Abogado de oficio, sindicato o graduado social/abogado de pago ¿Cómo elegir defensa jurídica?

Voy al sindicato a que me miren el despido”.

Esta es una frase clásica entre los trabajadores cuando han sido despedidos, no les pagan la nómina o, en definitiva, tienen problemas laborales. Otros acuden al turno de oficio en busca de justicia gratuita, y otros acuden a profesionales de pago (Graduados Sociales o Abogados) como el aquí presente. Desde aquí, voy a intentar hacer una radiografía de todas las opciones existentes aportando también una dosis de opinión personal que espero no moleste a nadie ya que lo hago con la mejor de las intenciones.

Opciones para defenderte ante el juzgado y coste aproximado

1. Defenderte tú mismo

Aunque no es NADA recomendable hacerlo si no se tienen unos profundos conocimientos jurídicos del área laboral, es posible defenderte tú mismo en primera instancia (en 2ª ante el Tribunal Superior de Justicia ya no). Piensa que, normalmente, antes del acto de juicio tendrás que redactar dos demandas (a presentar ante SMAC y el propio Juzgado) e ir al acto de conciliación al SMAC, y todos estos actos necesitan de ciertos formalismos jurídicos.

También hay que controlar los plazos de prescripción y caducidad (sobre todo en caso de despido), por lo que hay que ir con mucho cuidado si decides defenderte tú mismo.

Coste: obviamente, es cero. En primera instancia laboral no hay costas. El único problema sería que el juez apreciara que es una demanda temeraria, en cuyo caso te podría imponer una multa de hasta 600€.

2. Pedir justicia gratuita a través de un abogado del turno de oficio

Esta es una opción que se oye/ve mucho por los foros de Internet. Voy a aclarar ciertas dudas que suelen surgir al respecto.

¿Todo el mundo tiene derecho a justicia gratuita?

La verdad es que el redactado de la Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita, es bastante confuso. En el artículo 2.D. dice que se beneficiarán de ella, en general, los trabajadores. En el 3, la restringen según ingresos (entre 2 y 3 veces el IPREM vigente en cada momento, 645,30€ en 2013.

En el 4 viene a decir que si tienes más de un piso, no tienes derecho. En el 5 se desdicen de todo lo anterior si la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita lo considera un caso excepcional… Consejo: si escoges esta opción, tú pregunta en el Colegio de Abogados pertinente y que ellos decidan.

¿Entonces no tendré que pagar nada al abogado que me asignen del turno de oficio?

Si pierdes no, pero si ganas y obtienes un beneficio económico (un despido improcedente o reclamación de cantidad, por ejemplo), si no has leído bien la hoja de encargo que te debe haber hecho firmar, el abogado puede cobrar hasta el 33% del importe que hayas obtenido.

Esto no se publicita mucho, pero es así. Lo dice el artículo 36.3 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita:

Cuando la sentencia que ponga fin al proceso no contenga expreso pronunciamiento en costas, venciendo en el pleito el beneficiario de la justicia gratuita, deberá éste pagar las costas causadas en su defensa, siempre que no excedan de la tercera parte de lo que en él haya obtenido. Si excedieren se reducirán a lo que importe dicha tercera parte, atendiéndose a prorrata sus diversas partidas.

Y lo recalca, por ejemplo, el ICAB (Colegio de Abogados de Barcelona) que lo dice claramente en su página web. Por lo tanto, es justicia gratuita 100%… Si pierdes. Si ganas y no has dejado claro con tu abogado los honorarios en caso de ganar el juicio, puedes tener que pagarle hasta el 33% de lo que cobres.

Obviamente, no pagarás nada hasta el final del procedimiento, lo que irá bien para financiarte, pero piensa si vale la pena no pagar nada al principio para al final abonar hasta el 33% del importe ganado. Además, si lo que ganas en juicio no es indemnización sino salarios, ese importe te constará como ingreso para la renta, y solamente podrás deducirte de la minuta 300€ como gasto. Ojo con esto.

¿El abogado del turno de oficio será un laboralista con experiencia?

No lo puedes saber. En principio sí sabrá de la materia, ya que el abogado elige a qué jurisdicciones apuntarse. Esto quiere decir que un abogado puede acudir tanto a jurisdicción laboral como penal. El turno de oficio es conocido por ser una “cantera” de abogados recién licenciados, pero también hay abogados con experiencia, y según qué zonas piden más experiencia a los abogados del turno de oficio.

3. Ir a un sindicato

Sin lugar a dudas, esta es la opción favorita de muchos trabajadores, ya que se sobreentiende una vocación pro-trabajador del sindicato y una supuesta gratuidad.

Antes de seguir, desde aquí quiero decir que, aparte de la defensa jurídica, los sindicatos realizan otras muchas funciones en nombre de los trabajadores, y desde aquí muestro mi respeto por su labor social.

