No me pagan las horas extras ¿Qué puedo hacer?

Tras la buena acogida del primer artículo sobre irregularidades del trabajo en negro, seguimos con otro de los “temas estrella”.
No pagan las horas extras o dicho de otra forma, las horas extras no remuneradas. Esperamos que las herramientas de información y defensa que os ofrecemos os sean útiles.
Recordad que lo más importante es informarse cuando se inician las irregularidades laborales, no cuando te han despedido de la empresa, ya que entonces es muy difícil recopilar pruebas para una demanda o denuncia.
En el presente artículo os informaremos sobre diversos aspectos de las horas extras y también sobre irregularidades de las mismas.
¿Es verdad que a partir de las 8 horas de jornada ya se considera hora extra?
No, este es un mito muy extendido pero no es así. Por ejemplo, hay muchas empresas donde se trabaja 8,5h al día durante 4 días y los viernes se hace intensiva… También hay empresas que pactan una distribución irregular de la jornada, haciendo 10 o incluso 11 horas diarias, que se compensan con horas libres en los días siguientes.
¿Entonces cuando se considera que son horas extras?
Habrá que mirar caso por caso, pero si por ejemplo tu contrato pone 40 horas semanales y siempre haces 50, está claro que estás haciendo horas extras.
¿Cuál es el máximo de horas extras que puedo hacer cada año?
En principio 80 horas si trabajas a tiempo completo. Si trabajas a media jornada, la mitad… Y así según porcentaje. Ojo, si haces horas extras y después te las compensan con descanso, no contarán como horas extras realizadas sino que el “contador” de horas extras se pondrá a cero porque se entiende que ya no son extras al haber podido descansar. Si te las pagan sí que entra al cómputo de las 80 horas.
¿Me tienen que pagar más por la hora extra que por una hora normal?
No tiene por qué ser así. Habrá que mirar el convenio colectivo para averiguarlo, pero no es obligatorio que así sea. Eso sí, el valor de la hora extra será, como mínimo, el de la hora normal. En caso de horas extras nocturnas o festivas sí que se debe cobrar más o compensar con más descanso del habitual.
¿Cómo se calcula el precio de la hora extra?
En condiciones normales se calcula dividiendo tu salario bruto anual entre las horas de trabajo que estipule el convenio colectivo. Así pues, para un salario bruto anual de 14.000€ en un convenio que estipule 1800 horas de trabajo anuales, el importe del precio hora será 14.000 / 1800 = 7,78€. No obstante, siempre habrá que mirar el convenio colectivo para ver si regula algo específico al respecto.
¿Me pueden obligar a hacer horas extras?
NO, y bien grande y rotundo este no. Las horas extras son de carácter voluntario y la empresa no puede obligarte a hacerlas. Solamente es obligatorio hacerlas en caso de fuerza mayor: una inundación, un incendio, un peligro de que la producción se eche a perder (pasa bastante en hostelería, por ejemplo)… La realidad es que muchos despidos vienen provocados por una negativa a hacer horas extras, por lo que si veis que puede haber problemas por este tema, puede ser básico grabar con el móvil de forma oculta la conversación con el jefe. Si la empresa te despide por negarte a hacer horas extras estaríamos ante un despido NULO (no improcedente, sino nulo), por lo que ni pagando todo el oro del mundo la empresa podría echarte, estarían obligados a readmitirte.
¿Cómo puedo demostrar que hago horas extras no cobradas?
Este es el gran problema de las horas extras… Que si se reclaman judicialmente, hay que demostrar todas y cada una de las horas extras para poder percibirlas. Aquí cobra especial importancia asesorarse desde el primer momento, ya que habrá que trazar una estrategia enfocada a poder recoger pruebas de dichas horas extras, que nunca será igual para dos casos. Aquí os ponemos unos cuantos ejemplos de pruebas válidas NO SIEMPRE pero sí si se ponen en contexto con otras pruebas adicionales:
– Conversaciones vía whatsapp con el jefe.
– Grabaciones de audio o vídeo realizadas de forma oculta.
– Emails enviados a compañeros o clientes fuera del horario de trabajo.
– Partes de trabajo con firma de la empresa donde se acredite hacer más horas de las estipuladas en contrato (debe llevar firma de la empresa para que sea válido)
– Y todo aquello que ayude…
¿Es recomendable pedir a la empresa el pago de horas extras antes de demandar?
Esto ya es una decisión personal de cada trabajador que debe valorar cual puede ser la reacción de la empresa ante esta petición. Las posibles consecuencias ya las sabemos todos en algunos casos: despido fulminante. Antes de comunicarlo a la empresa, recomendamos contactar con un Experto Laboral para elaborar una buena estrategia al respecto.
¿Tienes más dudas sobre las horas extras? Comenta el artículo para ir añadiendo más contenido al mismo.
Comparte este artículo con todos tus contactos en las redes sociales. Y si necesitas que te ayudemos a reclamar tus derechos, no dudes en contactar con nosotros a través de los servicios de la web o solicitando cita en a: citaprevia@expertolaboralonline.com
Síguenos en Facebook y en Twitter!!!
