Muchas gracias, espero haberme explicado correctamente, un saludo

  7. Buenas tardes, tengo reducción de jornada por cuidado de mi hija de dos años, y actualmente estoy embarazada, hoy nos han comunicado el cierre de la tienda por que el centro comercial necesita nuestro local y no pueden reubicarnos, ahora bien, yo formo parte de una multinacional, y tenemos otra tienda situada en la misma ciudad. Que pasará conmigo? Se finaliza el contrato como con el resto de mis compañeras? O por tener la reducción y estar embarazada conmigo es diferente?
    Muchas gracias

    1. La empresa podría ofrecerte un puesto en esa otra tienda, siempre y cuando haya puestos de trabajo compatibles con el tuyo. Con el objetivo de asesorarte correctamente y hacer el debido seguimiento a tu caso, te recomendamos que te pongas en contacto con nuestro equipo de expertos jurídicos al correo de info@expertolaboralonline.com

  8. Buenos días, mi consulta se refiere al número de días de vacaciones en jornada reducida por guarda legal; trabajo con contrato eventual anual en el servicio de salud haciendo turnos de 7, 17 o 24h (indistintamente y sin cadencia, según las necesidades del área; conozco mi horario del mes siguiente a finales del mes en curso, nunca con mayor antelación); disfruto de una reducción de jornada de 1/3 y sigo haciendo turnos de 7, 17 y 24h pero hago menos jornadas al mes, no menos horas en cada turno.
    Mi pregunta es, de cuántos días de vacaciones dispongo???

  9. Buenas tardes, tengo una consulta:
    Mi horario es de lunes a jueves de 9 a 14 y de 16 a 18 horas. Los viernes de 9 a 15 horas y jornada intensiva de 8 a 15 los meses de verano.
    Es decir, trabajo 34 horas semanales pero estoy cotizando por 40 horas porque mi jefe se equivocó al hacerme el contrato.
    Tengo un niño de 2 años y quiero reducirme la jornada por guarda legal. La idea que tengo es pedir horario de 9 a 17 con una hora para comer. No sé en qué proporción se reduciría el horario de los viernes y los meses de verano.
    Por otro lado al no estar trabajando las 40 horas por las que estoy cotizando no sé qué pegas me pueden poner. Por lo tanto no sé ni cómo solicitar la reducción. Muchas gracias.

    1. No podrían ponerte pegas por ello, por el hecho de que estés trabajando menos horas. La reducción de jornada se aplicaría a la jornada que efectivamente estés realizando. Piensa que tienes que reducir 1/8 de tu jornada diaria que en tu caso equivale a 0,875h (casi una hora vaya). Por lo que tendrías que reducir esa cantidad de lunes a jueves y viernes aplicar misma tipo de reducción.

  10. Hola
    Trabajo bajo el convenio del metal trabajando 38.5h a la semana en vez de 40h , ya que es lo que pide la empresa. actualmente estoy con reducción de jornada por guarda legal de 8h a la semana. Es decir, trabajo de lunes a jueves de 9.30 a 16.30 y los viernes de 9.30 A 16.00 ( horario habitual son reduccion sería de 9.30 a 18 30 de lunes a jueves y de 9.30 A 16.00 los viernes)

    Mi pregunta es, para los meses de julio y agosto que horario me correspondería manteniendo la reducción de jornada y el mismo sueldo que estoy teniendo hasta ahora con la reducción anteriormente mencionada? ( el horario habitual sin reducción es de 9.30 A 17.00)

    Gracias

    Saludos

  11. Hola, se puede solicitar una reducción por guarda legal estando en periodo de prueba? Si me despiden sería nulo o procedente?
    En caso de recurrir a la vía judicial, cuanto suelen tardar en resolver estos procedimientos?
    Muchas gracias

    1. Poder se puede, no hay ninguna norma que lo prohíba. Si se termina la relación laboral durante el periodo de prueba no se considera un despido si no un no superado periodo de prueba.

  12. Buenas tardes, tengo reducción de jornada por mi hijo que el próximo mes cumple 8 años, cuando la pedí era hasta esa edad y posteriormente tuve una hija que actualmente tiene 3 años. En la carta puse que disfrutaría ese derecho mientras tuviera un hijo menor de 8 años, sin especificar a ninguno de mis hijos, aunque en ese momento sólo tenía al mayor. Mi consulta es: ¿debo solicitarla de nuevo o esperar a que la pequeña cumpla los 8 años para comunicar mi intención de seguir en reducción hasta que cumpla los 12?