Volviendo a la supuesta gratuidad de los sindicatos, os dejo aquí las tarifas de UGT Catalunya, extraídas de su propia web: TARIFAS UGT

Como se puede ver, los precios varían según estés afiliado o no, y el tiempo de antigüedad que lleves también cuenta. Al final, interpretando dicho cuadro, alguien que NO esté afiliado deberá pagar por que le hagan una demanda de despido 185 de cmac +350 de confección de demanda = 535€. Gane o pierda. En caso de ganar en juicio, el porcentaje a pagar sería un 9% de lo obtenido. En CCOO, los porcentajes en caso de victoria son mayores: TARIFAS CCOO

En cuanto a la calidad del servicio en sí, los gabinetes jurídicos de los sindicatos tienen mucha experiencia en juicios. Y también mucha carga de trabajo. Lo que queda claro es que gratis no es, tampoco para los afiliados a menos que lleven ciertos años.

4. Ir a un Graduado social o Abogado de pago

Por último estamos los Graduados Sociales, como yo mismo, o Abogados Laboralistas. En contra de la extendida opinión de que “somos muy caros”, pienso que existe desconocimiento y prejuicios.

Como se ha podido ver anteriormente, al final ningún colectivo regala nada y, casi siempre, antes o después, hay que pagar por un servicio de asesoramiento jurídico-laboral de calidad. Lo más importante es pactar por escrito al inicio de vuestra relación profesional-cliente como se tarifará en todas las casuísticas posibles (ganar/perder el caso, pactar en CMAC, celebración de juicio, etc.).

En nuestro caso, ni todos facturamos desde la primera consulta ni pedimos 600€ para empezar a hablar. El asesoramiento laboral es un tema muy delicado, como en todas las profesiones, por lo que además del factor precio considero muy importante que el trabajador tenga en cuenta estos dos factores:

– Referencias: ante el gran número de profesionales existentes es básico que alguien te aconseje si es posible. Te dará más confianza para tratar con él cualquier duda laboral.

– Confianza: para tratar con el profesional todos los temas con la máxima sinceridad.

Mucha gente se guía por los grandes nombres, por los despachos de aspecto regio u otros aspectos de imagen. En los tiempos actuales, considero que la cercanía, inmediatez, empatía y capacidad de respuesta son básicas (el conocimiento jurídico legal ya se nos supone).

Coste real: entre un 10% y un 20% del importe económico total que consiga el trabajador, con una base fija de entre 100 y 500 euros, por lo que nosotros somos los máximos interesados en conseguir el importe más alto posible, el buscar cualquier irregularidad de la empresa y, en definitiva, el intentar asesorarte lo mejor posible.

¿Es mejor coger un profesional que solamente cobre si gana?

Algunos “compañeros” eliminan el fijo base, diciéndole al cliente “si tú no te llevas nada, yo tampoco”. Esto se llama Cuota Litis o Success Fee. Es una táctica de captación de clientes muy apetitosa para los trabajadores (porque si pierden, no tienen que pagar nada) pero que algunos colegios profesionales prohíben por considerarlo competencia desleal. Personalmente yo cobro el fijo base, ya que tengo la mala costumbre de intentar comer cada día y valoro mi trabajo.

Desde aquí invito a todos los cocineros a reflexionar sobre que contestarían si alguien les dijera “te pago solamente si la comida está buena” o a los taxistas si alguien le dijera “no te pago la carrera porque no me ha gustado como has conducido”.

¿Qué diferencia hay entre un Abogado y un Graduado Social?

El Abogado ha estudiado Derecho y puede ejercer en diferentes ramas del Derecho. El Graduado Social ha estudiado Relaciones Laborales y es especialista en Derecho Del Trabajo y la Seguridad Social. No considero que unos seamos mejores que otros. Hay grandes (y no tan grandes) profesionales en ambos colegios.

Conclusiones

No es todo lo que reluce ni es gratis todo lo que lo parece.
Escoge en base a tu intuición y sobretodo recomendaciones de amigos y conocidos que hayan trabajado con algún profesional.

En caso de duda, escoge un @_expertolaboral 😉

Esperamos que la información haya sido de utilidad. Si hay algún abogado o sindicalista que considere erróneo el texto, rogamos nos lo digan para proceder a la oportuna rectificación, si procede.

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98 comentarios

  • jose

    Hola muy buenas me dirijo ha vosotros por que mi novia tiene un problema con su trabajo
    resulta que mi novia Ana lleva 10 años en la tienda y de los 10 años 5 años de encargada pero que lleva ademas de ser encargada de dependienta y de abministratiba por que ha despedido ha la dependienta y lleva ha si muchos años y hace dos meses que no cobra nada de nada y no se quiere ir por que prederia todo lo que le tienen que dar pero esta situción ya no puede aguantra mas ya que tiene pagos como la hipoteca y sus gastos ademas la jefa leda largas y no le hace caso , hos agradeceria mucho que es lo que puede hacer para que esta jefa sinverguenza no se salga con la suya y le page todo y se pueda ir de la tienda eya esta muy mal y yo la verdad viendola hasi igual y creo que esto de hacer tres trabajos es esplotación pura me ha dicho mi novia que lo va ha mirar con un abogado que es amigo suyo pero confio en vosotros y que la podais hechar una mano ya que entendeis en los problemas laborales gracias y espero que me podais ayudar espero vuestra respuesta un saludo desde Zaragoza

  • Jose E, Jimenez Villalon

    Buenos dias, hace un par de meses solicite mi pension de jubilacion, cuando me llego note que los dos ultimos años me faltaban cotizaciones, reclame y me arreglaron parte pero noto que me falta las cotizaciones de un contrato que suscribi con la seguridad social para que no me bajara mucho la pension, yo calculo que es sobre 12 euros mensuales, ya tendria que dirigirme al juzgado de lo social. Podria defenderlo yo mismo?, merece la pena por ese importe contratar un abogado?. He estado pagado alrededor de 60 euros por el convenio suscrito durante 2 años,

  • Raúl

    Mi empresa me debe 2 meses de sueldo y no puedo esperar a que se cumpla el tercero para intentar rescindir el contrato. ¿Es viable utilizar un monitorio laboral para esta deuda?