El equipo de Experto Laboral Online está a tu disposición.

Hola buenas tardes. Yo tengo un contrato de 40 horas semanales pero cada semana hago como minimo entre 50 y 60 horas.
A parte cuando un compañero se va de vacaciones tenemos que hacer su trabajo con lo que representa de 1 a 2 horas mas cada dia.
También tengo la duda que siendo comercial de ventas me obliguen a hacer trabajos de reparto que amplian tambien mis horas de trabajo ya que como tengo una ruta establecida y hay que hacerla si o si al mandarme estos trabajos extras mis horas diarias tambien aumentan.
Salvo que tu convenio establezca algún tipo de jornada irregular, esas horas que estás haciendo demás te las tienen que compensar de alguna manera, o bien económicamente o bien vía descanso. Sí o sí.
Hola buen dia, trabajo en un restaurante en el cual debemos cumplir 49 horas a la semana, el horario que nos mandan un ejemplo de 3:00 a 12:00 am (el horario de cierre del restaurante es alas 12 am por lo que hasta esa hora se recibe gente) , pero nosotros seguimos trabajando hasta que se valla el ultimo cliente y despues que se van todos los clientes, tenemos que quedarnos más tiempo a hacer la limpieza del lugar por lo que salimos una o dos horas mas tarde de nuestro horario eso es a diario, y la empresa alega que como es restaurante no se tiene horario de salida, pregunté a mi gerente y me dice que la empresa se deslinda porque para empezar estamos contratados por medio de un consorsing no por el restaurante y m dice que la empresa simplemente dira que no me conoce, que no trabajo para su restaurante.
Puedo hacer algo ante este caso de las horas extras???
Te recomendamos que en caso de querer reclamar el cobro de esas horas extras (por las cuales tienes todo el derecho a cobrar) recopiles toda la información que puedas al respecto, documentos, correos, whatsapps, etc.
Para un correcto asesoramiento de tu caso te recomendamos que te pongas en contacto con nuestro equipo de expertos jurídicos en el correo info@expertolaboralonline.com
Hola, tengo la siguiente duda. Tengo un contrato de 20 horas semanales, repartido en 3 horas diarias de lunes a jueves, y 4 horas los viernes y los sábados. ¿Si la empresa me debe por ejemplo 4 horas extra, y me concede un día libre en el que por horario formal de la empresa solo trabajaría 3 horas (lunes a jueves), me seguiría debiendo 1 hora? Parece una duda un poco tonta, pero el jefe asegura que los días libres liquidan las horas extra independientemente de la jornada en que caiga. Muchas gracias,
Un saludo
Al ser un trabajador a tiempo parcial tienes prohibido hacer horas extras. Solo puedes hacer horas complementarias si previamente están pactadas en tu contrato de trabajo.
Hola, otra cuestión es la siguiente: El gerente plantea que las horas extra que nos han pedido las encargadas de la tienda no las tiene anotadas y que es responsabilidad suya devolverlas, sino de las encargadas. Ahora bien, las encargadas no son las que realizan los horarios y las que conceden los días libres, por norma general. Comenta, además que esas horas no se me abonarán una vez finalizado el contrato. Hablo de muchísimas horas (en torno a 40 en un año). ¿Tiene algo de validez su argumento?
Las horas extras (siempre y cuando no sean fraudulentas como por ejemplo que las haga un tiempo parcial) siempre tienen que compensarse o bien vía descanso o bien económicamente. Te recomendamos que contactes con nuestro equipo de expertos jurídicos para que te asesoren correctamente al respecto: info@expertolaboralonline.com
Trabajo en una residencia privada para personas mayores. Llevo más de un año reclamando horas extras y fácilmente demostrables porque son las que aparecen en la planilla de la empresa, ya que algunos meses se ha cambiado el turno y hemos hecho más horas. Tengo un convenio donde está regulado el precio de la hora extra, pero aún estando todo tan claro llevan más de un año dándome largas y sin pagarme. Ahora estoy de excedencia por maternidad por lo que tampoco me las pueden dar como descanso. Si denuncio al empresa está obligada a entregar las planillas de los meses atrás? Llevo 5 años trabajando en esa empresa.
Gracias
Sí, en caso de que interpongas demanda en el juzgado de lo social se podría solicitar como prueba o bien si denuncias a la inspección de trabajo la empresa lo debería de entregar. Con tal de poder asesorarte correctamente en tu reclamación, te recomendamos ponerte en contacto con nuestro equipo de expertos jurídicos al correo de info@expertolaboralonline.com
Hola, ¿tengo que firmar parte de descanso o similar, si pacto disfrutar en descanso las horas extras acumuladas? en caso de que me ocurriera algo en esos días de descanso por horas extras, ¿tendrías las mismas garantías laborales que en período de vacaciones ?
Gracias
No es legalmente necesario pero recomendamos que tenas algún comprobante o algo conforme si pasa algo puedas probar que tienes ese pacto. Sí, sigues estando protegida.