    1. Para tu hija que va a cumplir los 8 años ahora no hace falta que pidas que tu reducción de jornada se alargue hasta que cumpla los 12. Otra cosa que puede hacer es solicitar nueva reducción de jornada con misma concreción para tu hija de 3 años hasta que cumpla los 12.

  13. Hola,
    Actualmente estoy disfrutando de una reducción de jornada desde el 13/02/2017 de mi primer hijo, que para el tema de cotizaciones (que son dos años) se me acabaría el 13/02/2019.
    Pero ahora estoy embarazada de mi segundo hijo que nacerá para Octubre/2018. Como lo tengo que hacer para volver ha solicitar la reducción de jornada para dos años más de mi segundo hijo? me coincidirá la baja maternal de mi segundo hijo (ya que son 16 semanas más mis vacaciones de 1 mes que no he disfrutado en el 2018) con la finalización de mi primera reducción de jornada de dos años.
    Muchas gracias.

    1. Simplemente cuando tengas a tu segundo hijo y antes de reincorporarte de tu baja por maternidad, solicita la reducción de jornada por ese segundo hijo.

  14. Buenas tardes .

    Me han informado desde mi trabajo después de haber disfrutado de mi baja por maternidad y 2 meses por excedencia por cuidado de mi hijo . Me dice ahora la empresa ,correctamente me reducen la jornada de trabajo pero me bajan de categoría y me reducen mi salario . Es posible que puedan hacer esto ?

    Muchas gracias .

    1. Te reducen el salario ya que entonces al acogerte a la reducción de jornada vas a trabajar menos horas, eso sí, lo del cambio de categoría profesional no debería de darse.

  15. Buenas tardes en enero reduje la jornada laboral en un 99,9 por cien to para cuidado de meno con cáncer y en abril volví a mi jornada completa de 40 horas cuantas vacaciones me corresponden este año
    La empresa no me dice nada
    Por favor me podría. Asesorar
    Gracias

    1. Te corresponden el mismo número de días de vacaciones, el tener una reducción de jornada no afecta al devengo de días de vacaciones.

  16. Hola! Desde Enero de 2015 estoy con una reducción de jornada por cuidado de hijos menores de 12 años. Este año mi empresa se ha visto afectada por un ERTE. Mi pregunta es si a la hora de cobrar la prestación por desempleo me pertenece la base reguladora de ahora con la reducción de jornada o la de antes del 2015 cuando estaba trabajando a 8h. Hace poco recibí el 1er ingreso del SEPE y creo que hicieron los cálculos a razón de cuándo no tenía la reducción de jornada. Gracias.

    1. Por ejemplo al haber un despido, la indemnización se calcula como si no se hubiese estado de reducción de jornada, con el paro pasa lo mismo.

  17. Hola actualmente tengo una reduccion de jornada por guarda legal de menores del 50%, con lo que trabajo 4 horas diarias de 09.00 a 13.00. Por motivos de volumen de trabajo quiero ampliar esa reduccion a 6 horas diarias pero la aseosoria me indica que si hago esa modificacion perderia todos los beneficios de la guarda legal, es decir,mi contrato pasaria a ser un contrato parcial de 6 horas, ¿ es esto correcto?

    1. No, si tu contrato inicial es de 8h y los reduces por reducción por guarda legal a 4h, luego tienes el derecho de aumentar jornada a 6h diarias sin que ello te suponga perder derechos de tu reducción de jornada.

  18. Buenas,

    Tengo una duda respecto a la reducción de jornada, tengo dos hijos pequeños de 2 y 4 años por lo tanto se que puedo tramitarla, pero tengo actualmente dos contratos de dos empresas diferentes, aunque el presidente es el mismo. Trabajo 4 horas en cada una para tener el horario de jornada completa, el horario de una sería 8:30-12:30 y el otro de 12:30 a 17:30 con una hora para comer.

    Si me reduzco la jornada 1/8 sería sólo una hora, media hora en cada empresa para tener un horario de 8:30-12:00 y de 12:00 a 15:30 sin parar para comer, ¿puede hacerse? ¿O al trabajar sólo 4 horas no la puedo solicitar?

    Muchas gracias,