    Gracias

    • Experto Laboral

      Se podría. Ganarías tiempo en tanto en cuanto acabaría antes el proceso, pero si la empresa no quiere pagar acabarías igualmente teniendo que ejecutar, pedir insolvencia, etc… Y además también hay que ir a conciliación, etc… Al menos con un mes más puedes acumular el art.50…

  • leni

    Hola, trabajo en una compañía de seguros como autónoma, pero tengo con condiciones divididas. Tengo mi mesa de trabajo, mi teléfono, mi email, un horario, las mismas vacaciones que las personas de plantilla, etc., pero soy autónoma. en las compañías de seguros, te ponen unos objetivos para cobrar una subvención. En mi caso, me corresponden 800 euros de subvención los próximos 3 meses, pero el lunes empezaré a trabajar en otra empresa por cuenta ajena. La primera al ser fin de mes supongo

    • leni

      que la cobraré sin problema, pero ¿y las otras dos? se supone que son por un trabajo que ya he realizado y no por un trabajo futuro. ¿Las puedo reclamar? Gracias.

      • Experto Laboral

        Sí puedes, pero tendrás que denunciar y demandar antes para conseguir que reconozcan relación laboral.

  • en realidad si lo valoras con detenimiento a veces puede salirte incluso más económico un abogado privado que uno de oficio, además de que puedes escoger

  • aculina

    Buenas tardes.
    A comienzo de febrero se me extendión una I.T. por enfermedad común. A los 3 meses y poco se me citó la inspección del INSS. A tenor de los informes presentados ante la citada inspección, consideraron que era causa de una I.P. pues no habría posibilidad de mejora, lo que me extendió la propia inspección el alta medica para propuesta de IP. A los pocos días me citaron para pasar tribunal por el EVI. Esta me fue denegada (I.P.) pero me indicaron que continuaría de baja por recaida hasta agotar los 365 días. Bien ahora planteo el problema: los días desde el inicio de apertura de IP hasta la resolución en la paga extraordinaria no me lo ha abonado la empresa argumentando que esos días (desde inicio de IP hasta la resolución de la misma), no se genera paga extra y por ello me ha sido descontada. Ahora continuo de I.T. y mi pregunta es: ¿puedo solicitar a la empresa o a la Seguridad Social esa parte proporcional de paga extra que no me ha abonado la empresa?.
    Saludos y muchas gracias.

  • Jose

    Buenas tardes, me podría decir si falta de alumnos en un centro educativo concertado puede ser motivo de despido objetivo (20 dias) y si los contratos anteriores a febrero de 2012, están excentos de la idemnización de 20 días por año de trabajo.

    • Experto Laboral

      Ningún contrato esta exento de indemnización. En cuanto si puede ser motivo… Sí, puede serlo, pero hay que ver como está hecho y muchas otras cosas para valorarlo…

      • jose

        Muchas gracias, a lo exento me refería a que si mi contrato se inicia en el 2002, antes de la nueva reforma, debería poder tener un idemnización mayor de 20 días por año trabajado. Y por otro lado, según su experiencia, los profesionales estudian los casos antes de ir a juicio, como en este caso, si la falta de alumnos puede ser un motivo de despido objetivo. Gracias de nuevo

        • Experto Laboral

          La indemnización por despido objetivo es la misma sea cuando sea el contrato. Lo que cambió en 2012 fue la indemnización por despido improcedente.

          Lo de los alumnos, repito, puede ser motivo, pero debe analizarse todo el contexto del despido.

  • david

    Buenas tardes,
    Mi caso es el siguiente, llevo 9 años trabajando con un contrato fijo discontinuo de forma parcial, pero el año pasado, me hicieron un contrato de fijo indefinido por lo que tengo dos contratos uno fijo-discontinuo de 8 meses y otro anual de un año. Ahora me quieren despedir por lo que mi pregunta es si deben hacerme dos liquidaciones: una por el año que llevo y las otras por el contrato fijo discontinuo cuando no me llamen para el mes que viene. Gracias.

    • Experto Laboral

      No se pueden tener 2 relaciones laborales diferentes con una empresa. solamente habrá 1 despido, por el último contrato.

      • David

        Muchas gracias, por lo tanto si no me llaman para ampliar las horas de fijo discontinuo de mi contrato de siempre, tendría derecho a una indemnización por esas horas y me tendría que despedir completamente o ellos pueden dejar de llamarme y no pagarme nada.

        • Experto Laboral

          Mi consejo: tú no firmes nada sin asesorarte. Que te lo den para revisar y ya está.

