Novedades laborales para 2014 (parte.2)
Estrenamos año en @_expertolaboral con la segunda tanda de novedades de interés para este 2014, con una ampliación de contenidos del Real Decreto-Ley 16/2013 de 21 de diciembre y los cambios introducidos por los Presupuestos Generales del Estado para 2014. Vamos a detallarlas:
Casi todo cotiza
Este es el resumen que se puede hacer de los cambios en el Artículo 109 de la Ley General de La Seguridad Social.
Hasta el 21 de diciembre de 2013, había diferentes conceptos que, o bien estaban exentos de cotización o bien solamente cotizaba el exceso del 20% del IPREM.
Eran conceptos que se entendían como percepciones no salariales y, por lo tanto no estaban sujetas a cotización pese a ser salario.
Pues a partir del 22 de diciembre de 2013, casi todos los conceptos que tenían esta naturaleza pasan a cotizar por entero. Los más conocidos son los siguientes:
Plus Transporte / Plus Distancia: si por convenio se obligaba a pagar estos conceptos, estaban exentos de cotización. Ahora ya no.
Ticket-Restaurante: estos famosos talonarios con los que uno comía en el restaurante cada día estaban exentos hasta 9€ al día. Ahora ya no. Otros nombres de este concepto pueden ser cheque gourmet, restaurante pass o vale comedor, dependiendo del proveedor de dichos talonarios.
Seguro Médico: La famosa “mutua” (Sanitas, Adeslas, DKV, Axa…) que muchas empresas ofrecían a sus trabajadores estaba exenta hasta 500€ al año por beneficiario (o sea, si el trabajador tenía a su mujer y dos hijos por la mutua de la empresa estaríamos hablando de 2000€ anuales exentos).
Ticket-Guardería: antes todo el importe estaba exento. Ahora todo cotiza.
Hay otros conceptos afectados, pero he listado aquí los más importantes.
Precisión importante: muchos de estos conceptos ya cotizaban por entero si formaban parte de un plan de retribución flexible de la empresa (es decir, si antes cobrabais todo el sueldo en dinero y os cambiaron el sueldo por estos conceptos). Pero hay muchos casos en los que estos conceptos formaban parte de un aumento de sueldo puro y duro. En este caso, en el que no cotizaban estos conceptos, ahora sí cotizarán.
¿Y cómo afecta a la nómina?
Pues es muy fácil: al cotizar por entero, si cobras menos de 43.164€ anuales, aumenta la base de cotización y por lo tanto la deducciones de Seguridad Social que se aplican en la nómina. Es decir: cotizas más para tus prestaciones pero te bajará el líquido a cobrar.
Congelación del Salario Mínimo Interprofesional
Esta medida se explica por sí sola: seguimos con los 645,30€ mensuales por 14 pagas del año 2013 (9.034,20€ al año en total). Esta congelación afectará sobremanera a tres colectivos:
– Trabajadores cuyas empresas no tengan ningún convenio colectivo de aplicación, que por lo tanto rigen su salario por el SMI.
– Trabajadores con contratos de formación y aprendizaje cuyo convenio colectivo no prevea nada específico al respecto de dichos contratos.
– Empleados del Hogar, ya que dicho sistema especial fija sus bases de cotización a partir de dicho SMI.
En los dos primeros casos, a menos que la empresa decida voluntariamente incrementar los salarios, el sueldo será congelado este año de forma totalmente legal.
Nuevas bases de cotización para algunos autónomos
Pese a que no son trabajadores por cuenta ajena, sé que hay emprendedores entre los lectores del blog.
Tampoco ellos estarán muy contentos con estas novedades. Los autónomos con más de 9 trabajadores o todos aquellos que lo sean por estar dentro de una sociedad laboral verán como sube su cuota de autónomos en caso de que coticen por la base mínima.
De los 256€ que se pagaban en 2013 pasarán a pagar 314€ en 2014, ya que se ha equiparado su base de cotización a la base mínima del grupo de cotización más alto, que en 2014 son 1051,50€.
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