¿Qué indemnización corresponde al Personal Laboral No Funcionario de la Administración Pública?

Si trabajas para la Administración pública y no eres funcionario de carrera este artículo te interesará: te explicamos que indemnización te toca si te finiquitan.

Tras los últimos pronunciamientos de los tribunales respecto de esta tema, desde @_expertolaboral consideramos oportuno realizar un breve resumen de la situación.

CONTEXTO ACTUAL

1)) El Gobierno ha convocado oposiciones para 250.000 plazas en los próximos 3 años, para convertir interinos en fijos.

2)) Si eres interino y tu plaza (en la cual llevas muchos años) es una de las 250.000… O ganas la plaza o la gana otro.

Por ello, desde @_expertolaboral analizamos lo que más te preocupa. ¿Posibles dudas?

La plaza que ocupaba estaba en la lista de plazas convocadas en unas oposiciones,  y finalmente me han rescindido el contrato ¿Me tienen que indemnizar?

, el 28 de marzo de 2017 el Tribunal Supremo dictaminó que estos casos se tienen que equiparar a un despido objetivo. Por tanto, tienen derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades.

¿Solo tienen derecho a indemnización el personal laboral?

No, también deberán ser indemnizadas las extinciones del personal eventual y trabajadores interinos, tal como indicamos en las siguientes preguntas.

Trabajo como interino ¿Tengo derecho a una indemnización por finalización del contrato?

, aunque la ley española había previsto que ni los trabajadores interinos ni los de formación tenían derecho a indemnización. Recientemente, en septiembre de 2016 el TJUE dictaminó que esa previsión legal contravenía el principio de no discriminación del Acuerdo marco comunitario.

Desde entonces los Jueces españoles han considerado que los trabajadores interinos y los de formación tienen derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades.

Trabajo como personal eventual de la Administración Pública y me han abonado una indemnización de 12 días de salario por año de servicio ¿Es correcto?

No. Ya que muchos Jueces españoles tras la Sentencia del TJUE en septiembre de 2016, consideran que estos trabajadores tienen derecho también a una indemnización de 20 días por año trabajado prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades.

Como todavía no hay unanimidad de criterio entre los jueces, se ha planteado  el pasado 02.11.2016 una cuestión prejudicial al TJUE, así que os mantendremos informados.

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4 comentarios

  • Carlos

    Buenas tardes,
    llevo trabajando en la Universidad Politécnica de Madrid 10 años como personal laboral interino (ya que no se han convocado oposiciones) como resultado de una convocatoria de traslados, es posible, si alguien pide trasladarse a mi plaza que me despidan. Tendría derecho a indemnización en mi finiquito ?

    A la espera de sus noticias, reciban
    Saludos cordiales.

    • Experto Laboral

      Buenos días,

      A priori y teniendo en cuenta la jurisprudencia más reciente, en caso de darse el despido e impugnaras dicha decisión, sería bastante probable que en tu caso (por el factor de llevar mucha tiempo) que el juez estimase que corresponde indemnización. Aunque es algo que por desgracia no podemos dar una respuesta 100% taxativa debido a la disparidad actual de sentencias.

  • Marcos

    Buenos días,llevo 16 años trabajando en le administración pública de interino (Policia Local)enlazando hasta el momento 3 contratos seguidos y en Junio finalizo el contrato.
    Entiendo que tengo la opción de reclamar la indemnización por personal laboral no funcionario y me gustaría saber según las últimas sentencias,que es lo que me podría corresponder?
    Muchas gracias y un saludo.

Los comentarios están cerrados.