          • jose

            El problema es que ellos, dicen que no tienen por qué aumentar las horas y que si quiero irme, pues que lo haga, ya que ellos no pueden pagar mas. Y no se que hacer ya que son 450 euros menos.

  • mario espinoza

    Hola quería saber si me podes ayudar, mira mi mujer y yo cuidamos una casa grande 800m2 mas o menos, ya hice mucho trabajo de albañilería y pintura, y cuide la casa por mas de dos años, sin que me paguen por eso, salvo los trabajo de albañilería y pintura, pero ahora me piden que salga de la casa por que alquilaron, lo que quiero saber es si tengo derecho a una indemnización por los dos años de cuidado de la casa, ya que no tengo donde ir, salvo buscar alquiler y mudarme, gracias espero su respuestas

  • Ivan

    Hola!
    Tengo un contrato de relevo código 441, el pre jubilado es mutualista y ha reducido su jornada un 75%, la cosa es que el me dijo que mi contrato estaba mal y que tenía que ser indefinido.
    Mire mi nómina y pedí la vida laboral y el código de contrato es el 100.
    Cambiaron mi contrato sin decirme nada?
    Usted que opina, gracias.

  • Beatriz

    Buenas tardes.
    Llevo trabajando de administrativa en la empresa 8 años y medio.
    Y desde entonces llevo sufriendo acoso laboral, en el momento que mi compañera se entero que estaba embarazada el acoso por parte de  mi compañera y  mi encargada a sido desmesurado.
    Le comente el problema a mi jefe y hablo con la encargada y lo único que ha echo a sido empeorar mi situación. Y lo ultimo que me dijo que solucionar mis problemas yo con ella.
    Estoy de baja por acoso laboral. No estoy en condiciones de volver pero tampoco me quieren echar. Y lo peor de todo que no tengo ninguna prueba que lo demuestre solo los partes de baja.
    En una consulta que hice a un sindicato me dijeron que ellos mismo se pondrían en contacto con su gestoría y que intentaría captarme el despido.
    También fui a un graduado social y me aconsejo que fuera a inspección de trabajo a poner una denuncia con el nombre de las personas denunciadas y a la empresa.
    Pero personalmente creo que se consigue mas con miel que con hiel (sindicato) y si aun así no consiguen llegar a un acuerdo pues ir a Inspección de Trabajo.
    Cuanto me puede llevar el tramite de mi despido porque me han dado una baja de 6 meses y que me aconsejaría que seria lo mas oportuno hacer. Por que no me veo fuerte emocionalmente para volver. Gracias

  • jordi

    Hola, en mi trabajo estan echando a trabajadores con despido procedente inventandose las causas y a la vez estan contratanto a mas gente. Temo ser uno de los siguientes, que puedo hacer si me hacen lo mismo? Firmo el despido y denuncio? no firmo?

    Gracias.

    • Experto Laboral

      Firmar no conforme y asesorarte para impugnar el despido. Un despido no es procedente de por sí, lo tiene que decidir el juez.

      Si quieres asesorarte con nosotros, nos haces llegar la carta de despido y lo comentamos.

      Saludos

  • Carles

    Llevo 2 meses de baja,el primero me pagaron lo q me toca despues de aplicar todos los descuentos. En el segundo ya no me han pagado 315€ menos de lo que tenia que cobrar. Que tengo que hacer ahora? Si pongo demanda que es lo que entiendo debiera hacer…los costes superaran lo que me deben…Supongo que con eso juegan. Es muy fuerte que estando de baja que ya cobras el 75% menos encima una parte tambien te la chuleen…
    Soy de Girona. Lo digo por si alguien que me lea me pudiera recomendar algun profesional…
    Gracias a todos por adelantado

    • Experto Laboral

      La verdad….con los retrasos que hay en los juzgados solamente pondria la demanda si crees que vas a estar muchos meses de baja y el importe se va a acumular…

  • isabel

    He terminado contrato cn una franquicia antes de los 5 años porque m daba pérdidas y m han pedido 21 mil euros por daños y prejuicios cdo la dueña de tal franquicia dijo n un correo q si esta daba pérdidas no iban a pedir dinero.que puedo hacer??

    • Experto Laboral

      Esto se sale del derecho laboral, tendrías que hablar con un abogado de derecho mercantil o civil.

      Saludos

  • Sandra

    Buenas tardes;
    He entrado por casualidad en su página y me gustaría saber su opinión sobre mi caso.
    En la actualidad estoy de baja enfermedad (trabajo como camarera fija discontinua) por una tromboflebitis en la pierna izquierda. Verá, me han estado haciendo toda clase de pruebas y resulta que mi pierna derecha está mucho peor, tengo arterioesclerosis y muy mala circulación; me han hecho resonancias y placas y tengo todos los informes; además de una artritis degenerativa de columna y cadera, columna desviada, me recomiendan prótesis en ambas piernas, ahora me tienen que operar de la vena subclavia (cuello) porque está obstruida y me provoca ahogo e hipertensión.

    La cosa es que mis médicos me dicen que no puedo trabajar de camarera y el tribunal, el cual me ha dado solo tres meses de baja, ahora me lo alarga un mes más (hasta que me den hora para la operación) me dice que me siente y agache la cabeza si me mareo en el trabajo, no tengo los 15 años cotizados y ahora tengo 63 años, no me pertenece nada.
    Realmente no sé como proceder a todo esto, podría usted orientarme por favor?