Hola, he empezado a trabajar hace dos semanas, trabajo sólo 4 dias a la semana pero hago las 40 horas. Mis jefes me han hecho un contrato de 28h, es posible reclamar el resto de las horas aun que tenga el contrato firmado? Que hago si a final de mes en la nómina me pagan sólo esas 28h?
Sí, aunque en tu contrato consten solo 28h, si luego haces horas de más (horas extras) y no te las pagan las puedes reclamar. Te recomendamos que te pongas en contacto con nuestro equipo de expertos jurídicos al correo de info@expertolaboralonline.com para que te asesoren sobre como llevar a cabo tu reclamación.
Hola. Me dieron de alta por media jornada en un bar desde el 17 de mayo 2018. pero al finalizar el mes hice 91 horas. Me pago el día 13 de junio 2018. Pese a mi insistencia en los primeros del mes. Y me dijo q el no paga horas extras. Así que me dio 300 en nómina y 80 euros en mano por mis 91 horas. Me debe del 1 al 14 de junio que es cuando me enteré de esto pues obviamente no quise trabajar más. Hice del 1 al 14. 75 horas. Que debo hacer (al reclamar me dijo que el me daba de comer en el bar y que daba bebidas y q aparte pagaba mi seguridad social así que no me podía dar más pago)
Lo que te daba la empresa se podría entender como salario en especie pero no puede sustituir las horas extras. Debes de reclamar dichas horas extras mediante demanda de reclamación de cantidades. En caso de que quieras reclamar esas horas te recomendamos que te pongas en contacto con nuestro equipo de expertos jurídicos al correo de info@expertolaboralonline.com
Hola, en mi contrato pone 40horas de lunes a viernes, y realizo 50horas, por lo tanto son 10 horas de más semanalmente y la pregunta sería: serviría de prueba los fichajes en la empresa de entrada y salida?
Está la empresa obligada a guardar dichos fichajes y a presentarlos en caso que se le exigiera en una demanda? Muchas gracias
Puedes pedir copia de los fichajes pero cuidado en como vayas a hacerlo. Sí, sería una prueba irrefutable. Pero esos fichajes deberían de tener o bien el sello de la empresa, firma o algo que los identificase bien.
Trabajo en un hotel de la provincia de Barcelona desde diciembre del 2004, es decir, 14 años como aydte de cocina. Nunca me han pagado los festivos ya sea en nomina o en B. Ahora cansado he pedido la baja voluntaria y me dicen que los festivos que reclamo solo seria del ultimo año y la remuneracion extra de un 40% en vez del 75%. Ademas realizamos bodas y nunca ha habido un incremento del salario por el servicio prestado, a lo cual tambien dicen que no tengo derecho al no ser un extra. Es cierto, o puedo reclamar.
Si reclamas cantidades es cierto que solo puedes reclamar de un año para atrás, es decir, los últimos 12 meses. Lo de las bodas tendrías que mirar el convenio de hostelería por si establece algún tipo de extra para ello pero no nos suena.
Una pregunta en mi trabajo se presentó un caso. Soy un trabajador temporal originalmente solo cubría turnos en un departamento cuando salían de vacaciones (era el único). En este departamento se trabajan las 24 horas el dia
El problema se presentó cuando me dieron la oportunidad de cubrir una plaza adicional. Ahora tengo un contrato de lunes a viernes 40 horas a la semana. Pero como yo era el único que cubría a los trabajadores de base del departamento, ellos ya no podían salir de vacaciones y la empresa tiene dificultades en pagar tiempo extra por lo que evitaba que los trabajadores las trabajarán
Los trabajadores de base se quejaron, que ellos querían salir de vacaciones pero no llegaban acuerdo con nuestro sindicato ya que si uno se quedaba a cubrir 2 turnos de tendría que pagar tiempo extra
Nos pusimos de acuerdo con el sindicato y cada uno de nosotros iba cubrir 1 un turno y se iba a pagar como adicional. Sin tiempo extra para que todos gozarán de vacaciones
Mi problema empezo cuando uno de base no quiso cubrir aún cuando do había firmado un acuerdo, su excusa fue que el es un trabajador de base y que no debe cubrir vacaciones que eso lo deben hacer los temporales. El sindicato me informo que cubriera el turno al que el no se presentó y luego me presentará a mi turno. Trabajé turno nocturno y luego continúe con el mio de mañana.
Como el de base recurrió a esto, todos empezaron a quejarse y no sé cómo entre ellos y el sindicato llegaron a un acuerdo de que las siguientes vacaciones solo los temporales los vamos cubrir y solo nos van a pagar turno adicional, no tiempo extra.
Mi pregunta es que si ellos tienen la posibilidad de hacer esto. Ya que esto significa que mayormente trabajaría 16 horas de noches y continuar de mañana a solo con pago de turno adicional (que son como 200 que solo me alcanzan para los alimentos que tendré en este turno, terminaría ganando como 40 por este turno o adicional).
La ocasión pasada firme que aceptaba que me pagarán como turno adicional ya que habíamos llegado cada quien iba a trabajar solo un turno de las vacaciones del trabajador que salio
Por favor, para respuestas concretas rogamos enviar correo a info@expertolaboralonline.com.
Muchas gracias.