En una sentencia muy interesante del 22 de mayo de 2014 en el caso de un trabajador de Inglaterra, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha interpretado que en caso de tener un salario donde convive el salario fijo y las comisiones, no se puede aminorar el salario de un mes por el hecho de que durante las vacaciones no se hayan cerrado operaciones que las generen, en contra del “modus operandi” de la mayoría de empresas.

 ¿Cuál es el origen de esta afirmación?

En el caso en cuestión, que es un buen ejemplo de cómo funciona la retribución de muchos comerciales en este país, las comisiones las cobra el trabajador un tiempo después de ser generadas (ventas cerradas a julio que se cobran a agosto, por ejemplo).

Imaginamos que el trabajador hizo las vacaciones a septiembre: entonces a octubre sólo cobró salario base, puesto que no cerró ninguna venta el mes en el que hizo las vacaciones.

Pues el TJUE dice que esto no es legal, que la retribución no se puede ver afectada por el hecho de disfrutar las vacaciones.

En el caso de este trabajador, las comisiones eran el 60% del salario. De ahí la importancia de la sentencia.

Entonces, aunque no genere comisiones en mi mes de vacaciones, ¿tengo derecho a cobrarlas?

Exacto, el hecho de disfrutar las vacaciones no puede tener una repercusión negativa en la situación económica del trabajador, puesto que entonces quizás algunos trabajadores se estimarían no disfrutarlas para poder mantener el poder adquisitivo.

¿Pero si la sentencia es de un trabajador de Inglaterra afecta en España?

Sí, las vacaciones son una materia donde la jurisprudencia del TJUE tiene absoluta prioridad.

Entonces, ¿qué importe de comisión generado el mes de vacaciones tengo derecho a cobrar?

En febrero 2018 el Tribunal Supremo dictó una sentencia en la que viene a decir, aproximadamente, que se incluirán (además de los conceptos fijos) el promedio de los conceptos que se hayan percibido durante 6 o más meses en los 11 anteriores a las vacaciones:
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En algunos convenios ya se regulan los pluses que entran y no entran para el pago de vacaciones.

¿Y si mi convenio dice que la retribución durante las vacaciones sólo se de salario base?

Esta sentencia tiene una mayor jerarquía normativa que el convenio colectivo. Por lo tanto, te tendrán que pagar las comisiones.

¿Y si mi contrato de trabajo dice que sólo se cobrarán las comisiones generadas?

Lo mismo: manda el TJUE y la empresa tendrá que hacer un cálculo para que no te afecte el disfrute de las vacaciones.

Recordad que para pedir cantidades no abonadas, como son las comisiones, tenéis un año de plazo desde el día que las tuvierais que haber cobrado.

Con esta novedad jurisprudencial, procedemos a actualizar el artículo de esta web sobre VACACIONES: GUÍA PRÁCTICA . Echadle un vistazo si no lo habéis hecho ya.

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17 comentarios

  • marimanta

    He disfrutado 15 días de permiso por contraer matrimonio. Para este tiempo, más varios días de vacaciones que junté, no me han pagado el suplemento por trabajar fines de semana que recibo desde hace años sin falta alguna. Dicen que se pagan solo días trabajados. ¿Es eso legal o el permiso de matrimonio se computa de otra forma?

  • Marimanta

    De hecho, este mismo mes han vuelto a no pagarme esta vez puras vacaciones, he cogido treinta dias seguidos y además me dicen mis compis que les pasa lo mismo, no cobran el complemento de findes o de nocturnidad estando de vacaiones.

  • Rosarome

    Hola. Me han subrogado a otra empresa. En el finiquito de la empresa saliente no me han pagado el plus de actividad. Alegan que en el convenio especifica que el plus de actividad se paga por día trabajado, y en mi caso, al finiquitar vacaciones no disfrutadas, no corresponde. Sin embargo, en todas las nóminas me pagan el mismo plus, independientemente de los días festivos que se hayan disfrutado. ¿Tienen razón???

    • Experto Laboral

      Tendría que ver la nómina, el contrato y el convenio. Por favor, utiliza el servicio de consultas de la web.

  • Cristina

    Hola, a mi cada mes me pagan un plus doble(concepto nómina) por horas extras, pero en vacaciones me lo quitan porque no he hecho esas horas. Si no he entendido mal, segun esta sentencia deberian aplicarlo igual, no?

  • Begoña

    Buenas tardes, en junio me case y tuve los 15 días correspondiente por la boda. Yo tengo nómina y comisiones por ventas, como estuve tan solo 15 días trabajando (vendo vehículos, y en 15 días es un poco dificil), en fin, al mes siguiente Julio es cuando cobro las comisiones de Junio y tan solo me pagaron 90€ y dando gracias. Puedo reclamarlas??? Ahora nos quieren cambiar las comisiones porque se lo han sacado de la manga, estoy hablando de unos 500€ apróximadamente.
    Muchas gracias

  • cristina

    Hola, mi empresa se niega a pagarme el mes de las vacaciones el plus doble que cobro todos los meses alegando que son horas extras y que es su norma de empresa aun habiendo sentencia. Tendría que denunciar para que lo paguen?

  • maria

    Soy limpiadora y soy fija, teniendo una nomina a media jornada y voy a casarme, dándome el disfrute de vacaciones de 15 dias. Mi pregunta esos 15 dias “no” los cobraría o “sí”.. menos el plus de transporte. Gracias

  • Me parecen cambios muy positivos los que has publicado y que ayudarán a las personas a ganar algunos euros más que nunca está de más en momentos como este, excelente artículo

  • catalina

    Trabajamos en un Empresa Instrumental de un Gober , no nos pagan los pluses en las nominas de pagas dobles, también los turnos de noche antiguamente eran tres libres, tres trabajados` por crisis quitaron al correturno entonces los mismos trabajadores de turno de noche se tienen que sustituir sus días de vacaciones es legal? .El turno de fin de semana es decir sábado y domingo, el domingo no pagan ningún complemento por ir a trabajar en domingo y los festivos que nos toque y no caigan en fin de semana si pagan un plus pero si cae en sábado y domingo no
    Para según aplican el convenio y para según que no att

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