    Atentamente;

    • Experto Laboral

      Esto necesita que te pongan en manos de un abogado o graduado social de forma presencial, es muy complicado para asesorar online…

  • julio

    Hola mi centro de trabajo lo cerraron y me reubicaron en otro centro en el primero era delegado de personal y me acaban de despedir por causas objetivas con 20 dias por año,al cerrar el centro y reubicarme en otro he perdido la protección de delegado de personal?un saludo y muchas gracias

  • He denunciado a mi superior jerárquico por acoso laboral.También lo he denunciado ante la inspeccion.
    Estamos en la fase formal del protocolo. Se intentó hacer la entrevista con la empresa externa, pero debido a el comportamiento de la Coordinadora de riesgos psicologicos de mi empresa, amenazado que no se nos ocurriera grabar, que le estábamos dando problemas, tanto el presidente del comité como yo nos levantamos y nos fuimos dada su postura. Yo me encuentro de baja desde el pasado 10 de Julio. Y los motivos son por ansiedad y somatizaciones relacionados con el entorno laboral. El ITSS esta informado de todo, pero está esperando la resolución de la fase formal.
    Ahora, el presidente del comité me comenta, que la empresa le está pidiendo que me diga el realizar de nuevo la entrevista. Pero dada mi enfermedad, no me encuentro capaz, de volver a ver a la Coordinadora. Que puedo hacer?.
    Gracias

  • Monica

    Buenas tardes, mi duda es la siguiente… disculpa por si no me explico de forma correcta, soy italiana y me cuesta un poco explicarme bien.
    Hace dos meses empeze a trabajar en una empresa de hosteleria, en lo cual mi cargo era de camarera.. el dia 16 de Abril, sin aviso ninguno y de malas maneras, me dieron mi nomina y el despido.. se que no tengo nada que hacer.. ya que en el contrato esta tal y como ellos querian. Pero a parte de todo esto, dentro de la empresa hay muchisimas anomalias que ellos no quieren que salga, como por ejemplo que el mismo propietario esta jubilado y sigue trabajando, atendiendo mesas o haciendo obras en el local, tienen a un familiar contratado y nisiquiera trabaja alli, es solo para que tenga los papeles en regla.. yo me encargaba de gestionarlo casi todo, sea tema de contabilidad, diseño de cartas,pizarras,etc.. me olvidaba que a parte de no respetar mi horario ni mis dias libres.. las faltas de respeto eran casi cada dia, a quien me puedo dirigir? Ayer mismo la misma empresa me denunciaron a mi y a mi pareja por ir a su local y exigir lo que me pertenece.. no estoy afiliada tampoco puedo permitirmelo… necesito ayuda.. muchas gracias..

    • Experto Laboral

      En Inspección de Trabajo puedes denunciarles por las irregularidades.
      A nivel económico, por 2 meses no te va a compensar poner una demanda si te digo la verdad…

  • Experto Laboral

    Para consultas particulares luego utilizar el servicio de consulta de pago de la web

  • dream

    Hola me han despedido y me lo han notificado atraves de un sms certificado ( primera vez que veia o escuchaba de su existencia) es legal el metodo este? Y que no te den papeles de despido y no pueda firmar ni ver nada? mi despido es disciplinario,

  • Marcos

    Buenos días,

    En mi empresa han modificado los contratos incorporando una cláusula en la cual, el empleado, si un día renuncia a su puesto, está obligado a comunicarle a la empresa el lugar al que vaya a trabajar posteriormente y que trabajo está desarrollando. ¿Es eso legal? Mi contrato finaliza a principios del próximo mes y en breves me presentarán un nuevo contrato con esa cláusula y me gustaría saber si me puedo negar a firmarla.

    Por lo que sé, está cláusula la añadieron a raíz de otra anterior relacionada con un pacto de no competencia y prohibición de concurrencia con la actividad de la empresa, en la que se prohibía al empleado desarrollar con la tecnología que usamos en la actual empresa para otros clientes y/o empresas, durante un periodo de 12 meses tras dejar su puesto de trabajo.
    Uno de los empleados dimitió, y se negó a decirles donde iba a trabajar a continuación (seguramente por que iba a requerir del uso de esa tecnología en la nueva empresa, y ahora están en trámites judiciales y demandas). Y es por ello que la empresa nos ha impuesto esta nueva cláusula.

    Entiendo (dentro de lo que cabe) la anterior cláusula de competencia desleal, pero esta nueva de obligación a presentar mi historial laboral una vez finalice mi relación con ellos, me parece excesiva… ¿Puedo negarme a firmarla?¿Qué consecuencias legales conllevaría eso?

    Un saludo y gracias por la atención de antemano.

    • Experto Laboral

      si no te pagan plus de no competencia post contractual, es totalmente ilegal que pidan eso. si lo pagan, habría que mirar los papeles…

  • achraf

    Ola mi jefe má éxado a los dos meses teniendo un contrato de un año cuales son mis derechos?

  • Cristina

    Hola buenas noches.
    Trabajo en una administración de Lotería.
    He pedido reducción de jornada en mi trabajo, de 8’30 a 15’30 de Lunes a Viernes, y me dice mi jefe que no me lo puedo coger así, que tiene que ser de Lunes a Sabados
    En mi contrato pone 40 horas de Lunes a Sabado, pero yo trabajo a turnos, una semana de 8’30 a 16’30 sin el sábado, y otra semana de 13’30 a 20’30 con el sábado de 9 a 2, pero no está escrito en ningún lado.
    Me quito el sábado porque ese día no hay guardería, y mi marido al trabajar fuera de donde vivimos no viene siempre a casa.
    ¿Puedo o no puedo reducir así la jornada?
    También me ha dicho que no me la puedo coger teniendo mi compañera media jornada¿es eso cierto?
    Muchas gracias por su atención.

  • marian

    Hola soy de baja del mes de febrero 16 con accidente de trabajo con spalda si me dale de alta mutua maz pregunto cuando me despide gracias

  • Jose

    Hola, estado trabajando un mes y una semana en un bar, en el cual me estaban tramitando el contrato, que nunca llego.
    Me hicieron trabajar 300 h y después de insistir a final de mes, al fin el día 10 de julio me dio 800 e, yo lo rechace ya que me hacia firmar un documento que no la denunciara, y porque lo veía abusivo ya que a los demás empleados la hora les pagaba a 5 e, e sufrido bulling en el trabajo, y ahora a día de hoy no e cobrado.

  • coman marian

    Hola para un permiso de ir a rumania medico de cabesera me dale un papel firmado ca estas de acordeo o como se ase eu soy de baja gracias

  • Mayte

    Hola,mi problema es
    Accidente laboral en extranjero con graves lesiones dependencia total por largo tiempo
    A la empresa ya le han sancionado
    por varias faltas en dicho accidente
    Que hago? Donde me dirijo? Alguien de confianza?
    Gracias

  • Darío

    Buenas tardes,
    la empresa me despide y no me reconoce en el cómputo de despido los 6 primeros años en los que presté servicios en ella (antes de pasar a plantilla) a efectos de antiguedad, en los que estuve trabajando a través de una ETT con un CPD.
    Realizaba el mismo trabajo, no tenía relación alguna con la ETT salvo que esta me pagaba, tenía correo corporativo desde el primer día… Para pasar a plantilla me hicieron firmar la baja voluntaria y no tuve indemnización alguna.
    La duda es si puedo solicitar esos años a efectos de antiguedad, en los que como digo, realizaba mi labor en la empresa simplemente que contratado a traves de una ETT. Tengo pruebas de todo, correos electrónicos, tareas encargadas…

    • Experto Laboral

      Si no hubo una pausa larga entre ambos contratos, veo bastante factible ganar esa antigüedad en un juicio.

      • Darío

        Muchas gracias por su respuesta.
        No llegue a estar ni un sólo día en situación de desempleado. Dejé de estar dado de alta en la ETT digamos que un Lunes y el Martes ya pertenecía a la empresa final. Tengo pruebas que indican que continué en el mismo lugar, mismo puesto y continuando al día siguiente con el mismo trabajo.
        Lo que me echa para atrás como le digo fue que yo firme la baja voluntaria, pero por otro lado quiero pensar que la baja voluntaria no fue tan “voluntaria” sino que fue el procedimiento marcado por la empresa para pertenecer a plantilla, no fue algo caprichoso por mi parte.

  • Belen

    Buenos dias
    Mi pregunta es respecto a la impugnacion de unas oposiciones.
    Queria saber si se pueden impugnar por recurso de alzada durante el periodo de practica o tras la toma de posesion.
    Por otro lado querria saber que sucede si se gana. Hay que repetir la oposicion?
    Muchas gracias

  • Pilar

    Hola buenas noches,

    hace unas semanas, me tuve que desplazar de mi centro de trabajo a otro (a 100 Km) para cubrir un puesto. La cuestión es, ¿si en el transcurso de ir y venir se me cruza un animal por la autovía, la empresa puede negarse a pagar el desperfecto del coche? Se aferran a que nuestro seguro solo cubre daños físicos, no materiales.
    Por cierto, por convenio tenemos un desplazamiento máximo de 30 Km.

    Gracias.

    • Experto Laboral

      Para consultas concretas ruego utilizar el servicio de consultas de pago de la web, indicando el convenio colectivo de aplicación. Gracias.

  • jrmarin.fiuxy

    El día 28 de Agosto de 2015 un Centro Educativo en Benidorm, convoca a todo el departamento de limpieza a una reunión urgente. Está reunión les es notificada el día anterior y se cita a toda la plantilla.
    En la reunión están presentes la jefa de personal, la nueva supervisora que hace las veces de gobernanta y un abogado que es el que expone los motivos en nombre de la empresa.
    La reunión se desarrolla informándoles acerca de una restructuración del departamento que implica cambios de horarios en la plantilla. Hasta la fecha la plantilla trabajaba de lunes a viernes de 12:30 horas a 21:00 horas (esta media hora de más es por la comida que proporcionaba el centro a los empleados) teniendo los fines de semana libres. La propuesta del centro es crear dos horarios para el personal de limpieza uno de 17:00 a 1:00 AM que seguiría respetando los fines de semana libres y otro de 14:00 horas a 22:30 horas (no se especifica si se seguirá incluyendo comida por parte de la empresa), las personas que opten por este último turno se verán obligadas a trabajar 2 horas el sábado y 2 horas el domingo: No se especifica como compensará las horas la empresa ni como va a cumplir con la exigencia del convenio de un día y medio consecutivo libre. Obviamente el personal evita este turno debido a esa circuntancia.
    De no aceptar la plantilla estos nuevos horarios la empresa amenaza con la apertura de un erte o con despidos objetivos. A una empleada ese mismo día que dijo no estar de acuerdo con los horarios se le dió la carta de despido. También han existido otros despidos recientes como la gobernanta en Junio (causa objetiva) que ha emprendido acciones legales y a otra trabajadora en el mes de abril con acusaciones por parte de otra empleada afín a la dirección para evitar la indemnización (que también está de juicio por no presentarse la empresa al acto de conciliación).
    El centro se rige por el Convenio Colectivo Nacional de Centros de Enseñanza Privada de Regimen General o Enseñanza Reglada sin ningún nivel concertado o subvencionado.
    Se nos comunica que la empresa va a exigir a los empleados que firmen los nuevos cuadrantes, circunstancia que es nueva pues éstos nunca se han tenido que firmar.
    Los contratos especifican que la jornada de trabajo será de lunes a viernes pero la empresa alega que el convenio está por encima del contrato (cuando a nuestro entender la condición válida es la más ventajosa para el trabajador).
    Nuestra pregunta es la siguiente: ¿Es legal lo que se plantea?. ¿La firma de los nuevos cuadrantes implica la aceptación de los mismos?. ¿Tiene esta reunión algún caracter vinculante? ¿Existe alguna acción legal que se deba hacer en un plazo determinado?
    Gracias por su atención a esta consulta tan extensa. Esperamos su pronta respuesta.

  • Darío José

    Buenos días,
    el presentarse voluntario en un ERE acordado entre la empresa y los trabajadores implica que yo, como voluntario, no puedo hacer reclamación alguna a la empresa?
    Me interesaría presentarme voluntario y recibir la indemnización correspondiente pero quiero reclamar posteriormente unos años de antigüedad que la empresa no me va a recoger en el finiquito con total seguridad.
    Inhabilita el presentarse voluntario la posibilidad de reclamar?
    De no ser así, como debería firmar el finiquito, como NO CONFORME? Si la empresa me pone un papel que diga que NO PUEDO HACER RECLAMACIÓN ALGUNA A POSTERIORI, eso es legal? O aunque lo firme se puede declarar nulo.

    Gracias de antemano.

  • Hola, trabajo en una tienda de moviles.(yoigo)
    mi contrato es de 40 horas semanales, ( pero trabajo de 41,5h semanales)
    llevo trabajando 6 meses y no he recivido ninguna nomina ( se la pido a mi jefe casi a diario, pero nada) me ingrensan 1000 euros en la cuenta corriente, de ahí tengo que devolverle 200E y si me equivoco en algún contrato o alguna factura incorrecta con el cliente me penalizan..
    hay meses que no llego ni a 600 euros..
    hasta que punto es legal eso??
    gracias

  • Mónica

    Hola!
    Creo que es una consulta que me puede resolver.
    Un amigo graduado social decidió llevarme los papeles ante una reclamación de vacaciones no pagadas. El total eran unos 600 euros. En principio me dijo que era un favor que me hacía y que no me preocupase por lo que me iba a cobrar.
    Tras tres años ha llegado ya el pago del FOGASA ya que la empresa no se presentó en ningún momento.
    El total ha sido 640 euros y él me quiere cobrar un 50% del total.
    Lo veo un poco excesivo pero, ¿podría decirme cuánto es el porcentaje para esa cantidad?
    Muchas gracias.

  • .

    Amigo, en la jurisdicción laboral no hay mínimo de ingresos para acogerse a justicia gratuita,eso en derecho se estudia. Cambialo que está mal.

    • Experto Laboral

      Amigo, por más que busco esa excepción no la encuentro… Si me dices en que parte de la normativa lo dice me la envaino gustoso.

      • Carlos Sánchez

        No soy el anónimo, pero si me lo permites te respondo.

        La excepción se encuentra en el artículo 2 letra D de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita. Nótese que en dicho precepto no se menciona el “que acrediten insuficiencia de recursos para litigar” que sí aparece en el precepto general de la letra A.

        Me gustan tus artículos. Un saludo.

        • Experto Laboral

          Lo consultaré con algún abogado, pero además de ese precepto… En teoría, además de estar en el ámbito personal del artículo 2, yo entiendo que también deben cumplir los requisitos básicos del punto 3…

  • Simo

    Hola,

    Trabajé en una empresa durante 11 meses, 15 horas semanales. Estaba haciendo unas paginas web y llevaba las redes sociales de cada una de esas webs. Los primeros 6 meses me pagaba 200€ al mes y luego ya me empezo a pagar 300, diciendo que una de las webs me la paga aparte. En agosto tambien dijo que me haría un contrato mercantil hasta febrero, pero al final estuve todo este tiempo sin contrato ni nada. El ultimo dia de trabajo de diciembre me dijo que quieren reducir gastos y me despidieron, pero cuando fui a cobrar me dijeron que hasta que no les entregue dos de las webs que hice no me van a pagar. Evidentemente les dije que no se las daré por 300€, ya que eso vale mucho mas y una de ellas esta traducida en otro idioma.
    Quiero ir a poner una denuncia para recuperar el dinero del ultimo mes que trabajé, pero no se donde ni como hacerlo. Ademas, no tengo ningun papel que demuestre que estuve alli. Que me aconsejas hacer? Y como?

    Muchas gracias

    • Experto Laboral

      Para consultas de este tipo es mejor acudir a un profesional de forma presenvial para trazar una estrategia.

  • Coral

    Buenas tardes.Trabajo en turno de noche y los dias como hoy a partir de las 12 nos lo pagan como festivos(llevo 8 años asi)este año me dejan a deber esas horas desde enero,las reclamo todos los meses pero no las cobro.incumplo algo si hoy me voy a casa a las 12 de la noche porque no me pagan esas horas??

  • Eva

    Hola buenos dias. Tengo una consulta que me reconcome y no se que tengo que hacer. Llevo 1 año trabajando en una fleca-panaderia y en pocos meses nos han cambiado tres veces de contrato. Reduciendo horas, bajando sueldo y reduciendo personal. Recalco, sobretodo en los meses de verano. Empezó a subir la caja y nos dijeron que entonces volveriamos a aumentar horas y sueldo y se pondría refuerzo en fin de semana porque era horrible la cantidad de gente que habia y atendiendo 2 personas solamente. Motivo que provocaba hasta salir una hora o incluso hora y media mas tarde de nuestro horario. Con el consiguiente agotamiento fisico y mentL y demas quejas de clientes. Con ello, personalmente entre otros motivos personales y pidiendo al encargado porfavor que pusieran refuerzo que no podiamos mas (caso omiso por parte de la empresa y además añadiendo más trabajo), he tenido una crisis muy graves de ansiedad con trastorno conversivo que me han bloqueado totalmente. Hace un mes que estoy de baja laboral y sigo sin estar bien y sin poder poner un pie eb la empresa por toda la presión recibida. Esto es demandable de alguna manera?? O por daños y perjuicios?? O por no respetar unas condiciones dignas para el trabajador?? Por favor, si me puede asesorar en algo seria se agradecer. Gracias.

    • Experto Laboral

      El caso que nos comentas reviste de cierta complejidad, dado que según como podríamos estar delante de un medida de acoso y luego por otro lado, habría que ver estos nuevos contratos de que forma han sido redactados y sus motivos. Por consiguiente te recomiendo, que te pongas en contacto con nosotros mediante nuestro servicio de consultas de pago de la web, para un asesoramiento más personalizado.

  • Noel

    Hola buenas tardes, me ha llegado una demanda de fogasa x reclamación de cantidad. La empresa donde trabajaba se puso en concurso d acreedores acudi a fogasa y me entregaron un dinero en concepto d salarios luego el empresario m pago un dinero en concepto d salarios y asi lo comunico a fogasa, ahora fogasa me reclama el dinero q m entrego. En la demanda se me da fecha d juicio n el 2018, yo lo q quiero es hablar con fogasa y solicitar pagar la deuda a plazos.
    Para este proceso necesito abogado?
    Si puedo representarme yo solo y solicitar el pago a plazos q proceso debo seguir.
    Gracias

  • Maria Ide calvo Diaz

    Hola soy Maria quiero consultar , tengo un contrato de fija descontinua de 9 meses hace tres meses sali de vacaciones y hace tres dias me dicen que me voy otro mes .Puede ser un despido.?

    • Experto Laboral

      Para poder ofrecerte una respuesta que no te perjudique, te recomendamos que te pongas en contacto inmediato con un profesional. Por nuestra parte, te facilitamos el contacto de nuestro equipo de expertos jurídicos que estarán dispuestos a ayudarte, en el correo electrónico citaprevia@expertolaboralonline.com

  • Patricia

    Tenía 20 días trabajando en una empresa y decidí irme porque el ambiente de trabajo era insoportable, no me pagaron, puedo hacer algo?

  • Hola! Llevo 12 años en la empresa. Me han abierto un expediente disciplinario por presunto hurto en despachos de pequeñas cuantias de dinero. Hay camaras que se me ve pasando alli como en otros, pero adentro no hay camaras ,pero aver corroborado que antes de pasar yo habia 10 euros y luego ninguno. Y asi alguna vez más. Estoy a la espera de una sanción muy , que pueden ser meses de sanción o despido.
    Mi duda es si puedo afiliarme a ugt para que me defienda un abogado , siendo posterior afiliarme a la sancion?o al ser posterior no lo cubriria? Que consejo me dais de toda mi historia? Porfavor necesito opinion urgente. De como llevarlo o que hacer y si podria ganar

  • ana

    al se mayor de 55 años y tener cotizado 7 años y 8 meses tener minusvalía del ·33% tengo derecho a alguna paga ,ya que no recibo ninguna prestacion
    esperando respuesta
    gracias de antemano
    Ana

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